Ayuntamiento de Catarroja

Becas Material Segundo Ciclo Infantil Ayto. de Catarroja

Becas de estudiosBecas de material escolarNo universitarios

INSCRIPCIONES

11/09/202328/09/2023
Finalizada

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Becas Material Segundo Ciclo Infantil Ayto. de Catarroja: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Catarroja convoca las Becas Material Segundo Ciclo Infantil Ayto. de Catarroja, con las que se pretende ofrecer, en régimen de libre concurrencia, ayudas económicas que sufragarán los gastos de material didáctico y curricular para los alumnos matriculados en segundo ciclo de Educación Infantil, que se encuentran empadronados en Catarroja. Gracias a estas becas las familias que tengan menores escolarizados en segundo ciclo de Infantil, podrán beneficiarse de una cuantía con la que obtendrán facilidades para comprar cuadernillos, fichas, material fungible, etc. El importe de la ayuda ascenderá a 50 euros por beneficiario. 

Loa beneficiarios de estas ayudas deberán cumplir con las obligaciones previstas en la presente convocatoria, como presentar la documentación requerida, comunicar al departamento de Educación si han recibido otras ayudas con el mismo fin, y observar y ser responsables del cumplimiento de las obligaciones que derivan de la convocatoria y su normativa. Las Becas Material Segundo Ciclo Infantil Ayto. de Catarroja serán compatibles con otras subvenciones con el mismo fin siempre que el importe de dichas ayudas no supere el 100 % del coste del gastos generado por la adquisición del material.

Si tienes menores escolarizados en el segundo ciclo de Educación infantil, estás empadronado en Catarroja y cumples el resto de requisitos, puedes solicitar una de las Becas Material Segundo Ciclo Infantil Ayto. de Catarroja, nosotros te facilitamos la información que precisas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Segundo ciclo de educación infantil
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Localidad
Catarroja
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos para ser beneficiario/a:

Podrán ser personas beneficiarías los/las menores que cumplan los requisitos siguientes:

  1. Estar escolarizado/da en el curso 2023-2024 en el segundo ciclo de Educación Infantil (3, 4 y 5 años) en centros públicos y privados concertados o en aulas de 2 años en aquellos centros públicos de Infantil y Primaria que disponen de ellas, durante el curso 2023-2024.
  2. El/la menor tendrá que estar empadronado/da y tener su residencia en Catarroja.
  3. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o ante la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine por reglamento.
  4. Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que se determinen por reglamento.

Dotación

El importe de la ayuda para el curso 2023-2024 será de 50 euros por cada beneficiario.A partir de los principios establecidos en el artículo 8.3 de la Ley General de Subvenciones, las subvenciones reguladas en esta convocatoria se concederán a los peticionarios en condiciones de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

En el supuesto de que la dotación presupuestaria asignada a la convocatoria resultara insuficiente para atenderlos a todos, el órgano instructor procederá a prorratear la dotación presupuestaria existente entre todos los peticionarios que reúnan los requisitos exigidos en los mismos.

Presentación

Lugar de presentación

La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Catarroja:https://www.catarroja.es/es/pagina/ed-becas-ayudas Conforme a lo que dispone el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados podrán también presentar una instancia solicitando la obtención de esta ayuda que se dirigirá al alcalde de Catarroja, en modelo normalizado que estará disponible en la página web municipal, mediante los diferentes órganos de las administraciones públicas que cita el artículo de la citada ley o pidiendo cita previa en la Oficina Integrada de Atención Ciudadana desde el siguiente enlace CITA PREVIA o mediante losteléfonos 961 261 301 o 664 471 843.2.

Plazo de presentación

Se establece un plazo que irá del 11 al 28 de septiembre de 2023, ambos incluidos, para que puedan presentar solicitudes los progenitores que tienen hijos/as escolarizados en los cursos correspondientes al segundo ciclo de Educación Infantil (3 a 5 años), en centros públicos y privados concertados, así como el alumnado escolarizado en aulas de 2 años en aquellos centros públicos de Infantil y Primaria que disponen de ellas, en otras localidades.Se exceptúa de este plazo, siempre que se solicite dentro del periodo del curso escolar:

  • Las solicitudes en casos de adopción, tutela o acogida de menor, que podrán presentarse una vez obtenida la resolución judicial o administrativa correspondiente.
  • Las solicitudes de los menores hijos o hijas de víctima de violencia de género que requiera especial protección o de mujeres en riesgo de exclusión social, recién llegadas en el municipio.
  • Las solicitudes de alumnado desplazado acogido al régimen de protección temporal.

Más información

Obligaciones de los beneficiarios

Las personas que solicitan esta ayuda, sin perjuicio de las obligaciones genéricas derivadas de las leyes de procedimiento administrativo, tienen que cumplir las obligaciones siguientes:

  • Presentar de forma correcta, completa y veraz la documentación requerida en esta convocatoria.
  • Comunicar al departamento de Educación la obtención otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financian los gastos subvencionables por esta ayuda, en cumplimiento del artículo 14.d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Observar y responsabilizarse de cumplir todas las obligaciones derivadas de esta convocatoria y su normativa aplicable. El Ayuntamiento de Catarroja se reserva las facultades y funciones de inspección y de control que sean necesarias para el desarrollo y buen fin de las ayudas reguladas en esta convocatoria, de acuerdo con lo que se establezca por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluyendo el ejercicio de las potestades administrativas que corresponden y la presentación de las acciones procesales que sean procedentes.

Compatibilidad


La obtención de esta subvención será compatible con cualquier otra subvención o ayuda otorgadas con la misma finalidad por todo tipo de organismos, públicos o privados, siempre que el importe delas ayudas recibidas no supere el 100% del coste del gasto generado por la adquisición de material didáctico y curricular.

Enlaces de interés

https://www.catarroja.es/sites/www.catarroja.es/files/documents/Catarroja/PorTemas/Educacion/becas-ayudas/2ciclo-Infantil/BASES_3-5_CASTELLANO_2023-2024.pdf

Documentación a adjuntar

Las instancias para solicitar esta ayuda municipal tendrán que estar debidamente rellenadas,adjuntándose a ellas la documentación siguiente:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjería (NIE)del/de la progenitor/a o tutor/a solicitando. Solo en caso de no disponer justificadamente delos anteriores documentos se aceptarán los pasaportes. Original en todos los casos, para su comprobación, en caso de presentar la solicitud de manera presencial.
  • Libro de familia, para comprobar la inscripción del nacimiento del hijo/a o hijos/se para los que se solicita la ayuda. En caso de no disponer de libro de familia se aportarán los certificados de nacimiento de los menores para los que se solicita la ayuda. Original en todos los casos, para su comprobación, en caso de presentar la solicitud de manera presencial.
  • En el caso de adopción, acogida o tutela, la resolución administrativa o judicial correspondiente.
  • En el caso de violencia de género, la resolución administrativa o judicial correspondiente en vigencia.
  • En el caso de familia monoparental, se aportará el correspondiente título.
  • En el caso de alumnado desplazado acogido al régimen de protección temporal, certificación acreditativa de tal circunstancia.
  • En caso de separación o divorcio, cese de la convivencia o no convivencia de los progenitores del/de la menor solicitante, se aportará la documentación que sea procedente para su comprobación: sentencia judicial y/o el pacto de convivencia familiar aprobado judicialmente o documento público de medidas sobre la atención y la educación de los hijos. Si el procedimiento está en trámite, se aportará certificado acreditativo del Juzgado. En caso de haber firmado un pacto de convivencia familiar de mutuo acuerdo, se aceptará el contenido del mismo.
  • Declaración responsable de no recibir otra cantidad por el mismo concepto por parte de ningún organismo público o privado, o en caso de recibir alguna ayuda se indicará el importe de la misma, a fin cumplir con el artículo 14.d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.
  • Certificado del centro educativo donde conste la matriculación del/ de la menor en los cursos  correspondientes al segundo ciclo de Educación Infantil (3 a 5 años), de centros públicos y privados concertados o en aulas de 2 años en aquellos centros públicos de Infantil y Primaria que disponen de ellas, durante el curso 2023-2024. Datos bancarios del/de la progenitor/a o tutor/a legal solicitante.
  • No tendrá que presentarse el certificado de empadronamiento, extremo que comprobará directamente este Ayuntamiento.
  • Factura justificativa por un importe mínimo de 50€ en que tiene que constar la denominación del proveedor, su NIF, número de orden, fecha y concepto del gasto, incluyendo el IVA.
  • Documento acreditativo del pago, por medio de transferencia bancaria (se justificará por medio de copia del resguardo del cargo), o, pago en efectivo (se justificará por medio de factura o recibo firmado por el acreedor con identificación de la fecha de abono. De estos documentos se presentarán originales o copias compulsadas.
  • Si los materiales didácticos y curriculares son elaborados por el propio centro, este emitirá un documento al/a la solicitante donde certifique en detalle los materiales que ha adquirido y el importe del mismos, así como el documento acreditativo de pago.

Solicitudes de varios hermanos


En caso de solicitudes para varios hermanos/as se tendrá que formalizar la solicitud por cada uno de ellos, pero la documentación a adjuntar no se tendrá que duplicar, siendo suficiente su aportación en una de ellas.

Compulsa de documentos

La compulsa o confrontación documental podrá ser realizada por la Secretaría General de la Corporación, por los encargados de cualquier de los Registros de Entrada del Ayuntamiento y por el personal del departamento de Educación. Todo esto sin perjuicio de su compulsa por otros fedatarios públicos.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Material Segundo Ciclo Infantil Ayto. de Catarroja

El Ayuntamiento de Catarroja convoca las Becas Material Segundo Ciclo Infantil Ayto. de Catarroja, con las que se pretende ofrecer, en régimen de libre concurrencia, ayudas económicas que sufragarán los gastos de material didáctico y curricular para los alumnos matriculados en segundo ciclo de Educación Infantil, que se encuentran empadronados en Catarroja. Gracias a estas becas las familias que tengan menores escolarizados en segundo ciclo de Infantil, podrán beneficiarse de una cuantía con la que obtendrán facilidades para comprar cuadernillos, fichas, material fungible, etc. El importe de la ayuda ascenderá a 50 euros por beneficiario. 

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Material Segundo Ciclo Infantil Ayto. de Catarroja" es: desde 11/09/2023 hasta 28/09/2023.

La Beca "Becas Material Segundo Ciclo Infantil Ayto. de Catarroja" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Material Segundo Ciclo Infantil Ayto. de Catarroja" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes