Becas Alumnos Deportistas UB
INSCRIPCIONES
Becas Alumnos Deportistas UB: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) con el principal propósito de fomentar y facilitar el desarrollo de estudios universitarios y compaginarlo con la actividad deportiva, establece la convocatoria de las Becas Alumnos Deportistas UB.
Para solicitar una de estas becas, deberás ser estudiante de Grado, Máster o Doctorado en la Universidad de Barcelona, además de ser deportista y competir en campeonatos universitarios, haciendo representación de esta universidad.
Durante el proceso de selección de los candidatos se valorará diversos criterios como los méritos académicos obtenidos por los alumnos y los méritos deportivos, con el objetivo de otorgar con las becas a aquellos alumnos que más destaquen en ambos ámbitos.
Mediante las Becas Alumnos Deportistas UB, se otorgará una cantidad económica a los alumnos que finalmente resulten seleccionados, con el objetivo de contribuir a financiar parte de los gastos de los estudios que se están cursando.
La Universidad de Barcelona (UB) es una prestigiosa institución académica que ofrece un gran número de becas a su alumnado con el propósito de facilitar el desarrollo de distintos estudios universitarios, así como de premiar y reconocer a los alumnos más destacados.
Conoce aquí y ahora todos los detalles relativos a las Becas Alumnos Deportistas UB.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Personas beneficiarias de las Becas Alumnos Deportistas UB:
Requisitos generales:
- Ser estudiante de una titulación oficial de grado, máster oficial de la UB o estudios de doctorado durante el curso 2025-2026 o, en el caso de haber participado en los campeonatos de Europa universitarios, también ser estudiante de una titulación oficial de grado, máster oficial de la UB o estudios de doctorado durante el curso 2024-2025.
- Ser deportista que compite en campeonatos universitarios representando a la Universidad de Barcelona durante el curso 2025-2026.
Dotación
El importe de las Becas Alumnos Deportistas UB, con una cuantía máxima de 600 € por persona, se hará efectivo en un único pago durante el ejercicio 2026, respetando estrictamente el orden de priorización.
Presentación
La solicitud para las Becas Alumnos Deportistas UB debe presentarse mediante el trámite electrónico específico (UBeTram) habilitado en el enlace que aparece en la página de trámites de la sede electrónica. Se declaran excluidas, sin opción de subsanación, las personas que presenten la solicitud de participación en la convocatoria mediante cualquier otro procedimiento.
https://seu.ub.edu/public/mostrar/catalegTramits
Para presentar la solicitud, es necesario identificarse y firmar mediante cualquiera de los siguientes sistemas:
- Con credenciales UB: identificación y firma de la solicitud mediante la autenticación UB (identificador y contraseña).
- Con certificado digital: identificación y firma de la solicitud mediante uno de los certificados aceptados por el integrador de sistemas de identificación y firma VALid del Consorcio Administración Abierta de Cataluña (AOC).
La persona solicitante deberá indicar la dirección de correo electrónico que desee utilizar a efectos de notificaciones en este proceso.
El plazo de presentación de solicitudes será del 4 al 28 de septiembre de 2026.
La presentación de la solicitud implica la aceptación, sin reservas, de estas bases.
Más información
Objeto
- Estas bases regulan la convocatoria de las ayudas de carácter deportivo para estudiantes deportistas de la Universidad de Barcelona que compaginan su vida académica con el deporte de competición y que mediante su participación en las diferentes competiciones deportivas, en representación de la UB, hayan destacado en sus respectivas modalidades.
- Estas ayudas tienen por objeto contribuir a financiar parte de los gastos del estudio de las titulaciones regladas en las que está matriculado el deportista. La finalidad de las ayudas es premiar el rendimiento académico del estudiante teniendo en cuenta la media de su expediente académico y su rendimiento deportivo de acuerdo con su actividad y resultados en una modalidad deportiva específica, en representación de la UB.
Criterios de valoración
- Valoración méritos académicos:
- a. Para los estudiantes de grado, posgrado y máster. Se valorará el rendimiento académico de las personas solicitantes durante el curso 2025-2026, teniendo en cuenta los créditos superados y el porcentaje de créditos totales superados respecto a los matriculados.
- Créditos superados en el curso 2025/2026:
- Mas de 50: 5 puntos
- Entre 26 y 50: 3 puntos
- Entre 10 y 25: 1 punto
- Porcentaje de créditos aprobados respecto a los matriculados en el curso 2025/2026:
- 75% o más: 3 puntos
- Entre el 50 a 74,9%: 2 puntos
- Hasta el 49,9%: 1 punto
- b. Para los estudiantes de doctorado. Habrá que adjuntar a la solicitud un informe favorable de seguimiento del director/a de su estudio y/o doctorado. A estos estudiantes se les valorará la parte académica, con los puntos que equivalgan a la media obtenida por todos los estudiantes admitidos (de acuerdo con el punto 3 de esta base).
- Valoración méritos deportivos:
- Se valorará la participación y resultados en competiciones oficiales universitarias del curso 2025-2026. En caso de acreditar dos o más resultados en una misma competición se valorará únicamente lo mejor, y no se podrán sumar dos resultados de un mismo campeonato aunque sean diferentes pruebas. * Consultar tabla en las bases de la convocatoria.
- Valoración:
- Por lo que respecta a la valoración académica, se desestimarán las solicitudes que no lleguen a 2 puntos.
- Los méritos académicos ponderarán un 40% de la valoración y los méritos deportivos un 60%.
- Una vez calculados los puntos obtenidos por las personas solicitantes se calculará la nota media. Esta media será considerada como un 10. Se desestimarán las solicitudes que no lleguen a 5 puntos.
Forma de cálculo
Establecidos los puntos totales (valoración académica + valoración deportiva), se realizará una estimación del valor del punto, dividiendo el total de la asignación presupuestaria entre la suma total de puntos. Una vez obtenido el valor del punto, se determinará la cantidad que corresponde a cada solicitante, sin que se superen nunca los 600 euros por persona.
Admisión de los candidatos
La recepción y revisión de las solicitudes se efectuará por el Servicio de Deportes de la Universidad de Barcelona.
La resolución de la lista provisional de candidatos admitidos se publicará, en el plazo de 10 días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, en la sede electrónica de la Universidad de Barcelona.
En caso de que se observe algún defecto en la solicitud en relación con la aportación de la documentación constitutiva de requisito, se concederá un plazo de subsanación de 10 días hábiles. En caso de no subsanar el defecto observado, se tendrá al candidato por desistido de su solicitud.
Finalizado este plazo, se publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
Adjudicación
Se valorarán exclusivamente aquellas solicitudes debidamente presentadas y que cumplan todos los requisitos establecidos en la Base III, a las cuales se aplicarán los criterios establecidos en la Base VI, ordenándolas de forma descendente. Se propondrá el número total de ayudas en función del nivel y de la asignación presupuestaria, y la Comisión Evaluadora propondrá la adjudicación de los beneficiarios.
La Comisión Evaluadora estará formada por:
- Presidente/a: director de deportes o persona en quien delegue.
- Vocales: un/a técnico del Servicio de Deportes.
- Un/a representante del Consejo de Estudiantes.
- Secretario/a: un/a técnico o administrativo del Servicio de Deportes.
La Comisión Evaluadora elevará la propuesta de adjudicación, la lista priorizada y las solicitudes excluidas por no alcanzar la puntuación mínima al órgano convocante, quien, en el plazo máximo de 10 días, dictará la correspondiente resolución de adjudicación de ayudas, en la que constarán:
- Los adjudicatarios de las ayudas.
- Los solicitantes excluidos por no cumplir los requisitos.
El acto de entrega de las ayudas se realizará de forma pública, si el Servicio de Deportes lo estima conveniente, una vez finalizado el proceso de resolución.
Contra la resolución de adjudicación de las ayudas del órgano convocante, que se dicta por delegación del rector, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución. No obstante, se puede optar por interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo mientras no se dicte resolución expresa o presunta del recurso de reposición.
Obligaciones de las personas beneficiarias
- Formalizar correctamente la inscripción en “Selecciones UB”.
- Representar a la UB en aquellos eventos deportivos de máximo nivel universitario autonómico, estatal e internacional que se le requiera, así como en los actos de representación universitaria necesarios.
- Participar en los actos públicos de las entidades implicadas directamente en el apoyo de estas ayudas y el Programa Tutoresport.
- Mantener la condición de estudiante de la Universidad de Barcelona durante el curso 2025-2026 o, en el caso de los participantes en los campeonatos de Europa universitarios, también durante el curso 2024-2025.
Renuncias
En cualquier momento del proceso, el alumno puede renunciar a la solicitud de la ayuda.
La renuncia debe presentarse debidamente firmada mediante instancia genérica dirigida al Servicio de Deportes.
Revocación de la ayuda
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en estas bases puede ocasionar la revocación de la ayuda.
La revocación requerirá la previa tramitación de un expediente contradictorio indicando de forma detallada las causas que motivan la revocación, cuya incoación se trasladará al beneficiario para que en el plazo de 10 días hábiles pueda formular alegaciones y aportar la documentación que estime conveniente para su defensa. A la vista de dicha documentación, se resolverá sobre la revocación o no de la ayuda.
Enlaces de interés
https://seu.ub.edu/documentPublic/download/921741
Documentación a adjuntar
La solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
- Copia de las dos caras del DNI (en color y formato PDF).
- Certificado de titularidad bancaria del titular de la cuenta corriente, firmado electrónicamente.
- La cuenta corriente deberá ser una cuenta bancaria nacional.
- En su defecto, un certificado emitido, firmado manualmente y sellado por la entidad bancaria, que contenga el nombre del titular, el NIF y la cuenta bancaria, acompañado de la declaración de responsabilidad firmada por la persona solicitante de la ayuda (ver “modelo de declaración de responsabilidad” publicado en la sede electrónica junto con la convocatoria de las ayudas).
- En caso de estudiantes no residentes en España, se debe aportar el certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes del país de origen.
- En caso de estudiantes de centros adscritos a la UB, se debe aportar copia del resguardo de la matrícula del curso 2025-2026 y del expediente académico actualizado en el momento de la solicitud de la ayuda.
- Las personas matriculadas en estudios que no sigan el patrón de créditos deberán presentar informe favorable de seguimiento firmado por el director o directora de la tesis doctoral o, en su caso, recibo acreditativo de presentación de la solicitud de depósito de la tesis doctoral.
- En relación con las personas no comunitarias, se requiere la autorización legal correspondiente, de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de las personas extranjeras en España y su integración social, y, por tanto, se requerirá que el estudiante mayor de 18 años aporte la autorización de residencia.
- Cualquier otra documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos o los criterios de valoración para poder participar en esta convocatoria.
Con la firma de la solicitud se autoriza a la UB a obtener directamente los datos correspondientes al resguardo de matrícula del curso 2025-2026 y los datos correspondientes al expediente académico del estudiantado en la UB, siempre y cuando la persona solicitante no se oponga expresamente a que se consulte esta información. En caso de que el estudiante se oponga a esta consulta, será él quien deberá aportar dicha documentación. La falta de aportación en plazo podrá ser causa de exclusión no subsanable.
Cualquier falsedad u omisión en los datos expuestos en la solicitud supondrá la exclusión de la persona solicitante.






