Museo Nacional del Prado

Becas Senado de España - Museo del Prado

Becas de formación prácticaBecas de investigaciónUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio01/04/2025 Fin21/04/2025
Finalizada

Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.

Becas Senado de España - Museo del Prado: solicitud y plazos

Descripción

El Museo del Prado es una prestigiosa institución española que convoca un gran número de becas orientadas a mejorar la formación de los profesionales dedicados al ámbito del arte y la restauración de bienes.

Un buen ejemplo de ello es la convocatoria de las Becas Senado de España - Museo del Prado mediante la que se pretende llevar a cabo la formación de investigadores y especialistas en el Área de Conservación de Pintura del Siglo XIX. 

El desarrollo de las Becas Senado de España - Museo del Prado se llevará a cabo por un periodo de 24 meses consecutivos y otorgarán a los beneficiarios de las mismas de una dotación económica, además de la correspondiente formación, con el respaldo y prestigio del Museo del Prado.

Además de los requisitos generales y específicos que se establecen en la convocatoria, también se tendrán en cuenta otros valores como los conocimientos generales sobre museología, los conocimientos en documentación e investigación en historia del arte, el conocimiento de idiomas como inglés o francés, y el manejo de herramientas ofimáticas, entre otros.

Así que si deseas ser beneficiario de una de las Becas Senado de España - Museo del Prado, no debes perderte toda la información que te facilitamos en este portal web sobre las mismas.

Datos básicos

Nº de becas
1
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Artes y Humanidades
Carrera
  • Historia del Arte
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requisitos generales

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria son los siguientes:

  • Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea, en adelante UE, o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; ser residente en España en el momento de incorporarse a la beca; poseer un dominio del idioma español –hablado y escrito- que permita a los solicitantes desenvolverse satisfactoriamente durante su actividad formativa.
  • Poseer la titulación exigida en el Anexo 1 a esta convocatoria para cada modalidad de beca.
  • Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente, y no ser deudor por obligaciones de reintegro. No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de una beca en el MNP (excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos o seminarios Cátedra del Prado).
  • No podrán ser beneficiarios de la beca las personas en quienes concurran cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS.

De conformidad con lo establecido en el artículo 69.1 de la LPACAP, el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias al Órgano de Instrucción.

Requisitos específicos para las Becas Senado de España - Museo del Prado:

Además de los requisitos generales indicados en la base 4 de la convocatoria los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos específicos para esta beca:

  • Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título exigido con posterioridad a enero de 2021. En cuanto al plazo, se atenderá exclusivamente la finalización de la diplomatura, licenciatura o grado, sin que se tenga en cuenta la fecha de finalización de los cursos de doctorado u otros estudios de postgrado.
  • Poseer la titulación exigida: Grado universitario o equivalente en Historia del Arte. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable o equivalente serán desestimados (por debajo de 2 puntos en una escala de 0 a 4 y por debajo de 7 puntos en una escala de 0 a 10).

Dotación

Dotación económica de las Becas Senado de España - Museo del Prado:

La cuantía total de la beca se fija en treinta y seis mil euros (36.000 €) y se financiará en su totalidad por el Senado de España.

Presentación

Los solicitantes de las Becas Senado de España - Museo del Prado deberán ser personas físicas.

Los solicitantes presentarán sus solicitudes según el modelo normalizado que figura como Anexo 2 (Formulario de solicitud para cada una de las modalidades) de esta Resolución y que podrá obtenerse en el Portal Web del MNP en el siguiente enlace: https://www.museodelprado.es/museo/becas.

Los solicitantes deberán presentar una solicitud por cada beca que deseen solicitar, de entre las incluidas en el Anexo 1 (siempre que reúna los requisitos previstos en estas bases para cada tipo de becas)

En el caso de que el solicitante solicite dos becas deberá indicar el orden de prioridad por el que solicitan las becas en el formulario de solicitud.

Los solicitantes solo podrán optar por presentar un máximo de dos solicitudes. Si una misma persona interesada, presentase más de dos solicitudes se tendrán en cuenta únicamente las dos primeras presentadas, según fecha, hora y número de registro, considerándose excluidas las restantes.

En el caso de que el solicitante de varias becas obtuviese la mejor puntuación en varias de ellas, solo se le concederá una beca; las Comisiones de Estudio y Valoración tendrán en cuenta aquella beca en que haya indicado su mayor preferencia y decidirán el destino propuesto.

Las solicitudes en las que figure más de una beca en el mismo modelo de solicitud serán inadmitidas por el órgano de instrucción (causa de exclusión por incumplimiento de esta Base 6).

Las solicitudes deberán cumplimentarse en español, en los apartados correspondientes y de forma verídica.

Más información

Objeto

Formación de investigadores y especialistas en Conservación de Pintura del siglo XIX. La beca se destinará a la formación en las distintas tareas y proyectos del Área, con especial dedicación a la investigación y documentación de la colección de Pintura del siglo XIX del Museo del Prado.

Duración

La beca tendrá una duración de veinticuatro (24) meses consecutivos.

Conocimientos y experiencia profesional susceptible de valoración

  • Las colecciones del Museo Nacional del Prado, especialmente de las colecciones del siglo XIX.
  • Experiencia y conocimientos en la documentación e investigación en historia del arte (archivos, hemerotecas, bibliotecas, etc.).
  • Técnicas pictóricas y artísticas en el siglo XIX.
  • Conocimientos generales sobre museología.
  • Idioma inglés y francés.
  • Manejo de herramientas ofimáticas y bases de datos.

Valoración de solicitudes

La Comisión de Estudio y Valoración evaluará las solicitudes admitidas con un máximo de 100 puntos teniendo en cuenta las siguientes fases:

La primera fase, que se valorará con hasta 60 puntos, constará de 3 partes:

  • Valoración de méritos, que se valorará con hasta 30 puntos.
    • Méritos formativos, que se valorarán con hasta 20 puntos.
    • Méritos profesionales, que se valorarán con hasta 10 puntos.
  • Valoración de la Memoria, que se valorará con hasta 25 puntos.
  • Valoración de la Carta de motivación, que se valorará con hasta 5 puntos.

La segunda fase consistirá en una entrevista personal presencial valorada con hasta 40 puntos.

Resolución de concesión de las becas

De conformidad con lo previsto por el artículo 25.1 de la LGS, la Dirección del MNP adoptará la resolución de concesión de esta beca dentro del plazo de 6 meses a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado. En el caso de que se produjera el vencimiento de dicho plazo sin haberse dictado ni notificado resolución expresa, los solicitantes podrán entender desestimada la solicitud de concesión de la beca por silencio administrativo.

La resolución de concesión indicará los solicitantes seleccionados y la desestimación expresa de las restantes solicitudes, y podrá incluir una relación ordenada de solicitantes suplentes para cubrir renuncias o bajas que puedan tener lugar. La adjudicación de la beca correspondiente a las bajas o renuncias se producirá en el orden establecido en la relación de suplentes.

Esta resolución de concesión se publicará para conocimiento de los interesados en el Portal Web del MNP.

La renuncia o baja, salvo casos de fuerza mayor, sólo podrá tener lugar una vez transcurridos un mes del inicio de la beca, y deberá comunicarse con una antelación de 10 días hábiles a la Dirección Adjunta de Conservación e Investigación. El siguiente clasificado en la relación ordenada de solicitantes suplentes podrá acceder a la beca. Los suplentes dispondrán de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su comunicación, para aportar la documentación requerida.

La fecha límite para la adjudicación de la beca a los suplentes, en su caso, será de 4 meses antes de la finalización del período formativo, y se realizará por el tiempo restante de la beca.

En el caso de incapacidad temporal o maternidad, la beca quedará suspendida y podrá ser reiniciada cuando la circunstancia que produjo la suspensión haya finalizado, siempre que dicha suspensión sea inferior o igual a 16 semanas, salvo en el caso de parto múltiple que la suspensión podrá ser de hasta 18 semanas. Si la causa de la suspensión fuera superior a 16 semanas, o en el caso de parto múltiple superior a 18 semanas, el Órgano Convocante resolverá la cancelación de la beca, pronunciándose mediante resolución motivada que se notificará a los interesados.

La Resolución de concesión de la beca pondrá fin a la vía administrativa, y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 9.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 123 y 124 de la LPACAP. La presentación de los citados recursos podrá efectuarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP.

Documentación a adjuntar

Documentación general:

Los aspirantes deberán acompañar la siguiente documentación con su solicitud o con cada una de sus distintas solicitudes:

  • Título universitario, según lo descrito en el Anexo 1 para cada modalidad de beca. El título deberá haberse obtenido con anterioridad a la fecha de fin de presentación de solicitudes.
  • Certificación académica de la titulación exigida o equivalente, expedido por una universidad, con indicación de los estudios realizados, donde conste expresamente la nota media obtenida. La certificación deberá estar redactada en español o en otra lengua franca de la UE (inglés, francés, alemán o italiano). De no ser así, deberá acompañarse una traducción jurada.
  • Documentación justificativa de los méritos alegados en la solicitud, atendiendo a la “Documentación a presentar” de cada mérito que figura en la Base 11. Toda la documentación justificativa de los méritos alegados deberá estar redactada en español o en otra lengua franca de la UE (inglés, francés, alemán o italiano). De no ser así, deberá acompañarse una traducción jurada. La documentación justificativa de méritos deberá haberse obtenido con anterioridad a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados.
  • Carta de motivación de un máximo de 400 palabras, en la que se expongan los argumentos que motivan la solicitud, la adecuación del perfil formativo y de la experiencia del solicitante al proyecto de formación propuesto en el objeto de la beca, junto a los resultados que se esperan obtener durante la beca.
  • Una Memoria original según lo descrito en el Anexo 1 para cada tipología de beca.
  • Un currículum vitae del aspirante.

La no presentación junto con cada solicitud de la Memoria y de la Carta de motivación en la documentación inicial será motivo de exclusión de la correspondiente solicitud. Este motivo de exclusión no podrá subsanarse mediante la presentación de la Memoria y/o de la Carta de motivación durante el plazo de subsanación establecido para subsanar el resto de motivos de exclusión.

Documentos específicos:

Los solicitantes deberán acompañar su solicitud de la documentación señalada en la base 6 de esta convocatoria junto con:

Una Memoria original de un máximo de 2.500 palabras (excluida la bibliografía), en la en la que el solicitante elabore un estado de la cuestión centrado en las novedades museológicas y expositivas de la pintura española del siglo XIX, que incluya bibliografía sobre el tema.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Senado de España - Museo del Prado

El Museo del Prado es una prestigiosa institución española que convoca un gran número de becas orientadas a mejorar la formación de los profesionales dedicados al ámbito del arte y la restauración de bienes.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Senado de España - Museo del Prado" es: desde 01/04/2025 hasta 21/04/2025.

La Beca "Becas Senado de España - Museo del Prado" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas Senado de España - Museo del Prado" es un tipo de beca: 

  • Becas de formación práctica
  • Becas de investigación