Becas Formación Práctica Formacoex Plus
INSCRIPCIONES
Becas Formación Práctica Formacoex Plus: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Formación Práctica Formacoex Plus se convocan para apoyar a los profesionales en formación en el campo del comercio exterior. Estas becas permiten a los beneficiarios adquirir experiencia práctica en empresas ubicadas en Extremadura o fuera de España, lo que amplía sus perspectivas laborales en el sector internacional. Con dos líneas de ayuda, Formacoex Plus Extremadura y Formacoex Plus Exterior, las personas seleccionadas podrán beneficiarse de una subvención mensual, que varía dependiendo de si la formación se realiza dentro o fuera de España.
Para acceder a las Becas Formación Práctica Formacoex Plus, los solicitantes deben cumplir con varios requisitos, como estar desempleados e inscritos en el Servicio Extremeño Público de Empleo. Además, deben haber completado la formación teórica correspondiente en comercio exterior y tener un título universitario o de formación profesional. Los interesados deben presentar su solicitud junto con la documentación requerida, como el DNI, el currículum y un certificado que acredite su situación de desempleo. Estas ayudas brindan la posibilidad de adquirir competencias clave en comercio exterior, marketing internacional y ventas, además de ofrecer formación en idiomas.
En nuestra web encontrarás toda la información que necesitas para acceder a las Becas Formación Práctica Formacoex Plus.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Ciclos formativos de grado superior
- Rama
- Todas las ramas
- País de origen
- España
- País de destino
- España
- Todos los países
- Nacionalidades
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Requisitos de las personas beneficiarias de las Becas Formación Práctica Formacoex Plus:
Las personas beneficiarias deben cumplir, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
- a. Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los países de los estados miembros de la Unión Europea. En caso de no contar con esta nacionalidad, se deberá disponer de una autorización de residencia y trabajo vigente durante el periodo de prácticas.
- b. Contar con número de afiliación a la seguridad social.
- c. Estar en posesión de algún Título Universitario o de Formación Profesional de Grado Superior o equivalente, o de la certificación acreditativa de haberlo solicitado y tener abonados los derechos con anterioridad a la presentación de la solicitud de participación. Se admitirán los títulos obtenidos en universidades privadas, o en el extranjero, siempre y cuando estén homologados o reconocidos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes por el Ministerio de Educación y Formación Profesional del Gobierno de España o apostillados por Estados firmantes del Convenio de la Haya.
- d. Haber superado el Curso de Formación a profesionales y a Empresas “Comercio Exterior” tutelado por la Universidad de Extremadura y organizado por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, que forma parte de la formación teórica de las líneas FORMACOEX PLUS o FORMACOEX, o en su caso, contar con un certificado de aprovechamiento que acredite el haber superado, con anterioridad a la presentación de la solicitud de participación en la convocatoria correspondiente, una formación en comercio exterior de al menos 150 horas que aborde las siguientes materias de operativa internacional: logística internacional, medios de cobro y pago internacionales, y marketing internacional.
- e. Estar en situación de desempleo e inscrita en el Servicio Extremeño Público de Empleo en el momento de presentación de la solicitud, situación que deberá mantenerse a lo largo de toda la fase de Formación Práctica.
- f. No haber sido persona beneficiaria de la formación práctica de las líneas FORMACOEX PLUS o FORMACOEX en ediciones anteriores, por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
No podrán obtener la condición de persona beneficiaria quienes se encuentren incursas en algunas de las circunstancias previstas en el apartado segundo y tercero del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dichas circunstancias serán justificadas a través de la declaración responsable por parte del solicitante.
Dotación
Las Becas Formación Práctica Formacoex Plus consistirán en una subvención directa mensual a las personas beneficiarias que por línea serán:
- a. Para Formacoex Plus Extremadura una subvención por cada mes de participación en el programa, con un máximo de 8 meses, del importe publicado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o equivalente, para la base de cotización mínima mensual por contingencias comunes del Grupo de Cotización 2 (Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados), vigente a la fecha de la presente convocatoria, multiplicado por el resultado de las horas formativas desempeñadas con respecto a la jornada diaria de 8 horas. Por tanto, se atenderá a la siguiente fórmula:
- Cuantía mensual = Base de cotización mínima mensual (C.C. Grupo 2) x (6h/8h)
- b. Para Formacoex Plus Exterior una subvención por cada mes de participación en el programa, con un máximo de 5 meses; para los meses que se desarrollen las funciones Extremadura se aplicará la fórmula del apartado anterior, para los meses que se desarrollan en el exterior será equivalente al doble del importe publicado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o equivalente, para la base de cotización mínima mensual por contingencias comunes del Grupo de Cotización 2 (Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados), vigente a la fecha de la presente convocatoria, multiplicado por el resultado de las horas formativas desempeñadas con respecto a una jornada diaria de 8 horas. Por tanto, se atenderá a la siguiente fórmula:
- Cuantía mensual estancia Extremadura = Base de cotización mínima mensual (C.C. Grupo 2) x (6h/8h) + Cuantía mensual estancia en el exterior = 2 x Base de cotización mínima mensual (C.C. Grupo 2) x (6h/8h)
El importe mensual resultante, se multiplicará por el número de meses efectivos del periodo de ejecución de la formación, de acuerdo con el apartado decimotercero de la presente convocatoria.
Gastos subvencionables
Los gastos subvencionables comprenderán los importes de la práctica formativa otorgada a las personas beneficiarias para la participación en el programa, por las cuantías resultantes de la aplicación de las fórmulas citadas en el artículo 5 de la Orden de 25 de mayo de 2023.
Las correctas justificaciones de los gastos subvencionables se realizarán tomando como referencia los criterios de justificación incluidos en el apartado decimocuarto de la presente convocatoria.
Presentación
Toda la información referente a la formación práctica de cada línea, así como las solicitudes de participación se encontrarán en la página web de Extremadura Avante www.extremaduraavante.es.
Las solicitudes para las Becas Formación Práctica Formacoex Plus se formalizarán en los impresos normalizados que figuran en el Anexo I-A y I-B de la presente convocatoria.
La solicitud de participación junto con la documentación necesaria y preceptiva, se presentará en el Registro de alguna de las sedes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, o a través de las oficinas de Correos, en sobre abierto en la forma reglamentariamente establecida, o mediante correo certificado. En este último caso, se tomará como referencia la fecha en la que el correo certificado sea recepcionado en las sedes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Más información
Objeto
El presente acuerdo, al amparo de la Orden de 25 de mayo de 2023, DOE n.º 104 del 1 de junio de 2023, tienen por objeto establecer el régimen de las ayudas dirigidas a la formación práctica de personal técnico de Comercio Exterior en materia de ventas y operativa de comercio exterior dotando a las personas beneficiarias de las herramientas y experiencias necesarias para un desempeño cualificado de dichas funciones, ampliando así sus posibilidades de inserción en el mercado laboral.
Se contemplan las siguientes líneas de ayuda:
- a. Formacoex Plus Extremadura: Destinada al desarrollo de formación práctica en comercio exterior a realizar en empresas ubicadas en Extremadura.
- b. Formacoex Plus Exterior: Destinada al desarrollo de formación práctica en comercio exterior a desarrollar en empresas, instituciones, organismos, o delegaciones de Extremadura ubicadas fuera de España.
Criterios de valoración de las solicitudes de ayuda
Las solicitudes de ayudas serán valoradas con arreglo a los siguientes tipos de criterios:
- a. Edad de los solicitantes, con relación al ámbito de intervención de la medida FSE+, con un máximo de 15 puntos, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del presente apartado undécimo.
- b. Puntuación global obtenida en las pruebas de selección, con un máximo de 100 puntos, de conformidad con lo establecido en el punto 3 de este apartado undécimo.
El criterio establecido en la letra a) del apartado anterior se aplicará según la edad de los solicitantes en el momento de finalización del plazo de solicitudes (máximo 15 puntos) de acuerdo con la siguiente baremación:
- Mayor o igual a 18 años y menor de 35 años: 15 puntos.
- Mayor o igual a 35 años y menor de 45 años: 5 puntos.
- Mayor o igual de 45 años: 0 puntos.
El criterio establecido en la letra b) del apartado primero, se compone de las pruebas que se establecen a continuación. Todos los solicitantes podrán ser convocados a la realización de las pruebas una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes aun no habiéndose completado el periodo de subsanación:
- 1ª) Prueba de destreza en idioma inglés. Máximo 30 puntos. En el caso de la línea Formacoex Plus Extremadura, se tomará de partida un nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCERL). En el caso de la línea Formacoex Plus Exterior, serán evaluadas sobre un nivel B2 del MCERL.
- Los solicitantes podrán optar a la realización de ambas pruebas, que constará de dos ejercicios:
- a. Prueba escrita (máximo 15 puntos), que podrá consistir en un cuestionario tipo test y/o un desarrollo teórico/práctico.
- b. Prueba oral (máximo 15 puntos), en la que será valorada:
- La fluidez y pronunciación de la persona solicitante (máx. 5 puntos).
- La comprensión del idioma (máx. 5 puntos).
- La competencia gramatical (máx. 5 puntos).
- 2ª) Conocimientos de comercio exterior. Máximo 30 puntos. Se valorará el nivel de conocimientos del solicitante en relación con la operativa de comercio exterior. Constará de dos ejercicios:
- a. Prueba escrita, que constará de dos ejercicios (máximo 20 puntos)
- Cuestionario tipo test. (máx. 10 puntos).
- Supuesto práctico en materia de comercio exterior. (máx. 10 puntos).
- b. Prueba oral (máximo 10 puntos) Consistirá en la exposición del supuesto práctico recogido en el apartado anterior. Se valorará:
- Claridad en la exposición (máx. 4 puntos).
- Adecuación de la solución al supuesto presentado (máx. 3 puntos).
- Creatividad en la solución aportada (máx. 3 puntos).
- 3ª) Conocimientos de marketing internacional y tejido empresarial. Se evalúan los conocimientos del solicitante en marketing internacional y tejido empresarial. Constará de dos ejercicios:
- a. Prueba escrita, que constará de dos ejercicios (máximo 20 puntos)
- Cuestionario tipo test. (máx. 10 puntos).
- Supuesto práctico en materia de marketing internacional y tejido empresarial (máx. 10 puntos).
- b. Prueba oral (máximo 10 puntos). Consistirá en la exposición del supuesto práctico recogido en el apartado anterior. Se valorará:
- Claridad en la exposición (máx. 4 puntos).
- Adecuación de la solución al supuesto presentado (máx. 3 puntos).
- Creatividad en la solución aportada (máx. 3 puntos).
- 4ª) Idioma opcional. De manera opcional, el solicitante podrá realizar una prueba de destreza en un idioma a elegir entre francés, portugués o alemán, cuya valoración máxima será de 10 puntos. El nivel que se tomará como base para la realización de estas pruebas será el B2 del MCERL, para cualquiera de los idiomas elegidos, teniendo en cuenta que cada solicitante podrá elegir un único idioma opcional.
- La prueba constará de dos partes:
- a. Prueba escrita (máximo 5 puntos), que podrá consistir en un cuestionario tipo test y/o un desarrollo teórico/práctico.
- b. Prueba oral (máximo 5 puntos), en la que será valorada:
- La fluidez y pronunciación de la persona solicitante (máx. 2 puntos).
- La comprensión del idioma (máx. 2 puntos).
- La competencia gramatical (máx. 1 puntos).
- En aquellas pruebas en las que no se alcance al menos el 50% de la puntuación establecida, la puntuación obtenida en dicha prueba será de 0. Asimismo, quedarán excluidos del procedimiento de valoración los solicitantes que no alcancen una puntuación mínima de 40 puntos en el global de las pruebas.
- En caso de igualdad de puntuaciones, el orden de prelación se establecerá atendiendo a:
- 1º Mayor puntuación obtenida en el 2ª prueba del criterio que figura en el apartado 3, relativa a los conocimientos en comercio exterior.
- 2º Mayor puntuación obtenida en el 3ª prueba del criterio que figura en el apartado 3, relativa a los conocimientos de marketing internacional y tejido empresarial.
- 3º Mayor puntuación obtenida en el 1ª prueba del criterio que figura en el apartado 3, prueba de destreza en idioma inglés.
- 4º Mayor puntuación obtenida en criterio que figura en el apartado 2, edad de los solicitantes.
- 5º Si persistiera el empate, se procederá a realizar un sorteo, previa convocatoria pública mediante publicación en la página web de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, en la que se fijará la fecha, lugar y forma de proceder al concreto desempate de puntuaciones.
El resultado de las pruebas de selección será publicado en la página web de Extremadura Avante http://www.extremaduraavante.es, concediéndose a la persona interesada un plazo de 3 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación para posibles reclamaciones, que serán resueltas por resolución de la persona que ocupe el cargo de Consejero/a Delegado/a de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
El desglose de los contenidos a evaluar en las pruebas de selección queda recogido en el anexo V del presente acuerdo.
Será competente para la concesión de la ayuda, la persona titular del cargo de Consejero/a Delegado/a de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a propuesta de la persona apoderada de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y previa autorización por parte de la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio de la Junta de Extremadura, u órgano directivo que en cada momento tenga atribuida el desempeño de las funciones relacionadas con la competencia de comercio exterior, para que continúe con la tramitación de las subvenciones y proceda a su concesión de conformidad con la Orden de 25 de mayo de 2023. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de la presente convocatoria. Si no se notificase resolución expresa dentro del plazo señalado, se podrá entender desestimada la solicitud por silencio administrativo. En este caso, la resolución expresa posterior al vencimiento del plazo se adoptará sin vinculación alguna al sentido del silencio.
La resolución de concesión deberá contener la persona beneficiaria de las ayudas, por línea, empresa o institución en su caso receptor de la persona beneficiaria, así como las obligaciones y compromisos adquiridos por la misma. La resolución será notificada individualmente a cada persona beneficiaria, con arreglo a lo previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Una vez notificada la resolución de concesión, la persona beneficiaria deberá aceptarla en el plazo máximo de 5 días hábiles acompañando dicha aceptación de la siguiente documentación:
- a. Ficha datos de incorporación cumplimentada y firmada por la persona solicitante (Anexo II).
- b. Compromiso de confidencialidad firmada por la persona solicitante (Anexo III).
- c. Modelo 145 AEAT de “Comunicación de datos pagador” firmado y cumplimentado.
- d. Documento Tratamiento de Datos Personales “LOPD” firmada por la persona solicitante (Anexo IV).
- e. Documento que acredite la titularidad de cuenta bancaria.
En ejercicio de las funciones de control y demás que comportan potestades administrativas, conforme a lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, contra la resolución de el/la Consejero/a Delegado/a de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, se podrá interponer recurso de alzada ante la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al que se dicte el acto, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
Así mismo, se publicará la relación de personas beneficiarias, en la web www.extremaduraavante.es, en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura http://gobiernoabierto.juntaex.es/.
Las renuncias que se produzcan tras la celebración de la Comisión de Valoración o la no presentación de la documentación necesaria tras la concesión de la subvención en el plazo otorgado para ello, podrán dar lugar a la incorporación de una nueva persona beneficiaria, siguiendo el orden establecido en la relación de reservas según la línea a la que hayan concurrido y el orden de puntuación obtenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En lo referido a la línea Formacoex Plus Extremadura, la activación de la reserva se producirá siempre y cuando el periodo de formación práctica a desarrollar por la nueva persona beneficiaria sea al menos de un 50% del periodo de ejecución establecido en la convocatoria que corresponda, siempre que reúna los requisitos exigidos para adquirir dicha condición y presente la documentación preceptiva establecida. En lo referido a la línea Formacoex Plus Exterior, la activación de la reserva se producirá siempre y cuando el hecho que haya dado lugar a la reserva se haya producido en el primer mes de prácticas, y siempre que el nuevo beneficiario reúna los requisitos exigidos para adquirir dicha condición y presente la documentación preceptiva establecida.
Una vez notificada la resolución de concesión, se firmará un convenio de participación entre las partes: Extremadura Avante, la empresa de acogida y el beneficiario de la subvención.
Enlaces de interés
https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/30o/25AC0112.pdf
Documentación a adjuntar
Junto a la solicitud se acompañará copia de la siguiente documentación:
- a. Copia del DNI o NIE vigente.
- b. Titulación académica que se acredita.
- c. Certificado que acredite la formación en comercio exterior que haya recibido la persona solicitante con anterioridad a la correspondiente convocatoria, excepto en el caso de que la formación haya sido gestionada por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, donde ésta se acreditará de oficio.
- d. Informe de situación administrativa o documento expedido por el Servicio Extremeño Público de Empleo que acredite la situación de desempleo de la persona solicitante.
- e. Currículum actualizado.
- f. Documento que acredite el n.º de afiliación a la seguridad social del interesado.
- g. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y frente a la Seguridad Social, así como el certificado de no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Siempre que exista convenio vigente suscrito entre Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y las entidades correspondientes en lo referido a la obtención y cesión de datos, la persona solicitante podrá autorizar expresamente la consulta de las deudas tributarias con el Estado y con la Hacienda Autonómica, así como de las obligaciones frente a la Seguridad Social, pudiendo Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, recabar de oficio las certificaciones administrativas e informaciones expedidas por los organismos correspondientes que acrediten que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica. Asimismo, podrá recabar de oficio la documentación que acredite estar en posesión de la titulación académica requerida y la de la situación de desempleo. En otro caso, el interesado deberá presentar junto con la solicitud las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición.
Para la misma línea, en el caso de que una misma persona solicitante aporte más de una solicitud dentro del plazo de admisión determinado en cada convocatoria, a efectos de su tramitación, la segunda y sucesivas serán resueltas como inadmitidas. En todo caso, la persona solicitante sólo podrá ser beneficiaria de una de las líneas establecidas, lo que implica que, tras la aceptación de la subvención concedida para una de ellas, quedará automáticamente excluida de la otra por incompatibilidad.
Asimismo, el beneficiario podrá desistir de la solicitud de una de las líneas con carácter previo a su resolución.






