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Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica

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INSCRIPCIONES

Inicio23/06/2026 Fin07/07/2026
Abierta

Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica que ofrece la Universidad de Barcelona, están orientadas a complementar la formación académica de los alumnos.

Es por ello que a través de estas ayudas, se ofrece a los candidatos seleccionados la posibilidad de realizar tareas de formación que consistirán principalmente en colaborar en el desarrollo de un módulo de espectrometría gamma basado en cristales centelleadores, sensores SiPM y electrónica de lectura, o dar apoyo en la calibración del detector para optimizar la resolución energética, entre otras.

Para poder optar a ser beneficiario de una de las Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica, deberás reunir tanto los requisitos generales como específicos que se indican, entre los que se encuentran el ser alumno de Grado o Máster de la Facultad de Física.

Durante el desarrollo de estas becas, además de complementar tu formación y adquirir nuevos conocimientos y habilidades, también recibirás una dotación económica mensual, lo que te será de gran ayuda para hacer frente a algunos de tus gastos personales.

En nuestro portal puedes conocer toda la información que será de tu interés si deseas solicitar una de las Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica.

Datos básicos

Nº de becas
2
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Física, Química y Matemáticas
  • Arquitectura e Ingenierías
Carrera
  • Física
  • Matemáticas
  • Ingeniería Electrónica de Telecomunicaciones
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos generales:


  • Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos, en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el artículo 4.a del Reglamento de becas de colaboración para estudiantes de grado y máster de la Universitat de Barcelona, no se considera estudiante de la UB al alumnado de movilidad procedente de otras universidades. Este requisito deberá acreditarse en el momento de aceptar la beca.
  • No haber sido adjudicatario o adjudicataria de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa o facultad, o en el Instituto de Desarrollo Profesional (IDP), durante los veintidós meses consecutivos inmediatamente anteriores a la convocatoria de la beca.
  • No haber completado anteriormente un plan formativo igual al de la beca que se solicita. En todo caso, se considera completado el plan formativo si se ha cumplido, como mínimo, el 75 % de la duración de la beca de colaboración.
  • Haber superado, como mínimo, 30 créditos de la enseñanza que se está cursando, excepto en el caso del alumnado que inicia una enseñanza, cuando se trata de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opta por la modalidad de permanencia a tiempo parcial deberá haber superado un mínimo de 15 créditos.
  • Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un número inferior si con dicha matrícula se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
  • Tener conocimientos orales de catalán y castellano.
  • Estar en posesión del DNI o NIE.

Requisitos específicos para solicitar las Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica:

  • Ser estudiante de una enseñanza de grado o máster universitario de la Facultad de Física.

Dotación

Las Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica ofrecen una dotación económica mensual de 688,80 euros.

Presentación

La solicitud para las Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica debe cumplimentarse por vía telemática, tras autenticarse, a través de la sede electrónica de la Universitat de Barcelona (seu.ub.edu). Una vez confirmada la solicitud, no podrán realizarse modificaciones.

Tramitación:

A la solicitud deberá adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica en la base IV, y deberá presentarse entre el 23 de junio de 2026 y el 7 de julio de 2026.

Más información

Comisión de valoración

El decano de la Facultad de Física nombra la Comisión de Valoración, constituida por:

  • Secretaría: un miembro del PTGAS del centro o del IDP, con voz y sin voto, o la persona en quien delegue.
  • Vocalías: una persona en representación del órgano, la unidad o el proyecto de investigación promotor de la convocatoria de la beca de colaboración, o la persona en quien delegue.
  • Presidencia: la persona designada por el decano o la decana.
  • Una persona en representación del alumnado nombrada por el Consejo del Alumnado, o la persona en quien delegue.

La Comisión, en el plazo máximo de sesenta días a partir del último día indicado en las bases para presentar solicitudes, remitirá las solicitudes presentadas, junto con la documentación adjunta, el acta de la sesión y las propuestas de adjudicación que considere pertinentes, al decano de la Facultad de Física. En el plazo máximo de diez días desde la fecha de la reunión de la Comisión de Valoración, el decano de la Facultad de Física resolverá la adjudicación.

El alumnado que no obtenga la beca solicitada podrá formar parte de una lista de espera. En caso de que se produzca una renuncia, el decano de la Facultad de Física podrá conceder la beca a una persona de la lista de espera por el tiempo restante de colaboración, siempre que este sea igual o superior a tres cuartas partes de la duración prevista de la beca.

Selección

En la selección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  • Expediente académico. Las calificaciones se valorarán ponderando las notas del expediente académico, de acuerdo con lo aprobado por el Consejo de Gobierno y con lo establecido en el artículo 5.a del Reglamento de becas de colaboración. Para el alumnado que inicia los estudios y no dispone de expediente académico en la UB, se calculará la nota media del expediente que da acceso a dichos estudios. Si el expediente de acceso es extranjero, la nota media que se tendrá en cuenta será la declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
  • Idoneidad. La Comisión de Valoración podrá evaluar la idoneidad del candidato o candidata según su currículum o mediante una entrevista, si procede, hasta un máximo de seis puntos. Para esta valoración únicamente podrán tenerse en cuenta las aportaciones debidamente documentadas en el currículum.
  • La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universitat de Barcelona (seu.ub.edu).

Aceptación de la beca y entrega de documentación

Una vez resuelta la convocatoria, la persona responsable de la beca contactará con la persona adjudicataria para tramitar el correspondiente documento de aceptación y asignarle el tutor o la tutora que la acompañará durante toda la beca.

La persona adjudicataria deberá cumplimentar y firmar electrónicamente (mediante la tarjeta TUI) el documento de aceptación de la beca y entregar la documentación indicada para poder percibir el importe económico de la beca y ser dada de alta en la Seguridad Social. Deberá facilitar su número de la Seguridad Social en el momento de formalizar el documento de aceptación. Si no dispone de él, no podrá incorporarse a la beca hasta presentarlo. Se entenderá que renuncia voluntariamente a la beca si, sin justificación, no se presenta el día de inicio de la beca en el lugar y la hora comunicados por la persona responsable para formalizar su aceptación.

Las personas adjudicatarias extranjeras, para poder percibir el importe de la beca, deberán acreditarse mediante el NIE (Número de Identidad de Extranjero). Cuando el período de estancia sea inferior a 183 días durante el año natural, la beca estará sujeta al impuesto sobre la renta de no residentes y tendrá una retención del 19 % para contribuyentes residentes en la Unión Europea, Islandia y Noruega, y del 24 % para residentes del resto de países. Cuando el período de estancia sea superior a 183 días dentro del año natural, se aplicará una retención mínima del 2 % (IRPF de residentes fiscales), que podrá ser superior según el importe y la duración de la beca. La devolución de esta retención, en su caso, solo podrá solicitarse directamente a la Agencia Tributaria.

Actividades de colaboración

  1. Las actividades de colaboración de cada beca se especifican en el anexo II de esta convocatoria. El desarrollo del plan formativo está regulado en el artículo 24 del Reglamento de becas de colaboración y comporta derechos y obligaciones tanto para la persona beneficiaria como para la persona responsable de la beca y el tutor o la tutora.
  2. La persona becaria podrá dirigir un escrito de queja al decano de la Facultad de Física si considera que se vulnera el contenido de la colaboración y el desarrollo de su plan formativo.

Obligaciones

  1. La persona becaria deberá ser estudiante de la UB durante todo el período de disfrute de la beca y cumplir todas las obligaciones establecidas en el artículo 32 del Reglamento de becas de colaboración.
  2. La persona becaria prestará la colaboración en el horario especificado en el anexo II de esta convocatoria.
  3. Respecto a las tareas concretas de la beca, horarios, permisos y cualquier otro aspecto relacionado con la prestación de la colaboración, decidirá la persona responsable de la unidad donde esté destinada la persona becaria, o la persona en quien delegue, teniendo en cuenta lo establecido en el Reglamento de becas de colaboración de la UB.
  4. El tutor o la tutora deberá velar por el cumplimiento de las obligaciones asignadas a la persona becaria y comunicar a la persona responsable de la beca los posibles incumplimientos y otras circunstancias, para que esta elabore el correspondiente informe y lo eleve al decano de la Facultad de Física, a efectos de apertura de expediente y, en su caso, revocación de la beca concedida. El tutor o la tutora deberá cumplir el plan formativo indicado en el Reglamento e informar a la persona becaria en materia de prevención de riesgos laborales.

En caso de renuncia a la beca, la persona becaria solo tendrá derecho a percibir la cantidad correspondiente a los días en que haya prestado la colaboración, hasta la fecha de renuncia. Deberá comunicar la renuncia con una antelación mínima de quince días al tutor o la tutora o a la persona responsable de la beca, quien la tramitará a través del programa GeBec e informará de las causas.

Una vez formalizada la renuncia, el programa generará un documento PDF que la persona que renuncia deberá firmar. En caso de que, como consecuencia de la renuncia, la persona becaria perciba cantidades indebidas, deberá devolverlas tan pronto como le sean reclamadas. En caso contrario, se aplicará la disposición adicional primera de la Normativa Económica de la UB.

Incompatibilidades

Disfrutar de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. No obstante, podrá autorizarse la compatibilidad con tareas esporádicas o realizadas durante los fines de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.

Las prácticas académicas externas curriculares son compatibles con las becas siempre que se respete lo establecido en el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.

Corresponde al vicerrector o la vicerrectora responsable de los asuntos de becas, o al decano o la decana, o al director o la directora del IDP, resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.

Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deberán comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para disfrutar de la beca, que podrá extinguirse de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.

Descripción de la actividad

  • Colaborar en el desarrollo de un módulo de espectrometría gamma basado en cristales centelleadores, sensores SiPM y electrónica de lectura.
  • Dar apoyo en la calibración del detector para optimizar la resolución energética.
  • Colaborar en el desarrollo de códigos de análisis de datos de espectrometría gamma.
  • Colaborar en la modelización analítica y computacional del sistema de detección y adquisición de espectrometría gamma.
  • Dar apoyo en la gestión documental específica de las actividades desarrolladas.

Período de colaboración

Del 1 de septiembre de 2026 al 30 de noviembre de 2026.

Lugar donde se prestará la colaboración

Baldiri Reixac 4-12 y 15, 08028 Barcelona, Parque Científico de Barcelona.

Dedicación

25 horas semanales, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h.

Documentación a adjuntar

  • Copia de la matrícula si corresponde a una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
  • En el caso de estudiantes de centros adscritos o de nuevo acceso que no tengan expediente con calificaciones: certificado académico personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, licenciatura, máster), en el que consten las calificaciones obtenidas en las correspondientes convocatorias, en forma de suspenso (S), aprobado (A), notable (N), excelente (E) y matrícula de honor (MH), con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la correspondiente traducción jurada (original o fotocopia compulsada), si procede.
  • En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que han dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Puede encontrarse la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/
  • Currículum (deberá introducirse en el apartado de la solicitud telemática habilitado para esta finalidad).

De acuerdo con el artículo 15.2 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que falta algún documento, se requerirá a la persona interesada que lo aporte a través de la Sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que constará el plazo de presentación. Además, se le indicará que, si no lo hace, se considerará que desiste de la solicitud.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica

Las Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica que ofrece la Universidad de Barcelona, están orientadas a complementar la formación académica de los alumnos.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica" es: desde 23/06/2026 hasta 07/07/2026.

La Beca "Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Colaboración Física Cuántica Astrofísica" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de colaboración