Becas Retorno de Talento Volvemos a Valladolid
INSCRIPCIONES
Becas Retorno de Talento Volvemos a Valladolid: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Valladolid presenta la convocatoria de las Becas Retorno de Talento Volvemos a Valladolid, que están destinadas a aquellas personas que han nacido o residido en la ciudad de Valladolid anteriormente, y que se encuentran actualmente residiendo fuera de la misma.
El principal propósito de estas becas es conceder ayudas económicas directas destinadas a apoyar, facilitar e incentivar el retorno a Valladolid de los profesionales que reúnan los requisitos indicados.
Entre éstos requisitos podemos citar el ser mayor de 18 años y tener nacionalidad española, acreditar una cualificación profesional mediante titulación universitaria o formación profesional de Grado Superior, o contar con una experiencia profesional mínima de 5 años.
Mediante las Becas Retorno de Talento Volvemos a Valladolid concedidas, se ofrecerá una cuantía individual máxima de 10.000 euros con el propósito de cubrir gastos de mudanza, viaje, etc.
Además serán valorados algunos criterios como ser menor de 35 años, dedicar su trabajo profesional a sectores de alta demanda como tecnología, hostelería u oficios manuales, y el tener personas a su cargo.
Mediante esta iniciativa el Ayuntamiento de Valladolid pretende fomentar el retorno de aquellas personas de esta ciudad, que por alguna circunstancia laboral, o profesional, residan en el extranjero.
Aquí tienes todos los detalles relacionados con las Becas Retorno de Talento Volvemos a Valladolid.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla y León
- Provincia de origen
- Valladolid
- Localidad
- Valladolid
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Podrán ser beneficiarios de las Becas Retorno de Talento Volvemos a Valladolid las personas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de dieciocho años y tener la nacionalidad española.
- Haber nacido o residido en Valladolid, al menos 12 meses, y haber residido y trabajado fuera de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, durante, al menos, 12 meses continuados, anteriores a la solicitud de la subvención.
- Acreditar una cualificación profesional mediante titulación oficial (universitaria, Formación Profesional de Grado Superior) o experiencia profesional de, al menos, 5 años en un sector de alta demanda.
- Establecer su residencia en Valladolid, durante al menos dos años, desde el momento del retorno, justificado con el certificado de empadronamiento.
- La fecha de retorno tiene que estar comprendida desde el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 para la primera resolución y hasta el 1 de noviembre de 2026 para la segunda resolución.
Dotación
Las Becas Retorno de Talento Volvemos a Valladolid tendrán una dotación máxima de 10.000 euros cada una, en función de los datos justificados y la baremación considerada.
- La cuantía individual de la beca será de 8.000 euros como máximo, o en todo caso hasta un 80 % del gasto justificado.
- La cuantía podrá incrementarse en 1.000 euros en el caso de jóvenes, menores de 35 años.
- La cuantía podrá incrementarse en 500 euros por cada persona a cargo,hasta el máximo de 10.000 euros en todo caso. En el caso de que una persona esté a cargo de dos o más personas beneficiarias el incremento se prorrateará a partes iguales entre las personas beneficiarias.
A efectos de estas ayudas se entenderá:
- Por gasto justificado. Incluye: mudanza, viaje, transporte, arrendamientos, gastos corrientes, curso perfeccionamiento español…No incluye: pagos en efectivo, inversiones, traspasos, impuestos (excepto pago de la cuota de autónomo si el retornado hubiese decidió establecerse por cuenta propia). Sólo se admitirán, a efectos de justificar la cuantía del gasto, los pagos efectuados y acreditados mediante factura y consiguiente extracto bancario de pago emitido por la entidad bancaria.
- Por persona a cargo. Hijos y otros descendientes de la persona solicitante o de su cónyuge o pareja de hecho que convivan con él, menores de 18 años o mayores de 18 con discapacidad acreditada, así como ascendientes de la persona solicitante o de su cónyuge o pareja de hecho que convivan con él, mayores de 65 años o menores de 65 con discapacidad acreditada.
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Retorno de Talento Volvemos a Valladolid se registrarán mediante Instancia General y se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Valladolid acompañadas de los documentos exigidos en la misma y aquellos que el/la solicitante considere necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria.
- La documentación se presentará preferentemente de forma electrónica:
- A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valladolid utilizando la instancia general: https://www.valladolid.gob.es/es/tramites-servicios/listado-busqueda-tramites/instancia-general.
- Registro electrónico común seleccionando como destino el Ayuntamiento de Valladolid (L01471868): https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do.
- En cualquiera de los lugares y formas previstas en los artículos 16.4 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Objeto
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas económicas directas para apoyar, facilitar e incentivar el retorno a Valladolid de diferentes profesionales, que residiendo fuera de la Comunidad de Castilla y León, hayan retornado a Valladolid durante este año 2025 o tengan previsto hacerlo durante el próximo año, hasta el 1 de noviembre de 2026. Esta iniciativa se enmarca en la estrategia de desarrollo económico Valladolid Now, buscando impulsar la atracción de talento para fortalecer el tejido productivo local y reforzar el atractivo de la ciudad para la inversión nacional e internacional. Así mismo, las ayudas están diseñadas para facilitar la reintegración profesional de los retornantes, tanto por cuenta ajena como por la creación de nuevos proyectos empresariales generando desarrollo económico en el municipio.
Criterios de valoración
- El procedimiento de concesión será mediante régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo contemplado en el art.22.2 c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, basado en razones de interés público, social y económico.
- Las solicitudes debidamente presentadas podrán ser objeto de concesión hasta donde alcance el crédito presupuestario disponible, siempre por riguroso orden de entrada y con la documentación a presentar completa.
- En el caso de que las solicitudes presentadas superen el crédito disponible se dirimirá la concesión valorando las circunstancias que se consideran para el incremento de la cuantía a conceder, de esta manera:
- 3 puntos si el solicitante es menor de 35 años.
- 2 puntos si acredita trabajo en sector profesional de alta demanda, entendiendo como tal aquellos en los que exista dificultad clara de búsqueda de profesionales (sector tecnológico, sector hostelería, oficios manuales, entre otros).
- 1 punto por cada persona a cargo declarada.
- La concesión de estas becas se realizará por orden decreciente de la puntuación obtenida en la aplicación de los criterios de valoración, siendo imprescindible para poder obtener la puntuación que cada una de las circunstancias y aspectos avalorar estén perfectamente acreditados.
Resolución
- El órgano competente para resolver es el Alcalde, a propuesta del órgano instructor.
- La Resolución de concesión expresará la identidad del beneficiario y el importe de la subvención que se concede, publicándose en la Sede Electrónica de del Ayuntamiento: https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid/convocatorias.
- La Resolución NO se notificará individualmente.
- Contra la citada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la hubiera dictado, conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la LPACAP o, directamente, recurso ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo simultanearse ambos; no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto en su caso.
Documentación a adjuntar
- Fotocopia del D.N.I.
- Acreditación de la representación de la persona que suscribe la solicitud si fuera distinta del solicitante.
- Certificado de empadronamiento en la ciudad de Valladolid, con especial atención a la ciudad de residencia, de fuera de Castilla y León, desde donde se traslade.
- Certificado de persona/s a cargo. (Libro de familia, padrón origen…).
- Justificante de ciudad de origen donde se especifique tiempo de permanencia real.
- Gastos de traslado y/o instalación.




