Becas Transporte Estudiantes Ayuntamiento Lucena
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Becas Transporte Estudiantes Ayuntamiento Lucena: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Transporte Estudiantes Ayuntamiento Lucena, son convocadas con el objeto de ofrecer a las personas que cursan las enseñanzas citadas, ayudas para sufragar los gastos de desplazamiento. Estas ayudas se destinan a estudiantes que se encuentran en una situación socioeconómica desfavorecida, tanto fuera como dentro de la localidad. Esta ayuda también se destina a los desempleados.
Para optar a las Becas Transporte Estudiantes Ayuntamiento Lucena, se deberá estar empadronado en Lucena y ser menor de 25 años, además matricularse de manera presencial en las enseñanzas señaladas y tener el nivel de renta per cápita señalada en la convocatoria.
Las Becas Transporte Estudiantes Ayuntamiento Lucena ofrecerán bonos de 300 viajes. Además se dotará de una cuantía de 150 euros a los estudiantes que cursen sus enseñanzas fuera de la localidad, siempre que la distancia a la que tengan que desplazarse sea mayor a 15 kilómetros y fuera del término municipal.
Gracias a estas becas, el ayuntamiento favorece la igualdad de oportunidades entre todos los estudiantes y ayuda a aquellos que más lo necesitan. Si deseas conocer toda la información sobre las Becas Transporte Estudiantes Ayuntamiento Lucena, puedes consultar aquí. Además en nuestra web también ofrecemos información sobre otras becas del ayuntamiento de Lucena.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Grado
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Idiomas
- Enseñanzas deportivas
- Enseñanzas Artísticas Superiores
- Formación Profesional Básica
- País de origen
- España
- Región de origen
- Andalucía
- Provincia de origen
- Córdoba
- Localidad
- Lucena
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Personas beneficiarias
Podrán solicitar estas ayudas:
- Cualquier persona empadronada en el municipio de Lucena menor de 25 años, así como residentes de la Residencia Miguel Álvarez de Sotomayor, o del Centro de Menores no acompañados de Lucena y que se encuentre cursando estudios de:
- Enseñanza Obligatoria (Primaria y Secundaria).
- FBO.
- FPB.
- Bachillerato.
- Títulos oficiales de alguna de las enseñanzas del sistema universitario español adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos de Grado Universitario, o equivalentes. -Ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior.
- Enseñanzas de régimen especial (Enseñanzas artísticas de danza, música, arte dramático,artes plásticas y diseño y conservación y restauración de bienes culturales, Enseñanzas deportivas y Escuelas Oficiales de Idiomas).Se excluyen de esta convocatoria los estudios correspondientes a: -Cualquier enseñanza no reglada. -Estudios de tercer ciclo o doctorado.
- Estudios de especialización.
- Másteres Oficiales o equivalentes.
- Títulos propios de las universidades.
- Másteres y estudios de postgrado (Plan anterior al Plan Bolonia).
- Universidades o cursos a distancia. (UNED).
- Cualquier persona empadronada en el municipio de Lucena que se encuentre desempleada.
Requisitos
Se podrán conceder las ayudas a quienes reúnan los siguientes requisitos:
- En la modalidad prevista en el apartado 1 de la base anterior (ayudas a estudiantes):
- La persona solicitante debe ser menor de 25 años y estar empadronada en el municipio de Lucena con anterioridad al 1 de enero del año de la convocatoria, o ser residente de la Residencia Miguel Álvarez de Sotomayor, o del Centro de Menores no acompañados.
- Estar matriculada en enseñanzas de régimen presencial, especificadas en la base 2ª, en el curso vigente en el momento de la convocatoria.
- En caso de transporte interurbano, su unidad familiar deberá tener un nivel de renta per cápita igual o inferior al resultante de calcular el 75% del IPREM (referido a 12 pagas) correspondiente al año anterior al de la convocatoria de la subvención, y en su defecto, al último ejercicio cuyos datos económicos facilite la Agencia Estatal de Administración Tributaria a este Ayuntamiento.A estos efectos se entiende por unidad familiar, la formada por una o varias personas que convivan con el/a alumno/a, a la fecha de la presentación de la solicitud, en un mismo domicilio, siendo al menos una de ellas su padre, madre, o representante legal y se encuentren relacionadas entre sí:
- a. Por vínculo de matrimonio o unión de hecho inscrita conforme a la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho.
- b. Por parentesco de consanguinidad, adopción o afinidad hasta el segundo grado.La relación de parentesco se computará a partir de la persona para quien se solicite la ayuda.
- c. Por el inicio o modificación de otras formas de protección de menores.4. No estar incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; así como no tener deudas ni sanciones tributarias con el Ayuntamiento de Lucena.
- En la modalidad prevista en el apartado 2 de la base anterior (ayudas a personas desempleadas), la persona solicitada deberá:
- Estar empadronada el municipio de Lucena con anterioridad al 1 de enero del año de la convocatoria y en situación de desempleo a fecha de la solicitud, acreditada ésta última mediante Informe de Vida Laboral.
- No estar incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; así como no tener deudas ni sanciones tributarias con el Ayuntamiento de Lucena.
Dotación
El importe total máximo de las subvenciones que se concedan se concretarán en la correspondiente convocatoria, pudiendo dividirse entre las distintas modalidades y tipologías que se establecen en la presente Base.
Las ayudas para el transporte urbano en la localidad consistirán en un bono de 300 viajes cuando las personas beneficiarias sean estudiantes, y de 180 viajes para personas desempleadas. En ambos casos, el bono podrá ser utilizado, como máximo, hasta el 31 de marzo del año siguiente a la convocatoria.
Las ayudas para el transporte fuera de la localidad tendrán una cuantía de 150 euros, siendo exclusivamente destinadas a estudiantes, y que tengan que desplazarse a una distancia superior a quince kilómetros y fuera del término municipal.
No obstante, las ayudas de transporte de estudiantes que se desplacen desde núcleos de población, dentro del término municipal de Lucena, a su casco urbano, se encuadran en la modalidad de transporte urbano dentro de la localidad, consistiendo la ayuda en el equivalente económico del bono de transporte que le correspondería para el caso de que fuera transporte urbano.
Presentación
El modelo de solicitud se podrá descargar en el siguiente enlace: https://lucena.es/wp-content/uploads/2023/05/MODELO-SOLICITUD-AYUDAS-TRANSPORTE-AL-2023.pdf.
Las solicitudes se formularán presentando el modelo de la convocatoria en el Registro del Ayuntamiento de Lucena tanto en modalidad presencial o de forma telemática a través de la Sede Electrónica.
Más información
Iniciación y procedimiento para la concesión de la subvención
El procedimiento para la concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia pública de carácter no competitivo que se ajustará a los principios de publicidad, transparencia,concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, cuyo extracto se publicará en el Boletín Oficial dela Provincia de Córdoba por conducto de la Base de Datos Nacional del Subvenciones, iniciándose así el procedimiento.
Dicha convocatoria, que será aprobada por la Junta de Gobierno Local, desarrollará el procedimiento para la concesión de las subvenciones convocadas. Se iniciará siempre de oficio de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y tendrá necesariamente el siguiente contenido:
- Aplicación presupuestaria a la que se imputen las subvenciones en cada ejercicio presupuestario, así como su importe máximo y, en su caso, su distribución por modalidades o tipología ssegún lo previsto en las presente Bases
- Plazo y forma de presentación de solicitudes
- Modelo de solicitud y documentación complementaria a presentar.
La Administración recabará toda la información y/o documentación que considere necesaria desus propios archivos y expedientes previos.Asimismo, si es posible y previo consentimiento de los interesados en la solicitud, el órgano gestor verificará, mediante intercambio de información con las administraciones competentes, el cumplimiento de los requisitos establecidos previamente. La información recabada se limitará a los datosestrictamente necesarios para la tramitación del expediente.
- Cuantía de la subvención.
- Medio de notificación o publicación según lo previsto en los artículos 42, 43, 44 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.