Universidad Complutense de Madrid (UCM)

Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal

Becas de estudiosBecas de alojamiento o residenciaUniversitarios

INSCRIPCIONES

28/11/202413/12/2024
Finalizada

Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.

Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Complutense de Madrid (UCM) convoca las Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal.

Estas becas van dirigidas a los estudiantes matriculados en un Grado en la UCM que mantengan una situación de riesgo de abandono de los estudios por razones socioeconómicas. Dichos estudiantes deberán haber sido beneficiarios de las becas en el curso anterior, y que cumplir los requisitos mencionados para esta convocatoria, entre los que se encuentran no superar los umbrales máximos de renta familiar para la obtención de la beca de matrícula que se establece o no haber recibido ninguna otra ayuda económica para el mismo fin.

Las Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal ofrecen dos modalidades de ayudas, en la modalidad A se ofrecen ayudas económicas de hasta 4.500 euros y en la modalidad B se otorgan plazas como residentes en uno de los Colegios mayores de la UCM. Todas las personas beneficiarias obtendrán además un acompañamiento al estudio para logar el máximo aprovechamiento académico.

Si estás interesado/a en recibir una de las Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal de la UCM aún estas a tiempo de solicitarlas. Aquí te ofrecemos una amplia información donde se recogen los requisitos, plazos y todo lo que necesitas para iniciar el proceso.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Los requisitos de las Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal, a que se refiere el presente apartado deberán reunirse por los aspirantes en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

Son requisitos:

  • a. Habersido beneficiario de la Beca Concepción Arenal en el curso 2023-24.
  • b. Poseer nacionalidad española o la de otro país de la Unión Europea. Los extranjeros no comunitarios deberán acreditar la condición de residente en España, quedando excluidos quienes se encuentren en situación de estancia (permiso de estudiante). No se exigirá este requisito a los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el período transitorio de adquisición conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
  • c. Haberse matriculado de, al menos, 48 créditos en la Universidad Complutense durante el curso 2024-2025 en estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de grado. Podrán ser menos créditos cuando el estudiante esté finalizando el grado y le queden menos de 48 créditos por matricular.
  • d. No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades o personas públicas o privadas, para el curso académico para el que se concede esta ayuda, salvo las que pueda otorgar la universidad como ayuda complementaria al presente programa. Estas ayudas son compatibles con la obtención de una beca de matrícula ministerial en la misma convocatoria.
  • e. No superar un cuarto umbral de renta familiar correspondiente a un incremento del 8% respecto los umbrales máximos de renta familiar para la obtención de la beca de matrícula establecidos y calculados conforme a lo establecido en la normativa reguladora de las becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, aprobada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. A efectos de la determinación de la renta se computará la información del ejercicio 2023. No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, la universidad podrá solicitar información adicional que considere pertinente, siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica del estudiante, a cuyos efectos los correspondientes departamentos de la universidad harán una valoración personalizada de los potenciales beneficiarios. Excepcionalmente se exonerará la justificación documental prevista en el presente apartado e) a los estudiantes que, habiendo estado sujetos a medidas de protección, particularmente en acogimiento residencial, alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección, así como a aquellos alumnos que acrediten ser personas con estatuto de protección internacional en España, incluidos los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el período transitorio de adquisición conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
  • f. No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios cursados.
  • g. Tener una valoración positiva por parte de la Comisión de Valoración. Para esta valoración se tendrá en consideración la trayectoria mantenida durante el curso académico del estudiante, así como su implicación con el Programa de Acompañamiento y su compromiso académico y social.

Dotación

Las Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal se dividen en dos modalidades siendo incompatible la percepción de ambas. Los solicitantes deberán optar por una de ellas en la solicitud.

  • Modalidad A: a cada persona beneficiaria se le abonará un total de 4.500 €, que recibirá mediante un pago único antes de la finalización del ejercicio 2024-25.
  • Modalidad B: a cada persona beneficiaria se le otorgará una ayuda destinada a sufragar los gastos derivados por la estancia como residente en uno de los Colegios Mayores de titularidad UCM durante el curso colegial 2024-25, y consistirá en una aportación económica que cubrirá el 100 % del importe a abonar a la UCM por el estudiante.

Todas las personas beneficiarias, independientemente de la modalidad, participarán en el Programa de Acompañamiento asociado a esta ayuda que incluirá las siguientes acciones:

  • Se analizará trimestralmente la situación de la persona beneficiaria en relación a sus objetivos de estudio.
  • Se ofrecerá información y orientación adecuada a las necesidades que se identifiquen vinculadas al ámbito de estudio.
  • Se recogerá información sobre la satisfacción con el programa de ayudas de las personas beneficiarias.
  • Se les podrá incluir en actividades y acciones formativas de interés.

Podrán solicitar la ayuda los estudiantes que hayan sido beneficiarios de esta misma ayuda en el curso académico 2023-24, como parte del programa de apoyo a la continuidad de sus estudios.

Presentación

Las personas solicitantes de las Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal deberán completar el formulario disponible en https://www.ucm.es/becas-ayudas dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Una vez validado, se recibirá un correo confirmando si su tramitación ha sido correcta.

En aplicación del art. 10 del RSUCM, tras examinar la documentación presentada, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se procederá a publicar la resolución por la que se aprueben las relaciones provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión.

En el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la citada publicación, se podrán subsanar aquellos errores susceptibles de subsanación, o aportar la documentación requerida, con la indicación al solicitante de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en su solicitud.

Concluido el periodo de subsanación, se verificará su adecuación a los requisitos establecidos en la convocatoria, y se publicará la resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de solicitudes admitidas a trámite, desistidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión.

La presentación de la solicitud de estas ayudas supone la plena aceptación de las bases reseñadas en la presente convocatoria.

No se evaluarán las solicitudes de los estudiantes que no hayan presentado la documentación requerida. Con la presentación de la solicitud el estudiante autoriza a la UCM a recabar la información y documentación que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos necesarios para la resolución de la solicitud de beca.

El órgano instructor remitirá la lista de las solicitudes admitidas, la documentación acreditativa y la información académica del curso 2023/24 de los solicitantes a la Comisión de Valoración.

Más información

Criterios de valoración

La Comisión de Valoración propondrá un número determinado de estudiantes beneficiarios de estas ayudas, relacionados por orden de prelación que tendrá en cuenta los siguientes criterios de baremación (máximo 100 puntos):

  1. Renta familiar disponible. Hasta 30 puntos en función de los diferentes umbrales contemplados.
  2. Situaciones de especial vulnerabilidad. Hasta 40 puntos.
  3. Trayectoria personal, compromiso académico y experiencia de vida. Hasta 30 puntos.

La puntuación mínima requerida para ser beneficiario de la beca es de 50 puntos, de estos al menos la mitad en vulnerabilidad: 20 y en trayectoria: 15.

Resolución de concesión de las Ayudas

El plazo máximo para la realización del procedimiento será de 4 meses contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM, siendo publicada dicha resolución en la propia web del servicio de becas de la UCM: https://www.ucm.es/becas-ayudas.

Desde el Vicerrectorado de Estudiantes, se enviará por correo electrónico notificación individual de adjudicación o denegación de la beca a todas los solicitantes. Debido al carácter de las ayudas no se hará público un listado de las personas beneficiarias de la misma, según se establece en el art. 15.4 del RSUCM.

Obligaciones e incompatibilidades

Son obligaciones de las personas beneficiarias de estas ayudas:

  • Facilitar cuantas actuaciones de comprobación fuesen precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda.
  • Participar en el Programa de Acompañamiento.
  • Solicitar las ayudas de matrícula otorgadas por la UCM para el curso 2024-2025.
  • Cumplir con las obligaciones académicas que derivan de su matrícula, tales como la asistencia a clase, la realización de todas las pruebas y exámenes de las materias en las que se encuentre inscrito, y la participación responsable en las demás actividades que complementen su formación.

El incumplimiento no justificado de estas obligaciones puede conducir a la anulación de las ayudas, y a que se exija la devolución de las cuantías indebidamente percibidas.

Incompatibilidades

En caso de que las personas beneficiarias de estas ayudas obtengan otra beca o ayuda de la misma naturaleza de cualquier otro organismo público o privado, deberán informar al Vicerrectorado de Estudiantes que decidirá sobre su compatibilidad con las ayudas de esta convocatoria. En caso de que la persona solicitante no informe al respecto, podrá ser causa de anulación de la ayuda concedida y, en su caso, implicará el reembolso del importe indebidamente cobrado.

Se procederá del mismo modo en caso de que tenga una relación laboral o administrativa con cualquier entidad por la que se perciban retribuciones, así como cualquier subsidio, prestación por desempleo, o actividad empresarial, siendo causa de anulación de la ayuda concedida, e implicando el reembolso del importe indebidamente cobrado.

Enlaces de interés

https://www.ucm.es/file/concepcion-arenal-ayudas-continuidad-24-25pdf-signed?ver

Documentación a adjuntar

a. DNI de la persona solicitante y de todos los miembros computables de la unidad familiar. En el caso de estudiantes extranjeros, será obligatoria la presentación del NIE de la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar que residan en España.

b. Documentación que acredite suficientemente que el/la solicitante se mantiene en alguna situación de graves dificultades para continuar sus estudios, por problemas económicos, de salud y/o de responsabilidades familiares y cuidados. La situación económica del estudiante tendrá que quedar debidamente justificada según el correspondiente caso:

  • i. Certificado resumen de la declaración anual de IRPF correspondiente al ejercicio 2023, o en su defecto, certificado de imputaciones, expedido por la Agencia Tributaria, de todos los miembros computables de la unidad familiar. Los ingresos que estén exentos de tributación deberán acreditarse con el certificado de la entidad pagadora correspondiente. Si alguno de los miembros de la unidad familiar los hubiera percibido, deberá presentarse el certificado de los ingresos percibidos por desempleo, invalidez, subsidio o prestaciones no contributivas. Los/las estudiantes con ingresos en el extranjero deberán aportar la documentación de su unidad familiar en castellano, debiendo especificar la moneda utilizada en la documentación y trasladada a euros. En el caso de estudiantes UCM no residentes en España que no puedan demostrar su umbral de renta y patrimonio según los datos aportados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), deberán aportar documentos oficiales equivalentes. En los casos en que el/la solicitante alegue su independencia familiar y económica cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia justificando los ingresos correspondientes al ejercicio 2023 la titularidad o contrato de alquiler del domicilio a su nombre, certificado de empadronamiento del año 2024 y recibos de pagos (agua, luz, alquiler…). De no justificar suficientemente estos extremos, el/la solicitante será excluido/a del proceso de selección.
  • ii. En el caso de desempleo: certificado del Instituto Nacional de Empleo indicando si son perceptores o no de algún tipo de prestación por desempleo o subsidio, con indicación del periodo reconocido y cuantía.
  • iii. Reconocimiento legal de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez del/de la sustentador/a principal, expedida por Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • iv. En el caso de fallecimiento de la/s persona/s sustentadora/s de la unidad familiar: certificado de defunción.
  • v. En el caso de solicitantes que deseen acreditar la condición de víctima de violencia de género, se deberá presentar orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. En caso de situaciones de incremento de la vulnerabilidad, se aportará documentación acreditativa de la misma.

c. En el caso de responsabilidad de cuidados de familiares hasta segundo grado de consanguinidad declaración jurada que recoja la situación.

d. En el caso de enfermedad crónica y grave del/la estudiante documentación médica que lo acredite.

e. En el caso de pertenecer a una familia sin estudios universitarios en primer y segundo grado declaración jurada que recoja este punto.

Los documentos que no hayan sido expedidos en lengua española deberán acompañarse de la correspondiente traducción oficial.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal

La Universidad Complutense de Madrid (UCM) convoca las Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal" es: desde 28/11/2024 hasta 13/12/2024.

La Beca "Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas de continuidad - Ayudas Concepción Arenal" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de alojamiento o residencia