Becas Fulbright Fundación Séneca Región de Murcia
INSCRIPCIONES
Becas Fulbright Fundación Séneca Región de Murcia: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Fulbright Fundación Séneca Región de Murcia son una oportunidad para investigadores y docentes interesados en desarrollar su carrera en Estados Unidos. Estas becas permiten realizar estancias postdoctorales en universidades y centros de investigación estadounidenses durante un periodo de entre nueve y doce meses.
Están dirigidas a personal vinculado a universidades y organismos de investigación de la Región de Murcia, con dedicación a tiempo completo y en servicio activo.
Los beneficiarios de las Becas Fulbright Fundación Séneca Región de Murcia deben cumplir con varios requisitos. Es necesario tener nacionalidad española y no poseer doble nacionalidad con Estados Unidos, así como contar con un nivel avanzado de inglés, el cual será evaluado en la fase de entrevista.
Además, es imprescindible haber obtenido el título de doctor antes de las fechas establecidas en las bases de la convocatoria y disponer de una carta de invitación de una institución estadounidense.
El programa ofrece una gestión de la estancia, incluyendo la solicitud del visado J-1, seguros de salud y asesoramiento continuo.
Las becas ofertadas ofrecen una oportunidad ideal para quienes desean impulsar su carrera investigadora en un entorno de excelencia y prestigio, asegurando una experiencia enriquecedora y profesionalmente transformadora.
Si estás interesado en las Becas Fulbright Fundación Séneca Región de Murcia aquí encontrarás toda la información que necesitas para solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Postdoctorado
- País de origen
- España
- País de destino
- Estados Unidos
- Nacionalidades
- Española
Requisitos
Los requisitos para acceder a las Becas Fulbright Fundación Séneca Región de Murcia:
- a.Nacionalidad española. No podrán optar a las becas las personas que tengan la doble nacionalidad, española y estadounidense, o dispongan del permiso de residencia en EE. UU.
- b. Contar con una vinculación funcionarial o contractual con universidades y organismos de investigación de la Región de Murcia como mínimo hasta la fecha de finalización de la estancia.
- c. Se ha de estar en posesión del título de doctor y haber obtenido el grado de doctor con posterioridad al uno de enero de 2013.
- d. Se requiere un nivel avanzado de inglés, el cual será evaluado durante la entrevista a las personas candidatas que resulten seleccionadas para participar en la segunda fase del proceso de selección.
- e. No se aceptarán solicitudes en cualquier campo de investigación que incluya prácticas clínicas que impliquen contacto directo con pacientes en EE. UU. Los candidatos que presenten proyectos en estos campos deberán entregar, antes de la concesión definitiva de la beca, un impreso de aceptación de las normas que afectan a la experimentación con seres vivos, ya sean humanos o animales, proporcionado por el Programa Fulbright y firmado tanto por la institución de destino como por el propio candidato.
- f. No haber obtenido un visado J en los dos años previos a la fecha de inicio de la estancia.
- g. No podrán disfrutar de manera simultánea o consecutiva en Estados Unidos de cualquier otro tipo de beca o de ayuda económica concedida por conceptos iguales o similares.
Dotación
La dotación de las Becas Fulbright Fundación Séneca Región de Murcia incluye asignaciones por los siguientes conceptos:
- Viaje de ida y vuelta: 1.200 euros.
- Asignación mensual: 3.200 euros / mes en concepto de alojamiento, manutención y gastos adicionales.
- Ayuda familiar: 150 euros por acompañante/mes (máx. 2).
- Ayuda viaje internacional: 650 euros por acompañante (máx. 2).
Las estancias deben disfrutarse de manera continuada e ininterrumpida, por semanas completas y las asignaciones mensuales se podrán prorratear en función de la duración de la estancia.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Fulbright Fundación Séneca Región de Murcia a esta convocatoria podrán presentarse desde el 13 de abril hasta las 14.00 horas del 2 de octubre de 2026, considerándose inhábil el mes de agostol
- Sede electrónica. La formalización de la solicitud se realizará telemáticamente y requiere cumplimentar en la sede electrónica de la Fundación Séneca-Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia: www.fseneca.es, los datos personales y profesionales, los relativos a la actividad a desarrollar y el resto de la información necesaria para la tramitación de la solicitud.
- Registro previo. El registro se producirá por una sola vez, a través de la página de inicio de la Fundación Séneca, seleccionando “zona privada+registro” y, a continuación, “Registro/Nuevo usuario” si el solicitante no está registrado con anterioridad, debiendo completarse todos los campos obligatorios.
Una vez registrado, el solicitante tendrá acceso a la aplicación informática a través de la introducción de su número de usuario, clave de acceso y número de seguridad que aparece en pantalla o mediante la utilización de DNI electrónico o certificados electrónicos, lo que le permitirá cumplimentar y presentar su solicitud.
Más información
Objeto de la convocatoria
La Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América (en adelante, la Comisión) y la Fundación Séneca anuncian la convocatoria de un número máximo de tres becas para realizar investigación postdoctoral en universidades o centros de investigación de Estados Unidos (en adelante, EE. UU.), en cualquier disciplina, durante un periodo mínimo de nueve y máximo de doce meses.
Este programa de becas Fulbright está dirigido a personal docente y/o investigador con vinculación funcionarial o contractual, docente o investigadora, con universidades y organismos de investigación de la Región de Murcia, con dedicación a tiempo completo y en servicio activo, y que estén interesados en llevar a cabo proyectos de investigación postdoctoral en EE. UU.
Este programa de becas está patrocinado con fondos provenientes del Gobierno de España, del Gobierno de los Estados Unidos de América y del Gobierno de la Región de Murcia.
El Programa Fulbright apoyará a los candidatos a través de los servicios especificados en la base IX, pero no gestionará la invitación de las instituciones estadounidenses. Es imprescindible disponer de una carta de invitación previa para presentar la solicitud a esta convocatoria.
La situación administrativa de la persona receptora de la beca durante su estancia será la de servicio activo en estancia formativa de acuerdo con el artículo 17.6 de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011 de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Duración de las becas
El período de disfrute de estas becas será de un mínimo de nueve y un máximo de doce meses continuados, sin posibilidad de renovación ni extensión. La estancia deberá comenzar a partir del 1 de junio de 2027 y deberá terminar no más tarde del 31 de diciembre de 2028. Las estancias financiadas deberán disfrutarse de manera continuada e ininterrumpida, por semanas completas.
Resolución
El resultado del proceso de selección se informará a los solicitantes mediante Resolución de la Presidencia de la Fundación Séneca. La Junta de Gobierno de la Comisión ratificará las candidaturas finalistas en base a la Resolución de la Fundación Séneca y éstas se presentarán al J. William Fulbright Foreign Scholarship Board de EE. UU. Máximo órgano de decisión del programa Fulbright. La condición de becario Fulbright únicamente se adquirirá cuando este órgano ratifique a los candidatos seleccionados y estos obtengan el visado J1 para poder realizar su beca en los EE. UU.
La Resolución se comunicará por correo electrónico a los adjudicatarios de las becas así como a los suplentes y denegados.
Obligaciones de los becarios
Remitir a la Fundación Séneca, tras la Resolución de la convocatoria, los siguientes documentos:
- a. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y fiscales con la Administración del Estado y de no ser deudora por resolución de procedimiento de reintegro.
- b. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de no ser deudora por resolución de procedimiento de reintegro.
- c. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Cumplimentar los informes, formularios y demás documentación que se les soliciten por parte de la entidad estadounidense, la Fundación Séneca o la Comisión Fulbright.
Presentar a la Comisión Fulbright una memoria final sobre las actividades desarrolladas y una declaración responsable que indique el periodo total de disfrute de la beca y, en su caso, siempre que cumpla con una estancia igual o superior al 80% de la duración de la beca, el tiempo de la estancia de los familiares acompañantes. La Fundación Séneca y Fulbright se reservan el derecho a reclamar una devolución de las ayudas recibidas por periodos de estancia no disfrutados tanto por la persona beneficiaria como por sus familiares dependientes.
En caso de viajar a Estados Unidos con familiares, suscribir una póliza de seguro de enfermedad y accidentes con cobertura completa para los familiares de la persona beneficiaria de la ayuda, que incluya los desplazamientos internacionales y nacionales. La suscripción de este seguro de enfermedad y accidentes deberá ser igual o similar al que la Comisión Fulbright suscribe para la propia persona becada, con una cobertura mínima de 100.000 dólares estadounidenses. El coste de este seguro correrá a cargo de la persona becada.
Si de la estancia se derivaran publicaciones, deberá mencionarse en ellas expresamente la financiación asociada de la beca Fundación Séneca-Fulbright.
Servicios proporcionados por el programa Fulbright
- a. Documentación necesaria, coste y asesoramiento para la gestión de solicitud del visado J-1 para el/la beneficiario/a y los correspondientes J-2 para los familiares a su cargo que le acompañen. Quienes figuren como pareja de hecho no podrán solicitar visados de familiar acompañante (J-2), por lo que deberán consultar la legislación aplicable para estancias superiores a los 90 días y gestionar, en su caso, el correspondiente visado.
- b. Póliza de seguro de hasta 100.000 dólares de cobertura por accidente o enfermedad, suscrita por el Gobierno de EE. UU. para los becarios Fulbright. Asimismo, serán financiados por dicho Gobierno los gastos administrativos generados en los EE. UU. por el Servicio de Asistencia en general al Programa.
- c. Gestión económico-administrativa de la beca, incluyendo los pagos a los beneficiarios/as de las becas Fulbright.
- d. Servicios de apoyo, gestión y asesoría a través de la Comisión Fulbright desde el momento de la concesión de la ayuda hasta la incorporación a EE. UU., y a través del organismo colaborador en EE. UU. durante la estancia.
- e. Acceso a las redes de antiguos alumnos Fulbright.
Incompatibilidades
- No podrán participar en la presente convocatoria las personas se quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- a. Tener doble nacionalidad, española y estadounidense; derecho automático a adquirirla por nacimiento, filiación o matrimonio o disponer del permiso de residencia permanente en EE. UU.
- b. Haber sido titular de un tipo de visado incompatible con el visado J-1 con el que deben viajar a EE. UU. todos los becarios Fulbright.
- c. Ser empleado o tener relación de parentesco de primer grado con algún vocal o directivo de la Comisión o de otra institución patrocinadora de estas becas Fulbright.
- Las ayudas previstas en el artículo tercero de la presente convocatoria son incompatibles con la percepción simultánea o consecutiva de otras ayudas o becas, salvo autorización previa y expresa de la Comisión.
- A fin de facilitar la extensión de los resultados y el mayor impacto científico, técnico, social y económico de la actividad de investigación a desarrollar por los adjudicatarios en los centros receptores, las ayudas concedidas en virtud de esta convocatoria serán compatibles con la utilización de fondos obtenidos por los adjudicatarios de otras fuentes de financiación, públicas o privadas, para la misma línea de investigación que podrán destinarse, entre otros, a, los gastos de desplazamiento, dietas para asistir a otros laboratorios o centros de investigación, visitas a fincas experimentales, asistencia a congresos y reuniones científicas, u otros relacionados de forma directa con el proyecto o proyectos financiados y conforme a la normativa reguladora de los mismos.
Lo anterior no supondrá, en ningún caso, la modificación de las condiciones y los fondos no podrán destinarse a incrementar la dotación económica concedida en virtud de la presente convocatoria.
- Proceso de evaluación. Las propuestas que resulten admitidas serán evaluadas conforme al proceso EVALUNET desarrollado por la Fundación Séneca, basado en análisis expertos y buenas prácticas acreditadas sobre métodos, criterios y protocolos de evaluación utilizados en los ámbitos regional, nacional e internacional y ampliamente aceptados por la comunidad científica. Este proceso se encuentra descrito en la página web de la Fundación Séneca: www.fseneca.es.
- Asignación de las propuestas. Las solicitudes que cumplan los requisitos de admisión se asignarán al área de aplicación seleccionada por el solicitante, en el que será evaluada. En el proceso de evaluación las propuestas podrán ser trasladadas a otras áreas si, a juicio de los evaluadores, éstas se adecúan mejor a sus características y objetivos.
- Evaluación externa. La evaluación científico-técnica se realizará por un Panel de Expertos científicos y tecnólogos integrado por evaluadores de reconocido prestigio y trayectoria investigadora consolidada pertenecientes a universidades, centros de investigación y centros de innovación ubicados fuera de la Región de Murcia.
- El proceso de evaluación se desarrollará de acuerdo con criterios de mérito, capacidad y no discriminación en condiciones que aseguren el acceso y publicidad de las ayudas convocadas.
- Principios éticos de actuación, compromiso de confidencialidad y ausencia de conflicto de intereses.
- Los evaluadores actuarán conforme a los principios de competencia, imparcialidad, objetividad y confidencialidad, gozarán de libertad para expresar su juicio y valoración científica mediante la emisión de los informes correspondientes sobre las propuestas sometidas a su consideración y se comprometerán a no mantener contacto ni intercambiar información sobre las propuestas sometidas a evaluación o el proceso de evaluación de las mismas con los investigadores. La información obtenida como consecuencia de su participación en el proceso de evaluación no será transmitida a terceros ni empleada en ningún caso en propio beneficio o en el de éstos.
- Los evaluadores declararán así mismo formalmente que no existen conflictos de intereses con las personas que participan en las propuestas sometidas a su consideración o las instituciones u organismos a los que pertenecen que de cualquier modo pudieran comprometer su imparcialidad.
- Criterios de evaluación. Las solicitudes admitidas se evaluarán en función de los siguientes criterios, por un máximo de 100 puntos: * consultar listado de criterios de evaluación en las bases de la convocatoria.
- El resultado del proceso de selección, una vez dictada la Resolución de la Presidencia de la Fundación Séneca, será comunicada a los solicitantes. La Junta de Gobierno de la Comisión ratificará las candidaturas finalistas en base a la Resolución de la Fundación Séneca y éstas se presentarán al J. William Fulbright Foreign Scholarship Board de EE. UU., máximo órgano de decisión del programa Fulbright. La condición de becario Fulbright únicamente se adquirirá cuando este órgano ratifique a los candidatos seleccionados y estos obtengan el visado J1 para poder desarrollar su beca en los EE. UU.
- La Resolución se comunicará por correo electrónico a los adjudicatarios de las becas, así como a los suplentes y denegados.
Documentación a adjuntar
La solicitud se encuentra dividida en las siguientes secciones:
- a. Impreso de solicitud. Esta sección comprenderá aquellos datos específicos de la convocatoria que no estén recogidos en el registro de usuarios.
- b. Resumen de actividad. En esta sección se introducirán los datos relativos al título y al resumen de la actividad a realizar, así como los datos del centro de investigación de destino en los Estados Unidos.
- c. Anexos. A través de esta sección, el solicitante deberá subir a la aplicación web los siguientes documentos:
- Memoria detallada, impacto de la estancia y centro receptor. Este archivo que incluye los siguientes tres apartados, deberá estar redactado en castellano:
- a. Memoria de actividad a desarrollar.
- b. Impacto para el solicitante y para la cooperación científica entre las instituciones de origen y receptora.
- c. Relevancia científica del centro receptor propuesto.
- Currículum vitae del solicitante. A través de este anexo se deberá incluir el currículum vitae del solicitante según el modelo del Ministerio competente en materia de ciencia e innovación (modelo normalizado extenso) disponible en la solicitud online.
- Documento de identidad. Este archivo incluirá copia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
- Acreditación del título de doctor. Se deberá adjuntar, en formato pdf, documento oficial que acredite fehacientemente la obtención del grado de doctor y la fecha del mismo. Se admitirá como acreditación la hoja de servicios obtenida a través de la oficina virtual del organismo correspondiente firmada electrónicamente por dicho organismo.
- Vinculación con el centro de origen. Se deberá adjuntar, en formato pdf, documento oficial que acredite fehacientemente la vinculación estatutaria o contractual del solicitante, en situación de servicio activo y dedicación exclusiva, con una universidad o centro de investigación público o privado sin ánimo de lucro radicado en la Región de Murcia. En dicho documento deberá constar la fecha de inicio y fin del contrato en caso de que se trate de una vinculación no indefinida a dicho centro. Se admitirá como acreditación la hoja de servicios obtenida a través de la oficina virtual del organismo correspondiente firmada electrónicamente por el mismo.
- Autorización del centro de origen. Se deberá adjuntar, en formato pdf, la autorización concedida al solicitante para el desarrollo de la estancia por parte del organismo al que pertenezca, en la que constará su fecha de inicio y finalización, centro de destino y actividad a realizar. En el caso de universidades, se admitirá a tal efecto la autorización del Rectorado o del Vicerrectorado competente con firma delegada oficialmente o, en su caso, certificado de su aprobación en Consejo de Gobierno cuando por la duración prevista de la estancia así se requiera. En el caso de organismos públicos de investigación, la autorización se expedirá por la Dirección del centro o por la persona u órgano legalmente habilitado para ello en función de la duración de la estancia.
- Carta de invitación. Este archivo incluirá la carta de aceptación de la institución estadounidense donde se comprometan a acoger al becario Fulbright en las fechas especificadas. Esta carta deberá enfatizar el interés en la colaboración, y tendrá que estar firmada por la persona que acoja al solicitante. En caso de que ésta no sea la competente para la firma institucional, se podrá añadir una segunda carta.
- En su caso, copia de cualquier visado para EE. UU. vigente en los dos años previos a la fecha de inicio de la estancia.
- En su caso, en los proyectos que puedan implicar prácticas clínicas o contacto directo con pacientes, se deberá completar el impreso que se puede descargar desde la página resumen de la convocatoria en: www.fulbright.es. La obligatoriedad de firma de este impreso puede extenderse a los campos de las ciencias médicas y veterinarias, enfermería, odontología, asesoramiento psicológico o cualquier otro campo que requiera contacto clínico directo con el paciente y/o prescribir o administrar medicamentos.
- Libro de familia. En caso de solicitar los fondos adicionales para cubrir los gastos de acompañantes, se adjuntará libro de familia o certificación que lo sustituye tras la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.




