Becas Canigó - Francesc Vendrell
INSCRIPCIONES
Becas Canigó - Francesc Vendrell: solicitud y plazos
Descripción
La Generalitat de Cataluña establece la convocatoria de las Becas Canigó - Francesc Vendrell que están dirigidas a personas que cuenten con titulación universitaria y que desee mejorar su perfil académico y su experiencia práctica en el ámbito de las políticas y las actividades relacionadas con las relaciones exteriores, especialmente en aquellas materias que afectan directamente a Cataluña.
Pueden optar a una de estas becas aquellas personas que sean mayores de edad, cuenten con nacionalidad de alguno de los países que conforman la Unión Europea, y contar con residencia en Cataluña, y que además reúnan el resto de los requisitos establecidos en la convocatoria.
El desarrollo de la formación práctica objeto de esta convocatoria se llevará a cabo dentro de los plazos establecidos e indicados en las bases de la misma.
Las Becas Canigó - Francesc Vendrell constituyen, por tanto, una gran oportunidad con la que los titulados universitarios residentes en Cataluña, podrán mejorar sus conocimientos y adquirir nuevas herramientas y habilidades, en organizaciones públicas multilaterales e internacionales, así como en las instituciones de la Unión Europea.
Con todo ello, los candidatos seleccionados disfrutarán de un periodo de estancia en el extranjero, conociendo de primera mano la cultura y los lugares más emblemáticos de otros países.
Conoce aquí y ahora todos los detalles relacionados con las Becas Canigó - Francesc Vendrell.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Rama
- Ciencias Políticas
- País de origen
- España
- Región de origen
- Cataluña
- Nacionalidades
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Pueden solicitar las Becas Canigó - Francesc Vendrell las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- a. Ser mayores de edad.
- b. Tener la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de los países candidatos a la adhesión.
- c. Tener residencia efectiva en Cataluña o estar inscritas en el Registro de catalanes y catalanas residentes en el exterior un mínimo de 2 años continuos o de 2 años discontinuos dentro de los 10 años inmediatamente anteriores al momento en que se publique la convocatoria correspondiente.
- d. Tener titulación universitaria oficial de la Unión Europea. En el caso de tener una titulación de países no miembros, debe presentarse la homologación oficial del ministerio competente. A efectos de estas bases reguladoras, se entenderá por persona titulada universitaria la que tenga un título universitario o un documento acreditativo del pago de los derechos de expedición del título. Quedan excluidos de estas bases reguladoras los estudios de extensión universitaria y títulos propios.
- e. Tener conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1), de conformidad con lo que establece el Decreto 37/2024, de 6 de febrero, sobre evaluación y certificados de conocimientos de lengua general de catalán.
- f. Tener la aceptación para llevar a cabo las prácticas formativas de alguna de las instituciones multilaterales u organizaciones internacionales que conste en la correspondiente convocatoria.
- g. No haber recibido anteriormente una beca o ayuda en el mismo programa.
- h. No estar incursas en ninguno de los supuestos de prohibición de obtener subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Dotación
- El pago de las Becas Canigó - Francesc Vendrell se hará de la siguiente forma: el 80% del importe de la ayuda se abonará con carácter de anticipo a partir de la notificación de la resolución de otorgamiento a la persona beneficiaria mediante una transferencia bancaria a la cuenta corriente indicada, una vez resuelta la convocatoria. Para este pago no es necesario presentar ninguna garantía.
- El 20% restante se hará efectivo una vez comprobada la justificación de la subvención otorgada, cuando ésta sea correcta, en los términos que establece la base reguladora 19 y una vez cumplidas todas las obligaciones de estas bases.
- Estas ayudas estarán sometidas a las retenciones fiscales correspondientes ya las cotizaciones de la Seguridad Social de acuerdo con lo que establezca la normativa vigente correspondiente.
Presentación
La solicitud de las Becas Canigó - Francesc Vendrell y la documentación que debe adjuntarse las debe formalizar la persona interesada mediante el formulario normalizado de solicitud publicado en la Sede electrónica: https://web.gencat.cat/ca/seu-electronica, a través de la página web Tràmits gencat.Más información
Objeto y finalidad
- El objetivo de estas bases es regular las ayudas para fomentar prácticas formativas en organizaciones internacionales públicas multilaterales y de carácter intergubernamental y en las instituciones de la Unión Europea, con una estructura orgánica permanente e independiente.
- Se entiende por organizaciones internacionales las que agrupan a varios estados o gobiernos subestatales, tanto si tienen vocación universal o cuasiuniversal, como si tienen carácter regional o multiregional. Las organizaciones internacionales comportan la existencia de una secretaría general permanente con una sede fija, un presupuesto con cargo a sus gobiernos miembros de acuerdo con un criterio determinado de contribuciones, y un funcionariado estable formado por la ciudadanía de todos sus estados o gobiernos miembros. Quedan excluidas las organizaciones no gubernamentales, especialmente de ámbito internacional, y las comisiones o comités nacionales de organizaciones internacionales o fórmulas asimilables.
- Las ayudas tienen como finalidad contribuir económicamente a hacer frente a los gastos derivados de las prácticas formativas. El departamento competente en materia de acción exterior no asume responsabilidad alguna derivada de estas prácticas formativas.
- Estas ayudas tienen la consideración de subvenciones y, por tanto, están sometidas a la normativa vigente reguladora de subvenciones.
Destinatarios
- El período de desarrollo de las prácticas formativas objeto de la ayuda será el que determine la organización internacional que corresponda. El inicio de la estancia tendrá lugar entre el 1 de octubre del año anterior de la publicación de la convocatoria y el 30 de septiembre del año de la publicación de la convocatoria correspondiente.
- Si la convocatoria se publica anticipadamente, la estancia tendrá lugar entre el 1 de octubre del año de la publicación de la convocatoria y el 30 de septiembre del año siguiente.
- La convocatoria correspondiente establecerá la duración de la estancia, que no podrá ser superior a 18 meses, y el importe máximo mensual de las ayudas.
- El órgano instructor formula la propuesta definitiva de concesión a la vista, en todo caso, de la propuesta de resolución provisional, de la documentación adicional presentada por las personas beneficiarias propuestas y de las comprobaciones de oficio correspondientes, y la elevará al órgano competente para resolver.
- En la resolución de concesión debe figurar, como mínimo, la identificación de la persona o las personas beneficiarias, el importe de la ayuda, las condiciones que debe cumplir la persona beneficiaria, el plazo de ejecución y de justificación de las actuaciones subvencionadas y la identificación de la partida presupuestaria a la que se imputarán estas ayudas.
- La resolución de concesión de la ayuda puede modificarse en caso de alteración de las condiciones. Asimismo, la cuantía de la ayuda puede ser reducida parcial o totalmente, antes de que se dicte la resolución definitiva, como consecuencia de las restricciones que se deriven del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Documentación a adjuntar
Las personas solicitantes deben hacer constar en el impreso de solicitud normalizado, y deben anexarlo telemáticamente, la siguiente documentación:
- a. Pasaporte, en caso de no disponer de DNI o NIE.
- b. Copia de las titulaciones universitarias de estudios de grado, licenciatura, ingeniería o diplomatura, únicamente si son anteriores al año 1991, se han obtenido seis meses antes de realizar la solicitud o bien se trata de un título no expedido por el Ministerio de Educación. Adicionalmente, también las titulaciones de posgrado y/o máster universitarios.
- c. Certificado del nivel de suficiencia (C1) de catalán, o equivalente.
- d. Currículum personal.
- e. Documento de aceptación de las prácticas por parte del organismo internacional de acogida, donde deben constar las fechas de inicio y fin.
- f. Declaración del organismo internacional de acogida relativo a la percepción de cualquier remuneración derivada de una relación laboral con éste, si la hubiere. Esta declaración debe detallar el importe bruto mensual, el número total de meses previstos para realizar las prácticas y el importe total a percibir por la persona solicitante.
- g. Documento acreditativo de la percepción de otra ayuda o beca para la financiación de la misma estancia, en el supuesto de que exista. Este documento debe detallar el importe bruto mensual, el número total de meses previstos para realizar las prácticas y el importe total que debe percibir la persona solicitante.
- h. Memoria explicativa de la propuesta de plan de trabajo, según modelo normalizado.
- i. Hoja de domiciliación bancaria debidamente formalizada, de acuerdo con el modelo del departamento competente en materia de economía y finanzas disponible. Este documento debe aportarse en caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una ayuda y/o una subvención al departamento competente en materia de acción exterior.
- j. En caso de tener residencia fuera del Estado español, certificado de residencia fiscal del país.
No es necesario aportar los documentos indicados en las letras anteriores (apartados a, b, c, i), en caso de que la persona solicitante los haya presentado anteriormente a cualquier órgano de la Administración de la Generalidad, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la presentación y no hayan experimentado ninguna modificación. En este supuesto, debe indicarse claramente la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados y el procedimiento al que hacían referencia.