Becas Posgrado Tecnológico Desarrollatec Ecuador
INSCRIPCIONES
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Becas Posgrado Tecnológico Desarrollatec Ecuador: solicitud y plazos
Descripción
Senescyt es el organismo público encargado de la convocatoria y gestión de las Becas Posgrado Tecnológico Desarrollatec Ecuador.
Las becas ofrecidas podrán ser solicitadas por aquellas personas que cuenten con nacionalidad ecuatoriana y estén cursando estudios de Maestría, entre otros.
Además, existen una serie de requisitos exigidos para cada grupo objetivo como son aquellas mujeres víctimas de violencia de género, personas ecuatorianas retornadas con condición de vulnerabilidad o personas con discapacidad permanente, entre otros.
Durante el proceso de selección de los beneficiarios a las becas ofertadas, se tendrá en cuenta el siguiente orden de priorización: personas en condición de la movilidad humana, personas residentes en las provincias de atención prioritaria, y personas que residan en otras provincias.
Mediante las Becas Posgrado Tecnológico Desarrollatec Ecuador se cubrirá el 100% o hasta una determinada cuantía económica, del concepto de matrícula y arancel, lo que supondrá una gran ayuda de carácter económico para los estudiantes.
Senescyt es un organismo público que lleva a cabo la convocatoria de un gran número de becas dirigidas a facilitar el acceso y desarrollo de estudios en distintos niveles académicos.
Conoce aquí todos los detalles relacionados con las Becas Posgrado Tecnológico Desarrollatec Ecuador.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- País de origen
- Ecuador
- Nacionalidades
- Ecuatoriana
Requisitos
- Requisitos generales de las Becas Posgrado Tecnológico Desarrollatec Ecuador:
- Persona natural en goce de derechos de participación ciudadana en el Ecuador.
- Haber sido admitido o estar matriculado en una maestría tecnológica en una institución de educación superior particular del país.
- Contar con un título académico de tercer nivel tecnológico superior universitario.
- No haber obtenido un título de cuarto nivel del mismo grado académico al que se va cursar.
- No estar cursando o por iniciar estudios en otro programa del mismo grado académico, al que va a ser financiado con la beca.
- No mantener la calidad vigente de persona becaria o beneficiaria de ayuda económica de la Senescyt.
- No constar como persona beneficiaria incumplida de crédito educativo.
- No haber sido sancionada con la prohibición de postular por desistimiento de una beca de la Senescyt.
- No haber sido sujeta a terminación anticipada por incumplimiento de obligaciones de un contrato de financiamiento de beca o ayuda económica con la Senescyt.
- Requisitos por cada grupo objetivo: * consultar las bases de la convocatoria.
Dotación
Las Becas Posgrado Tecnológico Desarrollatec Ecuador cubren el 100% o hasta USD 2.500,00 por concepto de matrícula y arancel.
Presentación
La solicitud de las Becas Posgrado Tecnológico Desarrollatec Ecuador se realizará a través del siguiente enlace: https://pusak.fomentoacademico.gob.ec/cas/login.
Más información
Objetivo del programa
El programa de “Posgrado Tecnológico-DesarrollaTec Ecuador 2025” de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación tiene por objetivo la concesión de becas a personas naturales en goce de derechos de participación ciudadana en el Ecuador, que vayan a iniciar sus estudios en el primer semestre del año 2025, en programas de maestría tecnológica en instituciones de educación superior del país, en función del Objetivo 2 del Plan de Desarrollo para el Nuevo Ecuador 2024 – 2025, que busca impulsar las capacidades de la ciudadanía con educación equitativa e inclusiva de calidad y promoviendo espacios de intercambio cultural.
Población objetivo
Estas becas están dirigidas a la ciudadanía en general, priorizando a las personas que residan en las provincias de atención prioritaria por necesidades educativas y socioeconómicas, así como quienes pertenecen a grupos sociales minoritarios históricamente discriminados o excluidos del ejercicio de sus derechos fundamentales, principalmente la población ecuatoriana migrante, quienes por sus condiciones de vulnerabilidad social o económica, de atención prioritaria o por mandato de la ley, contarán con mecanismos de acción afirmativa de inclusión y equidad social, a fin promover la continuidad en el sistema de educación superior, bajo criterios de progresividad y pertinencia, en concordancia con la normativa de becas y ayudas económicas vigente.
El programa de becas contempla los siguientes componentes:
- Becas por movilidad humana.
- Becas por provincias de atención prioritaria.
- Becas otorgadas por Ley.
- Becas otorgadas por vulnerabilidad.
- Becas de inclusión.
Proceso de otorgamiento de la beca
- Postulación:
- Las personas interesadas podrán realizar su postulación en línea en las fechas establecidas en el cronograma de las presentes bases, a través del siguiente enlace: https://pusak.fomentoacademico.gob.ec/cas/login.
- Para postular al programa de beca, la persona interesada deberá registrar su información en el sistema de postulación únicamente con el número de cédula de ciudadanía o de identidad para el caso de extranjeros residentes en el Ecuador, de conformidad con el principio de unicidad consagrado en la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civil.
- La dirección de correo electrónico perteneciente a la persona postulante que se registre en el sistema de postulación será designada como el domicilio digital para la recepción de comunicaciones y notificaciones futuras en todas las etapas del proceso de otorgamiento de la beca.
- Se deberá consignar información y suministrar documentación legítima, válida, veraz y legible para el otorgamiento de la beca. No obstante, la Senescyt se reserva el derecho de verificar la autenticidad y veracidad de los datos y respaldos proporcionados en la postulación.
- En caso de que la información proporcionada no cumpla con lo antes mencionado, la solicitud de beca será automáticamente rechazada.
- Revisión y subsanación de requisitos:
- La Dirección de Administración de Becas y Ayudas Económicas de la Subsecretaría de Fortalecimiento del Talento Humano revisará las postulaciones para verificar que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases del programa.
- La Dirección de Administración de Becas y Ayudas Económicas de la Senescyt solicitará a las instituciones de educación superior la subsanación o aclaración de errores materiales de la información que respalda el cumplimiento de requisitos de las personas postulantes, mismos que pueden ser de copia, transcripción, referencia, cálculo numérico, equivocaciones elementales de nombres o fechas, contradicción en la información, estén desmembrados, se encuentren en formato ilegible, es decir, errores puramente materiales o de hecho que deban ser aclarados o rectificados para que los documentos sean aceptados, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 y 33 del Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas.
- Selección: la selección de las personas postulantes se realizará en función del siguiente orden de priorización:
- Primera priorización: personas en condición de movilidad humana.
- a. Persona postulante que cuente con doble acción afirmativa.
- b. Persona postulante que cuente con al menos una acción afirmativa.
- Segunda priorización: personas residentes de las provincias de atención prioritaria.
- a. Persona postulante que cuente con doble acción afirmativa.
- b. Persona postulante que cuente con al menos una acción afirmativa.
- Tercera priorización: personas que resida en otras provincias.
- a. Persona postulante que cuente con doble acción afirmativa.
- b. Persona postulante que cuente con al menos una acción afirmativa.
- c. Persona postulante perteneciente a la población general.
- Para el caso de personas postulantes pertenecientes a la población general, se considerará el principio “primero en el tiempo, mejor en el derecho”, es decir, en orden de llegada hasta completar la programación y monto total de becas a otorgar, conforme el registro de fecha y hora señalado en la plataforma de postulación.
- Adjudicación y notificación:
- La Dirección de Administración de Becas y Ayudas Económicas de la Subsecretaría de Fortalecimiento del Talento Humano, conforme a las atribuciones otorgadas en el acuerdo nro. SENESCYT-2020-064 de 12 de agosto de 2020 y lo determinado en el Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas, presentará el informe técnico de recomendación de adjudicación, en función del cumplimiento de los requisitos de postulación presentados y con sujeción a la disponibilidad presupuestaria. El Comité de Becas y Ayudas Económicas adjudicará a las personas seleccionadas y negará las postulaciones no seleccionadas del presente programa.
- La Secretaría del Comité de Becas y Ayudas Económicas notificará la resolución favorable o desfavorable a las personas adjudicatarias y postulantes, a través de las direcciones de correo electrónico que hayan registrado en el sistema informático Pusak.
- A partir de la fecha de la notificación de la adjudicación de la beca, la persona adjudicataria deberá entregar los documentos habilitantes determinados en estas bases y suscribir el contrato de financiamiento, conforme los plazos establecidos en el cronograma. Si en el transcurso de dicho término, la persona adjudicataria no se acerca a suscribir su contrato de financiamiento y/o no inicia las actividades correspondientes en el periodo establecido por la institución de educación superior, la beca se presumirá como desistida conforme lo establecido en el artículo 79 del Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas.
- Las resoluciones de adjudicación podrán ser impugnadas ante la máxima autoridad administrativa de la Senescyt o su delegado, en concordancia con las disposiciones del Código Orgánico Administrativo.
- Postulación: hasta el 16 de marzo de 2025.
- Etapa de revisión de requisitos y selección de personas beneficiarias: se realizará la validación de requisitos y selección de conformidad a lo señalado en las bases del programa.
- Adjudicación: hasta el 9 de abril de 2025.
- Suscripción de contratos: hasta el 9 de mayo de 2025.