Universidade da Coruña (UDC)

Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC

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INSCRIPCIONES

Inicio19/03/2026 Fin31/05/2026
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Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC están diseñadas para apoyar a estudiantes de la Universidad de A Coruña que enfrentan dificultades económicas debido a circunstancias personales, familiares o sociales sobrevenidas. Estas ayudas buscan garantizar que ningún estudiante vea interrumpidos sus estudios por falta de recursos.

Podrán solicitarlas estudiantes matriculados en grados o másteres de la UDC, que mantengan su matrícula durante todo el curso 2025/26 y cumplan con los requisitos socioeconómicos establecidos, como la reducción significativa de ingresos familiares o situaciones como fallecimiento, desempleo, enfermedad grave, discapacidad, separación/divorcio o abandono familiar. Además, los solicitantes no deben superar los umbrales de renta familiar establecidos por la normativa vigente y deben matricularse en un mínimo de 30 créditos, salvo casos de finalización de estudios. El importe máximo que ofrecerá la ayuda será de 1.000 euros, que se pagarán por transferencia bancaria.

El procedimiento de solicitud para las Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC se realiza de forma telemática, aportando documentación que acredite la situación económica y la causa sobrevenida, incluyendo certificado de empadronamiento, vida laboral, declaraciones de IRPF y otros documentos oficiales. La Comisión de Valoración evaluará las solicitudes considerando la situación sobrevenida, los recursos económicos y la disponibilidad presupuestaria, priorizando a quienes no tengan titulación universitaria previa.

Infórmate sobre las Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrá solicitar las Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC el alumnado matriculado en un centro propio de la UDC en estudios oficiales de grado o máster, que mantenga su matrícula durante todo el curso académico 2025/26, y que cumpla los siguientes requisitos:

a. Requisito socioeconómico principal

Las personas solicitantes deberán acreditar que su unidad familiar sufrió una disminución drástica de ingresos como consecuencia directa de una situación sobrevenida ocurrida desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026. Se considerará que existe una disminución drástica cuando la reducción de los ingresos familiares sea de, al menos, un 15 % respecto al año anterior. En circunstancias excepcionales debidamente justificadas, la Comisión de Valoración podrá apreciar la existencia de dificultad económica grave aun cuando la caída de ingresos no alcance el 15 %, si a su juicio los ingresos actuales se sitúan en niveles de riesgo de exclusión social.

Se entenderá como causa sobrevenida:

  • el fallecimiento de alguna de las personas progenitoras o sustentadoras principales de la unidad familiar;
  • el desempleo de alguna de las personas progenitoras o sustentadoras principales de la unidad familiar;
  • la separación/divorcio de las personas progenitoras del/de la estudiante, o del propio estudiante si tuviese cónyuge;
  • el reconocimiento de una discapacidad acreditada superior al 33 %. La resolución del reconocimiento del grado de discapacidad deberá estar emitida entre el 01/09/2025 y el 31/05/2026;
  • el accidente o enfermedad grave de la persona solicitante o de otro miembro de la unidad familiar (1.º o 2.º grado) que comporte importantes gastos médicos o de cuidados, o que impida trabajar a quien aportaba ingresos;
  • la acogida, desamparo o abandono familiar: casos en que la persona solicitante sufriera abandono por parte de su familia y se encuentre bajo tutela/acogimiento fuera de su núcleo familiar de origen, con la consiguiente carencia de apoyo económico;
  • otras circunstancias, sociales o excepcionales, que tengan un impacto económico negativo.

b. No disponer de una titulación de igual o superior nivel a la que está cursando y para la que solicita la ayuda.

c. No superar los umbrales de renta familiar establecidos en el Real Decreto 163/2025, del 4 de marzo de 2025, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías y ayudas al estudio para el curso 2025/26.

d. Estar matriculada en un mínimo de 30 créditos, salvo en los casos de finalización de estudios.

Dotación

Las Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC ofrecerán un importe máximo de 1.000 euros; la Comisión de Valoración establecerá la cuantía exacta para cada solicitud.

El pago de la ayuda se realizará mediante una transferencia bancaria a la cuenta que indiquen las personas beneficiarias, de la cual deben ser titulares o cotitulares. Se abonará en un único pago.

Presentación

Plazo de solicitud de las Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC: desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria hasta las 23:59 horas del 31 de mayo de 2026.

Procedimiento de solicitud: la solicitud se realizará por vía telemática completando el formulario https://forms.office.com/e/BBqxTcUej3 y aportando en formato digital (PDF) toda la documentación que se detalla en el artículo 5. Para acceder a la solicitud telemática será necesario identificarse con las credenciales universitarias y seguir las instrucciones del formulario. Una vez completado y enviado, el/la estudiante obtendrá un resguardo acreditativo de la solicitud en su correo electrónico institucional (@udc.gal/@udc.es).

Más información

Objeto y presupuesto

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas económicas de carácter finalista y extraordinario para aquel alumnado de la UDC que, por circunstancias personales, familiares o económicas sobrevenidas durante el período del 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026, se encuentre en una situación precaria que pueda afectar a la continuidad de sus estudios.

Estas ayudas persiguen que, dentro de los límites presupuestarios existentes, ningún alumnado quede excluido de la universidad por motivos económicos.

Valoración de las solicitudes y adjudicación de las ayudas

La valoración de las solicitudes se realizará por la Comisión de Valoración, que propondrá la adjudicación de las ayudas teniendo en cuenta la causa sobrevenida justificada, la falta de recursos económicos debidamente acreditada y la existencia de presupuesto.

En la adjudicación de las ayudas se priorizarán las solicitudes del alumnado que no tenga ninguna titulación universitaria sobre las del alumnado que sí la tenga.

Resolución de la convocatoria

Una vez evaluadas las solicitudes por la Comisión de Valoración, se publicará en el Tablero Electrónico Oficial de la UDC (TEO) el listado provisional de solicitudes admitidas y denegadas, con la causa de denegación.

Las personas con la solicitud denegada dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este listado, para presentar una reclamación y/o aportar documentación.

Tras examinarse las reclamaciones/documentaciones presentadas, se publicará en el TEO el listado definitivo de solicitudes concedidas con su cuantía, denegadas con la causa de denegación, y el listado de espera, si lo hubiera.

Obligaciones de las personas beneficiarias

Las personas beneficiarias de estas ayudas adquieren las siguientes obligaciones:

  • Aceptar formalmente la ayuda concedida en los términos que se establezcan en la resolución definitiva;
  • Destinar la ayuda a la finalidad para la que fue concedida.

Incompatibilidad de las ayudas

Con carácter general, estas ayudas son incompatibles con otras becas o ayudas de la misma naturaleza o finalidad concedidas para el curso 2025/2026, con el fin de evitar duplicidades en la financiación de una misma necesidad. En particular, no se concederá esta ayuda a quien sea beneficiario/a de:

  • La beca de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFPD) para el curso 2025/2026, así como cualquier beca equivalente.
  • Las ayudas sociales de otras instituciones públicas para la misma finalidad: en caso de que alguna entidad pública autonómica ofreciese una ayuda extraordinaria para estudiantes en situación de emergencia, no se duplicarán fondos. El/la estudiante deberá optar por una u otra o, si ya las obtuvo, quedaría fuera de esta convocatoria.

En caso de que se detecte que la persona beneficiaria incurrió en doble financiación no permitida, deberá reintegrar la ayuda recibida de la UDC y podrá ser sancionada/o conforme a la normativa de subvenciones.

Enlaces de interés

https://sede.udc.gal/services/electronic_board/EXP2026/003960/document?logicalId=dfed58f5-66f6-482c-8c34-96163b319fe1&documentCsv=R678GFE9Q9N38DHKN91F3MMN

Documentación a adjuntar

Junto con la solicitud, el alumnado deberá aportar la siguiente documentación acreditativa para verificar el cumplimiento de los requisitos y de la causa sobrevenida alegada. Documentación general común a todas las solicitudes:

a. Documento de identidad: copia del DNI o NIE de la persona solicitante. No será válida la presentación del pasaporte.

b. Certificado actualizado de empadronamiento del municipio en el que figuren todos los miembros computables de la unidad familiar.

c. Vida laboral actualizada: informe de vida laboral completa expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, actualizado a la fecha de presentación, de todos los miembros computables de la familia mayores de 16 años.

d. Ingresos familiares antes y después del hecho causante: deberán documentarse detalladamente los ingresos económicos de todos los miembros de la unidad familiar que evidencien la reducción de ingresos sufrida. Para tal fin, se aportarán:

  • Declaraciones del IRPF de los años 2024 y 2025 (si procede) de cada miembro con obligación de declarar. En caso de no estar obligados a declarar IRPF, certificados de imputaciones de Hacienda o certificados negativos;
  • Certificados de ingresos o prestaciones emitidos por las entidades pagadoras correspondientes, como pueden ser certificados de empresa de salarios y liquidación, certificados del SEPE de prestaciones por desempleo, del Instituto Nacional de la Seguridad Social (pensiones), de servicios sociales (ingreso mínimo, otras ayudas...) u otros documentos oficiales que acrediten los ingresos percibidos y retenciones, tanto antes como después de la incidencia;
  • Cualquier otro documento que la comisión considere necesario para cuantificar la disminución de ingresos (por ejemplo, en caso de profesionales autónomos/as, certificados de cese de actividad o de reducción drástica de facturación, etc.);

e. Anexo I: deberá presentarse firmado por todos los miembros de la unidad familiar.

Documentación específica según la causa sobrevenida alegada: acreditación de la situación que se alega, aportando la documentación específica que corresponda. A modo enunciativo, se detalla la documentación requerida para algunos supuestos típicos; cualquier otra causa deberá acreditarse con medios análogos:

  • Fallecimiento de la persona progenitora o sustentadora: certificado de defunción del miembro fallecido.
  • Desempleo de una de las personas sustentadoras: certificado de empresa de despido o carta de finalización de contrato; documento de alta como demandante de empleo (DARDE) y, si corresponde, resolución de reconocimiento de prestación por desempleo del SEPE con indicación de la cuantía y duración, o certificado de no percibir prestación. Si la persona afectada era autónoma: justificante de cese de actividad. Se contrastarán los ingresos antes y después (aportados en 5.1.d).
  • Separación/divorcio: copia de la sentencia de separación o divorcio, convenio regulador y, en su caso, certificación de medidas económicas (pensión alimenticia, compensatoria), así como certificado de empadronamiento que muestre la nueva composición familiar tras la separación.
  • Discapacidad sobrevenida: resolución o certificado oficial de reconocimiento de discapacidad emitido por el organismo competente, con indicación del grado (%) y la fecha de efecto.
  • Enfermedad grave: informe médico oficial que diagnostique la enfermedad e indique su fecha de inicio.
  • Otra: documentación que acredite la causa sobrevenida alegada.

La Comisión de Valoración se reserva la facultad de solicitar cualquier documentación adicional que estime necesaria para examinar la situación económica y social alegada.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC

Las Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC están diseñadas para apoyar a estudiantes de la Universidad de A Coruña que enfrentan dificultades económicas debido a circunstancias personales, familiares o sociales sobrevenidas. Estas ayudas buscan garantizar que ningún estudiante vea interrumpidos sus estudios por falta de recursos.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC" es: desde 19/03/2026 hasta 31/05/2026.

La Beca "Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Estudiantado Causas Sobrevenidas UDC" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas sociales