Becas Formación Práctica Titulados Periodismo
INSCRIPCIONES
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Becas Formación Práctica Titulados Periodismo: solicitud y plazos
Descripción
El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Trasporte y Comercio, convoca las Becas de formación práctica para titulados universitarios en Grado de Periodismo, en el ámbito de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones.
El Gobierno de Cantabria con estas becas quiere fomentar la formación y la realización de prácticas orientando a los estudiantes titulados a la inserción en el mundo laboral, principalmente en el ámbito audiovisual.
Pueden solicitar las Beca Formación Práctica Titulados Periodismo, aquellas personas que cumplan con los requisitos que se indican en la convocatoria.
La duración del periodo de prácticas será de un año, durante el cual el candidato realizará actividades, trabajos y estudios de formación y especialización práctica.
Durante el periodo de prácticas, el beneficiario de las Beca Formación Práctica Titulados Periodismo recibirá una dotación mensual.
No pierdas esta oportunidad y solicita una de las Beca Formación Práctica Titulados Periodismo.
Aquí te ofrecemos toda la información que necesitas para participar en esta convocatoria.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Periodismo y Comunicación Audiovisual
- Carrera
- Periodismo
- País de origen
- España
- País de destino
- España
- Región de origen
- Cantabria
- Nacionalidades
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
- Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea y residente en Cantabria en el momento de publicación de la presente convocatoria.
- Estar en posesión del título de graduados o graduadas en periodismo, siempre y cuando no hayan transcurrido más de tres años desde su expedición o, en su caso, desde la fecha de pago de los correspondientes derechos de expedición, hasta la fecha de terminación del plazo de solicitudes. Los títulos presentados por los solicitantes deberán estar reconocidos y homologados oficialmente, así como tener plena validez en España.
- No haber sido beneficiario de ninguna otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años. Podrán acceder a la condición de beneficiario aquellas personas que hayan disfrutado de otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria hasta completar el plazo máximo de dos años legalmente establecido.
- No haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.
- No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Dotación
El importe de la beca será de 800 euros mensuales brutos
Presentación
En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro Delegada de la Dirección General o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Más información
Periodo de la beca
El periodo de duración de la beca será de un año desde que se produzca la incorporación del becario a su destino, o del tiempo restante hasta completar el plazo máximo legalmente establecido en el supuesto de que éste hubiera disfrutado con anterioridad de alguna otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Excepcionalmente y por una sola vez, la beca podrá prorrogarse por un periodo máximo de un año, en las mismas condiciones en que se concedió la originaria, o hasta completar el plazo máximo de dos años, quedando supeditada tal posibilidad a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente.
Obligaciones de los becarios
- Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino en la fecha señalada en la notificación de la resolución de concesión. De no cumplirse esta obligación en plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndose al suplente que figure en primer lugar.
- Cumplir con las bases de la convocatoria y demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
- Dedicarse de manera plena y responsable al cumplimiento de las tareas que se les encomienden.
- Cumplir el horario establecido y aceptar las normas de régimen interno del Centro donde se realice la formación.
- Asistir a los cursos de formación que se estimen oportunos.
- No recibir ninguna otra ayuda para la misma finalidad.
- Velar por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tengan acceso en el desarrollo de su actividad.
- Facilitar toda la información requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa de protección de datos de carácter personal.
- Hacer constar en todas las actividades que realice que se trata de un becario del Gobierno de Cantabria.
Documentación a adjuntar
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Certificación del expediente académico, con calificaciones.
- Declaración responsable de las asignaturas cursadas por el solicitante que sean próximas a redes inalámbricas, planificación, dimensionamiento, transmisión y propagación de redes de telecomunicaciones, infraestructuras de telecomunicaciones y legislación.
- Fotocopia compulsada del título o, en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición correspondiente.
- Currículum vitae del solicitante, con exposición de los méritos académicos o profesionales que se aleguen, justificados documentalmente.
- Declaración responsable de renuncia a otras becas, en el caso de ser seleccionado, y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración o Institución como consecuencia de expediente disciplinario.
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, así como estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o de cualquier otro ingreso de derecho público.
- Declaración responsable de no haber sido beneficiario de otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.
La participación en esta convocatoria conllevará la autorización a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones para verificar la identidad del solicitante, así como para requerir los certificados que sean necesarios emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Agencia Cántabra de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, a fi n de acreditar que los beneficiarios se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. No obstante lo anterior, los interesados podrán denegar expresamente la citada autorización, debiendo en tal caso aportar copia del D.N.I. así como los correspondientes certificados.