Universidad Complutense de Madrid (UCM)

Becas Actividades Culturales Facultad Bellas Artes

Becas de formación prácticaUniversitarios

INSCRIPCIONES

15/03/202311/04/2023
Finalizada

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Becas Actividades Culturales Facultad Bellas Artes: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Actividades Culturales Facultad Bellas Artes son convocadas por la Universidad Complutense de Madrid con el objetivo de facilitar a los estudiantes una formación práctica que les ayudará en el futuro a tener un mejor acceso al mercado laboral. Esta beca ofrecerá unas prácticas remuneradas que dotará a los estudiantes de herramientas, conocimientos y capacidades que más tarde podrán utilizar cuando accedan a un trabajo. Las becas se llevarán a cabo de forma que el estudiante pueda compaginar sus estudios con las colaboración en cualquiera de los centros o servicios.

Para poder acceder a las Becas Actividades Culturales Facultad Bellas Artes los estudiantes deberán cumplir con una serie de requisitos como son estar matriculados en la Facultad de Bellas Artes de la UCM en estudios de Grado o Máster y no haber disfrutado anteriormente de esta beca. La duración de estas becas será de un año prorrogable a dos, donde el estudiante dedicará unas 20 horas a la semana de lunes a viernes en horario preestablecido según acuerdo del becario con su tutor. El becario recibirá una cuantía de 450 euros al mes.

Si quieres saber toda la informacioń sobre las Becas Actividades Culturales Facultad Bellas Artes, aquí te damos toda la información que necesitas.


Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Artes y Humanidades
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

  • Para ser admitido en el proceso de selección de las becas, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en el Reglamento de Becas de Formación Práctica de la Universidad Complutense de Madrid, aprobados en Consejo de Gobierno de 28 de noviembre de 2017, publicados en el BOUCM el 1 de diciembre de 2017.
  • Estar matriculado en estudios oficiales en la Facultad de Bellas Artes de la UCM, en estudios de grado (mínimo 48 créditos) máster oficial (mínimo 36 créditos o doctorado durante el curso académico 2022/23 con el compromiso de matrícula para el curso 2023/24; no se podrá iniciar la activad sin tener confirmada matrícula en el curso 2023/24.
  • Tener superados, al menos, 180 créditos de los estudios de Grado.
  • No haber disfrutado con anterioridad de una beca de formación práctica en la UCM durante doce o más meses.
  • No haber renunciado a una beca de formación práctica de la UCM sin causa justificada

Dotación

La persona becaria recibirá, en concepto de ayuda económica para la realización de tareas de colaboración y apoyo de acuerdo con las condiciones y perfil de esta convocatoria,un importe total de 450 euros por mes, durante los meses indicados. A estas cantidades se les practicarán las retenciones que establezca la normativa vigente.En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca en los términos previstos en la base 4, se adjuntará proporcionalmente dicha cuantía a la nueva dedicación horaria.

Presentación

La solicitud para tomar parte en esta convocatoria, junto con los documentos requeridos se presentará a través de Becas ucm on line. El plazo de presentación de solicitudes es del 15 de marzo al 11 de abril 2023, ambos incluidos.

Los datos personales recogidos en la solicitud tienen carácter obligatorio y serán tratados por la Universidad Complutense (Avenida de Séneca, 2. 28040 Madrid) para la organización de la docencia y el estudio, así como para el ejercicio de las demás funciones propias del Servicio Público de Educación Superior, reguladas en la Ley Orgánica de Universidades.

Con la formalización de su solicitud, la persona solicitante acepta que sus datos personales sean recabados, tratados y, en su caso, cedidos para los siguientes fines:gestión administrativa y académica de su expediente, oferta y prestación de servicios universitarios, realización de estadísticas, proyectos de investigación, evaluaciones, encuestas y seguimiento de los servicios universitarios prestados, así como la realización de acciones destinadas al fomento del empleo y prácticas en empresas. El responsable del tratamiento de estos datos es la Universidad Complutense de Madrid. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a su tratamiento se ejercitarán ante la Secretaría General (Administración Electrónica) de la Universidad Complutense.

Más información

Duración de la beca de formación práctica

Las actividades relacionadas con estas becas se desarrollarán en el momento en que se produzca la primera vacante. Finalizado el periodo establecido en la credencial, la beca se entenderá finalizada a todos los efectos sin necesidad de que medie resolución o acto expreso alguno por parte de la UCM salvo lo establecido en el párrafo siguiente.

En su caso, la Vicerrectora de Estudiantes, podrá autorizar la prórroga de la beca. Para ello, el becario debe mantener la condición de estudiante de la UCM en alguna de las titulaciones de la base 2, y tener un informe favorable del tutor del becario. En este caso, se expedirá una nueva credencial.

La duración máxima de las becas de formación práctica será de un año, prorrogable a dos, debiendo el/la beneficiario/a estar matriculado durante toda la beca, o de lo que en su caso establezca la normativa vigente. En el año en que se agotase el tiempo máximo, el período de disfrute de la beca podrá extenderse hasta el mes de diciembre de dicho año.

La lista de espera resultante de esta convocatoria tendrá vigencia hasta que se publique una nueva convocatoria de las mismas características.

Dedicación

La beca de formación práctica supondrá una dedicación de 20 horas semanales, de lunes a viernes durante el periodo contemplado en la Base 3.

El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del tutor y previo acuerdo con el becario seleccionado, en mañanas y tardes. En cualquier caso, la duración y el régimen de dedicación de la beca tendrán que ser compatible con el correcto desarrollo de los estudios en que esté matriculado el beneficiario.

Por motivos organizativos o necesidades temporales, la Vicerrectora de Estudiantes podrá autorizar la modificación de la dedicación de la beca dentro de las posibilidades que establece el vigente Reglamento de Becas de Formación Práctica de la UCM en su artículo 6.En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca variará proporcionalmente la cuantía de la misma de acuerdo con la nueva dedicación horaria.

Actividades a desarrollar

La persona becaria colaborará en el desarrollo de las actividades culturales de la Facultad de Bellas Artes, realizando entre otras las siguientes actividades:

  • Colaboración en la organización de exposiciones, conferencias,seminarios,etcétera.
  • Colaboración en el diseño y maquetación del material de difusión de las citadas actividades.
  • Atención personalizada a los artistas invitados.
  • Seguimiento documental (foto, video) de las actividades programadas por el Vicedecanato de Extensión Universitaria y edición del material.
  • Actualización de los contenidos de la página web.
  • Traducción de contenidos inglés/español, español/inglés.

Plan de formación práctico y tutor/a


A la persona becaria se le formará en materias relacionadas con las tareas descritas. Para realizar el programa de formación práctico se establece como tutora a Dña. Margarita González Vázquez, Vicedecana de Cultura y Dña. Sonia Cabello, Vicedecana de Estudiantes, ambas dela Facultad de Bellas Artes.

Seguro

En el marco del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización,adecuación y modernización de la Seguridad Social y del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio,de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia,los/las estudiantes universitarios/as seleccionados/as para la realización de prácticas académicas extracurriculares, tienen el carácter exclusivamente de asimilados a trabajadores por cuente ajena a efectos de su integración en el Régimen General de la Seguridad Social. La acción protectora es la correspondiente al régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.

Criterios de valoración

Se podrá obtener un máximo de 20 puntos,según el siguiente baremo:

  1. Expediente académico - Hasta 3 puntos.
  2. Conocimientos en manejo medios audiovisuales - Hasta 3 puntos.
  3. Conocimientos informáticos - Hasta 2 puntos.
  4. 4.Experiencias previas en
    • a.Diseño gráfico - Hasta 3 puntos.
    • b. Montaje de exposiciones - Hasta 2 puntos.
  5. Carta de motivación - Hasta2 puntos.
  6. Idiomas - Hasta 1 punto.
  7. Entrevista personal (*) - Hasta 3 puntos.
  8. Otros méritos - Hasta 1 punto.
  9. (*) La entrevista personal se realizará exclusivamente a los 5 aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación en la primera fase. En el caso de que existan candidatos que se encuentren en circunstancias especiales, podrán realizar la entrevista por videoconferencia.
Tramitación de solicitudes

El Vicerrectorado de Estudiantes, a través del Servicio de Becas de la Universidad Complutense, revisará los expedientes de solicitud y verificará que contienen la documentación exigida enviando un correo electrónico a aquellos/as estudiantes que deban subsanarla.

Las personas solicitantes excluidas tendrán un plazo de diez días para aportar la documentación necesaria o subsanar los errores que se hubieran observado, tendrán que hacerlo a través de la misma aplicación https://becas.ucm.es/, haciéndose saber que en el caso contrario su solicitud será archivada de conformidad con el artículo 17 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Comisión de evaluación

La Comisión de evaluación encargada de valorar las solicitudes será presidida por la Vicerrectora de Estudiantes, o persona en quien delegue, y en ella actuarán como vocales la Gerente de la Universidad, o persona en quien delegue, un representante de estudiantes en Consejo de Gobierno, la Vicedecana de Cultura o persona en quien delegue y la Coordinadora de comunicación y medios de difusión por parte de la Facultad, o persona en quien delegue y la Jefe de Servicio de Becas, o persona en quien delegue, que actuará como Secretaria, con voz pero sin voto.

Teniendo en cuenta los criterios de valoración señalados en la Base 11 de esta convocatoria, a los solicitantes que cumplan con las condiciones requeridas, serán convocados a una entrevista personal que se notificará individualmente al correo electrónico de las personas interesadas y se publicará el día 4 de mayo de 2023 en la página web de la UCM,https://www.ucm.es/formacion-practica.

Resolución

La Comisión de evaluación, previo estudio y valoración de las solicitudes admitidas y la posterior entrevista a los candidatos, de conformidad con los criterios de baremación fijados, dictará Resolución de lista de espera y su orden de prelación, para los casos de renuncia, revocación o incremento, que se publicará en la página web de la UCM https://www.ucm.es/formacion-practica.

La Comisión de evaluación podrá dejar desierta, total o parcialmente, la resolución de una convocatoria en el caso de que el nivel de los aspirantes no supere la puntación mínima aceptable para un correcto desempeño de la beca, o se hayan producido hechos o cambios organizativos que la hagan inviable. En estos casos, la resolución deberá ser motivada.

La resolución se publicará en la página web de la UCM https://www.ucm.es/formacionpractica. a los efectos previstos en el artículo 45, número 1, apartado b) de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Esta lista de espera tendrá vigencia hasta que se realice una nueva convocatoria.

Designación y credencial de becaria/o

La Sección de Becas de Formación Práctica ofertará las vacantes que se produzcan por correo electrónico siguiendo el orden de prelación establecido por la Comisión de evaluación en la lista de espera; el beneficiario dispondrá de un plazo de tres días a contardes de el día siguiente al de la comunicación en su correo de la oferta, para presentar en la Sección de Becas de Formación Práctica de la UCM los siguientes impresos: Anexo II de aceptación de beca, Anexo III de datos bancarios y número de afiliación a la Seguridad Social.

Transcurrido el mencionado plazo de tres días sin que el citado candidato de la beca hubiese presentado la documentación, se entenderá que renuncia a la beca, procediéndose a su archivo.

A los/as candidatos/as designados se les extenderá una credencial de la beca.

En caso de necesidad, se podrá utilizar la bolsa generada por esta convocatoria para cubrir peticiones de beca con mismo o similar perfil de otros centros o servicios de la UCM. En este caso, los candidatos seleccionados podrán rechazar o aceptar la oferta que no condicionará su orden en la lista de espera.

Derechos y obligaciones

Además de los previstos en la presente convocatoria, los adjudicatarios de las becas deformación práctica tendrán derecho a:
  1. Sugerir ideas e iniciativas en el desarrollo de sus planes de formación.
  2. Obtener de la Universidad Complutense a través del órgano, unidad o estructura donde desarrolle la beca, la colaboración y apoyo necesarios para el desarrollo y aprovechamiento de su formación, así como para el ejercicio de su actividad académica.
  3. Cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente.
La persona becaria acepta los siguientes compromisos:
  1. Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de la aplicación como consecuencia de la misma, así como respetar la confidencialidad de la información manejada en los términos establecidos en la legislación vigente.
  2. Respetar los medios materiales puestos a su disposición por la Universidad para el desarrollo de sus actividades. Si en el desempeño de sus funciones tuvieran conocimiento de información confidencial relativa a personas, empresas o instituciones estarán obligados a mantener la confidencialidad.
  3. Cumplir los Estatutos de la Universidad Complutense y los Reglamentos que les afecten.
  4. Realizar las actividades contempladas en la convocatoria, que deberán ser aprobadas por el vicerrectorado competente en materia de estudiantes.
  5. Cumplir con los objetivos de la beca y con las directrices establecidas por el/la tutor/a.
  6. Presentar un informe detallado final de sus actividades ante su tutor y ante el Vicerrectorado de Estudiantes antes de la finalización de la beca en el Servicio de Becas de la UCM,que deberá recoger:
    • Datos personales del estudiante.
    • Órgano, unidad o estructura de la UCM solicitante de la beca.
    • Descripción concreta de las tareas desarrolladas y valoración de las mismas,con los conocimientos y competencias transversales y específicas que haya practicado, con especial referencia, en su caso, a aquellos directamente relacionados con su titulación.
    • Evaluación de la beca y propuesta de mejora.
    • Cualesquiera otros deberes recogidos en la legislación vigente.
Incompatibilidades

Con carácter general, las becas de formación práctica son incompatibles con cualquier otro tipo de beca de la misma naturaleza otorgada por la Universidad Complutense,1así como las concedidas por otras entidades públicas o privadas.

No se podrá disfrutar de una beca de formación práctica si la persona becaria, teniendo una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o trabajando por cuenta propia, tenga una dedicación que coincida con los horarios de desempeño de la beca,o la suma de las horas de dedicación de ambas actividades supere las 35 horas semanales.

No podrá solicitar una beca de formación práctica de la UCM la persona que haya sido becario/a con anterioridad y no haya sido renovada su credencial por informe negativo de su tutor, tal como se contempla en el art. 14 del Reglamento de Becas de Formación Práctica, aprobado en Consejo de Gobierno el 28 de noviembre de 2017, o que dicha beca le haya sido revocada por incumplimiento injustificado de sus deberes como persona becaria,reguladas en los art. 16 y 19 de dicho Reglamento, y en la convocatoria correspondiente.

Enlaces de interés

https://www.ucm.es/file/1-conv.-25-2023-actividades-culturales-de-la-f.-de-bellas-artes-1-?ver

Documentación a adjuntar

Las solicitudes para participar en esta convocatoria se presentarán a través de Becas ucm on line.

  • Copia escaneada del DNI o NIE régimen comunitario o con permiso de residencia del solicitante, en vigor.
  • Certificación académica, en la que figurarán las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y la nota media de todas las superadas.
  • Carta de motivación.
  • Curriculum Vitae en el que la persona solicitante hará constar los méritos que estime pertinentes para su valoración en relación con la presente convocatoria.
  • Copia escaneada en formato jpg o pdf de los documentos acreditativos de los méritos alegados.

La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en el Curriculum Vitae no estén debidamente justificados. Los méritos se valorarán como referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes


Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Actividades Culturales Facultad Bellas Artes son convocadas por la Universidad Complutense de Madrid con el objetivo de facilitar a los estudiantes una formación práctica que les ayudará en el futuro a tener un mejor acceso al mercado laboral. Esta beca ofrecerá unas prácticas remuneradas que dotará a los estudiantes de herramientas, conocimientos y capacidades que más tarde podrán utilizar cuando accedan a un trabajo. Las becas se llevarán a cabo de forma que el estudiante pueda compaginar sus estudios con las colaboración en cualquiera de los centros o servicios.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Actividades Culturales Facultad Bellas Artes" es: desde 15/03/2023 hasta 11/04/2023.

La Beca "Becas Actividades Culturales Facultad Bellas Artes" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Actividades Culturales Facultad Bellas Artes" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes