Becas Pago Matrícula Máster Universitario Acceso al Ejercicio Abogacía
INSCRIPCIONES
Becas Pago Matrícula Máster Universitario Acceso al Ejercicio Abogacía: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Pago Matrícula Máster Universitario Acceso al Ejercicio Abogacía ofrecen un apoyo económico para cubrir los costes de matrícula en la Universidad Carlos III de Madrid. Cada ayuda puede cubrir hasta 770 € por estudiante y se reparte entre la 27ª edición (septiembre 2026) y la 28ª edición (marzo 2027).
Para solicitar la beca, debes completar el formulario electrónico y presentar la documentación necesaria, incluyendo una carta de motivación que explique tu situación económica y personal, además de certificados que acrediten las rentas de tu unidad familiar. También es importante indicar cualquier otra ayuda o beca previa que hayas recibido.
Las Becas Pago Matrícula Máster Universitario Acceso al Ejercicio Abogacía se asignan según expediente, curriculum vitae y circunstancias personales y económicas, evaluadas por un comité especializado. Los becarios por su parte deberán cumplir con una serie de obligaciones previstas en la convocatoria, como formalizar la matrícula de la totalidad de los créditos asignados al curso correspondiente del programa de máster o en cualquiera de sus programas dobles.
La renovación para el segundo año depende del cumplimiento académico y de la disponibilidad presupuestaria.
Las Becas Pago Matrícula Máster Universitario Acceso al Ejercicio Abogacía permiten a los estudiantes centrarse en su formación sin preocuparse por el coste de la matrícula, ofreciendo un apoyo económico claro y seguro.
Datos básicos
- Nº de becas
- 25
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Las Becas Pago Matrícula Máster Universitario Acceso al Ejercicio Abogacía están dirigidas a estudiantes de nuevo ingreso que estén en posesión delos requisitos y condiciones de acceso a las enseñanzas oficiales establecidas en el artículo 18 del Real Decreto 822/2021 de 28 de septiembre o, en condiciones de obtenerlos antes del plazo máximo establecido por el Centro de Postgrado para acreditar la finalización de los estudios previos, y siempre que hayan formalizado la solicitud de admisión en la aplicación informática de la Universidad Carlos III de Madrid(admisión a Másteres Universitarios) antes del final del plazo publicado (30 de abril de 2026).
Dotación
El objeto de la convocatoria es la concesión de un máximo de 25 Becas Pago Matrícula Máster Universitario Acceso al Ejercicio Abogacía para el pago de los precios de matrícula, de acuerdo con las siguientes bases y procedimiento, a los/as estudiantes matriculados/as en el Máster Universitario en Acceso a las Profesiones de Abogacía y Procura de la Universidad Carlos III de Madrid, así como en cualquier de los programas dobles ofertados por la universidad, distribuidas de la siguiente manera:
- 20 ayudas para la 27ª Edición (septiembre 2026)
- 5 ayudas para la 28ª Edición (marzo 2027)
El importe total de cada ayuda para cubrir los precios de la primera matrícula del máster será de 770 €, aplicándose de manera proporcional a los créditos matriculados en primer (2026/27) y segundo curso (2027/2028).
En todo caso el Comité de Evaluación podrá redistribuir las ayudas entre las dos ediciones en función de las solicitudes recibidas, variar los importes y el número de las ayudas según la actualización de los precios para el curso académico u otras circunstancias que determine, no pudiendo en ningún caso sobrepasar el importe unitario de 770 €, siendo posible dejar ayudas desiertas.
Las ayudas se convocan en el marco de los Convenios firmados entre la Universidad Carlos III de Madrid y los despachos con los que existe un acuerdo en este sentido.
La efectividad de la ayuda queda condicionada a la disponibilidad de crédito presupuestario y a la impartición del Programa de Máster en el curso académico 2026-2027.
Presentación
La solicitud y la documentación exigida para las Becas Pago Matrícula Máster Universitario Acceso al Ejercicio Abogacía, se presentará a través del formulario electrónico que se encuentra en la página de Solicitud de Ayuda.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución hasta el 30 de abril de 2026 (ambos incluidos).
Requisitos de las solicitudes:
Deberán formularse a través de los formularios ya mencionados, acompañando la documentación (en formato PDF) indicado.
Más información
Régimen de incompatibilidades
La ayuda prevista en esta convocatoria es compatible con cualquier otro tipo de beca, subvención, ayuda o bonificación económica de la misma naturaleza, salvo que entre ambas supongan una ayuda de matrícula superior al importe de esta. En caso de beca o ayuda compatible, bonificación por familia numerosa y otras bonificaciones similares, que suponga una reducción del precio de matrícula, la ayuda concedida se aplicará una vez descontada estas exenciones y bonificaciones hasta el importe máximo de las tasas académicas de la matrícula.
Efectividad de la Ayuda
Las ayudas se harán efectivas en el primer cuatrimestre que curse el/la estudiante cubriendo únicamente el importe de los créditos matriculados por primera vez, quedando excluidos los reconocimientos de créditos, así como las asignaturas y prácticas complementarias.
Tramitación y resolución de las ayudas
El Centro de Postgrado realizará la instrucción del procedimiento y realizará las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, interpretando y resolviendo cuantas cuestiones se produzcan en la aplicación de la presente convocatoria, procediendo, si fuera preciso, a dictar y publicar las instrucciones necesarias para su desarrollo y cumplimento.
Comité de Selección: Para el estudio de las solicitudes presentadas y selección de los/as becarios/as, se constituirá un Comité de Selección, conforme a lo previsto en los convenios consignados con los despachos que financian la convocatoria, que, tras el estudio de la documentación presentada, realizará un informe individualizado que consignará la puntuación alcanzada por cada candidatura (0 a 100). Este informe se elevará al Centro de Postgrado de la Universidad Carlos III, junto con una relación priorizada de los/as candidatos/s en la que se expresará aquellos/as que resulten beneficiarios/as de la ayuda y el importe de la misma.
Los criterios generales a tener en cuenta en dicha priorización son:
- Estudios previos, expediente académico y Curriculum Vitae (a la vista de los documentos aportados en el proceso de admisión).
- Circunstancias económicas y personales del/de la candidata/a, que serán consideradas prioritarias por el Comité de Selección.
La prelación alcanzada será utilizada para la asignación del número de ayudas ofertadas. No obstante, el Comité de Evaluación podrá recomendar la no adjudicación del total de las ayudas previstas en la presente convocatoria cuando considere que las candidaturas solicitantes no acreditan suficientes méritos para su otorgamiento. En este caso la cuantía sin asignar se integrará en el Fondo de Ayudas para su incorporación en próximas convocatorias de becas.
Adjudicación definitiva de las Ayudas
El Centro de Postgrado, a la vista del informe del Comité de Evaluación tramitará la propuesta de adjudicación de las ayudas, que será elevada para su adjudicación definitiva al Rector, quien procederá a dictar la correspondiente resolución de concesión.
Resolución
La resolución, incluirá:
- Relación de solicitantes con ayuda concedida.
- Relación priorizada de candidatos/as “en reserva” para cubrir posibles sustituciones, en caso de renuncia o incumplimiento de los requisitos de la convocatoria, siempre sujeto a la designación por parte del Comité de Selección.
- Todas aquellas candidaturas no reflejadas en la resolución se encontrarán denegadas de acuerdo con las bases de la convocatoria.
Así mismo, la presente convocatoria prevé la posibilidad de notificación y adjudicación individual previa, que podrá ser comunicada directamente al/a la beneficiario/a por correo electrónico. Esta concesión será formalizada en la resolución correspondiente.
La resolución se publicará en el Boletín Electrónico de la Universidad Carlos III de Madrid (BOEL) y en la página web de la Universidad Carlos III, produciendo los mismos efectos que la notificación individual a los interesados e indicará los recursos que procedan frente a las mismas.
La información relativa a la convocatoria se puede consultar en las siguientes direcciones:
- https://www.uc3m.gob.es/boel
- https://www.uc3m.es/postgrado/ayudas/principales/2026
Propuesta de renovación
La renovación de la ayuda concedida en el curso 2026/2027 para la realización del segundo año en el curso en 2027/2028, quedará supeditada al informe favorable del Comité de Selección de Ayudas de Matrícula del Máster y a la existencia de disponibilidad presupuestaria.
Obligaciones del/ de la adjudicatario/a de la Ayuda
- Formalización de la matrícula de la totalidad de los créditos asignados al curso académico correspondiente del Programa de Máster Universitario en Acceso a las Profesiones de Abogacía y Procura o en cualquier de sus programas dobles.
- Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede, entendiéndose por tal la matriculación, asistencia a clase y presentación a pruebas de evaluación y desarrollo ordinario de las prácticas externas.
- Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda y comunicar otras ayudas o becas que reciba de instituciones públicas o privadas.
- Poner en conocimiento del Centro de Postgrado la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda.
- Poner en conocimiento del Centro de Postgrado la renuncia a la ayuda concedida en caso de no realizar los estudios para los que se le ha concedido la ayuda (impreso específico).
- La aceptación de la ayuda supone el conocimiento de las condiciones de la convocatoria y de los derechos y obligaciones del/ de la beneficiario/a y entre ellas, la asistencia a clase, la presentación a exámenes, y en general mantener un rendimiento académico suficiente de conformidad con lo previsto en la Disposición Específica Segunda, así como la participación en las acciones académicas organizadas conjuntamente con los despachos que posibilitan esta convocatoria.
- Tratándose de un programa cuya duración es de dos cursos académicos (90 ECTS), para renovar la ayuda concedida en el curso 2026/2027, superar la totalidad de las asignaturas asignadas al primer curso en su primer año y en primera convocatoria.
- El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a que la Ayuda o la renovación no se formalice o, en su caso, se deje sin efecto, y en este caso el/la adjudicatario/a se obliga a reintegrar los fondos que haya podido recibir, y a abonar el importe correspondiente hasta completar el pago del precio de la matrícula que proceda.
Enlaces de interés
https://www.uc3m.es/ss/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-Disposition&blobheadername2=Cache-Control&blobheadervalue1=inline%3B+filename%3D%22Convocatoria_AM02-26%2F27.pdf%22&blobheadervalue2=private&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1371625481020&ssbinary=true
Documentación a adjuntar
a. Carta de motivación para solicitar la beca, que deberá referenciar los méritos académicos y situación económica y personal alegado por el/la candidata/a, cumplimentada y firmado por el/la alumno/a (impreso específico).
La situación económica o personal alegada será acreditada mediante la aportación de documentación adicional, tales como: certificado de la renta del último ejercicio fiscal emitido por la Agencia Tributaria española, impuesto de sociedades (en su caso) u otros documentos que acrediten las rentas de la Unidad Familiar. En el caso de estudiantes no españoles o con residencia fuera de España, aquellos documentos que acrediten, en ese país, las rentas de la Unidad Familiar. Así mismo se podrá aportar cualquier otra documentación que justifique circunstancias de discapacidad, dependencia, víctimas de terrorismo u otras.
b. Si procede: ayudas y becas obtenidas en estudios cursados anteriormente, con indicación del organismo o entidad financiadora, nivel de estudios a la que se destinan e importe.
Presentada la documentación, los órganos colegiados que se constituyen para la selección de solicitudes de ayudas, podrán solicitar otros documentos complementarios que consideren necesarios para mejor conocimiento de las circunstancias peculiares de cada caso. La falsedad u omisión de los datos que se solicitan en el presente impreso podrá dar lugar al archivo de la solicitud y en su caso a la pérdida de la beca.




