Becas UBU Erasmus+ KA171 Paises Programa y Terceros No Asociados
INSCRIPCIONES
Becas UBU Erasmus+ KA171 Paises Programa y Terceros No Asociados: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas UBU Erasmus+ KA171 Paises Programa y Terceros No Asociados son convocadas por la Universidad de Burgos para que los estudiantes de esta institución académica puedan desarrollar estudios de Doctorado en universidades extranjeras. En esta ocasión, las universidades participantes están situadas en Argentina y Brasil.
Los candidatos a una de estas becas deberán estar matriculados en la Universidad de Burgos en estudios de Doctorado, así como contar con nacionalidad española, o ser nacional de un país de la Unión Europea, y contar con residencia en España.
Además de los requisitos solicitados, también serán valorados una serie de criterios de selección como el expediente académico de los candidatos, la adecuación del plan de trabajo a la línea de investigación por parte de la Universidad de destino, y el nivel de conocimiento de inglés.
La dotación otorgada mediante las Becas UBU Erasmus+ KA171 Paises Programa y Terceros No Asociados estará constituida por diferentes conceptos como una ayuda para gastos de alojamiento y manutención, una ayuda para viaje que será variable en función de la distancia entre la ciudad de origen y la de destino, así como una ayuda económica en concepto de seguro médico.
Además también se otorgarán ayudas destinadas a la inclusión de los estudiantes con menos oportunidades.
En este portal web tienes la oportunidad de conocer todo los detalles relacionados con las Becas UBU Erasmus+ KA171 Paises Programa y Terceros No Asociados como plazos de solicitud, requisitos y documentación a aportar.
Datos básicos
- Nº de becas
- 2
- Nivel de estudio
- Doctorado
- País de origen
- España
- País de destino
- Argentina
- Brasil
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Los requisitos de solicitud de las Becas UBU Erasmus+ KA171 Paises Programa y Terceros No Asociados son los que se detallan a continuación:
- Estar matriculado en la Universidad de Burgos en el momento de realizar la solicitud y en el momento de realizar la movilidad en un programa de Doctorado de las áreas indicadas. No se consideran alumnos oficiales los estudiantes que estén en la UBU en programas de movilidad, visitantes u otros que no aspiren a obtener un título oficial de la UBU. Es requisito no haber finalizado los estudios de doctorado ni haber solicitado la expedición del título.
- Tener nacionalidad española o ser nacional de un país de la UE o de un estado participante en el programa Erasmus+, o bien estar en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad.
- No tener pendientes con la Universidad de Burgos o con otros organismos,devoluciones de fondos indebidamente recibidos por su participación en programas de movilidad internacional como estudiante de la UBU.
- No hallarse incursa la persona solicitante en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 6.f) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de dichas obligaciones en materia de subvenciones.
- No haber consumido el máximo de meses de estancia Erasmus en el Doctorado (no se permiten más de 12 meses de estancia por ciclo de estudios).
- Quedan excluidos de esta convocatoria, aquellos estudiantes que después de iniciada una movilidad internacional de la UBU, hubieran perdido la condición de estudiante Erasmus o de estudiante UBU-Global, total o parcialmente, por incumplimiento de alguna de las obligaciones contractuales o como consecuencia de medidas disciplinarias.
- Contar con una carta de aceptación de la universidad de destino.
- Contar con el visto bueno del director de tesis y del responsable del programa de doctorado del candidato para realizar la movilidad.
Dotación
La dotación económica de cada una de las Becas UBU Erasmus+ KA171 Paises Programa y Terceros No Asociados será de:
- Una ayuda para gastos de alojamiento y manutención de 700€ mensuales (máximo 5 meses). Los meses de estancia no completos, se cobrará un prorrateo correspondiente a los días de estancia real.
- Una ayuda de viaje para el traslado desde la Universidad de Burgos a la universidad de destino, según las cantidades máximas establecidas en la calculadora de distancias Erasmus+:
- Entre 100 y 499 km: 285 € por participante.
- Entre 500 y 1999 km: 417 € por participante.
- Entre 2000 y 2999 km: 535 € por participante.
- Entre 3000 y 3999 km: 785 € por participante.
- Entre 4000 y 7999 km: 1188 € por participante.
- 8000 km o más: 1735 € por participante.
- La Comisión Europea ha desarrollado una aplicación para el cálculo de las distancias en kilómetros a efectos de esta convocatoria que puede consultar en: https://erasmus-plus.ec.europa.eu/es/resources-and-tools/distance-calculator.
- Ayuda de 100€ en concepto de seguro médico y de accidentes que incluya responsabilidad civil y repatriación en caso de fallecimiento. La Universidad de Burgos tiene suscrito un convenio con Seguros On Campus. Al objeto de poder recibir esta ayuda, el alumno contratará este seguro “On Campus Estudia” para estudiantes españoles de movilidad internacional y enviará una copia del mismo al Servicio de Relaciones Internacionales de la UBU.
- Ayudas Erasmus adicionales para estudiantes con menos oportunidades: se financiará una cantidad adicional de 250€ mensuales a los estudiantes que se encuentren en alguna de las situaciones siguientes, no siendo acumulables entre sí:
- Haber sido beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado o del Departamento de Educación del País Vasco en el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad o en el curso académico en el que se realice la movilidad.
- Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento.
- Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España.
- Ser perceptor de “ingreso mínimo vital”, víctima de terrorismo o violencia de género o ser miembro de familia numerosa o monoparental.
- Apoyo a la inclusión: ayudas adicionales que tienen por objeto cubrir los gastos relacionados con necesidades especiales por discapacidad, problemas físicos y/o mentales debidamente acreditados. En este caso, puede solicitarlo a través de la convocatoria que encontrará en el siguiente enlace aunque es recomendable contactar en primer lugar con el Servicio de Relaciones Internacionales.
La percepción de estas ayudas es incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda para el mismo fin que proceda de fondos Europeos.
Presentación
Las solicitudes a las Becas UBU Erasmus+ KA171 Paises Programa y Terceros No Asociados deberán presentarse, según modelo Anexo I, dirigidas al Vicerrectorado de Internacionalización, Cooperación y Alianzas Estratégicas, por registro telemático en la Sede Electrónica: https://sede.ubu.es/web/guest/registro-electronico, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Más información
Plazas por universidades
- Argentina: Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires: 1 plaza.
- Brasil: Universidade Federal da Bahia: 1 plaza.
Periodo de movilidad
La movilidad se realizará preferentemente durante el primer semestre del año académico 2026-2027, y en todo caso deberá estar finalizada antes del 30 de junio de 2027.
Criterios de selección
- Evaluación y validación de candidatos: las solicitudes admitidas se enviarán a las universidades de origen para que sean evaluadas.
- La Comisión de valoración de cada Institución evaluará y verificará las solicitudes presentadas y emitirá un informe y propondrá un listado de candidatos que cumplan los requisitos establecidos con titulares y suplentes.
- Cada Institución enviará su propuesta a la UBU, para evaluación por parte de su Comisión de valoración.
- La Comisión de Valoración de la UBU evaluará las solicitudes puntuando de la siguiente manera:
- Expediente académico de los estudios cursados conducentes al Doctorado: hasta 5 puntos.
- Valoración de la adecuación del plan de trabajo a la línea de investigación por parte de la Universidad de destino: hasta 3 puntos.
- Conocimiento de inglés (para la Universidade Federal da Bahía): hasta 2 puntos.
- Estudiantes que acrediten algún tipo de discapacidad igual o superior al 33%: 0,5 puntos.
- El Servicio de Relaciones Internacionales será el órgano instructor que, previa evaluación de las solicitudes e informe de la comisión de valoración, elaborará el listado con las propuestas de adjudicación nombrando titulares y suplentes para cada una de las plazas ofertadas.
- El Vicerrectorado de Internacionalización, Cooperación y Alianzas Estratégicas dictará la resolución que se publicará en el tablón de anuncios oficial de la Universidad de Burgos (sede electrónica), en el plazo de dos meses desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes. Fuera de este plazo, el silencio administrativo será negativo.
- No se discriminará a ningún candidato por razón de sexo, raza o cualquier otra circunstancia distinta a sus méritos académicos o motivación.
Tramitación y resolución
- El Servicio de Relaciones Internacionales tramitará el expediente administrativo.
- Finalizado el plazo de entrega de solicitudes, en plazo máximo de dos semanas, se publicará en el tablón de anuncios oficial de la Universidad (sede electrónica) un listado de solicitudes admitidas y excluidas con indicación de la causa de exclusión. El solicitante contará con un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación para subsanar errores y/o aportar documentación.
- Transcurrido ese plazo, se resolverá y se publicará el listado definitivo de solicitudes admitidas y excluidas.
- El Vicerrectorado de Internacionalización, Cooperación y Alianzas Estratégicas visto el informe de la Comisión de Valoración y la propuesta de adjudicación elaborada por el Servicio de Relaciones Internacionales, publicará en el tablón de anuncios oficial de la Universidad (sede electrónica) la resolución provisional de adjudicación o denegación de plazas, con la lista de titulares y suplentes. Se abrirá un plazo de 5 días hábiles para hacer alegaciones. Trascurrido dicho plazo, se publicará la resolución definitiva de plazas asignadas.
- Transcurrido ese plazo, el efecto del silencio administrativo será negativo.
Enlaces de interés
https://www.ubu.es/sites/default/files/articles/files/solicitudes/3-Convocatoria_Erasmus_KA171-2024_SMS_OUT_tabl%C3%B3n.pdf
Documentación a adjuntar
Junto al formulario de solicitud, deberá adjuntarse la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud: Anexo I – Formulario debidamente cumplimentado con el visto bueno del director de tesis y del responsable del programa de doctorado.
- Expediente académico de los estudios cursados conducentes al Doctorado.
- Plan de trabajo.
- Invitación / Admisión de la universidad de destino, en el que se indiquen las fechas, nombre del tutor o coordinador, institución de acogida y facultad o departamento en el que realizará la estancia y breve descripción del tipo de actividad que llevará a cabo. Se admitirá un e-mail en el que conste toda esta información. Pueden consultar los datos de contacto de la Universidad que quiera solicitar con el Servicio de Relaciones Internacionales: sri.incoming@ubu.es.
- Declaración responsable, según Anexo II, de no hallarse incursa la persona solicitante en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 6.f) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de dichas obligaciones en materia de subvenciones.
- Declaración jurada de no estar percibiendo cualquier ayuda o beca financiada con fondos europeos.
- Documentos acreditativos, si procede, de estar en alguna de las condiciones descritas para ser considerado “estudiante con menos oportunidades”.
Documentación complementaria
- Acreditación de conocimiento de inglés, nivel B2 o superior (para plaza de la Universidade Federal da Bahía): con alguna de las acreditaciones incluidas en la tabla ACLES, o certificados del Centro de Lenguas Modernas de la UBU. Las acreditaciones deberán estar en vigor.
- Antiguos Erasmus que hayan realizado una estancia Erasmus durante el Doctorado, enviados por una universidad distinta a la UBU: certificado de estancia de las movilidades Erasmus realizadas. Si no se aporta, se entenderá que la estancia fue de 10 meses.
- Estudiantes de nacionalidad diferente a la UE: copia del permiso de residencia en España.
En cualquier momento del procedimiento, la UBU podrá requerir la acreditación de los documentos cotejados con el original e iniciar los procesos legales que correspondan en caso de falsedad o fraude documental.
Personas con discapacidad
Existen en estas becas cuantías reservadas para los beneficiarios con necesidades especiales, así como ayudas a la inclusión.




