Universidad Autónoma de Madrid (UAM)

Becas de ayudas para el fomento de la investigación en estudios de Máster-UAM

Becas de investigaciónUniversitarios

INSCRIPCIONES

01/09/202115/09/2021
Finalizada

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Becas de ayudas para el fomento de la investigación en estudios de Máster-UAM: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Autónoma de Madrid (UAM) abre la convocatoria para las Becas de ayudas para el fomento de la investigación en estudios de Máster-UAM destinadas a fomentar la investigación en los estudios de posgrado mediante la concesión de ayudas.

Para esta convocatoria se ofrecen 80 ayudas para el fomento de la investigación de estudios de Máster de la UAM con el objetivo de apoyar a los estudiantes universitarios que inicien estudios en Másteres oficiales de la UAM orientados a la realización de una Tesis Doctoral o que esté realizando un máster de más de 60ECTS y que estén disfrutado en la convocatoria 2021 de esta misma ayuda. A criterio de la Comisión de Investigación de cada centro se podrán renovar un cierto número de ayudas concedidas en el curso 2020-2021, en este programa, a alumnos matriculados en másteres de más de 60 ECTS. El número máximo de ayudas a renovar no podrá superar el 50% de las ayudas totales asignadas al centro.

Los solicitantes seleccionados para disfrutar de las Becas de ayudas para el fomento de la investigación en estudios de Máster-UAM recibirán, durante un periodo máximo de once meses, una dotación económica de 400 euros brutos mensuales y la exención del 100% de las tasas de matrícula en un Máster oficial de la UAM.

Si estas interesado/a en solicitar una de las Becas de ayudas para el fomento de la investigación en estudios de Máster-UAM, aquí te informamos de todo lo que necesitas saber para conseguirla.

Datos básicos

Nº de becas
80
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
País de destino
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos de los solicitantes

  1.  Los solicitantes deberán estar en posesión de una titulación que dé acceso al estudio de un máster oficial de la UAM o en el último curso de una titulación que dé acceso al estudio de un máster oficial de la UAM. En este último supuesto, los beneficiarios deberán acreditar que han superado los estudios que dan acceso al máster en el momento de formalizar la ayuda. 
  2. La fecha de consecución de la titulación que da acceso al máster deberá ser posterior al 1 de enero de 2019. 
  3. La fecha de terminación de estudios podrá ser anterior a la fecha indicada en el apartado anterior en las condiciones indicadas en el anexo 1 de la convocatoria. 
  4. En el caso de másteres interuniversitarios, únicamente podrán disfrutar de estas ayudas aquellos alumnos que, al aceptar la ayuda, demuestren haber formalizado su matrícula en la UAM y cuyos tutores sean profesores de la UAM u otras figuras contempladas en el apartado 4 de esta convocatoria. En el caso de másteres interuniversitarios en los que la matrícula alterna entre las distintas Universidades participantes, únicamente podrán solicitar estas ayudas aquellos alumnos cuyos tutores sean profesores de la UAM u otras figuras contempladas en el apartado 4 de esta convocatoria. En todo caso, solo tendrán derecho a la exención del 100% de las tasas de matrícula cuando la matrícula se haya formalizado en la UAM. 
  5. Los candidatos deberán contar con un expediente académico con una nota media igual o superior a 7,5 puntos (7,0 puntos para las titulaciones de ingeniería) en los cursos superados de la titulación que da acceso al Máster, nota media obtenida mediante el sistema de calificación de 0 a 10 establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1125/2003 de 5 de septiembre, o estar en el primer decil de su promoción. Aquellos candidatos que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%, podrán acreditar una nota media igual o superior a 7,0 para todas las titulaciones. En caso de no tener todavía la titulación que da acceso al máster, los candidatos deberán estar cursando el último curso de dicha titulación. La nota media será la que se encuentre disponible en el plazo de presentación de solicitudes. 
  6. Los beneficiarios extranjeros no comunitarios deberán estar en posesión del NIE (Número de Identificación de Extranjero) o acreditar tener su domicilio en España en el momento de su incorporación.

Requisitos de los tutores

  1.  El tutor, que en todo caso deberá ser doctor, será un Profesor de la UAM perteneciente a los cuerpos docentes universitarios o un profesor o investigador contratado por la UAM, conforme a lo dispuesto en el artículo 66.1 de los Estatutos consolidados de la UAM en sus apartados a) y b). No podrán ser tutores de estas ayudas los profesores asociados. Excepcionalmente, también lo podrán ser los investigadores del Consejo Superior de Investigaciones Científicas pertenecientes a los institutos mixtos (UAM-CSIC) con vinculación permanente, que figuren en las relaciones de investigadores adjuntas a los respectivos convenios firmados entre ambas entidades. 
  2. Cada tutor sólo podrá avalar y supervisar una solicitud, teniendo en cuenta tanto las nuevas solicitudes como las renovaciones de las ayudas. La presentación de dos o más solicitudes, avaladas por un mismo tutor será motivo de exclusión de todas las solicitudes afectadas, salvo de aquellas en las que los solicitantes subsanen el error en el periodo de 10 días hábiles a requerimiento del Vicerrectorado de Investigación.

Dotación

La dotación de las ayudas consta de:

  • a) 400 euros brutos mensuales, por un máximo de 11 meses.
  • b) La exención del 100% de las tasas de matrícula en el curso 2021-2022 en un Máster oficial de la UAM.

Presentación

La presentación de solicitudes y la documentación que debe acompañarlas se formalizarán a través de los medios telemáticos que estarán a disposición de los interesados en la sede electrónica de la UAM en el siguiente enlace:

https://sede.uam.es/sede/ayudasmaster

Más información

Características de las ayudas

  1.  Estas ayudas cubren un periodo máximo de 11 meses.
  2. Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas financiadas con fondos públicos o privados que tengan una finalidad análoga, así como con cualquier actividad laboral o profesional con horarios coincidentes con los estudios y, con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, siempre que ello afecte a la finalidad formativa e investigadora de la ayuda. En caso de duda, corresponde a la Comisión de Investigación la competencia para declarar la compatibilidad de las ayudas. 
  3. En ningún caso el disfrute de la ayuda tendrá efectos jurídico-laborales entre el beneficiario y la UAM.

Evaluación y selección de candidatos

  1. La evaluación de las solicitudes y la selección de candidatos será realizada por la Comisión de Investigación del Centro de la UAM al que esté adscrito el tutor de la ayuda. La resolución de concesión de las ayudas corresponderá a la Comisión de Investigación de la UAM, que la elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación. 
  2. Las nuevas solicitudes se evaluarán según los siguientes criterios y baremo:
    • a) Nota media del expediente académico ponderada hasta 10 puntos. Nm ponderada = (Nm centro – Nm titulación) / 4 + Nm Solicitante Nm ponderada = Nota media ponderada. Nm centro = Nota media del centro de la UAM (Facultad o Escuela) el año en que egresó el solicitante. Nm titulación = Nota media de la titulación del solicitante el año en que egresó el solicitante. Nm solicitante = Nota media del expediente del solicitante. Dicha fórmula tendrá un efecto máximo de corrección a la baja o al alza de 0,5 puntos.
    • b) Proyecto de investigación a desarrollar por el solicitante, hasta 0,5 puntos.
    • c) Curriculum vitae del solicitante, hasta 1 punto. Sólo se valorarán aquellos méritos que vengan debidamente justificados, según los baremos del anexo 3 Sólo se valorarán aquellos méritos que vengan debidamente justificados, fotocopias de la primera y la última página de todas las publicaciones, carta de aceptación de publicaciones en prensa, certificados de asistencia a congresos y de presentación de ponencias, etc. Los méritos que no se encuentren debidamente acreditados no serán valorados dentro del Curriculum Vitae del Solicitante.
    • d) Estudios previos. Se asignará 1 punto adicional a la solicitud si la universidad en la que se ha obtenido (o se está cursando) la titulación de acceso al máster figura entre las primeras mil en alguno de los tres rankings internacionales ARWU, QS o THE, en su publicación más actualizada. Este punto también se asignará si incumpliendo lo anterior, el solicitante acredita que su área de conocimiento en dicha universidad aparece entre las mil primeras en alguno de los tres rankings mencionados.
    • e) Fomento del equilibrio interdisciplinar, de la cohesión interna y de la formación de investigadores en áreas estratégicas, hasta 0,4 puntos.
    • f) Apoyo a investigadores emergentes. La Comisión de Investigación considera estratégico el apoyo a las solicitudes cuyo tutor sea un investigador emergente, según criterio establecido para el coordinador de un grupo emergente en la Normativa de Grupos de Investigación de la UAM, aprobada en Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2016 (BOUAM 13 de enero de 2017). Por ello, se asignarán 0,6 puntos a aquellos solicitantes cuyo tutor haya obtenido su título de doctor con posterioridad al 1 de enero de 2009, entendiéndose como tal la fecha de defensa de la Tesis Doctoral. La fecha de lectura de tesis del Director de tesis podrá ser anterior a la señalada anteriormente en los siguientes casos: 
    • 1º. Nacimiento de hijo/a, o cuidado de hijo/a en los casos de adopción o en los supuestos de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente, siempre y cuando la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa se haya producido entre la fecha de obtención del grado de doctor y la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes. Se aplicará una ampliación de 1 año por cada hijo/a. 
    • 2º. Incapacidad temporal durante el embarazo por causas vinculadas con el mismo, suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo o por riesgo durante la lactancia natural de un/a menor de 9 meses. Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado.
    • 3º. Incapacidad temporal por causas distintas a las del punto anterior por un periodo de, al menos, tres meses consecutivos. Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado. 
    • 4º. Excedencias por cuidado de hijo/a, por cuidado de familiar, por razón de violencia de género y por razón de violencia terrorista, por un periodo mínimo de tres meses. Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado.
    • 5º. Reducción de jornada por guarda legal, por cuidado directo de familiar, o para cuidado de menor afectado de enfermedad grave, por un periodo mínimo de tres meses, calculado en jornadas completas. Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado.
    • 6º. Atención a personas en situación de dependencia, con arreglo a lo recogido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, por un periodo mínimo de tres meses. Se aplicará una ampliación igual al periodo justificado. 
  3. El número máximo de ayudas que cada centro podrá destinar a solicitudes de renovación de alumnos que cursan másteres de más de 60 ECTS aparece especificado en el Anexo 2. Estas solicitudes se evaluarán según los siguientes criterios: a) Nota media del expediente académico del máster teniendo en cuentas las asignaturas superadas en el momento de la solicitud (40%). b) Actividades de investigación relacionadas con la solicitud realizadas durante el disfrute de la ayuda de la convocatoria 2020 (60%). Al formalizar la ayuda, el beneficiario deberá acreditar que ha superado la totalidad de las asignaturas del primer curso del Máster y que su nota media durante dicho curso es igual o superior a 7,5 puntos.

Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios deberán mencionar la concesión de esta ayuda en las publicaciones y cualquier otra actividad de difusión y divulgación realizadas durante el periodo de disfrute de esta ayuda o que deriven de la misma. Así mismo, la Universidad Autónoma de Madrid deberá aparecer como afiliación en la lista de autores de dichas publicaciones. De no ser así, se exigirá la devolución de la ayuda.

Documentación a adjuntar

Las solicitudes nuevas se acompañarán de los siguientes documentos: 

  • a) NIE o documento equivalente en caso de ciudadanos de la Unión Europea. Los ciudadanos de otros países presentarán el pasaporte en vigor. 
  • b) Certificación académica personal, en la que consten todas las asignaturas superadas, con sus créditos, las calificaciones obtenidas, el curso académico y la nota media del expediente en el momento de presentar la solicitud. El certificado debe expresar que el conjunto de asignaturas y créditos cursados constituyen la licenciatura o grado o su equivalente y que el solicitante queda facultado para acceder a los estudios de Máster. En el caso de solicitantes que estén en el último curso de la titulación que da acceso a los estudios de Máster, la certificación académica personal deberá incluir las asignaturas de los cursos anteriores y las asignaturas superadas del primer cuatrimestre del curso actual 2019-20, que se tendrán en consideración para calcular la nota media del expediente. En el caso de ser estudiantes de la UAM, esta certificación será solicitada de oficio por el Área de Investigación y Transferencia al Centro al que pertenezca el estudiante. En el caso de las titulaciones realizadas en España fuera de la UAM, las calificaciones deberán estar expresadas en la escala de 0 a 10, y se deberá aportar la nota media de su promoción. Deben acreditarse mediante un certificado académico oficial expedido por la Universidad en la que hayan obtenido la titulación. En caso de no presentar la nota media de su promoción en tiempo y forma, la nota media del expediente se minorará en 0,5 puntos, que es el rango máximo de corrección de la fórmula de ponderación publicada en el apartado 8.1.2 de esta convocatoria. En el caso de solicitantes que estén en el último curso de la titulación que da acceso a los estudios de Máster, se deberá aportar la nota media de la promoción del curso anterior para esa misma titulación. En el caso de dobles grados, el solicitante podrá optar por la nota media de la promoción del grado que le resulte más favorable para el cálculo de su nota media ponderada. Si el solicitante ha cursado o está cursando sus estudios en la UAM, este trámite se realizará de oficio, salvo que el solicitante indique lo contrario. Las personas solicitantes que no hayan cursado estudios en la UAM deberán indicar expresamente su opción en la solicitud. En el caso de las titulaciones realizadas, parcial o totalmente, en el extranjero, además deberán adjuntar la equivalencia de las calificaciones obtenidas con la escala española realizada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Los solicitantes que se acojan a una ampliación de plazo de la fecha de finalización de estudios señalada en el anexo 1 deberán presentar: b.1 En el caso del apartado a) del anexo 1, libro de familia que acredite la excepcionalidad. b.2 En el caso del apartado b) del anexo 1, documentos que acrediten dicha excepcionalidad. Esta excepcionalidad sólo podrá acreditarse por uno de los progenitores. En caso de discapacidad igual o superior al 33%, documento oficial que lo acredite. 
  • c) Proyecto de investigación a desarrollar por el solicitante firmado por un tutor de la UAM o del Consejo Superior de Investigaciones Científicas perteneciente a un centro mixto (UAM-CSIC) con vinculación permanente (máximo 200 palabras).
  • d) Curriculum vitae del solicitante según el modelo puesto a disposición en el Procedimiento de la Sede Electrónica de la UAM y en la web del Área de Investigación y Transferencia, no pudiendo superar el espacio asignado a ninguno de los apartados del modelo. Este documento será subsanable en un plazo máximo de 10 días naturales, tras la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, si se detecta un defecto de forma. En la subsanación no se podrán incluir méritos adicionales obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre de presentación de solicitudes, ni incluir ningún mérito más que no se hubiera aportado por error u omisión en el plazo de presentación de solicitudes.
  • e) Acreditación de los méritos referidos en el Curriculum Vitae del Solicitante, no siendo motivo de exclusión provisional la falta de alguno de los méritos.
  1. Los documentos anteriores deberán presentarse en castellano o inglés. 
  2. Las solicitudes de renovación se acompañarán de los siguientes documentos:
    • a) Certificación académica personal, en la que consten todas las asignaturas superadas en el momento de presentación de la solicitud, con sus créditos y las calificaciones obtenidas. En el caso de ser estudiantes de la UAM, esta certificación será solicitada de oficio por el Área de Investigación y Transferencia al Centro al que pertenezca el estudiante. 
    • b) Curriculum vitae actualizado, incluyendo las nuevas aportaciones durante el máster. 
    • c) Informe del solicitante en el que se especifiquen las tareas de investigación realizadas y por realizar durante el resto del máster, que deberá contar con el visto bueno de su tutor (máximo 200 palabras). 
  3. Los documentos anteriores deberán presentarse en castellano o inglés. 
  4. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria y el consentimiento para recibir las notificaciones que correspondan, en la dirección electrónica señalada por el solicitante.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas de ayudas para el fomento de la investigación en estudios de Máster-UAM

La Universidad Autónoma de Madrid (UAM) abre la convocatoria para las Becas de ayudas para el fomento de la investigación en estudios de Máster-UAM destinadas a fomentar la investigación en los estudios de posgrado mediante la concesión de ayudas.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de ayudas para el fomento de la investigación en estudios de Máster-UAM" es: desde 01/09/2021 hasta 15/09/2021.

La Beca "Becas de ayudas para el fomento de la investigación en estudios de Máster-UAM" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas de ayudas para el fomento de la investigación en estudios de Máster-UAM" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes