Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia
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Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia: solicitud y plazos
Descripción
Los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia están dirigidos a aquellos alumnos que han finalizado sus Estudios Universitarios de Grado en el Sistema Universitario de Galicia y que han obtenido excelentes resultados académicos.
Para poder optar a los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia, se deben reunir los requisitos indicados por la Xunta de Galicia entre los que se establecen el tener una puntuación media de entre 7,5 y 8,5 puntos dependiendo de las ramas de estudio cursadas.
La otorgación de estos premios convocados por la Xunta de Galicia concede a los beneficiarios de los mismos una dotación económica de 3.500 €, además del prestigio y reconocimiento de la comunidad universitaria hacia los premiados.
Con iniciativas como esta, la Xunta de Galicia pretende promover el interés de los alumnos en obtener excelente resultados académicos en las materias que están cursando, además de premiar y reconocer el esfuerzo, sacrificio y dedicación que esos resultados conllevan.
Si eres estudiante en algunas de las Universidades de Galicia y además cumples el resto de requisitos, no dudes en solicitar los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia.
Aquí te facilitamos toda la información relacionada como plazos de presentación de solicitudes, procesos de selección y otros datos importantes sobre los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia el alumnado universitario que cumpla los siguientes requisitos:
- a. Poseer el título universitario español cuya concesión se solicita o el depósito del mismo.
- b. Haber cursado la totalidad de los estudios de la carrera universitaria que opta por cursar.
- c. Haber finalizado el estudio oficial de Grado en el curso académico 2023/24.
- d. En el programa simultáneo de titulación, haber realizado ambos trabajos fin de grado en el mismo año, en el curso académico 2023/24.
- e. Tener una calificación media en su expediente académico igual o superior a 8,50 puntos, para estudiantes de las ramas de conocimiento de Artes y Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias Sociales y de la Salud; y 7,50 puntos, para estudiantes de la rama de Ingeniería y Arquitectura.
- f. Quienes ya hayan obtenido uno en el pasado no podrán obtener el premio fin de carrera llamadas anteriores.
- g. Asimismo, aquellas personas que hayan excedido los más de un tercio de las asignaturas del grado son cursos puente o cursos de reconocimiento.
Dotación
- Las personas premiadas con los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia recibirán una dotación económica de un máximo de 3.500 euros y un diploma acreditativo de esta distinción. El importe del premio estará sujeto a las retenciones fiscales que legalmente correspondan.
- Solamente se podrá recibir un premio por persona. En la simultaneidad de grados, en caso de que una persona resulte seleccionada en más de un grado, deberá escoger en que grado desea recibir el premio.
Presentación
- Las solicitudes de los Premios Fin de Carrera Comunidad Autónoma de Galicia deberán presentarse electrónicamente a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, pues las personas incluidas en el ámbito subjetivo disponen de las capacidades técnicas y disponibilidad de acceso a los medios electrónicos necesarios para formalizar las solicitudes.
- De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguno de los interesados presenta su solicitud presencialmente, deberá subsanarla mediante presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud la fecha en que se haya realizado la modificación.
- Para la presentación electrónica se podrá utilizar cualquiera de los mecanismos de identificación y firma aceptados por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y contraseña Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
- Una vez formalizada la solicitud, ésta deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma admitidos por la sede electrónica y enviada mediante el procedimiento electrónico establecido; Se presentará como tal a todos los efectos. No se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas por vía electrónica que no completen el proceso de presentación establecido y obtengan el resguardo de solicitud, que el solicitante deberá conservar para acreditar, en su caso, que su solicitud fue presentada en el plazo y forma establecidos.
- Las solicitudes serán firmadas electrónicamente por la persona interesada o quien las solicite.acreditar su representación por cualquier medio legalmente válido.
- Para la presentación telemática de este procedimiento será necesaria la sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de unas instrucciones de asistencia, que deberán ser observadas en todo momento por los solicitantes. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, puede contactar con el teléfono de información 012 o la dirección de correo electrónico 012@xunta.gal.
Más información
Objeto
- Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, los premios fin de carrera de la Comunidad Autónoma para el alumnado que finalizó brillantemente sus estudios universitarios conducentes a una titulación oficial de grado en el curso académico 2023/24, en las universidades del Sistema universitario de Galicia (código de procedimiento ED415A).
- Estos premios, además de tener asignada una dotación económica, suponen un reconocimiento oficial al estudiante con mejor expediente académico entre los aspirantes.
Criterios de evaluación
- La selección de las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria. Se realizará por el profesorado en función del expediente académico con mayor nota media obtenida en cada una de las enseñanzas de grado implantadas en el Sistema Universitario Gallego, de acuerdo con la tabla incluida en el Anexo I de esta orden.
- En los grados que compiten entre sí, según las agrupaciones establecidas en dichas De acuerdo a la tabla, la titulación con nota media más alta obtendrá el premio.
- La nota media se calculará de acuerdo a los parámetros reflejados en el co-Convenio de colaboración firmado el 27 de junio de 2011 entre el Ministerio de Educación y Ordenación Universitaria y las universidades de Santiago de Compostela, A Coruña y Vigo para la evaluación de los expedientes académicos, cuya publicación en el Diario Oficial de Galicia Así lo acordó mediante Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y Planificación Universitaria, de fecha 15 de septiembre de 2011.
- En caso de empate en la nota media del expediente académico entre varias personas solicitantes, el desempate se realizará de acuerdo con el siguiente orden de prioridad:
- Mayor número de honores.
- Mayor número de estudiantes destacados.
- Mayor número de notables.
- Mayor número de aprobaciones.
- El número de premios se determinará en función del número de personas que se gradúen en el mismo.grado de la siguiente manera:
- a. Hasta 99 egresados: un premio.
- b. Entre 100 y 199 egresados: dos premios.
- c. Entre 200 y 299 egresados: tres premios.
- d. Entre 300 y 399 egresados: cuatro premios.
- e. Entre 400 y 499 egresados: cinco premios.
- f. Con 500 o más graduados: seis premios.
- El número de personas tituladas en cada titulación se comprobará mediante certificación expedida por los servicios administrativos de las universidades del Sistema Universitario de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de esta orden.
- El premio quedará desierto en los siguientes casos:
- Cuando la titulación para la que se solicita el premio no alcance un mínimo de 30 titulados, según certificación expedida por los servicios administrativos de las universidades.
- O cuando la suma de los egresados de las titulaciones que concurren entre sí, según la tabla del Anexo I, no alcance ese mínimo de 30.
- En el caso de que existan varias titulaciones de una misma rama de conocimiento en esta situación, se podrán sumar hasta alcanzar el número mínimo de titulados requerido y optar a alguno de los premios de esta convocatoria.
Propuesta de resolución
Una vez efectuada la selección, la Comisión Evaluadora elevará, a través de la Secretaria General de Universidades, un informe propuesta al conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidad para la adjudicación de los premios mediante la correspondiente resolución.
Resolución
- La resolución tendrá el siguiente contenido:
- a. Listado de las personas beneficiarias de los premios y su cuantía.
- b. Listado de las personas que no hayan obtenido premio.
- El plazo máximo para resolver las solicitudes correspondientes a las acciones especificadas en esta orden será de cinco meses, y comenzará a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que se dicte resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
- La resolución de concesión de los premios se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, www.edu.xunta.gal por la que se entenderán notificados a todos los efectos los solicitantes, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas afectadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Pago
El abono de los premios se hará efectivo mediante libramiento único y directo en la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria.
Documentación a adjuntar
- Los interesados deberán presentar junto con su solicitud la siguiente documentación:
- Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho en el caso de actuar mediante representante.
- De acuerdo con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común, no será necesario aportar documentos que ya hayan sido previamente presentados por el interesado ante cualquier Administración. En este caso, el interesado deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que se obtendrán por vía electrónica a través de las redes corporativas o mediante la consulta de plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que en el procedimiento conste la oposición expresa del interesado.
- Excepcionalmente, si no se pudieran obtener los documentos citados, se podrá solicitar nuevamente al interesado su aportación.
- La documentación complementaria deberá presentarse por vía telemática.