Ayuntamiento Laguna Dalga

Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga

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INSCRIPCIONES

Inicio11/07/2026 Fin16/10/2026
Abierta

Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Laguna Dalga ha establecido ayudas destinadas a las familias para contribuir a sufragar parte del coste de los libros de texto y del material escolar correspondiente al curso 2026-2027. Las Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga están dirigidas a alumnos empadronados en el municipio que cursen Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o ciclos de Formación Profesional en centros educativos de la provincia de León.

La cuantía máxima de la ayuda depende del nivel educativo. Se ofrecerán 100 euros para Educación Infantil, 200 euros para Educación Primaria y hasta 300 euros para Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional. La cantidad concedida no podrá superar en ningún caso el coste real acreditado de los materiales subvencionables adquiridos para cada alumno.

Las Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga se concederán individualmente por cada alumno beneficiario, de modo que las familias con varios hijos podrán solicitar la ayuda correspondiente para cada uno de ellos. Entre los requisitos se encuentran el empadronamiento del menor y del solicitante, la escolarización en un centro educativo de la provincia de León y la ausencia de deudas con el Ayuntamiento. 

Si deseas consultar toda la información sobre las Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga, aquí te la mostramos.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica
País de origen
  • España
Región de origen
  • Castilla y León
Provincia de origen
  • León
Localidad
Laguna Dalga
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Beneficiarios y requisitos para solicitar las Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los padres, madres o tutores legales de los alumnos que cursen los estudios indicados en el artículo 1, siempre que en el momento de presentación de la solicitud concurran todos los requisitos siguientes:

Empadronamiento del menor. El alumno deberá estar empadronado en el municipio de Laguna Dalga en el momento de presentación de la solicitud.

Empadronamiento del solicitante. Con carácter general, al menos uno de los progenitores deberá estar empadronado en el municipio de Laguna Dalga con una antigüedad mínima e ininterrumpida de un año en la fecha de presentación de la solicitud. En casos de fallecimiento de ambos progenitores, el requisito de empadronamiento será exigible al representante legal del menor o, si el alumno es mayor de edad, al propio alumno solicitante. Cuando el alumno sea mayor de edad, podrá presentar la solicitud en nombre propio como beneficiario directo, siendo él mismo quien deba cumplir el requisito de empadronamiento con la antigüedad exigida, sin que sea necesario el empadronamiento de sus progenitores. La exigencia de antigüedad mínima de un año responde a la necesidad de acreditar una vinculación real, efectiva y estable con el municipio, evitando empadronamientos de conveniencia realizados con la única finalidad de acceder a esta convocatoria. Dicho plazo se considera proporcional a la naturaleza y finalidad de la ayuda, de carácter anual y vinculada a la pertenencia a la comunidad vecinal, sin que exista un medio menos restrictivo igualmente idóneo para verificar tal vinculación con la misma objetividad.

Centro de escolarización. El alumno deberá estar matriculado en un centro educativo situado en la provincia de León.

Ausencia de deudas con el Ayuntamiento. El solicitante no deberá mantener deuda alguna, de cualquier naturaleza y cuantía, con el Ayuntamiento de Laguna Dalga en el momento de presentación de la solicitud. El solicitante que tenga deudas pendientes con el Ayuntamiento dispone del plazo hasta el 16 de octubre de 2026 para proceder a su pago y acreditar documentalmente su cancelación. La mera solicitud de aplazamiento o fraccionamiento no será suficiente para entender cumplido el requisito, salvo que el aplazamiento o fraccionamiento haya sido expresamente concedido por el Ayuntamiento con anterioridad a dicha fecha. El incumplimiento de este requisito en la fecha indicada determinará la denegación de la solicitud mediante resolución motivada. A tal efecto, el Ayuntamiento verificará de oficio la situación del solicitante en sus registros de deudores con carácter previo a la resolución del expediente.

Ausencia de prohibiciones para ser beneficiario. El solicitante no podrá hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la LGS para la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones públicas.

Dotación

Gastos subvencionables de las Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga

Son gastos subvencionables los libros de texto (ya sean en formato impreso o en formato digital, siempre que en este último caso el centro exija expresamente este soporte) y material escolar para el curso 2026-2027.

No son gastos subvencionables en ningún caso:

  • a. Ordenadores portátiles y de sobremesa.
  • b. Memorias USB, discos duros externos y cualquier otro dispositivo de almacenamiento externo.
  • c. Teléfonos móviles y dispositivos de comunicación.
  • d. Cualquier material no directamente vinculado a la actividad lectiva ordinaria del curso.

Conforme al artículo 31 de la LGS, los gastos subvencionables deberán responder de manera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada, ser necesarios para su desarrollo, resultar identificables y verificables, y estar debidamente justificados mediante factura que cumpla los requisitos de la normativa tributaria vigente en materia de facturación.

El período subvencionable abarca desde el 1 de junio de 2026 hasta el 16 de octubre de 2026, fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes establecida en el artículo 7. No serán subvencionables los gastos realizados fuera de este período. La admisión de gastos previos a la publicación de la convocatoria queda expresamente amparada por el artículo 31.1 de la LGS, que permite a las bases fijar como inicio del período subvencionable una fecha anterior a la concesión, siempre que dicha fecha esté expresamente determinada en las propias bases. El solicitante asume en todo caso el riesgo de que su solicitud sea finalmente denegada, sin que la realización del gasto con anterioridad a la concesión genere derecho adquirido alguno.

El importe máximo de la ayuda por alumno y curso es el siguiente:

Nivel educativo - Importe máximo:

  • 2.º Ciclo de Educación Infantil (3-6 años) o equivalente 100,00 €.
  • Educación Primaria o equivalente 200,00 €.
  • Secundaria o equivalente, Bachiller, formación profesional o equivalente 300,00 €.

Los importes indicados son por alumno.

En el caso de familias con más de un hijo beneficiario, la ayuda se calculará y concederá individualmente para cada alumno.
En ningún caso el importe de la ayuda podrá superar el coste real acreditado del material subvencionable adquirido para ese alumno y curso, conforme al artículo 19.3 de la LGS.

Presentación

Las solicitudes para las Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP, desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria y hasta el día 16 de octubre de 2026, fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes. La convocatoria se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de León (BOP), siendo ambas publicaciones preceptivas para garantizar la publicidad exigida por el artículo 23.2 de la LGS. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a computarse desde la última de las dos publicaciones, sin que en ningún caso pueda iniciarse antes del día siguiente a la publicación en el BOP. Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado que figura como Anexo I a las presentes bases, disponible en las dependencias municipales.

Más información

Objeto

Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de ayudas municipales destinadas a sufragar parcialmente el coste de adquisición de libros de texto y material escolar para el curso 2026-2027, dirigidas a los alumnos empadronados en el municipio de Laguna Dalga que cursen estudios de Segundo Ciclo de Educación Infantil (3 a 6 años), Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Ciclos de Formación Profesional de grado básico, medio o superior, en centros educativos situados en la provincia de León.

Instrucción del procedimiento

  • La instrucción del procedimiento corresponde a la Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Laguna Dalga, que actuará como órgano instructor conforme al artículo 24 de la LGS.
  • El órgano instructor examinará las solicitudes y la documentación aportada, realizará de oficio las comprobaciones que estime necesarias para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases, y podrá recabar información adicional de los interesados, de otros órganos administrativos o de los centros educativos dentro de los límites legales.
  • Completada la instrucción, y con carácter previo a la propuesta de resolución, el órgano instructor dará trámite de audiencia a los interesados cuyas solicitudes vayan a ser desestimadas o cuya propuesta de resolución difiera de lo solicitado, por un plazo de diez días, conforme al artículo 24.4 del RLGS.
  • Concluida la instrucción, el órgano instructor elaborará la propuesta de resolución motivada, en la que se identificarán los solicitantes para los que se propone la concesión y la denegación, con expresión de la cuantía propuesta y de los motivos de la denegación en su caso.

Resolución

La resolución de la convocatoria corresponde al Pleno del Ayuntamiento de Laguna Dalga.

La resolución se dictará en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin notificación de resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo, conforme al artículo 25.5 de la LGS.

La resolución de concesión se publicará en la sede electrónica del Ayuntamiento de Laguna Dalga, produciendo efectos de notificación conforme al artículo 45 de la LPACAP.

Contra la resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse:

  • Recurso potestativo de reposición ante el Pleno, en el plazo de un mes desde su notificación o publicación, conforme a los artículos 123 y 124 de la LPACAP.
  • Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de León, en el plazo de dos meses desde su notificación o publicación, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Justificación y pago

  • El pago de la ayuda se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el solicitante, previa verificación por la Intervención municipal de la adecuada justificación del gasto. La justificación se realizará en la forma establecida en las presentes bases, en cumplimiento de la obligación impuesta por el artículo 30 de la LGS, conforme al cual la convocatoria debe regular el plazo y la forma de justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención.
  • Constituyen documentos justificativos del gasto las facturas indicadas en el artículo 8.f), expedidas dentro del período subvencionable definido en el artículo 2.4.

Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios quedan sujetos a las siguientes obligaciones, conforme al artículo 14 de la LGS:

  • a. Destinar el importe de la ayuda exclusivamente a la adquisición de los materiales subvencionables indicados en el artículo 2 para el curso 2026-2027.
  • b. Comunicar al Ayuntamiento, de forma inmediata, cualquier alteración de las circunstancias que dieron lugar a la concesión, así como la obtención de otras ayudas, subvenciones o ingresos para el mismo concepto y curso, con independencia del momento en que se produzcan.
  • c. Facilitar cuantas actuaciones de comprobación y control financiero realice el Ayuntamiento, la Intervención municipal o cualquier órgano de control competente, conforme al artículo 32 de la LGS, aportando la información y documentación que se le requiera.
  • d. Conservar los documentos justificativos del gasto, en original, durante un plazo mínimo de cuatro años desde el día siguiente al pago de la subvención o, en su caso, desde que venció el plazo para presentar la justificación, a disposición del Ayuntamiento y de los órganos de control competentes, conforme al artículo 39.1 de la LGS.
  • e. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 de la LGS y en el artículo 13 de las presentes bases.

Reintegro

Procederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas, con los intereses de demora devengados desde la fecha del pago hasta la fecha del acuerdo de reintegro, calculados conforme al artículo 38 de la LGS, en los siguientes supuestos:

  • a. Obtención de la subvención falseando u ocultando datos o condiciones requeridas para su concesión.
  • b. Incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la ayuda.
  • c. Incumplimiento de la obligación de justificación o justificación insuficiente no subsanada.
  • d. Percepción de otras ayudas para el mismo concepto que, sumadas a la presente, superen el coste real del gasto subvencionado.
  • e. Cualquier otro supuesto previsto en el artículo 37 de la LGS.

El procedimiento de reintegro se tramitará conforme al artículo 42 de la LGS, garantizando en todo caso el derecho de audiencia del interesado con carácter previo a la resolución.

La acción para exigir el reintegro prescribirá a los cuatro años, contados desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación o, en su defecto, desde el día siguiente al pago de la subvención, conforme al artículo 39.1 de la LGS.

Documentación a adjuntar

La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

  • a. Solicitud en el modelo normalizado (Anexo I), debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante.
  • b. Copia del DNI o NIE del solicitante.
  • c. Libro de Familia o, en su defecto, certificación del Registro Civil (partida de nacimiento del menor) que acredite la filiación. En supuestos de tutela legal o curatela representativa, deberá aportarse la resolución judicial o administrativa que la acredite. En supuestos de guarda y custodia exclusiva, deberá aportarse copia de la resolución judicial acreditativa.
  • d. Certificado de empadronamiento del menor y del solicitante en el municipio de Laguna Dalga, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de solicitud, en el que conste la antigüedad del empadronamiento.
  • e. Certificado o justificante de matrícula del alumno para el curso 2026-2027, expedido por el centro educativo, en el que consten el nivel educativo cursado y la denominación y localización del centro.
  • f. Facturas que acrediten el gasto realizado en los materiales subvencionables, expedidas a nombre del solicitante, en las que conste obligatoriamente: identificación del vendedor (nombre o razón social, domicilio y NIF), número de factura, fecha de expedición, descripción detallada e individualizada de cada artículo adquirido con indicación de su denominación específica (no siendo admisibles descripciones genéricas tales como "material escolar", "libros", "varios" o similares), número de unidades e importe unitario y total con desglose del IVA. Las facturas deben cumplir los requisitos establecidos por la normativa tributaria vigente en materia de facturación. Las facturas que no cumplan los requisitos de detalle exigidos en este artículo serán inadmitidas, requiriéndose al solicitante para su subsanación conforme al artículo 68 de la LPACAP, sin que quepa sustituir una factura defectuosa por una nueva expedida con fecha posterior al período subvencionable definido en el artículo 2.4. En caso de tener varios hijos, se han de presentar facturas independientes para cada uno de los hijos.
  • g. Declaración responsable del solicitante, en el modelo normalizado que figura como Anexo II, en la que se haga constar:
    • No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la LGS.
    • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Laguna Dalga.
    • No tener deudas de ningún tipo con el Ayuntamiento de Laguna Dalga.
    • Las ayudas solicitadas o concedidas por otras Administraciones u organismos para el mismo concepto en el curso escolar 2026-2027, con indicación del importe y del organismo concedente, o declaración expresa de no haber solicitado ni percibido ninguna.

Si la solicitud no estuviese debidamente cumplimentada o faltase algún documento, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días contado conforme al artículo 68.1 de la LPACAP, subsane el defecto u omisión, con indicación de que, de no hacerlo, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución expresa dictada en los términos del artículo 68 de la LPACAP. Las facturas que no cumplan los requisitos de detalle exigidos en este artículo serán objeto de requerimiento de subsanación conforme al artículo 68 de la LPACAP, sin que quepa sustituir una factura defectuosa por una nueva expedida con fecha posterior al período subvencionable definido en el artículo 2.4.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga

El Ayuntamiento de Laguna Dalga ha establecido ayudas destinadas a las familias para contribuir a sufragar parte del coste de los libros de texto y del material escolar correspondiente al curso 2026-2027. Las Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga están dirigidas a alumnos empadronados en el municipio que cursen Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o ciclos de Formación Profesional en centros educativos de la provincia de León.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga" es: desde 11/07/2026 hasta 16/10/2026.

La Beca "Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Segundo ciclo de educación infantil
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Formación Profesional Básica

La Beca "Becas Libros Texto Material Escolar Ayuntamiento Laguna Dalga" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar