Becas Colaboración Nuevos Formatos Editor de Vídeo UB
INSCRIPCIONES
Becas Colaboración Nuevos Formatos Editor de Vídeo UB: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) en cada curso académico presenta la convocatoria de un gran número de becas dirigidas a favorecer el desarrollo de prácticas formativas que complementen los conocimientos teóricos de su alumnado.
En esta ocasión, la Universidad de Barcelona (UB) convoca las Becas Colaboración Nuevos Formatos Editor de Vídeo UB, que podrán ser solicitadas por aquellos alumnos que sean estudiantes de Grado de Comunicación e Industrias Culturales, y/o Grado de Comunicación Audiovisual, y que además reúnan todos los requisitos generales establecidos en la convocatoria.
Mediante la participación en estas becas los alumnos seleccionados tendrán la oportunidad de desarrollar diversas tareas de soporte técnico en la realización de un videopodcast, como serán la colaboración en la edición de vídeo y apoyar en la edición de los teasers promocionales del programa.
Con todo ello los alumnos podrán mejorar y ampliar sus conocimientos, así como adquirir nuevas herramientas tanto laborales como personales y sociales.
Por otro lado, también recibirán una dotación económica mensual durante el periodo de desarrollo de las prácticas formativas, lo que resulta un importante valor añadido que otorgan estas becas.
Es por todo ello que desde aquí te animamos a conocer toda la información sobre las Becas Colaboración Nuevos Formatos Editor de Vídeo UB, y a solicitarlas ahora.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Periodismo y Comunicación Audiovisual
- Artes y Humanidades
- Carrera
- Comunicación Audiovisual
- Grado en Comunicación e Industrias Culturales
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales de las Becas Colaboración Nuevos Formatos Editor de Vídeo UB
- Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos, en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el artículo 4a del Reglamento de becas de colaboración para estudiantes de grado y máster de la Universidad de Barcelona, no se considera estudiante de la UB el alumnado de movilidad procedente de otras universidades. Este requisito debe acreditarse en el momento de aceptar la beca.
- No haber sido adjudicatario o adjudicataria de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa o facultad o en el Instituto de Desarrollo Profesional (IDP), durante los veintidós meses consecutivos inmediatamente precedentes en la convocatoria de la beca.
- No haber completado anteriormente un plan formativo igual al de la beca solicitada. En cualquier caso, se considera completado el plan formativo si se ha cumplido, como mínimo, el 75% de la duración de la beca de colaboración.
- Haber superado, al menos, 30 créditos de la enseñanza que se está cursando, a excepción del alumnado que inicia una enseñanza, cuando se trata de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opta por la modalidad de tiempo parcial de permanencia debe haber superado un mínimo de 15 créditos.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de menor número si con esta matriculación se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán y castellano.
- Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos
- Estudiantes del Grado en Comunicación e Industrias Culturales (FilCom) y/o Comunicación Audivisual (FIMA), con 60 créditos superados.
Dotación
Las Becas Colaboración Nuevos Formatos Editor de Vídeo UB otorgarán una dotación económica mensual de 268,62 euros.
Presentación
- La solicitud de las Becas Colaboración Nuevos Formatos Editor de Vídeo UB debe cumplimentarse por vía telemática, previa autenticación, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona (https://seu.ub.edu).
- Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
- A la solicitud debe adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica entre el 25 de marzo y el 30 de abril de 2025.
Más información
Selección
- En la selección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal cómo aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo que establece el artículo 5.1 del Reglamento de becas de colaboración. Para el alumnado que inicia sus estudios y no tiene expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que da acceso a la misma. Si el expediente que da acceso a los estudios es extranjero, la nota media que se tiene en cuenta es la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Idoneidad. La Comisión de Valoración podrá evaluar la idoneidad de los candidatos según su currículum o mediante entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis (6) puntos. Para realizar esta valoración sólo se pueden tener en cuenta las aportaciones de los candidatos que estén debidamente documentadas en el currículo.
- La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona: https://seu.ub.edu
Incompatibilidades
- Beneficiarse de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, sea por cuenta propia sea por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. En cualquier caso, se puede autorizar la compatibilidad con tareas esporádicas o en jefes de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Las prácticas académicas externas curriculares son compatibles con las becas siempre que se respete lo que establece el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.
- Es competencia del vicerrector o vicerrectora encargado de los asuntos de becas o del decano o decana o el director o directora del IDP resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.
- Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deben comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para disfrutar de la beca, que se puede extinguir de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.
- Colaboración en la edición de la versión en vídeo de un programa de videopodcast.
- Apoyo en la edición de los teasers promocionales del programa.
Documentación a adjuntar
Documentación que debe presentarse para solicitar las becas:
- Copia de la matrícula si es de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificado académico personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, licenciatura, máster) en los que consten las calificaciones obtenidas en las convocatorias correspondientes, en forma de suspenso (S), aprobado (A), notable (N), excelente (E) y matrícula de honor (MH), con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la traducción jurada correspondiente (original o fotocopia compulsada), si procede.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que han dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Se puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/.
- Currículum (es necesario introducirlo en el apartado de la solicitud telemática habilitado para esta finalidad).
De acuerdo con el artículo 15.2 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que falta algún documento, se requiere a la persona interesada que lo aporte a través de la Sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que consta el plazo de presentación. Además, se le indica que, si no lo hace, se considerará que desiste de la solicitud.