Becas Transporte Universitario FP Ayto. Cieza
INSCRIPCIONES
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Becas Transporte Universitario FP Ayto. Cieza: solicitud y plazos
Descripción
Los vecinos del municipio de Cieza, cuentan con una gran ayuda para llevar a cabo el desarrollo de estudios tanto de Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, como de estudios universitarios de distintos niveles mediante la convocatoria de las Becas Transporte Universitario FP Ayto. Cieza.
Podrán presentar su solicitud para ser beneficiarios de una de estas becas, aquellos estudiantes que se encuentren empadronados en el municipio de Cieza, que tengan una edad igual o menor a 30 años de dad, y que reúnan el resto de los requisitos tanto generales como económicos que se establecen en la convocatoria.
Si deseas consultar toda la información relacionada con estas becas, tan sólo tienes que prestar atención a los datos que te mostramos aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Ciclos formativos de grado medio
- Artes plásticas y Diseño
- Música
- Danza
- Arte Dramático (Teatro)
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Región de origen
- Murcia
- Provincia de origen
- Murcia
- Localidad
- Cieza
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Con carácter general, podrán ser beneficiarios, previa solicitud:
- Estudiantes menos o igual de 30 años, cumplidos en el año de la solicitud.
- Empadronados en el Término Municipal de Cieza.
- Matriculados en centros de enseñanza sostenidos con fondos públicos (curso 2023-2024) y cursar alguno de los siguientes estudios:
- Estudios de grado universitario, incluidos los proyectos de fin de carrera.
- Grado superior de las enseñanzas de música y danza, de arte dramático, de las artes plásticas y de diseño
- Máster
- Ciclos Formativos de grado medio o superior, que no estén implantados en Cieza
Se excluyen las siguientes modalidades de estudios: doctorados, expertos universitarios en materias determinadas, cursos de preparación para acceso a otras formaciones o aspectos como oposiciones y análogas, enseñanzas a distancia y en general aquellos estudios y cursos no homologados ni reconocidos oficialmente.
- Desplazarse diaria o habitualmente a los centros de enseñanza. El domicilio habitual de la persona solicitante y el centro educativo deberán estar situados en municipios distintos, con una distancia máxima entre ellos de 200 kms.
- La “Renta per cápita” de los miembros que componen la unidad familiar, no supere los 4.000 euros anuales.
- Hallarse el padre, madre y el solicitante, al corriente de los pagos u obligaciones tributarias municipales.
- Miembros computables
- Para el cálculo de la renta familiar a efectos de beca, son miembros computables de la unidad familiar el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso, el solicitante, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar, o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad física,psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente a la fecha de la presentación de la Solicitud en el Registro General.
- En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideraran miembros computables el cónyuge o, en su caso, la persona que se halle unido por análoga relación, así como los hijos si los hubiere y que convivan en el mismo domicilio.
- En el caso de divorcio o separación legal de los padres, no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante de la beca.
- Tendrá, no obstante, la consideración de miembro computable y sustentador principal, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación que conviva en el domicilio, cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del cómputo de la renta y patrimonio familiares.
- Para los supuestos de menores emancipados o mayores de edad que aleguen vida independiente respecto de sus padres o tutores, deberán acreditar fehacientemente esta circunstancia, así como los medios económicos con que cuentan y la titularidad o el alquiler de su domicilio que, a todos los efectos, será el que el alumno habite durante el curso escolar. En caso contrario se entenderá no probada la independencia por lo que, para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca, se computarán los ingresos de los miembros empadronados en el domicilio del solicitante.
- De no justificar suficientemente estos extremos, la solicitud será objeto de denegación.
- Los miembros computables de la Unidad familiar serán los que aparezcan en el Volante de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento a fecha de la presentación de la solicitud de ayuda al Transporte Universitario en el Registro General del Ayuntamiento.
- Determinación de la renta computable
- Para la determinación de la renta familiar se obtendrá por agregación de las rentas del ejercicio 2022 de cada uno de los miembros computables de la familia calculada según se indica en los párrafos siguientes y de conformidad con la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- Para la determinación de la renta de los miembros computables que hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se procederá del modo siguiente:
- Se sumará la base imponible general con la base imponible del ahorro, excluyéndose los saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales correspondientes a ejercicios anteriores a 2022.
- Para la determinación de la renta de los miembros computables que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración por el Impuesto sobre la renta de las personas físicas, se seguirá el procedimiento descrito en párrafo a) anterior y del resultado obtenido se restarán los pagos a cuenta efectuados.
- Para la determinación de la Renta familiar se tendrá en cuenta cualquier tipo de ingreso que pudieran obtener cualquier miembro de la unidad familiar incluidas las prestaciones/pensiones exentas.
- La presentación de la solicitud de beca implicará la autorización a la Concejalía de Juventud para obtener los datos necesarios para determinar la renta a efectos de beca a través de otras administraciones públicas.
Dotación
- La cuantía máxima de las ayudas para las personas beneficiarias será una cantidad fija que se determinará en función de la distancia entre la población donde se ubica el domicilio y la del centro docente al que asistan los y las estudiantes.
- Distancia hasta 50 Kms: 250 €
- Distancia de 51 a 100 Kms: 300 €
- Distancia de 101 a 200 Kms: 350 €
- Para la determinación de las distancias se utilizará la herramienta web http://maps.google.es. Para el cálculo de las mismas se considerará el trayecto más corto.
- En el caso de que el importe de la disponibilidad presupuestaria no fuera suficiente para financiar estas cantidades, se prorratearán las ayudas hasta que se alcancen el límite de dicho saldo.
- En el caso de que el importe de la disponibilidad presupuestaria excediera para financiar estas cantidades, se prorratearán las ayudas hasta que se alcancen el límite de dicho saldo.
- El pago de la Ayuda se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta que haya presentado a tal efecto, en la cual el alumno/solicitante debe figurar como titular de la cuenta.
Presentación
Los solicitantes deberán cursar instancia al Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Cieza, y se podrán presentar en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Cieza, o por vía telemática, a través de la sede electrónica a la que se podrá acceder en ella siguiente dirección https://sede.cieza.es o a través de cualquier registro electrónico de las Administraciones Públicas.
Más información
Objeto
Concesión de ayudas para coadyuvar en los gastos de los alumnos empadronados en el municipio de Cieza, que cursan estudios universitarios, ciclos formativos y estudios de postgrados en centros sostenidos con fondos públicos.
Notificación a los interesados
La relación de beneficiarios/as de las ayudas, así como de las solicitudes que no cumplan los requisitos para acceder a las ayudas o que resulten inadmitidas se publicará en la Sede Electrónica (https://sede.cieza.es), concediéndose a los interesados los plazos de recurso previstos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimientos Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Compatibilidad
Estas ayudas son compatibles con cualquier otra ayuda que se conceda por la misma razón por otra administración pública, y no será necesaria su justificación.
Enlaces de interés
https://ciezaenlared.com/Principal/wp-content/uploads/2023/09/BASES.pdf
Documentación a adjuntar
Las solicitudes de ayuda irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Modelo de solicitud de beca de transporte Universitario y Ciclos Formativos (AC 013), a disposición en la Oficina de Juventud, sita en Teatro Capitol, primera planta, o a través de la Sede Electrónica, dentro de las opciones del portal web del Ayuntamiento www.cieza.es, en el apartado Cultura, Ocio y Deportes. O en el Registro General del Ayuntamiento.
- Resguardo de la matrícula en el Centro de enseñanza (con fecha entre el 20 y el 30 de septiembre) y resguardo bancario de haber efectuado el ingreso del importe de la matrícula o resguardo de solicitud de beca.
- Fotocopia del D.N.I. del solicitante.