Becas Familias con Hijos Educación Obligatoria
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Becas Familias con Hijos Educación Obligatoria: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Vigo es el organismo público encargado de la convocatoria y gestión de las Becas Familias con Hijos Educación Obligatoria.
A través de estas becas, el Ayuntamiento de Vigo persigue apoyar económicamente a las familias empadronadas en esta ciudad, que tienen hijos que cursan estudios de Primaria, ESO, Formación Profesional Básica y Educación Especial, y que además cumplan con todos los requisitos que se establecen en la convocatoria.
Aquellos que finalmente resulten seleccionados con una de las Becas Familias con Hijos Educación Obligatoria, recibirán una dotación económica que supondrá una gran ayuda para las familias que cuentan con menos recursos.
De este modo, el Ayuntamiento de Vigo pretende apoyar a las familias más vulnerables, aportando así igualdad de oportunidades entre los estudiantes y asegurándose del normal desarrollo de estudios básicos en la formación de los más jóvenes.
Conoce a continuación toda la información de las Becas Familias con Hijos Educación Obligatoria y consulta cuáles son los plazos de presentación de solicitudes, los requisitos que deberás cumplir, la documentación que debes aportar y el lugar de presentación de tu solicitud.
No pierdas esta oportunidad que te ofrece el Ayuntamiento de Vigo, y solicita una de las Becas Familias con Hijos Educación Obligatoria.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primaria
- ESO
- Educación especial
- Formación Profesional Básica
- País de origen
- España
- Región de origen
- Galicia
- Provincia de origen
- Pontevedra
- Localidad
- Vigo
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- a. Que el alumnado para el que se solicita la ayuda esté matriculado en Educación Primaria,Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica o Educación Especial en centros educativos públicos o concertados situados en el término municipal de Vigo, o que los niños y niñas estén empadronados en Vigo y matriculados en las mismas etapas educativas en centros educativos sostenidos con fondos públicos de otros municipios.
- b. Que el solicitante conviva con los estudiantes para quienes solicita la asistencia. La convivencia habitual se comprobará comunicando los datos del padrón de población (Para solicitantes empadronados en Vigo, la verificación la realizará el Ayuntamiento de Vigo).
- c. Haber presentado la solicitud y la documentación necesaria en los plazos previstos.
- d. Que los titulares de las ayudas se encuentren al corriente del cumplimiento de sus obligaciones ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), con la Agencia Tributaria de Galicia (ATRIGA), con el Ayuntamiento de Vigo y con la Seguridad Social, debiendo cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general subvenciones (LXS).
- Para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias referidas se establece el régimen simplificado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.7 e) de la LSG, y el artículo 24.4 del RLXS.
- e. Situación de acogimiento: se acreditará mediante resolución judicial o administrativa.
- f. Situación de tutela: se acreditará mediante resolución judicial o administrativa.
Dotación
La cuantía de la ayuda será de 205,00 (doscientos cinco) euros por cada niño escolarizado que cumpla los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
Presentación
Las solicitudes deberán cumplimentarse mediante el formulario de solicitud (Anexo I) de obligado cumplimiento para los interesados.
- Solicitud electrónica (vía preferente): La solicitud podrá presentarse por medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Vigo a través de la URL: https://www. vigo.org/axudas-ensino (pulsando sobre el botón Tramitar vía Internet) adjuntando la documentación requerida en las bases, siendo necesario firmarla por cualquiera de los métodos de firma aceptados en la Sede Electrónica, que se pueden consultar en el enlace https://sede.vigo.org/expedientes/sede_textos/texto.jsp?idt=sede_firma.
- Solicitud presencial: Deberá completar el formulario de solicitud a través de la URL: https://www.vigo.org/axudas-ensino(pulsando en el botón Tramitar presencialmente) y posteriormente presentarlo en el Registro General Municipal del Ayuntamiento de Vigo junto con la Documentación requerida en las bases. Asimismo, los interesados podrán presentar sus solicitudes por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
Más información
Objeto y finalidad
Concesión de ayudas a familias con hijos matriculados en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, en centros docentes públicos y privados ubicados en Vigo, o que estén empadronados en Vigo y matriculados en el mismas etapas educativas en centros sostenidos con fondos públicos ubicados en otros municipios. Estas ayudas buscan paliar el impacto en el poder adquisitivo de las familias con menores a cargo provocado por el incremento generalizado de los precios, para que puedan hacer frente a los desembolsos extraordinarios que se requieren para la vuelta al colegio de los alumnos de las citadas etapas educativas.
Beneficiarios
Podrán beneficiarse de estas ayudas los padres, tutores o representantes legales de los alumnos matriculados en educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y educación especial en centros educativos sostenidos con fondos públicos situados en el término municipal de Vigo o en otros municipios, siempre que que, en este caso, los niños y niñas están empadronados en Vigo.
Compatibilidad y tratamiento tributario
La subvención concedida será compatible con otras ayudas o subvenciones de otros organismos públicos o privados con la misma finalidad.
El tratamiento fiscal de las ayudas previstas en estas bases será el que determine en cada caso la Administración Tributaria competente.
Para estos fines:
- Las ayudas están destinadas a familias con alumnos que estudian en centros reglados apoyados con fondos públicos para educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica y educación especial.
- La concesión de las ayudas se ajusta a los principios de generalidad, no discriminación en el acceso y publicidad en la convocatoria.
Concesión de la ayuda
- La Asamblea de Gobierno Local será el órgano competente para decidir sobre la concesión o denegación de ayuda.
- Teniendo en cuenta el elevado número de solicitudes, se podrá resolver la concesión de las ayudas gradualmente, a medida que avanza el proceso de verificación.
- El plazo para resolver será, como máximo, de nueve meses desde la fecha de finalización del Presentación de solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento. Transcurrido el mencionado plazo de nueve meses sin que la Junta de Gobierno Local emita resolución expresa, se entenderá que se desestima la solicitud de ayuda.
- La resolución del procedimiento se publicará en la página web del Consejo de Vigo (www.vigo.org), en el portal de transparencia y en el Tablón de Edictos, disponiendo los efectos de la notificación de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la LPACAP.
Documentación a adjuntar
Con carácter general, junto a la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:
- a. DNI, NIE o pasaporte del solicitante (sólo para solicitudes presenciales).
- b. Libro de familia completo o documento oficial que acredite a los miembros de la unidad familiar, con sus fechas de nacimiento.
- c. Folleto de inscripción familiar sólo para solicitantes no empadronados en Vigo.
- d. Certificado de matrícula del centro que acredite que el estudiante para el que se solicita la ayuda está matriculado en el curso 2023-2024 en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica o Educación Especial.
- e. Documento acreditativo del IBAN de la cuenta bancaria de la persona que solicita la ayuda.
- f. En su caso, otro documento que justifique la convivencia con el menor.
- g. Declaración responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de acuerdo con el artículo 24.4 del RLXS (Esta declaración se incluye en el formulario de solicitud).
Solicitantes que presentaron la documentación de las ayudas concedidas en el curso 2022-2023: De acuerdo con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, los solicitantes a los que se les hayan concedido ayudas a familias con hijos e hijas en educación obligatoria para el curso escolar 2022/2023, podrán No estarán obligados a presentar la documentación ya presentada y que podrá ser consultada por la Administración. Los solicitantes que se encuentren en este caso deberán firmar una Declaración Responsable en la que afirmen: que cumplen con los requisitos establecidos en las bases para la obtención de las ayudas (que los estudiantes para quienes solicitan las ayudas estén matriculados en las etapas educativas exigidas en un colegio público o concertado; que convivan con los alumnos para quienes soliciten ayuda y que ostenten su guarda/tutela) y que dispongan de la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, que se pondrá a disposición de la Administración en el caso de que así se les requiera. (esta declaración se incluye en el formulario de solicitud).