Becas Fomento Escolarización Educación Infantil
INSCRIPCIONES
Becas Fomento Escolarización Educación Infantil: solicitud y plazos
Descripción
La Junta de Andalucía convoca las Becas Fomento Escolarización Educación Infantil mediante las que se pretende potenciar la igualdad de oportunidades educativas y la socialización de los niños más pequeños cuya edad se encuentra comprendida entre los 0 y 3 años.
Las Becas Ayudas a familias fomento de la escolarización (Educación Infantil 0-3 años) están dirigidas a todos aquellos niños y niñas que se encuentren en una situación económica y social desfavorecida o cuyos padres no puedan atender las necesidades de los pequeños durante la jornada laboral.
Para ello, las Becas Fomento Escolarización Educación Infantil, conceden una bonificación en el precio de los servicios educativos y de comedor para ayudar a sufragar los gastos generados con motivo de la estancia de los menores en los centros destinados para ello y que cuentan con personal totalmente cualificado y todas las garantías de higiene y seguridad.
Por tanto, si tienes un hijo con una edad comprendida entre los 0 y 3 años y cumples con los requisitos, las Becas Fomento Escolarización Educación Infantil, pueden ser de tu interés.
Aquí te mostramos toda la información relacionada con las mismas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primer ciclo de educación infantil
- País de origen
- España
- Región de origen
- Andalucía
- Nacionalidades
- Española
Requisitos
Las personas beneficiarias de las Becas Fomento Escolarización Educación Infantil deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber presentado en el centro, en los plazos establecidos para ello, la solicitud de ayuda, de acuerdo con el modelo y por los medios determinados en la convocatoria.
- Haber formalizado matrícula para el niño o la niña para el que se solicita la ayuda, en alguno de los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda.
- No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las personas beneficiarias de estas ayudas quedan exoneradas de la obligación de estar al corriente de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, así como de acreditar las deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Dotación
- Mediante las Becas Fomento Escolarización Educación Infantil se ofrecen ayudas a las familias para fomentar la escolarización del alumnado menor de 3 años en centros educativos exclusivos de Primer Ciclo de Educación Infantil, tanto públicos, que no sean de titularidad de la Junta de Andalucía, como privados adheridos al Programa de ayuda, mediante la bonificación del precio de los servicios determinados en el Decreto 75/2025, de 5 de marzo.
- El programa de ayudas tiene carácter anual y, por lo tanto, las ayudas tendrán que solicitarse para cada curso escolar.
Presentación
- El trámite de solicitud de las Becas Fomento Escolarización Educación Infantil se realizará exclusivamente de manera presencial.
- Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.
- Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa.
Más información
Plazos
- 01/04/2025 00:00 horas - 30/04/2025 23:59 horas (1er Procedimiento Convocatoria 2025-2026).
- 01/09/2025 00:00 horas - 31/10/2025 23:59 horas (2º Procedimiento Convocatoria 2025-2026).
- 01/11/2025 00:00 horas - 31/12/2025 23:59 horas (3er Procedimiento Convocatoria 2025-2026).
- 01/01/2026 00:00 horas - 28/02/2026 23:59 horas (4º Procedimiento Convocatoria 2025-2026).
- 01/03/2026 00:00 horas - 30/04/2026 23:59 horas (5º Procedimiento Convocatoria 2025-2026).
- 01/05/2026 00:00 horas - 30/06/2026 23:59 horas (6º Procedimiento Convocatoria 2025-2026).
Documentación a adjuntar
- La documentación acreditativa de las demás circunstancias declaradas que motivan la concesión de la ayuda será aportada junto con la solicitud de ayuda, salvo que ya haya sido aportada en el procedimiento de reserva o de admisión de plaza.
- Esta documentación deberá mantener su validez y eficacia a la finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de selección en el que se participe. En todo caso, la documentación aportada deberá responder a las circunstancias reales del niño o niña en dicha fecha.




