Becas Libros y Material - Ayto Archidona
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Becas Libros y Material - Ayto Archidona: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Libros y Material - Ayto Archidona son convocadas para las familias que tengan menores a su cargo cursando Segundo Ciclo de Educación Infantil y que necesitan una ayuda extra para la compra de material y libros escolares.
Gracias a estas ayudas, las familias verán sufragados los gastos que derivan de la compra de libros y material con un importe de entre 100 y 150 euros, según la baremación que obtengan por su situación.
Esta baremación dependerá de los ingresos de la unidad familiar, los hijos a cargo y la existencia de carga hipotecaria o pago de alquiler de la vivienda que constituya el domicilio habitual.
El pago de la cuantía se realizará a la cuenta bancaria del solicitante, previa justificación del gasto realizado en la compra de libros y material escolar.
Para poder solicitar las Becas Libros y Material - Ayto Archidona, los niños deberán estar escolarizados en Educación Infantil en centros escolares de Archidona y que los ingresos de la unidad familiar no superen el importe del salario mínimo interprofesional.
Aquí te facilitamos todos los datos que debes conocer sobre las Becas Libros y Material - Ayto Archidona. Si cumples los requisitos no pierdas esta oportunidad. Consulta en nuestra web los requisitos, plazos, etc.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Segundo ciclo de educación infantil
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Pueden solicitar las Becas Libros y Material - Ayto Archidona los alumnos de Educación Infantil, que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar cursando Educación Infantil en Centros Escolares del municipio de Archidona.
- Que los ingresos brutos mensuales de la Unidad Básica de Convivencia (sea cuál sea su naturaleza), entendiendo como tal la formada por aquellas personas que residen en el mismo domicilio y mantienen una relación de parentesco o vínculo afectivo, no superen el importe del Salario Mínimo Interprofesional, vigente a la fecha de la convocatoria, por miembro de la Unidad Familiar.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En atención a la naturaleza de la subvención y a las personas a las que se destina, se exceptúa la aplicación de lo establecido en su letra e) que literalmente dice “no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente”.
Dotación
- Los gastos subvencionables mediante las Becas Libros y Material - Ayto Archidona serán la adquisición de libros y/o material escolar, justificados mediante las facturas presentadas a nombre de la persona solicitante de la ayuda.
- La cuantía individual de las becas será de 100 o 150 euros, según corresponda en las bases reguladoras.
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Libros y Material - Ayto Archidona, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de Archidona, se presentarán conforme al modelo de solicitud disponible en el Ayuntamiento o en la Sede Electrónica: http://archidona.sedelectronica.es, y deberá ir acompañada de la documentación establecida en la base 3ª de las bases generales reguladoras.
- El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga. Las solicitudes se presentarán en el Registro General, a través de la Sede Electrónica o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Objeto
Contribuir al coste económico que les supone a las familias la adquisición de libros y/o material escolar para el Segundo Ciclo de Educación Infantil (de 3 a 5 años).
Resolución
El plazo máximo para tramitar y resolver las solicitudes de concesión será de tres meses, a contar desde la fecha de terminación del plazo de presentación, entendiéndose desestimadas aquellas solicitudes sobre las que una vez transcurrido el mencionado periodo, no haya recaído resolución expresa. La resolución pone fin a la vía administrativa.