Becas Colaboración Facultad de Física Colección Insturmentos Científico Histórico
INSCRIPCIONES
Becas Colaboración Facultad de Física Colección Insturmentos Científico Histórico: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Colaboración Facultad de Física Colección Insturmentos Científico Histórico se dirigen a estudiantes de la Universidad de Barcelona que quieren implicarse en tareas de apoyo académico y divulgación científica. Este programa permite apoyar en la revisión y ampliación de la información existente en la base de datos Access de la colección de instrumentos científicos históricos, y en la introducción y adaptación de la información al portal web del museo virtual de la UB (plataforma Omeka) aplicando los criterios de catalogación y documentación del patrimonio científico, entre otras actividades.
Podrán optar a estas ayudas los estudiantes de grado o máster de la Universidad de Barcelona, con un mínimo de créditos superados y matrícula activa durante todo el periodo de la beca. También se valora disponer de conocimientos de catalán y castellano, así como un perfil académico adecuado para el trabajo con documentación científica y herramientas digitales.
La dotación económica de estas becas se establece según la convocatoria oficial de la Universidad de Barcelona y se abona mensualmente durante el periodo de colaboración. La dedicación es de 10 horas semanales, en horario de lunes a viernes de 15:00 a 17:00 h, lo que permite compatibilizar la beca con los estudios universitarios.
Las solicitudes para las Becas Colaboración Facultad de Física Colección Insturmentos Científico Histórico deben realizarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Barcelona (seu.ub.edu), dentro del plazo establecido en la convocatoria.
Si deseas participar en estas becas de colaboración, en nuestra web te mostramos como hacerlo.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Carrera
- Física
- Matemáticas
- Ingeniería Electrónica de Telecomunicaciones
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales
Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos, en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el artículo 4a del Reglamento de becas de colaboración para estudiantes de grado y máster de la Universidad de Barcelona, no se considera estudiante de la UB al alumnado de movilidad procedente de otras universidades. Este requisito debe acreditarse en el momento de aceptar la beca.
No haber sido adjudicatario o adjudicataria de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa o facultad o en el Instituto de Desarrollo Profesional (IDP), durante los veintidós meses consecutivos inmediatamente anteriores a la convocatoria de la beca.
No haber completado anteriormente un plan formativo igual al de la beca que se solicita. En todo caso, se considera completado el plan formativo si se ha cumplido, como mínimo, el 75 % de la duración de la beca de colaboración.
Haber superado, como mínimo, 30 créditos de la enseñanza que se está cursando, a excepción del alumnado que inicia una enseñanza, cuando se trata de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opta por la modalidad de tiempo parcial de permanencia debe haber superado un mínimo de 15 créditos.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un número inferior si con esta matriculación se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán y castellano.
Estar en posesión del DNI o NIE. Requisitos específicos
Requisitos específicos
Ser estudiante de una enseñanza de grado o máster universitario de la Facultad de Física
Dotación
Las Becas Colaboración Facultad de Física Colección Insturmentos Científico Histórico ofrecerán una dotación de 275,33 euros mensuales.
Presentación
La solicitud debe cumplimentarse por vía telemática, después de autenticarse, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona (seu.ub.edu). Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
BASE III. Tramitación
A la solicitud se debe adjuntar, por vía telemática, la documentación que se especifica en la base IV, y debe presentarse entre el 25 de junio de 2026 y el 9 de julio de 2026.
Más información
Selección
En la selección de los candidatos se tienen en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal como aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.a del Reglamento de becas de colaboración. Para el alumnado que inicia los estudios y no tiene expediente académico en la UB, se calcula la nota media del expediente que da acceso. Si el expediente que da acceso a los estudios es extranjero, la nota media que se tiene en cuenta es la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Idoneidad. La Comisión de Valoración puede evaluar la idoneidad del candidato o candidata según su currículum o mediante una entrevista, si procede, hasta un máximo de seis puntos. Para realizar esta valoración solo se pueden tener en cuenta las aportaciones que estén debidamente documentadas en el currículum.
La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona (seu.ub.edu).
Aceptación de la beca y entrega de documentación
Una vez resuelta la convocatoria, la persona responsable de la beca contacta con el adjudicatario o adjudicataria de la beca para tramitar el documento de aceptación correspondiente y asignarle el tutor o tutora que debe tener durante toda la beca. La persona adjudicataria de la beca debe cumplimentar y firmar electrónicamente (mediante la tarjeta TUI) el documento de aceptación de la beca y debe entregar la documentación indicada para poder percibir el importe económico de la beca y poder ser dada de alta en la Seguridad Social. Debe facilitar su número de la Seguridad Social en el momento de formalizar el documento de aceptación. Si no lo tiene, no puede incorporarse a la beca hasta que lo presente. Se entiende que renuncia voluntariamente a la beca si, sin justificación, no se presenta el día de inicio de la beca en el lugar y hora que la persona responsable de la beca le haya comunicado para formalizar la aceptación de la beca.
Las personas adjudicatarias extranjeras, para poder percibir el importe de la beca, deben acreditarse mediante el NIE (número de identificación de extranjería). Cuando el periodo de la estancia es inferior a 183 días durante el año natural, la beca está sujeta al impuesto sobre la renta de no residentes y tiene una retención del 19 % para contribuyentes residentes de la Unión Europea, Islandia y Noruega, y del 24 % para residentes del resto de países. Cuando el periodo de estancia es superior a 183 días dentro del año natural, se practica una retención mínima del 2 % (IRPF de residentes fiscales), que puede ser superior según el importe y la duración de la beca. La devolución de esta retención, si procede, solo se puede solicitar directamente a la Agencia Tributaria.
Obligaciones
- La becaria o becario debe ser estudiante de la UB durante todo el tiempo que disfrute de la beca y debe cumplir todas las obligaciones establecidas en el artículo 32 del Reglamento de becas de colaboración.
- La becaria o becario presta la colaboración en el horario especificado en el anexo II de esta convocatoria.
- Sobre tareas concretas de la beca, horarios, permisos y cualquier otro tema relacionado con la prestación de la colaboración, quien decide es la persona responsable de la unidad donde está destinado el becario o becaria, o quien delegue. Debe tener en cuenta, no obstante, lo establecido en el Reglamento de becas de colaboración de la UB.
- El tutor o tutora debe velar por el cumplimiento de las obligaciones asignadas a su becaria o becario y comunicar a la persona responsable de la beca los posibles casos de incumplimiento y otras circunstancias, para que elabore el informe correspondiente y lo eleve al decano de la Facultad de Física, a efectos de apertura de expediente y, si procede, revocación de la beca concedida. El tutor o tutora debe dar cumplimiento al plan formativo indicado en el Reglamento e informar al becario o becaria en materia de prevención de riesgos laborales.
En caso de renuncia a la beca, la becaria o becario solo tiene derecho a percibir la cantidad debida por los días en los que ha prestado la colaboración, hasta la fecha de renuncia. Debe comunicar la renuncia con una antelación mínima de quince días al tutor o tutora o a la persona responsable de la beca, que debe tramitarla a través del programa GeBec e informar de las causas.
Una vez formalizada la renuncia, el programa genera un documento PDF que la persona que renuncia debe firmar. En caso de que, a causa de la renuncia, el becario o becaria cobre dinero indebidamente, debe devolverlo tan pronto como se lo reclamen. Si no lo hace, se le aplicará la disposición adicional primera de la Normativa económica de la UB.
Extinción
Las becas de colaboración se extinguen por las siguientes causas:
- Cumplimiento del plazo fijado en las bases de la convocatoria de la beca de colaboración.
- Renuncia a la beca de colaboración.
- Una causa sobrevenida de incompatibilidad o de pérdida de alguno de los requisitos necesarios para obtener la beca de colaboración.
- Finalización de los estudios. De acuerdo con el Reglamento de becas de colaboración, los estudios de la becaria o becario finalizan en el momento en que el curso académico en el que se ha matriculado termina y, en caso de haber solicitado el título, finalizan en el momento en que se paga el título.
- Revocación de la beca de colaboración.
- Declaración de que la beca se extingue como sanción accesoria en un expediente disciplinario.
Revocación
La beca puede ser revocada, con la tramitación previa del expediente correspondiente según lo dispuesto en los artículos 37 y 38 del Reglamento de becas de colaboración, por las siguientes causas:
- Incumplimiento de las obligaciones del becario o becaria establecidas en el Reglamento de becas de colaboración o en esta convocatoria.
- Si se comprueba que existe ocultación, fraude o falseamiento en los datos o la documentación aportados con la solicitud de la beca de colaboración, sin perjuicio de la posibilidad de reclamar las cantidades percibidas, tras tramitar el procedimiento correspondiente.
- Si se dan circunstancias que afectan al adecuado desarrollo de las tareas encomendadas.
- Por otras causas de revocación previstas en el ordenamiento jurídico.
En caso de revocación de una beca por incumplimiento de obligaciones, el becario o becaria no puede optar a becas de colaboración posteriores.
Incompatibilidades
Beneficiarse de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, sea por cuenta propia o por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. En todo caso, se puede autorizar la compatibilidad con tareas esporádicas o en fines de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
Las prácticas académicas externas curriculares son compatibles con las becas siempre que se respete lo establecido en el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.
Es competencia del vicerrector o vicerrectora encargado de asuntos de becas o del decano o decana o director o directora del IDP resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.
Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deben comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para disfrutar de la beca, la cual puede extinguirse de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.
Descripción de la actividad
- Apoyar en la revisión y ampliación de la información existente en la base de datos Access de la colección de instrumentos científicos históricos.
- Apoyar en la introducción y adaptación de la información al portal web del museo virtual de la UB (plataforma Omeka) aplicando los criterios de catalogación y documentación del patrimonio científico.
- Apoyar en la búsqueda y contraste de información sobre los instrumentos de la colección mediante repositorios y bibliotecas digitales especializadas, incluyendo bibliotecas en línea y recursos como GALLICA.
- Apoyar en actividades de divulgación científica durante las visitas guiadas de estudiantes de primaria y secundaria, colaborando en experiencias demostrativas relacionadas con distintos ámbitos de la física, como óptica, electricidad y magnetismo, termodinámica, acústica o mecánica.
- Colaborar en tareas básicas de conservación preventiva y manipulación adecuada de instrumentos científicos históricos.
Periodo de colaboración
Del 1 de octubre de 2026 al 30 de julio de 2027
Lugar donde se prestará la colaboración
C/ Marqués de Franquès. 1-11 08028 - BARCELONA
Dedicación
10 horas semanales de lunes a viernes de 15:00 a 17:00 h
Documentación a adjuntar
La documentación que se debe presentar para solicitar una beca es la siguiente:
Copia de la matrícula si es de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
En el caso de estudiantes de centros adscritos o de nuevo acceso que no tengan expediente con calificaciones: certificado académico personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, licenciatura, máster) en el que consten las calificaciones obtenidas en las convocatorias correspondientes, en forma de suspenso (S), aprobado (A), notable (N), excelente (E) y matrícula de honor (MH), con las calificaciones numéricas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la traducción jurada correspondiente (original o fotocopia compulsada), si procede.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que han dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Se puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: : www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudiosuniversitarios-realizados-en-centros-extranjeros/
- Currículum (debe introducirse en el apartado de la solicitud telemática habilitado para esta finalidad).
De acuerdo con el artículo 15.2 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que falta algún documento, se requiere a la persona interesada que lo aporte a través de la Sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que consta el plazo de presentación. Además, se le indica que, si no lo hace, se considerará que desiste de la solicitud.






