Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM)

Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM

Becas de estudiosBecas de investigaciónUniversitariosPlazas para discapacitados

INSCRIPCIONES

Inicio22/10/2025 Fin04/11/2025
Abierta

Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Castilla la Mancha, con la colaboración de Banco Santander, convocan las Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM. El objeto de estas becas es fomentar la formación básica en investigación de los estudiantes de la UCLM que tengan un nivel académico alto demostrado, mediante la realización de trabajos de investigación tutelados en grupos de la UCLM con una gran trayectoria investigadora. 

En la presente convocatoria se ofrecerán 60 becas para alumnos matriculados en un máster universitario en la UCLM, y estudiantes  que se encuentren matriculados en el último curso de titulaciones con nivel MECES3 de dicha universidad. Se reservará un 5 % para los estudiantes que tengan una discapacidad igual o por encima del 33 %.

Para poder solicitar las Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM se deberán cumplir con los requisitos que se determinan en la presente convocatoria. La cuantía de las ayudas será un total de 3.720 euros más la cuota empresarial de la seguridad social. 

Los beneficiarios deberán cumplir con las obligaciones descritas, como colaborar con el supervisor de la ayuda, desarrollar sus labores en el Departamento adjudicado y presentar un informe semanal.

Si deseas aplicar tus conocimientos en el ámbito de la investigación con una formación práctica, las Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM te serán de gran interés. Consulta información sobre cómo solicitarlas aquí

Datos básicos

Nº de becas
60
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
Rama
  • Salud y Biología
  • Turismo, Ciencias Sociales y Educación
  • Artes y Humanidades
  • Arquitectura e Ingenierías
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrán solicitar las Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM objeto de la presente convocatoria los españoles, los nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea y los extranjeros, que reúnan los siguientes requisitos antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes:

  • a. Haber finalizado los estudios de su primera licenciatura, de grado o de ingeniería en el curso académico 2022-2023 o posterior y no estar en posesión del título de Doctor, o en su defecto, cumplir los requisitos establecidos en la Resolución de 21/12/2021, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se publica el reglamento sobre matrícula condicionada en másteres oficiales de la Universidad de Castilla-La Mancha. Los estudiantes de las titulaciones de la UCLM con nivel MECES3 que estén cursando la titulación de Arquitectura o Farmacia tendrán que haber superado cuarto curso completo del grado correspondiente, mientras que los estudiantes que estén cursando la titulación de Medicina tendrán que haber superado quinto curso completo. En todos estos casos, deben haberlo superado en el curso académico 2022-2023 o posterior.
  • b. Estar matriculado en su primer máster universitario oficial en la UCLM en el curso académico 2025-2026, de al menos 60 ECTS o de curso completo y seguir siendo estudiante de máster en el momento de su incorporación. Los estudiantes de las titulaciones de la UCLM con nivel MECES3 que estén cursando la titulación de Arquitectura o Farmacia tendrán que estar matriculados, en el curso académico 2025-2026, en quinto curso completo del grado correspondiente. Los estudiantes que estén cursando la titulación de Medicina tendrán que estar matriculados, en el curso académico 2025-2026, en sexto curso completo.
  • c. Contar con la aceptación de un Profesor o Investigador a tiempo completo, con título de Doctor, que actuará como supervisor de la ayuda, y del director del Departamento o Centro/Instituto/Unidad Asociada de Investigación al que éste pertenezca. El supervisor del trabajo deberá pertenecer a alguno de los colectivos siguientes:
    • Personal Docente e Investigador de la UCLM.
    • Personal Investigador de la UCLM (Distinguidos, Beatriz Galindo u otros similares).
    • Personal Investigador del Programa Ramón y Cajal, y del Programa Juan de la Cierva en incorporación en la UCLM.
    • Personal Investigador del CSIC adscrito a los centros mixtos o a las unidades asociadas CSIC-UCLM, siempre que desarrolle su labor en centros de la UCLM.

Cada estudiante solo podrá presentar una solicitud en esta convocatoria, quedando excluidos del procedimiento aquellos solicitantes que no cumplan este requisito. Los estudiantes que ya hayan sido beneficiarios de esta ayuda en cursos anteriores no podrán participar en esta convocatoria, salvo aquellos matriculados en Master con más de 60 ECTS.

Un mismo supervisor no podrá tutelar más de una ayuda de este tipo en la misma convocatoria. La presentación de más de una solicitud avalada por el mismo director del trabajo de investigación será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas.

Dotación

Las Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM tendrán la consideración de ayuda económica para formación. La cuantía total de la ayuda ascenderá a 3.720 € más la cuota empresarial de la seguridad social y será abonada en seis mensualidades. Las cinco primeras mensualidades se abonarán a la finalización de cada uno de los meses de la beca, quedando la sexta condicionada a la entrega del informe final. La beca no tendrá consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación.

En el ejercicio 2026 se dotarán como máximo 60 becas de iniciación a la investigación, a distribuir entre las cinco grandes áreas científicas: Ciencias de la Salud, Ciencias Experimentales, Ingeniería y Arquitectura, Ciencias Sociales y Jurídicas, y Arte y Humanidades; de las que hasta un 5% se reservan a estudiantes con una discapacidad igual o superior al 33%. La distribución de las becas por áreas aquí establecida será tenida en cuenta también para la gestión de las posibles suplencias.

Más información

Objeto y ámbito de aplicación

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión como máximo de 60 Becas de Iniciación a la Investigación para licenciados, ingenieros o graduados que estén matriculados en un máster universitario oficial en la UCLM en el curso académico 2025-2026, y estudiantes matriculados en el último curso de titulaciones con nivel MECES3 de la UCLM. Las becas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de transparencia, objetividad y publicidad.

El plan de formación derivado de la concesión de estas becas se desarrollará en los Departamentos, Institutos de Investigación propios o mixtos, y unidades asociadas de la UCLM, bajo la dirección de sus Profesores o Investigadores.

Periodo y condiciones de disfrute

  • a. Las becas tendrán una duración de seis meses consecutivos. Se iniciarán en el mes de febrero de 2026 y finalizarán seis meses después de la fecha de inicio indicada en la resolución de concesión de las ayudas. La dedicación de los beneficiarios de la beca en los Departamentos, Centros/Institutos/Unidad Asociada propios de investigación, así como en los centros mixtos, será de 20 horas semanales.
  • b. En el caso de que el becario renuncie a la beca, antes de la finalización del primer mes, esta se concederá automáticamente al primer candidato de la lista de suplentes de la misma área de conocimiento que figure en la resolución. En caso de que un área no tenga suplentes, la ayuda se concederá al suplente que haya obtenido la mayor puntuación de las restantes áreas. La Unidad de Gestión de la Investigación gestionará este trámite.
  • c. El disfrute de una beca y, por tanto, la condición de becario no supone, en ningún caso, relación laboral o funcionarial con la UCLM o con el Departamento, Centro/Instituto/Unidad Asociada de investigación en el que vaya a desarrollar la actividad formativa. Asimismo, la UCLM no asume compromiso alguno en orden a la incorporación del becario a su plantilla a la finalización de la beca concedida.
  • d. La beca será compatible con el disfrute de otras becas o ayudas, siempre que no se solapen con el tiempo de dedicación al desarrollo de la formación. No será compatible con remuneraciones en concepto de salarios.
  • e. Las cantidades indebidamente percibidas deberán ser inmediatamente reintegradas a la UCLM.
  • f. El beneficiario deberá formular declaración de no poseer o ejercer, en el momento de su nombramiento, empleo público o privado incompatible con las funciones a desempeñar.

Condiciones de las becas

  • a. El comienzo del disfrute de la beca corresponde a la incorporación del beneficiario dentro del plazo que se señale en la resolución de adjudicación, entendiéndose la no incorporación en el plazo señalado como renuncia a la beca.
  • b. La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la aceptación expresa de las normas incluidas en esta convocatoria y las que establezca la Gerencia de la UCLM para la justificación del gasto de los fondos públicos recibidos.
  • c. El beneficiario realizará su labor en el Centro/Instituto/Unidad Asociada de Investigación o Departamento en el que se le adjudicó la beca, implicando la aceptación de ésta por parte del beneficiario, la aceptación de las normas fijadas por el supervisor de la ayuda en cuanto al horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de la misma.

Tramitación y Evaluación de las solicitudes

  • a. En un plazo máximo de un mes después de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, se hará pública al menos en el sitio Web del Vicerrectorado de Política Científica y en la página de internet, de acceso público, del Banco Santander: www.santanderopenacademy.com la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con indicación en estas últimas, de los motivos que deban ser objeto de subsanación. Asimismo, se hará pública la lista de aquellas solicitudes que no han sido admitidas en el proceso de selección.
  • b. Se dará un plazo de cinco días hábiles para que se subsanen las deficiencias indicadas, no pudiéndose sustituir solicitudes de forma íntegra o aportar documentación que no haya sido requerida. Transcurrido el mismo sin que se efectúe la presentación, se entenderá que el solicitante desiste de la solicitud. Mediante resolución del Vicerrector de Política Científica, se emitirá el listado definitivo de solicitudes admitidas y excluidas, que será publicada en el sitio Web del Vicerrectorado de Política Científica y en la página de internet, de acceso público, del Banco Santander: www.santanderopenacademy.com
  • c. Para la selección de las solicitudes, la Comisión de Investigación de la UCLM evaluará las mismas de acuerdo con los siguientes criterios:
    • Criterios relevantes para valorar la formación académica, la experiencia investigadora de los solicitantes, la trayectoria científica del supervisor, y su capacidad de:
      • A Formación académica del solicitante (Expediente académico del grado o equivalente). 75 puntos máximo.
      • B Currículum vitae del solicitante (premios por expediente académico, publicaciones científicas, participación en congresos nacionales o internacionales, idiomas, …) 10 puntos máximo.
      • C Currículum vitae del director (publicaciones científicas, captación de fondos, capacidad formativa, …) 15 puntos máximo.

La valoración de los criterios A-C se realizará de acuerdo a lo establecido en el anexo de esta convocatoria.

Resolución de concesión

  • a. La Comisión de Investigación de la UCLM formulará la propuesta de resolución provisional, que será notificada a los interesados y publicada en el sitio Web del Vicerrectorado de Política Científica y en la página de internet, de acceso público, del Banco Santander: www.santanderopenacademy.com con indicación de la puntuación obtenida en la evaluación. El interesado tendrá un plazo máximo de 3 días hábiles para manifestar su aceptación, su renuncia o exponer las alegaciones que estime oportunas. Si no se reciben alegaciones o una renuncia expresa en dicho plazo, las propuestas se considerarán aceptadas, y se entenderá decaído en su derecho a alegar.
  • b. Transcurrido ese plazo, el Vicerrector de Política Científica presentará a la Comisión de Investigación de la UCLM las alegaciones recibidas para que en ella se examinen y, en consecuencia, se eleve la oportuna propuesta de resolución definitiva de concesión o denegación al Vicerrector de Política Científica. La resolución definitiva de concesión o denegación de las becas se comunicará a los interesados y se hará pública en el sitio Web del Vicerrectorado de Política Científica y en la página de internet, de acceso público, del Banco Santander: www.santanderopenacademy.com
  • c. Contra la citada Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, sede del órgano autor del acto, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la misma. No obstante, el interesado podrá optar por interponer contra la misma recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en los Arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • d. Si transcurridos seis meses desde la publicación de esta convocatoria no se hubiera publicado y/o comunicado Resolución alguna de adjudicación de las becas, en los correspondientes tablones, las personas interesadas podrán entender desestimada su solicitud de conformidad con lo establecido en el art. 25.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Obligaciones de los becarios

  • a. Colaborar con el supervisor de la ayuda, según el plan de formación investigadora que aquel proponga, cumplir con aprovechamiento el programa de formación y el calendario de actividades derivado de lo anterior, debiendo ajustarse a las normas de organización y funcionamiento del centro donde haya de realizarse.
  • b. Desarrollar su labor en el Departamento, Centro/Instituto/Unidad Asociada de Investigación para el que ha sido concedida la beca durante el periodo de duración de la misma.
  • c. Presentar antes del término del periodo de disfrute de la beca, y siempre 30 días antes de la finalización del periodo de disfrute de la ayuda, un informe final descriptivo de la labor realizada según el modelo que figurará en el sitio Web del Vicerrectorado de Política Científica y en la página de internet, de acceso público, del Banco Santander: www.santanderopenacademy.com (Anexo III). El informe original, que deberá incluir el visto bueno del supervisor de la ayuda y tendrá una extensión máxima de siete páginas, será remitido a la Unidad de Gestión de la Investigación, y en soporte electrónico a la dirección de correo electrónico Becas.iniciacion@uclm.es. El pago del sexto plazo de la ayuda estará condicionado a la recepción y valoración positiva de este informe final.
  • d. Poner en conocimiento de la UCLM a través de su supervisor de investigación, la obtención de cualquier resultado susceptible de protección conforme a la normativa en materia de propiedad intelectual o de propiedad industrial. Los resultados científicos y posibles invenciones que sean obtenidos como consecuencia de la actividad desarrollada por el beneficiario durante el período de disfrute de la beca, serán de propiedad exclusiva de la UCLM, sin perjuicio del reconocimiento, en su caso, de la correspondiente autoría.

Adjudicación de las becas

Antes de la formalización de las becas, las personas adjudicatarias de las mismas deberán presentar la siguiente documentación en la Unidad de Recursos Humanos de la UCLM:

  • a. Documento de aceptación de las obligaciones como adjudicatario de la presente Convocatoria, con el Vº Bº del supervisor de la investigación y del director del Departamento o Centro/Instituto/Unidad Asociada de Investigación.
  • b. Ficha de identificación con los datos personales, bancarios y el número de afiliación a la Seguridad Social.
  • c. Justificante del pago de la matrícula en el máster universitario oficial de la UCLM en el curso 2025-2026, o justificante de pago de matrícula del último curso de la titulación con nivel MECES3 de la UCLM.

La no presentación en plazo de la documentación solicitada se entenderá como renuncia a la formalización de la beca. Si la persona adjudicataria no se presentara a la firma de la beca el día señalado o no se incorporará al Centro/Instituto/Unidad Asociada de Investigación, se entenderá que renuncia a su beca.

Enlaces de interés

https://www.uclm.es/-/media/Files/A01-Asistencia-Direccion/A01-023-Vicerrectorado-Politica-Cientifica/Convocatorias/PLAN-PROPIO/2025/Inicio-Master-Santander/BASES/CONVOCATORIA-BECAS-DE-INICIO-MASTER-2025-26-final.ashx

Documentación a adjuntar

Documentación a aportar:

  • 1. En la sede electrónica del Banco Santander (www.santanderopenacademy.com) se deberá incluir la siguiente documentación:
    • CVA del solicitante.
    • Justificante de haber completado la solicitud en la plataforma de la UCLM (Convocatorias).
  • 2. En la página web de la UCLM (Convocatorias) se deberá incluir la siguiente documentación:
    • Certificación académica personal del título de grado, licenciatura o ingeniería, expedida y firmada por la Universidad de origen, en la que figure el número total de créditos obtenidos en la licenciatura, diplomatura, grado, ingeniería o arquitectura y la nota media obtenida en dichos estudios, en la escala decimal de 0-10. (Los solicitantes que hayan finalizado sus estudios de grado, licenciatura o ingeniería en la Universidad de Castilla-La Mancha no tendrán que presentar este documento). Los estudiantes que accedan con estudios extranjeros tendrán que presentar obligatoriamente la declaración de equivalencia de notas a estudios de grado, certificada por el Ministerio competente.
    • Informe del Director de Departamento o Centro/Instituto/Unidad Asociada de Investigación sobre la incorporación de beneficiarios de la ayuda (ANEXO I).
    • Plan de formación investigadora avalado por el supervisor (ANEXO II).
    • Certificado del grado de discapacidad (solo alumnos que acceden por el cupo de discapacidad).
    • Documentación justificativa de los méritos aportados; a través de la aplicación web donde se realiza la solicitud.

Los modelos de Anexos y de los documentos a adjuntar con la solicitud aparecerán publicados en la página Web de Vicerrectorado de Política Científica de la UCLM, en la que se publicite la presente convocatoria (https://www.uclm.es/es/Misiones/Investigacion/Planes/PlanPropio).

Para resolver cualquier consulta que surja con la presentación telemática de la documentación se pone a disposición de los interesados la dirección electrónica: Becas.iniciacion@uclm.es

Personas con discapacidad

Se reserva un 5% se reservan a estudiantes con una discapacidad igual o superior al 33%.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM

La Universidad de Castilla la Mancha, con la colaboración de Banco Santander, convocan las Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM. El objeto de estas becas es fomentar la formación básica en investigación de los estudiantes de la UCLM que tengan un nivel académico alto demostrado, mediante la realización de trabajos de investigación tutelados en grupos de la UCLM con una gran trayectoria investigadora. 

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM" es: desde 22/10/2025 hasta 04/11/2025.

La Beca "Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías

La Beca "Becas Iniciación a la Investigación Máster UCLM" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de investigación