Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA
INSCRIPCIONES
Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Málaga (UMA) cuenta con un programa de becas y ayudas al estudio, que cubren las principales demandas de las necesidades sociales. Con estas becas, la UMA, quiere fomentar el estudio, la docencia y la investigación entre los estudiantes para una completa formación. Para conseguir este objetivo, la universidad convoca las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA. Estas becas de idiomas van dirigidas a los estudiantes matriculados en la Universidad de Málaga, en las titulaciones oficiales de Grado.
Los solicitantes deberán cumplir con los requisitos indicados, como haber disfrutado de la condición de becario de carácter general de las becas convocadas por el Ministerio con competencia en la materia o por el departamento educativo del País Vasco o Navarra, durante el curso 24-25 o 25-26.
Las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA tienen como objetivo que los estudiantes puedan adquirir y mejorar sus competencias lingüísticas en un primer o segundo idioma extranjero. Estas ayudas ofrecerán una dotación económica de 300 euros. Estas ayudas irán destinadas a financiar los gastos de formación y la adquisición de la acreditación del nivel obtenido.
Si estas interesado en solicitar una de las becas que ofrece la Universidad de Málaga (UMA), aquí puedes encontrar todo lo que necesitas saber. Te ofrecemos toda la información sobre las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA, como plazos, requisitos, lugar de presentación de solicitudes y documentación que deberás aportar.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de los solicitantes de las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA:
- Estar matriculado en la Universidad de Málaga, en una titulación oficial de Grado, en el curso académico 2025/2026. A los efectos de obtener la ayuda descrita en el apartado a) del artículo 2.1., tendrán la consideración de estudiantado matriculado en estudios de Grado en el curso 2025/2026, quienes, teniendo superadas previamente todas las materias de esta titulación, acrediten en dicho curso 2025/2026 las competencias lingüísticas exigidas para la expedición del título.
- Haber disfrutado de la condición de becario de carácter general de las becas convocadas por el Ministerio con competencia en la materia o por el departamento de educación de País Vasco o Navarra, durante el curso académico 2024/2025 ó 2025/2026.
- Haber realizado gastos de formación y/o gastos de examen para la acreditación de competencias lingüísticas en una lengua extranjera durante el periodo de tiempo en el que la persona solicitante haya estado matriculada en la titulación de Grado desde la que concurre a esta beca.
- En el caso de solicitar la beca del apartado a) del artículo 2.1. de esta convocatoria, tener acreditado en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas de nivel B1 o superior, necesarias para la expedición del correspondiente título de Grado, con anterioridad al 30 de septiembre de 2026.
- En el caso de solicitar la beca del apartado b) del artículo 2.1. de la presente convocatoria, tener superados los requisitos necesarios para obtener el nivel B2 o superior, teniendo acreditado previamente en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas exigidas para la expedición de su título de Grado.
- En el caso de solicitar la beca del apartado c) del artículo 2.1. de la presente convocatoria, tener superados los requisitos necesarios para obtener el nivel B1 o superior en un segundo idioma extranjero, teniendo acreditado previamente en su expediente académico que posee las competencias lingüísticas exigidas para la expedición de su título de Grado.
- Haber superado los requisitos necesarios para obtener el nivel de idiomas para el que se solicita la beca con anterioridad al 30 de septiembre de 2026.
La condición de persona beneficiaria podrá obtenerse, aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones.
Dotación
Dotación de las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA:
El importe máximo de cada una de las modalidades de beca descritas en el artículo 2.1. será de 300,00 euros.
En ningún caso se podrán recibir más de dos becas, incluyendo las obtenidas en convocatorias anteriores.
El importe concedido estará destinado a cubrir tanto los gastos de matriculación en cursos de formación como a los gastos de examen a los que se haya tenido que hacer frente para obtener la competencia lingüística.
La persona solicitante declarará en la solicitud si ha percibido, en alguna de sus modalidades, la beca para la adquisición y acreditación de competencias lingüísticas convocada por la Junta de Andalucía o la Universidad de Málaga en cursos anteriores.
Presentación
El estudiantado matriculado en titulaciones de Grado en el curso 2025/2026 en centros propios de la Universidad de Málaga deberá realizar la solicitud de las Becas Acreditación Niveles Idiomas - UMA de forma on-line, a través del enlace habilitado al efecto en el Portal del Estudiante.
El estudiantado de Grado matriculado en Centros adscritos -Centro Universitario de Magisterio “María Inmaculada” de Antequera y Centro de Enfermería “Virgen de la Paz” de Ronda-, presentarán la solicitud debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación correspondiente, a través de la sede electrónica de la Universidad de Málaga https://sede.uma.es/ (requiere certificado digital) o, en su caso, en cualquiera de las sedes del Registro General de la Universidad de Málaga. El impreso de solicitud estará disponible en el Servicio de Becas de la Universidad de Málaga.
El plazo de solicitud comprenderá desde las 9:00 horas del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Málaga (BOUMA) hasta las 14:00 horas del 30 de septiembre de 2026.
Más información
Objeto de la beca
Se podrán obtener becas para:
- a. La adquisición y acreditación de la competencia lingüística exigida para la obtención del Título de Grado en un primer idioma extranjero de nivel B1 o superior.
- b. La adquisición de la competencia lingüística en un primer idioma extranjero de nivel B2 o superior cuando el estudiantado ya tuviera acreditada la competencia exigida para la obtención del Título de Grado.
- c. La adquisición de la competencia lingüística en un segundo idioma extranjero de nivel B1 o superior cuando el estudiantado ya tuviera acreditada la competencia exigida para la obtención del Título de Grado.
Las solicitudes relativas a las becas de las letras b) y c) se atenderán en función de la disponibilidad presupuestaria, una vez atendidas las ayudas de la letra a).
Criterios de adjudicación
Para la adjudicación de estas becas se seguirá el siguiente procedimiento:
Se adjudicarán en primer lugar las solicitudes correspondientes al apartado a) del artículo 2.1 de la presente convocatoria. En caso de que el importe total de las becas a conceder sea superior al presupuesto establecido, se establecerá un orden de prioridad de las personas candidatas en función del número de créditos que le resten para finalizar la titulación de Grado a fecha 30 de septiembre de 2026, adjudicando las ayudas de menor a mayor número de créditos hasta agotar el presupuesto.
Si tras la adjudicación de las becas de la modalidad a) quedara presupuesto disponible, se atenderán las solicitudes de las modalidades b) y c) del artículo 2.1.
Para ello, se ordenarán las solicitudes que cumplan todos los requisitos para su concesión en función del número de créditos que resten para finalizar la titulación de Grado a fecha 30 de septiembre de 2026, adjudicando las ayudas de menor a mayor número de créditos hasta agotar el presupuesto.
En caso de empate, se adjudicará la beca teniendo en cuenta la mayor nota media en la titulación de Grado a fecha 30 de septiembre de 2026.
Procedimiento
- La Instrucción del Procedimiento será competencia del Servicio de Becas, que establecerá los procedimientos adecuados y dará las instrucciones necesarias para la tramitación y gestión de la convocatoria.
- El procedimiento de concesión de estas becas se considera iniciado de oficio por la presente convocatoria.
- El proceso de selección se efectuará en régimen de concurrencia competitiva de conformidad con los criterios de valoración y requisitos establecidos en la presente convocatoria.
- La Comisión hará pública, en el Tablón de Anuncios de la Universidad de Málaga, la relación de personas solicitantes que van a ser propuestas para la concesión o denegación de la beca. Las personas interesadas podrán presentar alegaciones, aportar documentos u otros elementos de juicio que estimen convenientes, en el plazo de 10 días hábiles, ante la propia Comisión.
- La concesión o denegación de las becas se llevará a cabo mediante Resolución del Vicerrectorado de Estudiantes y se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de Málaga (BOUMA), en el plazo máximo de tres meses, contados a partir del día siguiente a la finalización del periodo de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de no llevarse a cabo la resolución de la concesión en el plazo señalado o en su prórroga, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.
Toda la información referida a la presente convocatoria podrá ser consultada en la página web del Servicio de Becas http://www.uma.es/becas/.
Obligaciones
Son obligaciones de las personas beneficiarias:
- El sometimiento a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca.
- Comunicar en el plazo de diez días hábiles la concesión de otras becas o ayudas no declaradas compatibles con estas becas.
- Conservar los justificantes originales de los gastos realizados, durante los cuatro años posteriores a la concesión de la beca, para su presentación en caso de serles requeridos.
Incompatibilidades
Las becas reguladas en esta convocatoria son incompatibles con cualesquiera otras becas, ayudas o subvenciones destinadas para la misma finalidad.
Reintegro
Se podrá solicitar el reintegro total o parcial del importe de las becas percibidas, por incumplimiento de las obligaciones de la persona beneficiaria y en caso de descubrirse que en su concesión concurrió alguna de las siguientes situaciones:
- Ocultación o falseamiento de datos en la solicitud.
- Que no se disponga de los justificantes del gasto declarado.
- Que exista incompatibilidad con otras becas.
Enlaces de interés
https://www.uma.es/media/files/BOUMA_Convocatoria_beca_acreditacion_idiomas_25-26.report.pdf
Documentación a adjuntar
En el momento de formalizar la solicitud se adjuntarán los siguientes documentos:
- a. Justificante del número de cuenta del que la persona solicitante sea titular y al que será transferida la beca, en caso de serle concedida.
- b. Fotocopia de los certificados acreditativos de los niveles de idiomas para los que solicita la beca, que deben figurar en el listado de certificados reconocidos como válidos por la Universidad de Málaga para acreditar el conocimiento de un segundo idioma.
- c. Fotocopia de las facturas o documentos equivalentes que justifiquen los gastos de matriculación en cursos de formación y/o los gastos de examen para la acreditación de los niveles de idiomas para los que se solicita la beca. Estos justificantes deberán contener la siguiente información:
- Fecha de emisión
- Objeto del gasto realizado (indicando el idioma y el nivel) y, en el caso de derechos de examen la fecha de realización del mismo
- Importe del gasto
- Identificación del emisor del justificante: nombre, CIF, razón social
- Identificación del pagador
- Sello o firma
- Acreditación del pago
- d. Resguardo del pago de matrícula del curso 2025/2026 para el estudiantado matriculado en centros adscritos a la Universidad de Málaga.
Durante el plazo de solicitud de las becas las personas solicitantes podrán acceder a las mismas para modificar datos o aportar documentos.






