Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales
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Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Cabrales convoca las Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales con el objetivo de ayudar a las familias más necesitadas a sufragar los gastos derivados de la escolarización de sus hijos en Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria. Gracias a estas becas se consigue tanto la integración laboral de los padres como ayudar a las familias con menores en situación de riesgo o desigualdad social.
Podrán solicitar las Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales las familias con menores a cargo o hijos que se encuentren estudiando los niveles educativos indicados y que además se encuentren empadronados en Cabrales.
Las becas se ofrecerán en dos modalidades. La modalidad de ayudas al estudio sufragará gastos de material escolar por un importe de 85 euros, mientras que la ayuda de comedor costeará los gastos de este servicio.
Para valorar las solicitudes se tendrán en cuenta los criterios económicos y otras circunstancias sociales donde se demuestre la vulnerabilidad de la familia para hacer frente a los gastos escolares y el comedor.
Si deseas solicitar una de las Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales estás en el lugar adecuado. Consulta aquí los requisitos, documentación, plazos de solicitud y toda la información que necesitas para solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Primer ciclo de educación infantil
- Segundo ciclo de educación infantil
- Primaria
- ESO
- País de origen
- España
- Región de origen
- Principado de Asturias
- Provincia de origen
- Asturias
- Localidad
- Cabrales
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán optar a ser beneficiarios de las Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales que se concedan por medio de esta convocatoria, las familias cuyos menores cumplan los siguientes requisitos:
- a. Estar y permanecer inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Cabrales desde la terminación del plazo de la convocatoria hasta la conclusión del correspondiente curso escolar 2025-2026. Este requisito será igualmente aplicable al solicitante, padre, madre o tutor.
- b. Estar matriculados en el centro educativo público “Las Arenas” del municipio de Cabrales cursando estudios de Educación Infantil o Primaria o Educación Secundaria Obligatoria. En la modalidad 2 del artículo 4, el centro cuenta con servicio de comedor escolar.
- c. No haber obtenido beca o ayuda por este concepto de otros organismos competentes en la materia.
El cumplimiento de los requisitos del apartado a) se comprobará por los Servicios Sociales municipales mediante la incorporación de las certificaciones e informes municipales correspondientes, a través del negociado de Estadística del Ayuntamiento y el cumplimiento del apartado b) se acreditará mediante el informe del colegio que acompañe a las solicitudes presentadas.
Dotación
A través de las Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales se subvencionarán los siguientes gastos:
- Modalidad 1: ayudas al estudio:
- Se subvencionará cualquier gasto derivado de la compra de material escolar, siempre que resulte debidamente justificado en los términos establecidos en las presentes Bases. Se exceptuarán de este tipo de ayuda la compra o adquisición de libros de texto u otro material didáctico que resulte anexo a dichos libros.
- La cuantía de esta subvención municipal para ayudas a estudios ascenderá a: 85€ pormenor.
- De los mencionados importes de ayudas al estudio únicamente se podrá destinar a la compra del siguiente material deportivo: chándal, pantalón de deporte, playeros deportivos hasta un 50% como máximo de dicha ayuda.
- Modalidad 2: becas para comedores escolares:
- Las becas para comedores escolares comprometen al Ayuntamiento de Cabrales a abonar la cantidad correspondiente a los centros educativos en el que cursen estudios el alumnado que resulte beneficiario, durante el curso escolar 2025-2026, en dos pagos: en diciembre de 2025 y en junio de 2026, con el fin de sufragar las cuotas mensuales de comedor escolar correspondientes al beneficiario de la beca.
- La concesión de estas becas estará orientada a:
- Favorecer la integración laboral de aquellos padres y/o madres en los períodos de tiempo en el que desarrollan su actividad laboral o búsqueda activa de empleo y que por escasez de recursos económicos no pueden hacer frente al coste del servicio.
- Prestar una medida de apoyo familiar para aquellos menores en situación de riesgo o desigualdad social.
Presentación
- Tendrán la consideración de solicitantes de las Becas Material y Comedor - Ayto de Cabrales el padre, la madre, tutor, cuidador de hecho o el responsable legal del alumno.
- Las solicitudes y demás documentos exigidos en esta convocatoria se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Cabrales, y de acuerdo del modelo adjunto a las presente bases.
- El plazo será de 15 días naturales comenzará a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias También podrá presentarse la solicitud en cualquiera de las formas previstas en el art. 16 de la Ley 39/2015, LPACAAPP.
Más información
Objeto
El objeto de las presentes bases es regular el sistema de concesión de ayudas al alumnado que vaya a estar matriculado en el curso 2025/2026 en el centro educativo público “Las Arenas” en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria ubicados en el municipio de Cabrales, en las siguientes modalidades:
- a. Ayudas al Estudio.
- b. Becas de comedores escolares, para alumnado de Educación Infantil y Educación Primaria y Secundaria Obligatoria.
El disfrute de ambas modalidades de subvención por un mismo beneficiario resultará compatible entre sí.
- Criterios económicos y sociales: para el calculo de la renta mensual máxima per cápita se tendrá como referencia el salario mínimo interprofesional para el 2025, fijado en 1.184,00 €, incrementada para cada miembro de la unidad familiar según la siguiente escala:
- N.º miembros u. familiar - €/mes:
- 1 - 100%: 1.184,00.
- 2 - 115%: 1.361,60.
- 3 - 130%: 1.539,20.
- 4 - 145%: 1.716,80.
- 5 - 160%: 1.894,40.
- 6 o mas 175%: 2.072,00.
- A fin de no valorar solamente la situación económica familiar, la interpretación de la tabla se verá modificada, añadiendo un miembro más a la unidad familiar por cada punto obtenido en el apartado de criterios sociales:
- Familia numerosa: 1 punto.
- Familia con hipoteca y/o alquiler de vivienda habitual: 1 punto.
- Familia con algún miembro de la unidad familiar que tenga reconocimiento de minusvalía: 1 punto.
- Víctima violencia de género: 1 punto.
- Problemas de salud del niño o niña que aconseje el uso y disfrute del comedor escolar, previo informe médico: 1 punto.
- Otras circunstancias sociales, escolares, familiares:
- Escolares: situaciones de inadaptación, retraso, fracaso escolar o problemáticas relacionales de los menores en el ámbito escolar, 1 punto
- Familiares: situaciones de conflictividad y multiproblemática familiar como desestructuración, limitaciones intelectuales y emocionales de los cuidadores, ausencia de habilidades parentales apropiadas en relación a los menores, 1 punto.
- Laborales: ausencia de incompatibilidad de horarios, 1 punto.
- Aquellas familias, que tengan más de un menor en el comedor escolar, 1 punto.
- En caso de que las solicitudes aprobadas superen la cantidad presupuestaria disponible para la concesión de estas ayudas, se procederá nuevamente a tener en cuenta los criterios sociales, priorizando aquellos que hayan obtenido más puntuación.
- Se priorizará a las familias que hayan obtenido más puntuación siempre y cuando exista consignación presupuestaria y hasta que sea agotada la misma. En caso de empate a puntuación se priorizará el orden de entrada en el Registro Municipal.
Documentación a adjuntar
Las personas interesadas en acceder a las subvenciones reguladas por estas Bases,deberán presentar en el plazo fijado en estas Bases la siguiente documentación:
- a. Solicitud firmada por padre, madre o tutor en el modelo formalizado que le será facilitado por el centro municipal de servicios sociales o centros educativos.
- b. Fotocopia del libro de familia del/ la menor o menores.
- c. Fotocopia DNI de los padres o tutores.
- d. Certificado o informe de la dirección del centro de estar escolarizado y curso al que acude.
- e. Fotocopia declaración de la renta del último ejercicio o en su caso, la declaración negativa.
- f. Justificante de ingresos, de los 6 últimos meses de la unidad familiar:
- a Desempleados: certificado del servicio público de empleo que acredite la prestación o no de subsidio de desempleo indicando la cuantía y duración de los mismos referidos a las personasen edad laboral.
- b Pensionistas: copia del certificado de la pensión del INSS u otro organismo competente, que indique cuantía mensual y número de pagas.
- c Trabajadores por cuenta ajena: presentación contrato de trabajo y 3 últimas nóminas.
- d. Trabajadores por cuenta propia: copia última declaración trimestral (modelo 130), copia justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social y liquidaciones de los pagos fraccionados de los últimos 3 meses. En caso de que la declaración sea negativa o por importe inferior al importe a la base de cotización de la Seguridad Social, se tendrán en cuenta como ingresos mínimos mensuales los de la base de cotización de la Seguridad Social).
- e. En el caso de separación o divorcio legal, copia de la sentencia y convenio regulador, así como justificante de las aportaciones económicas establecidas. En situaciones de impago copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante del inicio de las actuaciones.
- f. En caso de la aplicación de la baremación de puntos es necesario presentar la justificación de aquellos ítems que puntúen: Fotocopia del reconocimiento de familia numerosa, Fotocopia del certificado de minusvalía, Documento que justifica ser Víctima de Violencia de Género,Informe Médico del menor que justifique necesidad del recurso de comedor, informe escolar,socio o laboral que justifique la puntuación de la situación escolar, laboral y/o social. Documento que justifique la hipoteca/ alquiler.
Se podrá solicitar al interesado otra documentación distinta a la numerada anteriormente cuando por medio de ésta no queda debidamente acreditado el cumplimiento de los requisitos necesarios para la concesión de la ayuda así como en caso de última justificación de algún documento, una declaración jurada.




