Becas Para Clases de Refuerzo Primaria y ESO
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Becas Para Clases de Refuerzo Primaria y ESO: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Benidorm convoca las Becas Para Clases de Refuerzo Primaria y ESO, mediante las cuales se ofrece la posibilidad de acceso a clases extraescolares a los alumnos que presenten ciertas necesidades de refuerzo educativo. Gracias a estas becas se podrá paliar las desigualdades que son resultado de la falta de adquisición de conocimientos de forma normalizada, así como ayudar a los alumnos que presentan dificultades a la hora de alcanzar los objetivos académicos marcados.
Las Becas Para Clases de Refuerzo Primaria y ESO se dirigirán a los alumnos de 2º y 3º ciclo de Educación Primaria y alumnado de Educación Secundaria Obligatoria de los centros educativos de Benidorm. Los solicitantes deberán cumplir con los requisitos indicados, como estar empadronados en Benidorm y poseer una renta que no supere los umbrales establecidos.
La cuantía de las becas serán 50 euros mensuales máximo por alumno. Este importe se abonará a la academia colaboradora.
Estas becas no serán compatibles con otras becas ayudas para la misma finalidad.
Si deseas consultar todo lo necesario para solicitar una de las Becas Para Clases de Refuerzo Primaria y ESO aquí lo encontrarás. Además en nuestra web podrás consultar también otras becas del Ayuntamiento de Benidorm.
Datos básicos
- Nº de becas
- 326
- Nivel de estudio
- Primaria
- ESO
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Alicante
- Localidad
- Benidorm
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Las Becas Para Clases de Refuerzo Primaria y ESO están dirigidas a familias de escolares de 2º y 3r ciclo de Educación Primaria y alumnado de Educación Secundaria Obligatoria matriculado en centros educativos de Benidorm sostenidos con fondos públicos, durante el primer semestre del año 2025 y que cumplan con los siguientes requisitos:
- a. La unidad familiar ha de estar empadronada y residir en Benidorm de forma ininterrumpida antes del 1 de septiembre de 2023.
- b. Disponer de un informe positivo del Equipo de Orientación del centro educativo, en el cual se exprese la conveniencia de recibir las clases de refuerzo escolar debido a:
- La dificultad en el aprendizaje en las áreas instrumentales.
- Desmotivación y ausencia de estrategias de aprendizaje adecuadas que impiden alcanzar los objetivos académicos requeridos para superar los cursos escolares.
- Dificultades de aprendizaje donde la familia no puede prestar apoyo suficiente en la actividad escolar.
- Otro motivo que justifique debidamente la conveniencia de recibir clases de apoyo escolar.
- c. No hallarse incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en la Ley General de Subvenciones.
- d. La renta de la unidad familiar del año 2023 no debe superar los umbrales máximos establecidos en la RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2024, de la Consellería de Educación, Universidades y Empleo, por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no universitarios públicos y privados concertados para el curso escolar 2024-2025:
- Familias de dos miembros: 25.293,00 €.
- Familias de tres miembros: 34.332,00 €.
- Familias de cuatro miembros: 40.773,00 €.
- Familias de cinco miembros: 45.572,00 €.
- Familias de seis miembros: 49.196,00 €.
- Familias de siete miembros: 52.780,00 €.
- Familias de ocho miembros: 56.348,00 €.
- A partir del octavo miembro se añadirán 3.561 euros a la renta de la unidad familiar por cada nuevo miembro computable.
- e. No se concederá la ayuda a alumnos y alumnas inmersos en el protocolo de absentismo escolar.
- En casos excepcionales y motivados por el Equipo de Orientación, escolares del 1r ciclo de Educación Primaria podrán beneficiarse de la ayuda de clases de refuerzo.
Dotación
- Las Becas Para Clases de Refuerzo Primaria y ESO establecen una cantidad máxima de 50 euros mensuales por alumno participante durante el periodo comprendido entre enero y junio de 2025.
- El importe se abonará directamente a la academia colaboradora donde reciba el estudiante las clases de refuerzo. Los abonos se realizarán por anticipado en un único pago.
Presentación
- Se presentará la solicitud de Becas Para Clases de Refuerzo Primaria y ESO cumplimentada junto a toda la documentación, de manera telemática a través de: sede.benidorm.org en el trámite habilitado en la Sección Catálogo de Servicios en Educación.
- Será necesario disponer del sistema de autenticación cl@ve o certificado digital. Se adjuntará toda la documentación requerida en formato PDF. Para aquellas personas que no dispongan de medios electrónicos se habilitará un punto de ayuda para la tramitación en el Departamento de Educación de lunes a viernes de 9.30 h. a 12.30 h. siempre que dispongan del sistema de autenticación cl@ave.
- La fecha de presentación será del 25 de noviembre al 8 de diciembre de 2024, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante instancia.
Más información
Descripción de la ayuda
La prestación municipal permitirá la participación en clases de recuperación escolar, de alumnado de 2º y 3r ciclo de Educación Primaria y alumnado de Educación Secundaria Obligatoria de centros educativos benidormenses, seleccionado por estos de acuerdo con un perfil determinado y según un orden de prioridad. Las clases se impartirán en academias o centros de estudios privados de Benidorm durante el primer semestre del año 2025, siendo las clases de 1 hora de duración y su frecuencia de al menos 2 sesiones semanales.
Resolución
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el departamento de Educación comprobará la documentación presentada y, seguidamente la Comisión de Valoración estudiará las solicitudes y el órgano competente de gobierno acordará la resolución definitiva de las ayudas.
Notificación
De conformidad con lo previsto en el art. 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas la publicación en el Portal de Ciudadano del Ayuntamiento de Benidorm https://benidorm.org/es/ayuntamiento/concejalias/educacion de los actos procedimentales previstos en las presente Bases sustituirá a la notificación individualizada de los mismos. También se publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benidorm. En toda publicación se hará referencia a la fecha de inicio del cómputo de los plazos que correspondan.
Incompatibilidad
La concesión de estas ayudas será incompatible con otro tipo de subvención o ayuda, sea privada o pública, para la misma finalidad. Serán incompatibles con las ayudas de tratamientos psicopedagógicos relacionadas con el aprendizaje de la convocatoria 2025.
Obligaciones de las personas beneficiarias
Las personas beneficiarias de las ayudas tienen las obligaciones que a continuación se detallan:
- Los escolares beneficiarios de las ayudas deben acudir de forma regular a las sesiones de refuerzo en los centros colaboradores escogidos por la familia.
- Si la familia decide voluntariamente que el alumno/a deje de asistir a las clases de apoyo escolar, el interesado/a debe comunicarlo al Departamento de Educación y por tanto se suspenderá la ayuda.
- Si se desea realizar algún cambio de centro de estudios para el que se adjudicó la ayuda; la persona interesada deberá solicitar previamente y por escrito una autorización municipal a tal efecto. En su caso, será necesario adjuntar a la solicitud el presupuesto de la nueva academia colaboradora que realice el refuerzo y solo se aceptará un cambio debidamente justificado.
- Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la ayuda.
- Comunicar al departamento de Educación la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
- En el caso de que las clases de refuerzo escolar tuvieran un coste mensual superior a la ayuda concedida, el solicitante deberá asumir el importe de esa diferencia.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- No hallarse incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en la Ley General de Subvenciones.
- Estar al corriente de cualquier pago o tasa derivada de los servicios municipales
Enlaces de interés
https://contenidos.benidorm.org/sites/default/files/descargas/2024-10/24REFUERZO2025_BASES_0.pdf