Becas a Universitarios Afectados por la DANA Santander
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Becas a Universitarios Afectados por la DANA Santander: solicitud y plazos
Descripción
El Banco Santander es la entidad financiera encargada de la convocatoria de las Becas a Universitarios Afectados por la DANA Santander.
Estas becas pretenden paliar la situación sufrida por numerosas familias que se han visto afectadas por los efectos de la DANA ocurrida entre los días 28 de octubre y 4 de noviembre de 2024, y que ha causado numerosos daños personales y materiales.
Las Becas a Universitarios Afectados por la DANA Santander están destinadas a los estudiantes de Grado o Máster de algunas de las universidades participantes en este programa de becas.
Además, la DANA debe haber afectado económicamente y de manera directa al estudiante y/o a su familia.
Entre los casos en que serán otorgadas las becas se encuentran: fallecimiento o desaparición de los sustentadores principales de la unidad familiar derivado de la DANA, estar en situación de desempleo o ERTE, por daños en vivienda habitual, u otros impactos significativos en ingresos o sustentos económicos.
Mediante las Becas a Universitarios Afectados por la DANA Santander, los alumnos seleccionados recibirán una dotación económica que supondrá una importante ayuda para hacer frente a tan difícil situación, y que contribuirá a continuar con el normal desarrollo de sus estudios de Grado o Máster.
Conoce aquí y ahora toda la información relacionada con las Becas a Universitarios Afectados por la DANA Santander.
Datos básicos
- Nº de becas
- 550
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Tendrán la condición de candidatos y, por tanto, podrán optar a ser beneficiarios de las Becas a Universitarios Afectados por la DANA Santander, los estudiantes universitarios que cumplan con los siguientes requisitos:
- Estar matriculado en el año académico 24/25 en estudios de grado o máster en alguna de las universidades adheridas al Programa.
- Que la DANA haya afectado económicamente y de manera directa al estudiante y/o a su familia.
Dotación
Se otorgarán un total de 550 Becas a Universitarios Afectados por la DANA Santander con una dotación económica de 2.000 euros cada una.
Presentación
- Será condición ineludible para ser beneficiario de las Becas a Universitarios Afectados por la DANA Santander, estar inscrito en el Programa a través de la Plataforma Santander Open Academy, preferiblemente con el correo electrónico de cada candidato.
- La notificación de la concesión de las becas será a través del sistema de gestión habilitado a las Universidades en dicha Plataforma.
Más información
Objetivos
- En virtud del Programa se ofrecerá una ayuda económica con el fin de apoyar a los universitarios cuyas familias o medios de vida se han visto afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos que ha tenido lugar entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 (en adelante, la “DANA”).
- La ayuda va dirigida a estudiantes universitarios que estén matriculados en alguna de las universidades adheridas al Programa que tengan convenio con Santander (en adelante, las “Universidades”), para que puedan continuar con sus estudios sin que la situación actual incida en su desarrollo académico.
Universidades participantes
- Universidad de Alicante
- Universidad CEU Cardenal Herrera
- Universidad Castilla la Mancha
- Universidad Católica de Valencia
- UJI Universitat Jaume I
- Universidad de Málaga
- Universidad Miguel Hernández
- UPV Universitat Politècnica de València
- UNED Universidad Nacional de Educación a Distancia
- UV Universitat de València
- VIU Universidad Internacional de Valencia
- Universidad Europea de Valencia
- Serán las Universidades quienes determinen la lista de Candidatos a quienes se les asignan las Ayudas (en adelante, los “Beneficiarios”).
- Las Universidades valorarán de manera individual el nivel de afectación en el ámbito personal y/o familiar y/o económico, dando prioridad a aquellos estudiantes que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad. Entre otros, podrá tenerse en cuenta alguno de los siguientes supuestos:
- Fallecimiento o desaparición de alguno de los sustentadores principales de la unidad familiar derivado de la DANA.
- Patologías sanitarias derivadas de la DANA, que hayan podido afectar de manera significativa en la economía de la unidad familiar.
- Estar en situación de desempleo o expediente de regulación de empleo temporal (ERTE) como consecuencia directa de la DANA.
- Estar dado de alta como autónomo y haber recibido el beneficio extraordinario por el cese de actividad.
- Hallarse en situación de persona empleada, pero que su jornada laboral se haya visto reducida como consecuencia directa de la DANA.
- Por daños en vivienda habitual o arrendada, así como en local comercial o centro de trabajo en el caso de autónomos/empresarios: destrucción total de la vivienda/local o daños que afecten gravemente a su estructura.
- Cierre de la empresa, comercio, negocio u otra actividad económica familiar de uno ovarios de los miembros que contribuían a los ingresos de la unidad familiar.
- Otros impactos significativos en ingresos o sustentos económicos de la unidad familiar que se puedan atribuir directamente a los efectos provocados por la DANA.
- No obstante lo anterior, las Universidades podrán tener en cuenta criterios adicionales que consideren oportunos para la asignación de las Ayudas, siempre y cuando no afecten a los establecidos en la presente convocatoria, siendo su responsabilidad determinar y verificar el efectivo cumplimiento de los mismos, así como seguir los procedimientos de gestión habituales en la convocatoria interna que realicen para el desarrollo y ejecución del Programa, según su propia normativa interna y políticas de otorgamiento de ayudas.
- El plazo de asignación de las Ayudas por parte de las Universidades terminará el 21 de febrero de 2025. Tal asignación se comunicará a los Beneficiarios quienes dispondrán de 7 días naturales para cursar su aceptación, todo ello a través de la Plataforma.
- Tras concederse la Ayuda, si se comprueba que los datos facilitados para justificar la Ayuda no son ciertos y no se cumplen las bases de la presente Ayuda, la universidad se reserva el derecho a revocar su concesión y a solicitar al beneficiario que atienda las obligaciones de las que quedaría exonerado fruto de la presente Ayuda.
- Las Universidades abonarán el importe de la Ayuda mediante ingreso en una cuenta abierta a nombre del Beneficiario. Con el fin de promover la inclusión financiera, Banco Santander incorpora en su oferta comercial una cuenta corriente gratuita.
- El 31 de marzo de 2025 (en adelante, el “Plazo”) se dará por cerrado el Programa.