Becas Libros y Material - Ayto Miguelturra
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Becas Libros y Material - Ayto Miguelturra: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Libros y Material - Ayto Miguelturra se convocan por dicho ayuntamiento y tienen la finalidad de conceder unas cuantías económicas que ayuden a las familias con hijos escolarizados en en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica. El ayuntamiento pretende con estas becas garantizar que exista una igualdad en el derecho de los estudiantes de recibir una educación de calidad.
Las cuantías ayudarán a las familias que tienen dificultades para sufragar los gastos extras que se producen de manera mensual, cuando los menores se incorporan al curso escolar. Las becas se concederán por una cuantía mínima de 10 euros y un máximo de 200 euros.
Para poder acceder a las becas se tendrán que cumplir los requisitos indicados por el convocante, como son estar empadronados en Miguelturra y matriculado en uno de sus centros sostenidos con fondos públicos. Además se mirarán los ingresos de la unidad familiar a efectos de repartir las becas para las familias que tengan mayor necesidad.
En nuestra web podrás consultar la información que necesitas si quieres solicitar una de las Becas Libros y Material - Ayto Miguelturra. Aquí te ofrecemos los requisitos, plazos, documentación y otra información que pueda ser de tu interés. Si cumples los requisitos no pierdas tu oportunidad.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primer ciclo de educación infantil
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- ESO
- Formación Profesional Básica
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla La Mancha
- Provincia de origen
- Ciudad Real
- Localidad
- Miguelturra
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Personas destinatarias
Serán destinatarios de estas ayudas las familias de los alumnos matriculados en Centros Docentes sostenidos con fondos públicos durante el curso 2023/2024, en Educación Infantil, Educación Primaria,Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica.
Requisitos
- a. Estar empadronados en Miguelturra, el alumno y la madre y /o el padre, y en su caso el tutor o persona que se encargue de la guarda y protección del menor.
- b. Estar matriculado durante el curso 2023/2024 en alguno de los centros docentes que se sostengan con fondos públicos.
- c. Asistir de forma regular a clase durante el curso escolar. Si se produciesen a lo largo del curso escolar 2023/24 situaciones de absentismo escolar no justificadas, el Ayuntamiento podrá exigir la devolución de la ayuda que se concedió o proponer la no participación de la familia en la siguiente convocatoria de las mismas.
- d. Ingresos económicos: A efectos de cómputo económico se valorarán los ingresos del conjunto de la unidad familiar (padre, madre o tutores legales de los menores, y/o pareja de hecho si la hubiera, e hijos/as de ambos,así como otros familiares que convivan en el domicilio). Dichos ingresos no deben superar los siguientes límites económicos mensuales, después de descontar hasta un máximo de 350 euros/mes por pago de alquiler o hipoteca, siempre y cuando esté debidamente acreditado:
- Familia de 2 miembros: 600 euros/mes.
- Familia de 3 miembros: 690 euros/mes.
- Familia de 4 miembros: 750 euros/mes.
- Familia de 5 miembros: 810 euros/mes.
- Familia de 6 o más miembros: 900 euros/mes.
- En los casos de unidades familiares monoparentales, el límite económico a aplicar será el del tramo siguiente al número de miembros correspondiente.
- e. La ayuda se adopta o enmarca como apoyo al proceso de la intervención social familiar.
Dotación
La dotación de las ayudas a conceder serán de una cuantía mínima de 10 € y un máximo de 200 € por menor, según presupuesto o factura presentada debidamente detallados y siempre y cuando sea acorde a la generalidad del resto de peticiones.
Solo se concederán los libros y/o material escolar imprescindible, estableciendo a su vez las siguientes cuantías máximas por material:
- Mochila: 20 €.
- Carrito: 12€.
- Estuche o porta todo: 5 €.
- Agenda: 5 €.
Las ayudas no serán concedidas para materiales tales como neceseres, colonias, cepillos, jabón, toallitas, etc. etc. Por este motivo, se podrán realizar ajustes en las cuantías a conceder, según presupuestos, materiales solicitados u otros, siempre según criterio profesional debidamente justificado.
Presentación
Para poder solicitar estas ayudas pueden acceder a la zona "Subvenciones" del área "Ayuntamiento" de este portal web, donde están las bases, modelo de solicitud y acceso al Registro Telemático para poder registrar su solicitud; también pueden consultar y descargar esta documentación desde el Tablón de Edictos Electrónico.Se deberá solicitar CITA PREVIA en el Centro de Servicios Sociales en el periodo entre los días 28 de AGOSTO al 15 de SEPTIEMBRE en horario de 9 a 13 horas para poder ser atendido/a posteriormente en la fecha que les establezcan.
Superado este plazo de petición de cita previa, sólo se atenderán peticiones por circunstancias extraordinarias, que sean correctamente justificadas ante los Servicios Sociales.
Más información
Resolución
Una vez valoradas todas las solicitudes se comunicará la resolución a los interesados vía telefónica,correo electrónico o por correo ordinario para la recogida de la resolución.
Procedimiento y justificación
Adquisición del material y/o libros, previo a la presentación de solicitud:
Las familias que hayan adquirido el material y/o libros (no financiados por otras administraciones) previamente a la presentación de solicitud en este ayuntamiento, deberán presentar junto a dicha solicitud de ayuda, la factura justificativa del gasto realizado, que deberá estar emitida a nombre del padre/madre/ tutor/a del/la menor/es para el/la que se solicita la ayuda y tendrá que contener todos los conceptos del gasto desglosados.
Adquisición del material y/o libros, posterior a la presentación de solicitud:
Las familias que NO hayan adquirido el material y/o libros (no financiados por otras administraciones)previo a la presentación de solicitud en este ayuntamiento, deberán presentar junto al resto de documentación presupuesto desglosado, emitido por alguna papelería-librería de esta localidad, donde posteriormente se adquirirá el material necesario e imprescindible.Dichas papelerías-librerías, posteriormente deberán emitir al Ayuntamiento, factura detallada ajustada a cada uno de los vales recepcionados en cada establecimiento.Los vales de libros y/o material, podrán ser canjeados solamente en las Papelerías-Librerías de Miguelturra.
Documentación a adjuntar
- Solicitud según modelo oficial. Anexo I.
- Libro de familia (completo).
- Matricula, libro de escolaridad, boletín de notas, o cualquier documento que acredite la escolarización en alguno de los centros que recoge la convocatoria, así como curso que realiza.
- Listado detallado de los materiales y/o libros solicitados oficialmente por el centro escolar.
- Presupuesto y/o factura desglosada.
- Justificante de solicitud de ayuda de libros de texto de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.
- Fotocopia del D.N.I. del padre/madre/tutor/responsable, según cuál de ellos figure como solicitante.
- Justificación de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar:
- Si son trabajadores/as por cuenta propia: Copia de la Declaración trimestral (Modelo 130) y copia de los justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social y liquidaciones de los pagos fraccionados de los últimos tres meses. (Se tendrán en cuenta como ingresos mínimos mensuales los de la base de cotización de la Seguridad Social).
- Si son trabajadores/as por cuenta ajena: Fotocopia de las tres últimas nóminas.
- En caso de desempleados/as: Certificado actualizado emitido por la Oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, que acredite situación de la demanda y Certificado actualizado en el que se haga constar si percibe la prestación o subsidio de desempleo indicando, en su caso, las cuantías de éstos.
- En caso de percibir prestaciones (por Jubilación, Invalidez, Incapacidad Temporal, pensiones, etc.):Certificado expedido por la Seguridad Social u Organismo competente en el que se indique la cantidad que se percibe.
- En el caso de separación o divorcio legal: Copia de la Sentencia de Separación y del Convenio Regulador si lo hubiere, así como copia del justificante de aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia.
- En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante de inicio de las actuaciones.
- En el caso de separaciones de uniones de hecho con hijos reconocidos: Copia de la Sentencia de Guarda,Custodia y Alimentos, así como justificante de aportaciones económicas establecidas en dicha sentencia. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el Juzgado o justificante de inicio de las actuaciones.
- Declaración jurada:
- De encontrarse al corriente en el cumplimiento de las Obligaciones Tributarias frente a la Seguridad Social y de las fiscales con el ayuntamiento de Miguelturra.
- Sobre obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.
- Fotocopia de los tres últimos recibos justificativos de pago de alquiler o hipoteca.
- No obstante, las profesionales de Servicios Sociales podrán valorar la documentación necesaria a requerir encada caso, siempre con el objetivo de acreditar las circunstancias particulares del solicitante.