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Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia

Premios, concursos y certámenesUniversitarios

INSCRIPCIONES

28/03/202327/04/2023
Finalizada

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Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia: solicitud y plazos

Descripción

Los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia están dirigidos a aquellos alumnos que han finalizado sus Estudios Universitarios de Grado en el Sistema universitario de Galicia y que han obtenido excelentes resultados académicos.

Para poder optar a los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia, se deben reunir los requisitos indicados por la Xunta de Galicia entre los que se establecen el tener una puntuación media de entre 7,5 y 8,5 puntos dependiendo de las ramas de estudio cursadas.

La otorgación de estos premios convocados por la Xunta de Galicia concede a los beneficiarios de los mismos una dotación económica de 3.500 €, además del prestigio y reconocimiento de la comunidad universitaria hacia los premiados.

Con iniciativas como esta, la Xunta de Galicia pretende promover el interés de los alumnos en obtener excelente resultados académicos en las materias que están cursando, además de premiar y reconocer el esfuerzo, sacrificio y dedicación que esos resultados conllevan.

Si eres estudiante en algunas de las Universidades de Galicia y además cumples el resto de requisitos, no dudes en solicitar los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia.

Aquí te facilitamos toda la información relacionada como plazos de presentación de solicitudes, procesos de selección y otros datos importantes sobre los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrá solicitar estas ayudas el alumnado universitario que cumpla los siguientes requisitos:

  • a. Haber cursado íntegramente los estudios de la titulación universitaria por la que opta al premio en las universidades del Sistema universitario de Galicia.
  • b. Haber finalizado la titulación oficial de grado en el curso académico 2021/22.
  • c. En el programa de simultaneidad de grados, haber finalizado los dos grados en el curso académico 2021/22.
  • d. Tener una puntuación media en su expediente académico igual o superior a 8,50 puntos, para el alumnado de las ramas de conocimiento de Artes y Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias y Ciencias de la Salud; y 7,50 puntos, para el alumnado de la rama de Ingeniería y Arquitectura.
  • e. No podrán obtener un premio fin de carrera aquellas personas que ya obtuvieron uno en anteriores convocatorias.
  • f. Asimismo, no podrán optar a un premio aquellas personas que tengan su

Dotación

  1. Las personas premiadas recibirán una dotación económica de un máximo de 3.500 euros y un diploma acreditativo de esta distinción. El importe del premio estará sujeto a las retenciones fiscales que legalmente correspondan.
  2. Solamente se podrá recibir un premio por persona. En la simultaneidad de grados, en caso de que una persona resulte seleccionada en más de un grado, deberá escoger en que grado desea recibir el premio.

Presentación

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia,https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Una vez formalizada la solicitud, deberá ser firmada por la persona interesada con cualquiera de los sistemas de firma admitidos por la sede electrónica y enviarla por el procedimiento electrónico establecido; quedará así presentada a todos los efectos. No se tendrán en cuenta aquellas solicitudes formalizadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido y obtengan el justificante de solicitud, que deberá conservar la persona solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

Las solicitudes las suscribirá electrónicamente la persona interesada o la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

Para la presentación electrónica de este procedimiento, la sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o a la dirección electrónica 012@xunta.gal

Si las dudas están relacionadas con la presente convocatoria, podrán hacer sus consultas en la dirección electrónica orientacion.sug@edu.xunta.es.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y,si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último del mes.

Más información

Objeto

  1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los premios fin de carrera de la Comunidad Autónoma para el alumnado que finalizó brillantemente sus estudios universitarios conducentes a una titulación oficial de grado en el curso académico 2021/22, en las universidades del Sistema universitario de Galicia (código de procedimiento ED415A).
  2. Estos premios, además de tener asignada una dotación económica, suponen un reconocimiento de carácter oficial para el alumnado que cuenta con el mejor expediente académico de entre las personas solicitantes.

Comprobación de datos

  1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
    • a. DNI o NIE de la persona solicitante.
    • b. DNI o NIE de la persona representante, solamente en caso de actuar por medio de representante.
    • c. Título universitario oficial español.
    • d. d) Documento de la universidad correspondiente en el que deberá constar la nota media del expediente académico, obtenida de acuerdo con los parámetros reflejados en el protocolo de colaboración suscrito con fecha 27 de junio de 2011 entre la Consellería deEducación y Ordenación Universitaria y las universidades de Santiago de Compostela, ACoruña y Vigo para la valoración de los expedientes académicos, cuya publicación en elDiario Oficial de Galicia fue acordada por la Resolución de la Secretaría General Técnicade la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011(DOG núm.188, de 30 de septiembre). Asimismo, deberá constar el curso en el que se superó el trabajo fin de grado (TFG) y, si tiene superado más de un tercio de las materias dela titulación por cursos puente o reconocimientos.
    • e. Certificado de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
    • f. Certificado de estar al corriente del pago con la Seguridad Social.
    • g. Certificado de estar al corriente del pago con la Agencia Tributaria de Galicia (Atriga).
  2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos. Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
  3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes. 

Criterios de evaluación

  1. La selección de las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria se realizará por la Comisión Evaluadora atendiendo al expediente académico con la calificación de la nota media más alta obtenida en cada una de las titulaciones de grado implantadas en el Sistema universitario de Galicia, según la tabla incluida en el anexo I de esta orden.
  2. En cuanto a las titulaciones que compitan entre sí, conforme a las agrupaciones establecidas en la tabla del anexo I, obtendrá el premio la titulación con la nota media más alta.
  3. La nota media se calculará de acuerdo con los parámetros reflejados en el protocolo de colaboración suscrito el 27 de junio de 2011, entre la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y las universidades de Santiago de Compostela, A Coruña y Vigo para la valoración de los expedientes académicos, cuya publicación en el Diario Oficial de Galicia fue acordada por la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011 (DOG núm. 188, de 30 de septiembre).
  4. En caso de empate en la nota media del expediente académico entre varias personas solicitantes, se procederá al desempate de acuerdo con el siguiente orden de prelación:
    • 1ª. Mayor número de matrículas de honor.
    • 2ª. Mayor número de sobresalientes.
    • 3ª. Mayor número de notables.
    • 4ª. Mayor número de aprobados.
  5. El número de premios vendrá determinado por el número de personas egresadas en la misma titulación de la manera siguiente:
    • a. Hasta 199 personas egresadas: un premio.
    • b. Entre 100 y 199 personas egresadas: dos premios.
    • c. Entre 200 y 299 personas egresadas: tres premios.
    • d. Entre 300 y 399 personas egresadas: cuatro premios.
    • e. Entre 400 y 499 personas egresadas: cinco premios.
    • e. Con 500 o más personas egresadas: seis premios.
    • El número de personas egresadas en cada titulación estará verificado por la certificación emitida por los servicios administrativos de las universidades del Sistema universitario de Galicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de esta orden.
  6. El premio quedará desierto en los siguientes casos:
    1. Cuando el grado por el que se opta al premio no tenga un mínimo de 30 egresados/as, según la certificación emitida por los servicios administrativos de las universidades.
    2. O cuando la suma de los/las egresados/as de los grados que compiten entre sí, conforme a la tabla del anexo I, no alcancen ese mínimo de 30.
    3. En caso de que hubiera varios grados de la misma rama de conocimiento en esa situación podrán agregarse entre ellos para alcanzar el mínimo de egresados/as exigido y optar a un de los premios de esta convocatoria.

Propuesta de resolución

Una vez efectuada la selección, la Comisión Evaluadora elevará, a través de la Secretaria General de Universidades, un informe propuesta al conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidad para la adjudicación de los premios mediante la correspondiente resolución.

Resolución

  1. La resolución tendrá el siguiente contenido:
    • a. Listado de las personas beneficiarias de los premios y su cuantía.
    • b. Listado de las personas que no hayan obtenido premio.
  2. El plazo máximo para resolver las solicitudes correspondientes a las acciones especificadas en esta orden será de cinco meses, y comenzará a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se dicte resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
  3. La resolución de concesión de los premios se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, www.edu.xunta.gal por la que se entenderán notificados a todos los efectos los solicitantes, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  4. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas afectadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Pago

El abono de los premios se hará efectivo mediante libramiento único y directo en la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria.

Obligaciones de las personas beneficiarias

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria y la obligación de:

  • a. Informar al órgano que concede el premio de la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración pública, ente público o privado.
  • b. Facilitar toda la información que le sea requerida por la Consellería de Cultura, Educación y Universidad, así como de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las ayudas, según dispone el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  • c. Acreditar mediante certificación que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no tiene pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, solamente en caso de que la persona interesada se oponga a la consulta o no preste su consentimiento expreso, en su caso. Esta certificación podrá ser sustituida por la declaración responsable que figura dentro del anexo II de esta orden, según se regula en el artículo 11 del Reglamento de la Ley 9/2007.
  • d. Remitir a la Secretaría General de Universidades el modelo 145 del impuesto sobre la renta de las personas físicas a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia,https://sede.xunta.gal, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada en las dos semanas siguientes a la publicación de la orden de resolución de la concesión de los premios en el Diario Oficial de Galicia.

Enlaces de interés

https://www.edu.xunta.gal/portal/sites/web/files/anunciog0655-160323-0001_es.pdf

Documentación a adjuntar

  1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho en el caso de actuar por medio de representante.
  2. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través delas redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su presentación.
  3. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
    • Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.
    • Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
  4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia están dirigidos a aquellos alumnos que han finalizado sus Estudios Universitarios de Grado en el Sistema universitario de Galicia y que han obtenido excelentes resultados académicos.

El plazo de inscripción de la Beca "Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia" es: desde 28/03/2023 hasta 27/04/2023.

La Beca "Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes