Becas Transporte Escolar Benasque
INSCRIPCIONES
Becas Transporte Escolar Benasque: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Transporte Escolar Benasque ofrece apoyo económico a estudiantes del municipio que cursan estudios fuera de su localidad. Estas ayudas están dirigidas a jóvenes de 16 a 26 años empadronados en Benasque durante el curso 2024-2025. El objetivo es cubrir parte de los gastos de desplazamiento según la distancia entre su residencia y el centro de estudios. El importe varía desde 300 euros para quienes se encuentran a menos de 200 kilómetros, hasta 750 euros para los que superan los 351 kilómetros.
Los beneficiarios deben estar matriculados en enseñanzas oficiales de grado universitario, ciclos formativos de grado medio y superior, o en estudios no universitarios para los que no exista oferta formativa en Benasque. Quedan excluidos para acceder a las Becas Transporte Escolar Benasque, los estudios de doctorado, másteres oficiales, títulos propios, educación secundaria, bachillerato, cursos de preparación para mayores de 25 años y enseñanzas a distancia como las ofrecidas por la UNED. Además, no pueden tener deudas con el Ayuntamiento ni estar incurso en situaciones que impidan la condición de beneficiario.
La solicitud se presenta de manera presencial en el Registro del Ayuntamiento o de forma electrónica a través de la Sede Electrónica. Los interesados deben aportar documentación como DNI, matrícula, boletín de notas, declaración responsable y la ficha bancaria para transferencias.
Las Becas Transporte Escolar Benasque garantiza el pago mediante transferencia a la cuenta del beneficiario, asegurando un proceso transparente y ágil. Con estas ayudas, los estudiantes pueden concentrarse en su formación sin preocuparse por los desplazamientos. Becas Transporte Escolar Benasque representa un apoyo clave para la educación y la igualdad de oportunidades en el municipio.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Región de origen
- Aragón
- Provincia de origen
- Huesca
- Localidad
- Benasque
- Nacionalidades
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
Podrán solicitar las Becas Transporte Escolar Benasque cualquier vecino/a del municipio Benasque, empadronado y con residencia efectiva en este municipio durante el curso 2024-2025, menor de 26 años a la fecha de finalización del curso escolar y que durante el período del curso 2024-2025 se encontrase cursando estudios de alguna de las enseñanzas del sistema universitario español adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado, o equivalentes, y los de enseñanzas no universitarias para las que no exista oferta formativa en la localidad que se indican a continuación: Ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior.
Se excluyen de esta convocatoria los estudios correspondientes a:
- Cualquier enseñanza no reglada.
- Estudios de tercer ciclo o doctorado
- Estudios de especialización
- Másteres Oficiales o equivalentes.
- Títulos propios de las universidades
- Masters y estudios de postgrado (plan anterior al Plan Bolonia)
- Universidades o cursos a distancia (UNED).
- Enseñanza Secundaria Obligatoria y Estudios de Bachillerato.
- Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
Requisitos:
Los requisitos que deben cumplir los beneficiarios son los siguientes:
- El solicitante debe estar empadronado y tener residencia efectiva en el municipio de Benasque durante el curso objeto de esta subvención (2024-2025) y estar entre los 16 a 26 años de edad en el mismo período. El requisito de la residencia efectiva se acreditará mediante presentación de declaración responsable, según modelo establecido al efecto, pudiendo solicitar este Ayuntamiento la documentación que se considere necesaria en caso de duda razonable.
- Estar matriculado/a en las enseñanzas establecidas en el artículo quinto.
- El solicitante no debe estar incurso en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones; así como no tener deudas tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Benasque. Dicho requisito se acreditará mediante presentación de declaración responsable, según modelo establecido al efecto.
- Estar matriculado/a en el curso 2024-2025.
Dotación
El importe de las Becas Transporte Escolar Benasque individuales concedidas será el correspondiente a las siguientes cuantías, en función de los kilómetros a contar desde el núcleo de Benasque:
- Hasta un radio de 200 kms 300 euros/año/alumno.
- Dentro de un radio entre 201 y 350 kms 500 euros/año/alumno.
- Más de 351 kms 750 euros/año/alumno.
Presentación
La solicitud de las Becas Transporte Escolar Benasque dirigida a la Alcaldía Presidencia, se presentará a instancia del interesado en:
- De manera presencial, en el Registro del Excmo. Ayuntamiento de la Villa de Benasque.
- De forma electrónica, a través de la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de la Villa de Benasque, alojada en la web del Excmo. Ayuntamiento.
- En los lugares o por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Objetivo
Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para colaborar con los gastos de desplazamiento de los estudiantes del curso anterior (2024-2025, finalizado en junio-julio 2025), empadronados y residentes en el municipio de Benasque, que cursen estudios reglados fuera de la localidad de Benasque y se encontrasen entre los 16 a 26 años de edad durante dicho curso.
Exclusiones y compatibilidades
Las ayudas establecidas en estas bases son compatibles con las que pudiera otorgar otros organismos.
Instrucción y resolución del procedimiento
Corresponderá la instrucción de la solicitud a la concejalía de Educación, la cual, a través del personal técnico responsable, y personal que se adscriba a la resolución del procedimiento, formulará la propuesta provisional de resolución a la Alcaldía Presidencia tras realizar los trámites pertinentes.
La resolución provisional se notificará a los/as interesados/as a través del tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de la villa de Benasque y se concederá un plazo de 5 días hábiles para presentar alegaciones.
Una vez atendidas todas las alegaciones, se emitirá una propuesta de resolución definitiva. En el caso de no presentarse ninguna alegación la propuesta provisional quedará elevada a definitiva.
El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de 5 meses a partir del último día de plazo de entrega de la solicitud.
Baremo de acceso
En caso de que el número de solicitudes supere el importe de las ayudas a conceder se priorizará aquellos que acrediten menor ingreso / IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo).
Justificación y pago
De conformidad con lo establecido en el Artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, 18 de noviembre de 2003) la concesión de las becas y ayudas al estudio que se convocan siguiendo estas bases, no requerirá otra justificación que la acreditación previa a la concesión de que el solicitante reúne los requisitos establecidos en estas bases.
El pago de la subvención se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta bancaria presentada por el beneficiario (ficha de terceros Anexo II).
Documentación a adjuntar
Documentación a aportar:
- Solicitud
- Copia DNI
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que prohíban tener la condición de beneficiario y no tener deudas tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de la villa de Benasque (Anexo I)
- Modelo normalizado de alta a terceros debidamente cumplimentado, firmado por el interesado y sellado por la entidad bancaria, con el objeto de poder transferir el importe económico de la ayuda si fuera concedida (Ficha de terceros) (Anexo II)
- Matrícula del curso 2024-2025
- Boletín de notas del curso 2024-2025
- Declaración de la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al ejercicio 2024, de los convivientes con el perceptor de las ayudas a los efectos de cálculo del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo)
La solicitud, junto con las instrucciones y los anexos pertinentes se podrán obtener a través de la web del Ayuntamiento de Benasque y dentro del horario habitual, en el Servicio de Atención al Ciudadano.