Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales
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Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Cabrales convoca las Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales con el objetivo de ayudar a las familias más necesitadas a sufragar los gastos derivados de la escolarización de sus hijos en Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria. Gracias a estas becas se consigue tanto la integración laboral de los padres como ayudar a las familias con menores en situación de riesgo o desigualdad social.
Podrán solicitar las Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales las familias con menores a cargo o hijos que se encuentren estudiando los niveles educativos indicados y que además se encuentren empadronados en Cabrales.
Las becas se ofrecerán en dos modalidades. La modalidad de ayudas al estudio sufragará gastos de material escolar por un importe de 85 euros, mientras que la ayuda de comedor costeará los gastos de este servicio.
Para valorar las solicitudes se tendrá en cuenta criterios económicos y otras circunstancias sociales donde se demuestre la vulnerabilidad de la familia para hacer frente a los gastos escolares y el comedor.
Si deseas solicitar una de las Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales estás en el lugar adecuado. Consulta aquí los requisitos, documentación, plazo y toda la información que necesitas para solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primer ciclo de educación infantil
- Segundo ciclo de educación infantil
- País de origen
- España
- Región de origen
- Principado de Asturias
- Localidad
- Cabrales
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos para ser beneficiario y forma de acreditarlo.
Podrán optar a ser beneficiarios de las ayudas que se concedan por medio de esta convocatoria, las familias cuyos menores cumplan los siguientes requisitos:
- a. Estar y permanecer inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Cabrales desde la terminación del plazo de la convocatoria hasta la conclusión del correspondiente curso escolar 2023-2024. Este requisito será igualmente aplicable al solicitante,padre, madre o tutor.
- b. Estar matriculados en el centro educativo público “Las Arenas” del municipio de Cabrales cursando estudios de Educación Infantil o Primaria o Educación Secundaria Obligatoria. En la modalidad 2 del artículo 4, el centro cuenta con servicio de comedor escolar.
- c. No haber obtenido beca o ayuda por este concepto de otros organismos competentes en la materia.
El cumplimiento de los requisitos del apartado a) se comprobará por los Servicios Sociales municipales mediante la incorporación de las certificaciones e informes municipales correspondientes, a través del negociado de Estadística del Ayuntamiento y el cumplimiento del apartado b) se acreditará mediante el informe del colegio que acompañe a las solicitudes presentadas.
Dotación
Modalidad 1: Ayudas al estudio
Se subvencionará cualquier gasto derivado de la compra de material escolar, siempre que resulte debidamente justificado en los términos establecidos en las presentes Bases.
Se exceptuarán de este tipo de ayuda la compra o adquisición de libros de texto u otro material didáctico que resulte anexo a dichos libros.La cuantía de esta subvención municipal para ayudas a estudios ascenderá a: 85€ pormenor.De los mencionados importes de ayudas al estudio únicamente se podrá destinar a la compra del siguiente material deportivo: chándal, pantalón de deporte, playeros deportivos hasta un 50% como máximo de dicha ayuda.
Modalidad 2: Becas para comedores escolares.
Las becas para comedores escolares comprometen al Ayuntamiento de Cabrales a abonar la cantidad correspondiente a los centros educativos en el que cursen estudios el alumnado que resulte beneficiario, durante el curso escolar 2023-2024, en dos pagos: en diciembre de 2023 yen mayo de 2024, con el fin de sufragar las cuotas mensuales de comedor escolar correspondientes al beneficiario de la beca.
Presentación
Tendrán la consideración de solicitantes el padre, la madre, tutor, cuidador de hecho o el responsable legal del alumno. Las solicitudes y demás documentos exigidos en esta convocatoria se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Cabrales, y de acuerdo del modelo adjunto a las presente bases. El plazo será de 15 días naturales comenzará a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias También podrá presentarse la solicitud en cualquiera de las formas previstas en el art. 16 de la Ley 39/2015, LPACAAPP.
Más información
Criterios de valoración que se tendrán en cuenta a la hora de realizar la prelacion para determinar la asignación de las ayudas y becas
Criterios económicos y sociales:
- la renta mensual máxima per cápita será 537,84 €,incrementada para cada miembro de la unidad familiar según la siguiente escala: ** consultar tabla en la convocatoria.
- A fin de no valorar solamente la situación económica familiar, la interpretación de la tabla se verá modificada, añadiendo un miembro más a la unidad familiar por cada punto obtenido en el apartado de criterios sociales:
- Familia numerosa: 1 punto.
- Familia con hipoteca y/o alquiler de vivienda habitual: 1 punto.
- Familia con algún miembro de la unidad familiar que tenga reconocimiento de minusvalía:1 punto.
- Víctima violencia de género: 1 punto.
- Problemas de salud del niño o niña que aconseje el uso y disfrute del comedor escolar,previo informe médico: 1 punto.
- Otras circunstancias sociales, escolares, familiares:
- Escolares: situaciones de inadaptación, retraso, fracaso escolar o problemáticas relacionales de los menores en el ámbito escolar, 1 punto.
- Familiares: situaciones de conflictividad y multiproblemática familiar como desestructuración, limitaciones intelectuales y emocionales de los cuidadores, ausencia de habilidades parentales apropiadas en relación a los menores, 1 punto.
- Laborales: ausencia de incompatibilidad de horarios, 1 punto.
- Aquellas familias, que tengan más de un menor en el comedor escolar, 1 punto.
- a. Mantener la escolarización de los/as menores y la asistencia al comedor escolar durante todo el curso escolar, salvo causa justificada, cumpliendo con la normativa específica reguladora del funcionamiento de cada comedor escolar.
- b. Atender los requerimientos de los Servicios Sociales municipales cuando así se les solicite,así como comunicar a estos cualquier incidencia relacionada con la concesión y gestión de estas becas, incluido el cambio de domicilio.
- c. Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección a efectuar por el órgano concedente de estas subvenciones, procediendo, en su caso, al reintegro de los fondos percibidos cuando concurra causa legal para ello.
- d. Comunicar aquellas subvenciones, ayudas, ingresos o recursos recibidos de otras Administraciones Públicas, Organismos públicos o privados, etc, y que financien actividades de igual finalidad a las recogidas en la presente convocatoria.
- e. Acreditar el hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes en la forma señalada en el Reglamento de Subvenciones con carácter previo al abono de la subvención.
- f. Proceder al reintegro de los fondos percibidos cuando concurran las causas de reintegro a que hace referencia la Ley General de Subvenciones.
- Factura/s original/es de la adquisición del material escolar y material deportivo de uso escolar según indicado en el artículo 4. La/s factura/s deberá/n estar expedida/s conforme a la legislación vigente, indicando nombre o razón social del vendedor, domicilio, NIF o CIF e importe total con desglose de IVA e indicación clara y exacta de los productos adquiridos, en su caso será válido el ticket de compra, siempre que reúna los requisitos de una factura y cualquier documento de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
- Independientemente del importe de la ayuda concedida, el importe efectivamente abonado no podrá en ningún caso superar el gasto justificado mediante la aportación de los originales dela documentación antes indicada.
- La solicitud de abono de estas ayudas al estudio se efectuará a través de un impreso de solicitud general al que se acompañará la documentación antes señalada y aquellos otros datos(n.º de cuenta, etc.) que se puedan solicitar desde la Intervención o Tesorería municipales.
- Los abonos de las becas de comedor se realizarán directamente a los centros escolares que correspondan, quienes tendrán la consideración de entidades colaboradoras a estos efectos,una vez resuelta la convocatoria. En la solicitud firmada por los padres y/o tutores legales deberán autorizar el pago al centro educativo.
- La dirección de los centros educativos presentará un informe sobre el cumplimiento del objeto de la subvención, teniendo como plazo el último día lectivo correspondiente a cada uno de los períodos de pago.
Enlaces de interés
https://www.cabrales.es/documents/133984/0/1-BASES.pdf/7f46c568-368a-adb3-a879-4b83a3cc2a60?t=1696407362713
Documentación a adjuntar
Las personas interesadas en acceder a las subvenciones reguladas por estas Bases,deberán presentar en el plazo fijado en estas Bases la siguiente documentación:
- a. Solicitud firmada por padre, madre o tutor en el modelo formalizado que le será facilitado por el centro municipal de servicios sociales o centros educativos.
- b. Fotocopia del libro de familia del/ la menor o menores.
- c. Fotocopia DNI de los padres o tutores.
- d. Certificado o informe de la dirección del centro de estar escolarizado y curso al que acude.e) Fotocopia declaración de la renta del último ejercicio o en su caso, la declaración negativa.
- f. Justificante de ingresos, de los 6 últimos meses de la unidad familiar:
- a Desempleados: certificado del servicio público de empleo que acredite la prestación o no de subsidio de desempleo indicando la cuantía y duración de los mismos referidos a las personasen edad laboral.
- b Pensionistas: copia del certificado de la pensión del INSS u otro organismo competente,que indique cuantía mensual y número de pagas.
- c Trabajadores por cuenta ajena: presentación contrato de trabajo y 3 últimas nóminas.
- d. Trabajadores por cuenta propia: copia última declaración trimestral (modelo 130), copia justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social y liquidaciones de los pagos fraccionados de los últimos 3 meses. En caso de que la declaración sea negativa o por importe inferior al importe a la base de cotización de la Seguridad Social, se tendrán en cuenta como ingresos mínimos mensuales los de la base de cotización de la Seguridad Social).
- e. En el caso de separación o divorcio legal, copia de la sentencia y convenio regulador, así como justificante de las aportaciones económicas establecidas. En situaciones de impago copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante del inicio de las actuaciones.
- f. En caso de la aplicación de la baremación de puntos es necesario presentar la justificación de aquellos ítems que puntúen: Fotocopia del reconocimiento de familia numerosa, Fotocopia del certificado de minusvalía, Documento que justifica ser Víctima de Violencia de Género,Informe Médico del menor que justifique necesidad del recurso de comedor, informe escolar,socio o laboral que justifique la puntuación de la situación escolar, laboral y/o social. Documento que justifique la hipoteca/ alquiler.
Se podrá solicitar al interesado otra documentación distinta a la numerada anteriormente cuando por medio de ésta no queda debidamente acreditado el cumplimiento de los requisitos necesarios para la concesión de la ayuda así como en caso de última justificación de algún documento, una declaración jurada.