Becas de Matrícula para Residentes en Zonas Rurales UOC
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Becas de Matrícula para Residentes en Zonas Rurales UOC: solicitud y plazos
Descripción
La UOC es consciente del problema de despoblamiento de los entornos rurales y el impacto que esto produce en aquellos estudiantes que viven en estas zonas. Es por este motivo que convoca las Becas de Matrícula para Residentes en Zonas Rurales UOC, que van dirigidas a los estudiantes que residan en zonas rurales, para cursar estudios en la UOC durante el primer y segundo semestre del curso académico 2024-2025. Gracias a estas becas la OUC facilita el acceso a la educación superior de dichos estudiantes y promueve la igualdad de oportunidades entre los mismos.
Podrán acceder a las Becas de Matrícula para Residentes en Zonas Rurales UOC los estudiantes deben ser mayores de 18 años o cumplirlos en el año en que se empieza a cursar el programa objeto de la ayuda, y residir en una población con menos de 2.000 habitantes o hasta 5.000 si está ubicada en una demarcación con una densidad de población por debajo de 100 ha./km2, además de cumplir con el resto de requisitos indicados.
En la presente convocatoria, se ofrecerán 200 becas que podrán cubrir el 30 % del importe de la matrícula de cualquier programa formativo de la UOC, para el primer y segundo semestre del presente curso.
Consulta aquí la información que necesitas para solicitar una de las Becas de Matrícula para Residentes en Zonas Rurales UOC.
Datos básicos
- Nº de becas
- 200
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Por ser persona beneficiaria de las becas de matrícula recogidas en estas bases son aplicables los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 18 años o cumplirlos en el año en que se empieza a cursar el programa objeto de la ayuda.
- Residir en una población con menos de 2.000 habitantes o de hasta 5.000 si está ubicada en una demarcación (comarca, mancomunidad o provincia) con una densidad de población inferior a 100 hab./km.
- Tener la voluntad, expresada mediante carta de motivación, de vincular la formación a su implicación con el mundo rural.
- Tener un conocimiento y un dominio de la lengua de docencia equivalente, como mínimo, al nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCER).
- Haber sido preseleccionado por la UOC para concurrir a estas becas y presentar la documentación solicitada.
- Ser admitido en el programa para el que se ha solicitado la beca.
- Cumplir los requisitos legales de acceso y, en su caso, admisión en el programa formativo objeto delas becas. La persona solicitante de la ayuda debe seguir en todo caso las especificaciones de la matrícula y cumplir los requisitos de acceso y/o admisión en el programa que quiere cursar con independencia de la solicitud de la ayuda y su resultado.
- No tener aplicada ninguna sanción disciplinaria en el expediente académico durante todo el proceso de postulación y resolución de la beca.
- No tener aplicada ninguna sanción por impago en el expediente académico durante todo el proceso de postulación y resolución de la beca.
Dotación
- El importe individual de la beca comporta un descuento del treinta por ciento [30 %] sobre el importe de la matrícula del programa que la persona beneficiaria quiere cursar dentro del período comprendido entre el primer y el segundo semestre del curso académico 2024-2025.
- El mencionado descuento, en el caso de las titulaciones oficiales, es aproximativo, ya que es el resultado de aplicar un descuento del setenta por ciento [70 %] sobre el precio de los servicios de apoyo al aprendizaje y los recursos para en el aprendizaje (precio privado de la matrícula), esto es, conceptos de la inscripción que fija el Patronato de la UOC y que no están vinculados al convenio programa firmado con el departamento competente en materia de universidades de la Generalidad de Cataluña.
- Esta bonificación no será de aplicación al importe a abonar en caso de segundas matrículas y posteriores de una misma asignatura, ni será acumulable a otros descuentos que la UOC haya acordado aplicar a determinados colectivos. Asimismo, esta bonificación sólo se aplicará en el semestre objeto de las siguientes bases.
- Esta bonificación no será de aplicación a ningún servicio académico, de carácter no docente, que preste la universidad (evaluación de estudios previos, emisión de títulos y certificados, etc.).
- Las personas beneficiarias solo pueden aplicar la ayuda a un único programa formativo.
Presentación
Los interesados e interesadas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo anterior y quieran obtener alguna de las becas de matrícula convocadas en estas bases deben rellenaren primer lugar el formulario de solicitud de beca de la UOC: https://v6gk5dgql10.typeform.com/to/i0KqTIUn?typeform-source=desal-pro-download-bucket.s3.eu-west-1.amazonaws.com
Más información
Objeto y destinatarios
La presente convocatoria específica tiene por objeto regular la concesión de ayudas de matrícula para el primer y segundo semestre del curso académico 2024-2025, para favorecer el acceso a formación de nivel universitario de personas residentes en zonas rurales (según la definición de zonas rurales establecida en el artículo 3.1.2 de este documento).
Se convocan cien [200] becas destinadas a cubrir el 30% del importe de la matrícula de cualquier programa formativo de la UOC para el primer y segundo semestre del curso académico 2024-2025.
Criterios de adjudicación de la beca
El órgano de selección valora y ordena las solicitudes de beca según la puntuación obtenida de conformidad con los siguientes criterios y baremos (con un máximo de 50 puntos):
- Trayectoria académica, acreditada mediante declaración responsable: se otorga hasta un máximo de 30 puntos:
- 30 puntos: Personas que inician una formación y que no tienen titulación universitaria previa.
- 20 puntos: Personas que continúan una formación y que no tienen una titulación universitaria previa.
- 10 puntos: Personas que inician una formación y que tienen titulación universitaria previa.
- 5 puntos: Personas que continúan una formación y que tienen titulación universitaria previa.
- Vinculación con los retos del mundo rural, acreditada mediante el contenido de la Carta de motivación: se otorga un máximo de 20 puntos:
- 20 puntos: Personas implicadas con el desarrollo de actividad económica, social o cultural en el mundo rural.
- 10 puntos: Personas que están trabajando desde un entorno rural.
- 5 puntos: Personas que residen en una zona rural.
Adjudicación definitiva
- Destinar la beca a la finalidad para la que se concede, entendiendo por esta finalidad el seguimiento y la realización de las actividades docentes del programa formativo en el que se hayan inscrito, sin que sea posible solicitar cambio de programa una vez concedida la beca, salvo que sea cancelado oque todas las plazas disponibles ya hayan sido cubiertas, abonando el importe de la matrícula que no esté cubierto por la beca otorgada.
- Acreditar ante la UOC el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión o disfrute de la beca. Los requisitos de acceso al programa formativo al que se opte deben acreditarse en el plazo máximo de 30 días naturales, contados desde la publicación de la adjudicación definitiva en el e-TABLERO de la sede electrónica de la UOC.
- Someterse a las actuaciones de comprobación necesarias para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca.
- Comprometerse a seguir el curso. Las personas beneficiarias disponen de catorce días naturales desde la formalización de la matrícula para renunciar a ella.
- No agotar el número de convocatorias previstas en el régimen de permanencia de la UOC.
Documentación a adjuntar
Siguiendo las instrucciones que se encontrarán en el mismo formulario, deben adjuntar la documentación siguiente:
- Documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente según país de residencia y que acredite la residencia legal.
- Certificado de empadronamiento o certificado de convivencia que acredite la residencia en zonas rurales en función del requisito establecido en el artículo 3.1.2.
- Carta de motivación que exprese cómo se vincula la formación con la residencia en una zona rural (requisito 3.13), siguiendo el modelo adjunto en el anexo 1 de esta convocatoria.
- Declaración responsable dando fe de la trayectoria académica según el criterio establecido en el artículo 7.1.1 de estas bases, siguiendo el modelo adjunto en el anexo 2 de esta convocatoria.
Quedan excluidas de las presentes becas las personas que no adjunten a través del formulario la documentación establecida en el apartado anterior.