Universidad de Vigo (UVigo)

Becas Atención Alumnado de Apoyo Educativo - UVigo

Becas para discapacitadosUniversitarios

INSCRIPCIONES

01/10/202217/10/2022
Finalizada

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Becas Atención Alumnado de Apoyo Educativo - UVigo: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas de Atención al Alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo - UVigo son convocadas por la Universidad de Vigo (UVigo) con la finalidad de dar el apoyo necesario a los alumnos con necesidades específicas, mediante la colaboración de otros alumnos de Grado o Máster de esta universidad.

Con iniciativas como las Becas de atención a alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo - UVigo se pretende fomentar y garantizar el acceso y permanencia en el mundo universitario de los alumnos que deseen cursar estudios académicos universitarios en la Universidad de Vigo.

Para ello, mediante las Becas Atención Alumnado de Apoyo Educativo - UVigo se financiarán actuaciones como la realización de una tarea de verificación del material, la realización de un trabajo de especificación de tareas, trabajos y procesos, así como supervisar las agendas personales de los estudiantes, prestar las ayudas de mediación cognitiva necesarias, y colaborar con el alumno en el diseño, organización de los trabajos de clase, entre otras.

A cambio de dichas tareas, se ofrece a los alumnos seleccionados una dotación económica que supondrá una gran ayuda para la economía personal de los alumnos becados.

De este modo y mediante las Becas Atención Alumnado de Apoyo Educativo - UVigo, se promueve la igualdad de oportunidades entre los alumnos de la Universidad de Vigo (UVigo) a la vez que se facilita la inclusión social de las personas con necesidades específicas.

Conoce a continuación toda la información relacionada con las Becas Atención Alumnado de Apoyo Educativo - UVigo como plazos de presentación, requisitos y proceso de selección y resolución.

Datos básicos

Nº de becas
1
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Región de origen
  • Galicia
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España

Requisitos

Los estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos pueden solicitar una beca:

  • Estar matriculado en el curso 2022/2023 en alguna de las titulaciones oficiales de grado o máster del Campus de Pontevedra.

No pueden tener la condición de beneficiario las personas que concurran alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre.

Dotación

  • El importe máximo individual de la beca será de 1.500 euros. Está sujeto a la retención a cuenta del IRPF establecida por la normativa vigente en esta materia.
  • El pago de la beca se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por el beneficiario de la beca en su solicitud y de la que deberá ser titular, previa presentación del informe del responsable de la invalidez en la centro, en dos periodos:
    • 500 € en el mes de febrero de 2023
    • 1.000 € en el mes de junio de 2023

Presentación

  • Los solicitantes deberán cumplimentar el formulario en línea en el siguiente enlace: https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/formularios/encuesta/cubrir_paso1/9758, descargarlo y presentarlo en la sede electrónica de la Universidad de Vigo (asiento.uvigo.gal) a través de la Instancia Genérica (SXER) existente en la sede, y poner como asunto "Beca estudiante colaborador para dar apoyo a una persona con necesidades educativas especiales. Se presenta sólo el formulario con la solicitud.
  • Para la presentación telemática de este trámite, la sede electrónica de la Universidade de Vigo dispone de instrucciones de ayuda que los interesados deberán observar en todo momento: https://www.uvigo.gal/sites/uvigo.gal/files/contents/paragraph-file2020-06/Guia_rexistro_instancia_generica_gl.docx.pdf. En el caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de ampliar la información durante el proceso de envío de los formularios, puede dirigirse a la dirección de correo electrónico sede@uvigo.gal.
  • El formulario específico de presentación de solicitudes es obligatorio para las personas físicas interesadas en este procedimiento (art. 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas). Si alguna de las personas interesadas presenta personalmente su solicitud, estará obligada a presentarla a través de la sede electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud la fecha en que se efectuó la modificación, de conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Más información

Objeto

El propósito de la beca es apoyar a los Programa de atención personalizada del alumnado con necesidades educativas especiales, de acuerdo con lo establecido en los programas de atención personalizada y con los contenidos específicos indicados.

Incompatibilidades

La beca establecida en esta convocatoria será incompatible con cualquier otra ayuda de la misma naturaleza y con la misma finalidad.

Actividades a financiar

Los beneficiarios deberán colaborar con el alumnado con necesidades educativas especiales a lo largo del curso 2022/2023 en las siguientes actuaciones:

  • a. Realizar una tarea de verificación del material en relación con el contenido de aprendizaje.
  • b. Realizar un trabajo de especificación de tareas, trabajos y procesos específicos de evaluación relacionados, así como las fechas y demás actividades de interés académico y/o social.
  • c. Supervisar las agendas personales de los estudiantes.
  • d. Brindar atención directa durante el proceso de desarrollo del conocimiento, con base en las materias específicas en las que se encuentre matriculado el estudiante.
  • e. Prestar las necesarias ayudas de mediación cognitiva, con la indicación y supervisión del coordinador del programa, que faciliten el desarrollo de las capacidades y habilidades indicadas.
  • f. Establecer los apoyos necesarios para aplicar las competencias adquiridas por el estudiante a la práctica académica y social.
  • g. Brindar asistencia en el uso y acceso a bases de datos y documentación para el desarrollo de contenidos y realización de trabajos de clase.
  • h. Colaborar con el alumno en el diseño, organización y presentación de los trabajos de clase, así como en su aplicación práctica.
  • i. Ayudar al estudiante en los procesos de interacción social en relación con las actividades académicas.
  • j. Aquellas otras que puedan surgir como consecuencia de la evaluación progresiva de las necesidades del alumno.

Selección y resolución

  • La Sección de Ayudas y Becas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y una vez examinadas éstas y la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes aceptadas y excluidas y, indicará las razones de la exclusión.
  • Los interesados tendrán un plazo de cinco días hábiles contado desde el día siguiente a la publicación para subsanar los errores, las causas de exclusión y la falta de documentación. Para ello, presentarán el formulario de reclamaciones en la secretaria virtual. Si no presenta la modificación, se entenderá que desiste de su solicitud tras la resolución dictada de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • La selección será realizada por el comité de selección, de acuerdo con los siguientes criterios:
    • Nota media del expediente académico, calculada según lo establecido en el protocolo del sistema universitario gallego establecido en la Resolución de 15 de septiembre de 2011 (DOG de 30 de septiembre) en el caso de continuación de estudios de grado o de continuación de máster de más de 60 créditos y nota de acceso para estudiantes que inician estudios degrado o máster: hasta 3 puntos.
    • número de créditos matriculados o superados coincidencia entre el alumno colaborador y el alumno con necesidades educativas especiales: hasta 2 puntos.
    • entrevista personal en la que se valorarán las aptitudes hacia una persona con discapacidad: hasta 5 puntos.
  • Las personas que obtengan menos de 2,5 puntos en la entrevista serán eliminadas.
  • Una vez realizada la selección por parte de la comisión, la Sección de Ayudas y Becas publicará la relación provisional de personas becadas concedidas y su cuantía, con becas denegadas con mención del motivo de la denegación, y la lista de espera en caso de renuncias.
  • Los interesados podrán presentar alegaciones dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación. Para ello deberán utilizar el formulario de reclamaciones existentes en la Secretaría Virtual.
  • Una vez que la comisión haya revisado las alegaciones, enviará la propuesta al vicerrectorado de Bienestar, Equidad y Diversidad, quien otorgará las becas mediante la resolución correspondiente.
  • Los interesados podrán tener por desestimadas las solicitudes si no se dicta resolución expresa en el plazo de 3 meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
  • La resolución contendrá la relación definitiva de becarios concedidos y su cuantía, la relación de becarios denegados y el motivo de la denegación, y la lista de espera encaso de renuncias.
  • Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso de apelación ante la jurisdicción contencioso-administrativa, dentro de los dos meses siguientes al día siguiente de su publicación (o desde el día siguiente a la recepción de esta notificación), de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29 /1998, de 13 de julio, por la que se regula la jurisdicción contencioso-administrativa.
  • Contra esta resolución los interesados podrán optar por interponer recurso de apelación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación (o desde el día siguiente al de recepción de esta notificación), ante el mismo órgano que la dictó. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presuntiva del recurso interpuesto, conforme a lo previsto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de los órganos públicos administraciones.
  • Los listados a que se refiere este punto así como la resolución de adjudicación se publicarán en el tablón de la sede electrónica sede.uvigo.gal/y en el portal de becas de la página web de la universidad, para producir los efectos de la notificación de conformidad con el artículo 45 de Ley 39/2015, de 1 de octubre,del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Las comunicaciones individuales que sean necesarias se realizarán a la dirección electrónica indicada en la solicitud, sin que estas tengan la consideración de notificación.
Obligaciones del beneficiario

El beneficiario estará obligado a:

  • Estar matriculado durante todo el curso 2022/2023.
  • Colaborar con el centro docente y el Vicerrectorado de Bienestar, Equidad y Diversidad, en cuanto sea necesario para la realización de estas ayudas.
  • Colaborar en todo momento con el responsable de discapacidad del centro de estudios.
  • Comunicar los cambios que se produzcan en las condiciones iniciales de concesión de la beca.
  • Presentar un informe final, con el informe favorable del responsable de discapacidad del centro, que justifique el cumplimiento de la subvención en el plazo de un mes desde la finalización del programa para el que se dispone del modelo del Anexo I, dirigido a la Sección de Sida y becas.
La Sección de Ayudas y Becas enviará el informe presentado a la Comisión Técnica, junto con un informe del responsable del centro sobre el cumplimiento del programa.

Asimismo, el beneficiario deberá cumplir con las obligaciones contenidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que le sea de aplicación.

Documentación a adjuntar

Junto con la solicitud, deberán subir al formulario electrónico (no es necesario subir la documentación a la Sede Electrónica) la certificación académica de los estudios cursados en el caso de que los haya cursado en una universidad distinta a la de Vigo.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas de Atención al Alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo - UVigo son convocadas por la Universidad de Vigo (UVigo) con la finalidad de dar el apoyo necesario a los alumnos con necesidades específicas, mediante la colaboración de otros alumnos de Grado o Máster de esta universidad.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Atención Alumnado de Apoyo Educativo - UVigo" es: desde 01/10/2022 hasta 17/10/2022.

La Beca "Becas Atención Alumnado de Apoyo Educativo - UVigo" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Atención Alumnado de Apoyo Educativo - UVigo" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes