Universidad de Barcelona - UB

Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación

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INSCRIPCIONES

Inicio25/03/2026 Fin30/04/2026
Finalizada

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Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación forman parte de un amplio conjunto de becas que ofrece la Universidad de Barcelona a sus estudiantes.

En el caso de estas becas, las mismas están destinadas a los estudiantes de Grado que hayan superado al menos 120 créditos, o a los estudiantes de Máster de esta institución universitaria.

Además se valorarán otros aspectos durante el proceso de selección como el contar con conocimientos en el ámbito de la gestión de la información y la documentación digital, y el conocimiento del idioma inglés.

Durante el desarrollo de las Becas Colaboración Oficina de Gestión de la Investigación, los alumnos becados participarán en las actividades realizadas como son la revisión de los datos de producción científica, o el apoyo en las tareas de evaluación de producción científica.

De este modo, la Universidad de Barcelona cumple un doble objetivo ya que complementa la formación de sus estudiantes tanto a nivel teórico como práctico a la vez que les otorga una dotación económica que sin lugar a dudas supone una gran ayuda para sufragar parte de los gastos tanto personales como académicos.

Para saber más sobre las Becas de Colaboración con la Oficina de Gestión de la Investigación, tan sólo tiene que continuar leyendo toda la información que te facilitamos en nuestra web.

Datos básicos

Nº de becas
1
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos generales de las Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación

  • Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos, en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el artículo 4.a del Reglamento de becas de colaboración para estudiantes de grado y máster de la Universidad de Barcelona, no se considera estudiante de la UB al alumnado de movilidad procedente de otras universidades. Este requisito deberá acreditarse en el momento de aceptar la beca.
  • No haber sido adjudicatario o adjudicataria de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa o facultad, o en el Instituto de Desarrollo Profesional, IDP, durante los veintidós meses consecutivos inmediatamente anteriores a la convocatoria de la beca.
  • No haber completado anteriormente un plan formativo igual al de la beca que se solicita. En todo caso, se considerará completado el plan formativo si se ha cumplido, como mínimo, el 75 % de la duración de la beca de colaboración.
  • Haber superado, como mínimo, 30 créditos de la enseñanza que se está cursando, a excepción del alumnado que inicia una enseñanza, cuando se trate de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opta por la modalidad de tiempo parcial de permanencia deberá haber superado un mínimo de 15 créditos.
  • Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un número inferior si con esa matrícula se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
  • Tener conocimientos orales de catalán y castellano.
  • Estar en posesión del DNI o NIE.

Requisitos específicos

  • Ser estudiante de Grado de la Universidad de Barcelona (UB) con un mínimo de 120 créditos superados, o bien ser estudiante de Máster de la Universidad de Barcelona, en el momento de aceptación de la beca.

Dotación

Las Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación ofrecen una dotación económica de 688,80 euros mensuales.

Presentación

  • La solicitud de las Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación debe cumplimentarse por vía telemática, previa autenticación, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona: https://seu.ub.edu.
  • Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
  • A la solicitud deberá adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica y deberá presentarse entre el 25 de marzo de 2026 al 30 de abril de 2026.

Más información

Descripción de la actividad

  • Apoyo a la revisión de los datos de producción científica.
  • Colaboración en el tratamiento de la información en la base de datos del GREC/SIRA.
  • Apoyo a las labores de evaluación de la producción científica.

Periodo de colaboración

  • Del 14 de septiembre de 2026 al 13 de septiembre de 2027.
  • Periodo de inactividad: agosto de 2027.

Lugar donde se prestará la colaboración

Oficina de Gestión de la Investigación. Pabellón Rosa.

Horario

De lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.

Dedicación

25 horas semanales.

Selección

En la selección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  • Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal como aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.a del Reglamento de becas de colaboración. Para el alumnado que inicia los estudios y no tiene expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que da acceso a dichos estudios.
  • Idoneidad. La Comisión de Valoración puede evaluar la idoneidad del candidato o candidata según su currículum o mediante una entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis puntos. Para realizar esta valoración solo se podrán tener en cuenta las aportaciones que estén debidamente documentadas en el currículum.
La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona: seu.ub.edu.

Si el expediente que da acceso a los estudios es extranjero, la nota media que se tendrá en cuenta será la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Incompatibilidades

  • Disfrutar de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. En todo caso, se podrá autorizar la compatibilidad con tareas esporádicas o de fin de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
  • Las prácticas académicas externas curriculares son compatibles con las becas siempre que se respete lo establecido en el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.
  • Es competencia del vicerrector o vicerrectora encargado de los asuntos de becas, o del decano o decana, o del director o directora del IDP, resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.
  • Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deberán comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para disfrutar de la beca, que podrá extinguirse de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.
Enlaces de interés

https://seu.ub.edu/documentPublic/download/875146

Documentación a adjuntar

La documentación que debe presentarse para solicitar una beca es la siguiente:

  • Copia de la matrícula si se trata de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
  • En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificado académico personal, original o fotocopia compulsada, de los estudios universitarios cursados, grado, licenciatura o máster, en el que consten las calificaciones obtenidas en las correspondientes convocatorias, en forma de suspenso, S, aprobado, A, notable, N, sobresaliente, E, y matrícula de honor, MH, con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la correspondiente traducción jurada, original o fotocopia compulsada, si procede.
  • En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que han dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Puede encontrarse la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/.
  • Currículum, que debe introducirse en el apartado de la solicitud telemática habilitado para esta finalidad.

De acuerdo con el artículo 15.2 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que falta algún documento, se requerirá a la persona interesada que lo aporte a través de la Sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que conste el plazo de presentación. Además, se le indicará que, si no lo hace, se considerará que desiste de la solicitud.

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Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación

Las Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación forman parte de un amplio conjunto de becas que ofrece la Universidad de Barcelona a sus estudiantes.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación" es: desde 25/03/2026 hasta 30/04/2026.

La Beca "Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Colaboración Oficina Gestión de la Investigación" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de colaboración