Universidad de Valladolid (UVA)

Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA

Becas de movilidadUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio29/01/2025 Fin13/02/2025
Finalizada

Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.

Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Valladolid convoca una ayuda económica para el curso académico 2023-2024. Esta ayuda económica se ofrece mediante las Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA. Esta iniciativa se destina a estudiantes de Grado que participen en el Programa de Intercambio SICUE. La ayuda pretende cubrir los gastos derivados del cambio de domicilio familiar o de residencia habitual.

Se ofrecen dos tipos de Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA. Una ayuda de 600 euros para estancias de movilidad SICUE de curso completo y de 300 euros para estancias de medio curso. Los estudiantes deben cumplir ciertos requisitos para optar a esta ayuda. Es necesario que los solicitantes hayan obtenido una plaza de movilidad nacional SICUE para el curso 2024/2025 y que se incorporen a la universidad de destino en el primer o segundo cuatrimestre, manteniéndose durante todo el periodo asignado. Además, deben tener una media en el expediente académico de al menos 5 puntos.

Los solicitantes deben justificar que la universidad de destino no coincide con su domicilio familiar, salvo que puedan documentar un cambio de residencia. 

¿Quieres saber todo sobre las Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA?, pues en nuestra web encontrarás toda la información que necesitas para solicitarlas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
País de origen
  • España
País de destino
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Beneficiarios y requisitos de las Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los y las estudiantes de Grado de la Universidad de Valladolid que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, hayan obtenido una plaza de movilidad nacional SICUE para el curso 2024/2025 y, además, cumplan los siguientes requisitos:

  • a. Incorporarse o haberse incorporado a la Universidad de destino en el primer y/o segundo cuatrimestre de dicho curso y permanecer en la misma durante todo el periodo de estancia asignado.
  • b. Tener una media en el expediente académico a fecha de finalización del curso 2022/2023, igual o superior a 5 puntos. La media del expediente académico a tener en cuenta será la que determinó la adjudicación de la movilidad SICUE del curso 2024/2025. Y, por tanto, está calculada en función de las calificaciones obtenidas al finalizar el curso 2022/2023, de conformidad con los criterios recogidos en la Convocatoria SICUE del curso 2024/2025 y en la Instrucción de la Vicerrectora de Estudiantes y empleabilidad de la Universidad de Valladolid, por la que se establece el procedimiento para la gestión del programa de movilidad nacional SICUE para el curso 2024/2025.
  • c. Que la sede del centro de la universidad de destino en la que está realizando la movilidad no coincida con la del domicilio familiar o residencia habitual, de acuerdo con los datos personales consignados por el propio o la propia estudiante en su expediente al realizar su automatrícula, salvo que puedan justificar documentalmente un cambio de residencia.
  • d. Los candidatos deberán acreditar no estar incursos en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, mediante la aportación de una declaración responsable dirigida al Rector de la UVa, conforme al Anexo I que se incorpora a la presente Convocatoria, de conformidad con el Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula tal acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en materia de subvenciones, aplicable a las Universidades públicas de la Comunidad de Castilla y León- artículo 6 y disposición adicional única.

Dotación

Cuantía de las Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA:

Se establece una ayuda en pago único de 600 € a los y las estudiantes que en el curso 2024/2025 disfruten o estén disfrutando de una estancia de movilidad SICUE de curso completo y de 300 € para quienes estén con estancia de medio curso, cuando dicha estancia implique un cambio de domicilio familiar o de residencia habitual.

Presentación

El trámite de solicitud de las Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA se compone de dos fases, teniendo en cuenta que para la correcta tramitación y concesión de la ayuda deben cumplimentarse ambas dentro del plazo indicado en esta Convocatoria.

Fase 1: En esta fase, la solicitud se dirigirá a la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad y se presentará electrónicamente, de acuerdo con la Ley 39/2015 y de conformidad con el Reglamento del Sistema de Registro de la Universidad de Valladolid (aprobado por Consejo de Gobierno de 27 mayo de 2020, BOCyL de 8 de junio), a través del Registro Electrónico General de la Universidad de Valladolid, por el procedimiento siguiente:

  • Acceder a la dirección: https://portal.sede.uva.es/inicio utilizando el trámite “Solicitud general” y cumplimentar la solicitud con los siguientes datos:

En el apartado “EXPONE”, incluir el texto: Durante el curso académico 2024/2025 estoy realizando un intercambio a nivel nacional dentro del Programa SICUE en una universidad distinta a la Universidad de Valladolid. Para contribuir a los gastos generados por el cambio de mi domicilio familiar o residencia habitual, es por lo que,

En el apartado “SOLICITA”, indicar: La ayuda económica convocada por la Universidad de Valladolid para estudiantes de Grado que en el curso 2024/2025 realizan o están realizando el Programa de Movilidad Nacional SICUE.

En el apartado “DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA” deberá indicar y adjuntar simultáneamente los siguientes documentos:

  • Certificado bancario del código IBAN de la cuenta donde se ingresará la ayuda que, en su caso, pueda corresponder, debiendo ser el o la solicitante el titular o cotitular de la cuenta bancaria.
  • ANEXO I de la Convocatoria referido a la Declaración responsable de no hallarse incurso/a en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 6.f) y Disposición Adicional Única del Decreto 27/2008, de 3 de abril.

No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no hayan completado el proceso establecido en los párrafos anteriores. Asimismo, de conformidad con el Reglamento antes citado, en el supuesto de que deba presentarse ante el Registro Electrónico documentación adicional junto con la solicitud, o posteriormente, ésta podrá incorporarse conforme al mencionado Reglamento.

La presentación de la solicitud implica que se autoriza a la Universidad de Valladolid a obtener de otras Administraciones Públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación, circunstancias personales y académicas necesarios para la resolución de la solicitud. Igualmente, en cualquier momento del procedimiento, se podrá requerir la aportación de los documentos justificativos de las circunstancias alegadas, así como los documentos complementarios que se estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias particulares de cada caso, a los efectos de garantizar la correcta inversión de los recursos presupuestarios destinados a estas ayudas.

La presentación de la solicitud también implica, bajo la responsabilidad del o de la solicitante, lo siguiente:

  • a. Que acepta las bases de la convocatoria para la que solicita ayuda.
  • b. Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
  • c. Que queda enterado/a de que la inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o revocación de la ayuda sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrir legalmente.
  • d. Que el o la solicitante es titular o cotitular de la cuenta corriente o libreta que ha consignado para el pago de la ayuda.

Los y las aspirantes podrán en cualquier momento del procedimiento renunciar a su solicitud y/o a la ayuda, en el caso de obtenerla.

Fase 2: Dado que estas ayudas están financiadas por el Banco de Santander, en virtud del Convenio General de Colaboración suscrito con la Universidad de Valladolid, los y las solicitantes, además de realizar el registro de su solicitud en la Sede Electrónica conforme a lo descrito en los párrafos anteriores, deberán acceder a la Plataforma Web del Banco de Santander www.santanderopenacademy.com, y cumplimentar los datos que en ella sean requeridos.

El cumplimiento de este trámite es obligatorio para poder optar a la concesión de las ayudas. No obstante, realizar sólo esta inscripción no supone la presentación de la solicitud en el plazo establecido. Plazo de presentación y subsanación de defectos de la documentación.

El plazo de presentación de solicitudes será del 29 de enero al 13 de febrero de 2025, una vez publicada la convocatoria en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid [www.uva.es - Sede Electrónica – Tablón de Anuncios – Estudiantes].

Si la solicitud presentada no reuniera todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria, se requerirá al interesado o interesada para que en un plazo de diez días hábiles subsane la falta. De lo contrario su petición será desestimada, de acuerdo al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Procedimiento de concesión, Comisión de Valoración y criterios de valoración

Las ayudas se concederán por un procedimiento de concurrencia competitiva. La adjudicación se realizará considerando los expedientes con mejor nota media, calculada conforme a los criterios establecidos en el apartado 4.1.b de esta Convocatoria.

El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento será la Gerencia. Este órgano resolverá cuantas incidencias pudieran plantearse en el procedimiento; asimismo, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración prevista en el apartado siguiente de esta base, formulará la correspondiente propuesta motivada de resolución, que tendrá carácter provisional. Los y las aspirantes dispondrán desde su publicación de un plazo de reclamación de 10 días hábiles. Transcurrido este y resueltas las reclamaciones, en su caso, dicha propuesta motivada se elevará a definitiva.

Comisión de Valoración.- La evaluación de las solicitudes para la emisión de informe vinculante, ejerciendo las funciones de Comisión de Valoración, corresponderá a la Comisión de Estudiantes y Empleo del Consejo de Gobierno. A la reunión concreta de esta Comisión en la que se realice la valoración de las solicitudes, podrá asistir, con voz, pero sin voto, un funcionario o funcionaria adscrito/a a la Sección de Gestión de Alumnos del Servicio de Estudios de Grado y Ayudas al Estudio, encargado de la ordenación e instrucción del procedimiento.

Criterios de valoración:

La evaluación de las solicitudes por la Comisión de Valoración se efectuará, para aquellas que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria, en función de la media del expediente académico conforme al apartado 4. 1.b) de esta Convocatoria. Las ayudas se concederán a los mejores expedientes conforme al orden así fijado, hasta donde permitan las disponibilidades crediticias.

En caso de empate entre varias solicitudes de acuerdo con el anterior criterio, la Comisión de Valoración las ordenará en función de las reglas de desempate establecidas en la convocatoria de movilidad SICUE del curso 2024/2025 y, en su caso, las contenidas en la Instrucción de la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad de la Universidad de Valladolid, por la que se establece el procedimiento para la gestión del programa de movilidad nacional Sicue para el curso 2024/2025. De forma que, tendrá prioridad el estudiantado con mayor número de créditos con matrículas de honor. De continuar el empate, prevalecerán como criterios de prioridad el menor número de créditos suspensos y el mayor número de créditos superados, en ese orden. Y, si aun así continuaran empatados, se tendrá en cuenta el mayor número de créditos calificados con nota más alta.

No será necesario fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria sea suficiente, atendiendo al número de aquellas, una vez finalizado el plazo de presentación.

Resolución

La convocatoria será resuelta por la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad, en ejercicio de la competencia delegada por el Rector en materia de ayudas al estudio (Resolución de 9 de mayo de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, en virtud de la cual se delegan determinadas competencias del Rector de la Universidad de Valladolid en diversos órganos unipersonales de esta Universidad -BOCyL de 18 de mayo-), previa propuesta motivada del Servicio de Estudios de Grado y Ayudas al Estudio a la vista del informe vinculante de la Comisión de Valoración descrita en el apartado Séptimo.

La resolución, así como el resto de actos administrativos recaídos en el procedimiento, se publicará en la página web de la Universidad de Valladolid, en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica ( www.uva.es - Sede Electrónica – Tablón de Anuncios – Estudiantes). La publicación de esta resolución tendrá el carácter de notificación a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera publicado resolución expresa, se podrán entender desestimadas las solicitudes.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Pago y justificación

Las ayudas se abonarán con sujeción a las reglas establecidas en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, en el Presupuesto de la Universidad para el año 2025, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la restante normativa aplicable.

El ingreso de las ayudas correspondientes se realizará, a partir de la publicación de la concesión, directamente a favor del beneficiario o beneficiaria, mediante transferencia bancaria, tramitada por el Servicio correspondiente de la Gerencia. De conformidad con lo previsto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, estas ayudas están exentas de su declaración en el IRPF y, en consecuencia, no están sujetas a retención.

De conformidad con lo establecido en el art 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las subvenciones concedidas no requerirán otra justificación que la acreditación de encontrarse en la situación que motiva la concesión de la ayuda.

Compatibilidades

Las ayudas reguladas en la presente convocatoria son compatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones, públicas o privadas para la misma finalidad siempre que éstas no superen el coste de la actividad a llevar a cabo, de acuerdo con el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Enlaces de interés

https://www.uva.es/export/sites/uva/2.estudios/2.03.grados/_documentos/CONVOCATORIA-AYUDA-SICUE-2024-2025-CON-ANEXO.pdf

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA

La Universidad de Valladolid convoca una ayuda económica para el curso académico 2023-2024. Esta ayuda económica se ofrece mediante las Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA. Esta iniciativa se destina a estudiantes de Grado que participen en el Programa de Intercambio SICUE. La ayuda pretende cubrir los gastos derivados del cambio de domicilio familiar o de residencia habitual.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA" es: desde 29/01/2025 hasta 13/02/2025.

La Beca "Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas Movilidad Nacional Grado Sicue UVA" es un tipo de beca: 

  • Becas de movilidad