Universidad de León

Becas Campus Rural Universidad de León

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INSCRIPCIONES

Inicio30/04/2026 Fin13/05/2026
Abierta

Becas Campus Rural Universidad de León: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Campus Rural Universidad de León están pensadas para estudiantes que quieren completar su formación con prácticas en entornos rurales de cualquier punto de España. La idea es conectar el talento universitario con entidades situadas en zonas afectadas por la despoblación durante el curso 2025-2026.

El objetivo de este programa es facilitar estancias de prácticas extracurriculares en entidades rurales, fomentando la experiencia profesional del estudiantado y contribuyendo al desarrollo del territorio. La selección se realiza de forma equilibrada entre distintas ramas de conocimiento, como Ciencias Sociales y Jurídicas, Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud e Ingenierías.

Para poder acceder a las Becas Campus Rural Universidad de León es necesario cumplir algunos requisitos básicos como estar matriculado en la Universidad de León en un grado o máster oficial durante el curso 2025-2026, mantener la condición de estudiante durante toda la práctica, no haber solicitado el título antes de finalizarla y no mantener relación laboral con la entidad donde se realicen las prácticas. 

Las becas ofrecen una ayuda económica de 1.000 euros brutos al mes. La duración de las prácticas puede ir de dos a cinco meses.

Las Becas Campus Rural Universidad de León combinan formación, experiencia profesional y movilidad en entornos rurales, y mejoran la empleabilidad y el contacto con el tejido social y económico del medio rural.

Datos básicos

Nº de becas
Unspecified
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Para optar a las Becas Campus Rural Universidad de León, la persona solicitante deberá reunir los siguientes requisitos:

  • Poseer nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea, o ser nacional de un país extracomunitario con permiso de residencia vigente en España, o documento que acredite la residencia legal en España, en el momento de iniciar la práctica, y mantener esta condición hasta la conclusión de la misma.
  • Estar matriculado en un Grado o Máster oficial de la Universidad de León durante el curso 2025- 26.
  • Mantener la condición de estudiante durante la realización de la práctica y no solicitar la expedición del título universitario antes o durante el desarrollo de la misma.
  • Haber superado el 50% de los créditos de grado de la titulación por la que accede a la beca, no siendo necesario este requisito para estudiantes de máster oficial.
  • No mantener con la entidad colaboradora relación laboral o contractual de ningún tipo, ni relación familiar directa con personal responsable de esta.
  • No ser beneficiario/a de otra ayuda económica que tenga la misma finalidad durante el período de duración de las prácticas (a excepción de las becas de ayudas al estudio). En caso de coincidencia, se deberá renunciar a la otra beca para que ésta pueda ser adjudicada. Asimismo, será incompatible con la percepción de sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada con la Universidad de León.
  • Estar dispuesto a residir en el mismo municipio en el que realice las prácticas, o en municipios de similares características situados a una distancia no superior a 20 km del municipio de realización de la práctica.
  • Cumplir con el resto de los requisitos establecidos en el RD 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, así como con la normativa específica de prácticas académicas de la Universidad de León y las condiciones particulares de la práctica que solicite.

El disfrute de la beca supondrá la aceptación de lo previsto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.

No podrán tener la condición de beneficiario/a las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre.

Dotación

Los/as beneficiarios/as de las Becas Campus Rural Universidad de León, para la realización del Programa Campus Rural de Prácticas Universitarias en el Medio Rural para el curso 2025-2026 recibirán en concepto de bolsa de ayuda la cantidad de 1.000 euros brutos al mes. Esta cantidad estará sujeta a la retención del IRPF y a las obligaciones de cotización a la Seguridad Social que establece la normativa vigente en esta materia.

Presentación

Esta solicitud para las Becas Campus Rural Universidad de León podrá presentarse en el Registro General de la Universidad de León y en los registros auxiliares de los Campus de Vegazana (Edificio de Gestión Académica) y Ponferrada (Avenida de Astorga s/n), a través del Registro Electrónico de la Universidad de León (https://sede.unileon.es/Sobre_la_Sede/Registro_Electronico), o en las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cada estudiante podrá presentar una única solicitud en la que podrá incluir un máximo de cuatro ofertas que se ajusten a sus estudios por orden de prioridad.

Con la entrega de la solicitud, el/la solicitante declara, bajo su responsabilidad, lo que sigue:

  • a. Que acepta las bases de la convocatoria para la cual solicita la ayuda.
  • b. Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.
  • c. Que acepta que la inexactitud de las circunstancias declaradas comporta la denegación o revocación de la ayuda.
  • d. Que conoce la incompatibilidad de estas ayudas con cualquier otra ayuda para una actividad igual o similar.
  • e. Que autoriza a la Universidad de León a obtener los datos académicos y aquellos otros que sean necesarios para la valoración y resolución de estas ayudas.

Plazo de presentación

El plazo de solicitud comenzará el día siguiente de la publicación de esta convocatoria y finalizará el 13 de mayo de 2026 a las 23:59 horas (hora peninsular española).

Más información

Objeto de la convocatoria

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas al estudiantado de la Universidad de León que esté interesado en la realización de estancias de prácticas extracurriculares en entidades ubicadas en zonas rurales con problemas de despoblación de cualquier Comunidad Autónoma del estado español durante el curso 2025-26, en el marco del programa Campus Rural del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

La selección de estudiantes se realizará de forma equitativa entre estudiantes de las ramas de Ciencias Sociales, Jurídicas y Humanidades y las ramas de Ciencias, Ciencias de la Salud e Ingenierías.

En caso de resultar vacantes plazas en alguno de los grupos, estas se asignarán a estudiantes de titulaciones del otro grupo.

Periodo de realización y duración de la beca

Las prácticas tendrán una duración mínima de dos meses y máxima de cinco, para cada persona solicitante. Se establece un periodo de referencia inicial de 3 meses que podrán iniciarse a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de adjudicación y finalizarán, de forma preferente, el 18 de septiembre de 2026. No obstante, este periodo podrá prolongarse hasta el 16 de noviembre de 2026, siempre y cuando el/la beneficiario/a tenga matrícula en vigor como estudiante de la Universidad de León hasta que finalice la práctica.

El no cumplimiento de esta condición podrá suponer la reclamación de los gastos ocasionados.

Igualmente, la Universidad de León podrá reclamar los gastos ocasionados en caso de que no se llegase a completar el periodo de la práctica, si la finalización prematura es decidida por el o la estudiante, y no es debidamente justificada.

Evaluación de las ayudas

La concesión se efectuará mediante régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de igualdad y no discriminación.

La selección de estudiantes se realizará de forma equitativa entre estudiantes de las ramas de Ciencias Sociales, Jurídicas y Humanidades y las ramas de Ciencias, Ciencias de la Salud e Ingenierías.

En caso de resultar vacantes plazas en alguno de los grupos, estas se asignarán a estudiantes de titulaciones del otro grupo.

La selección se efectuará por la comisión de valoración, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de las personas solicitantes, de acuerdo con los criterios siguientes:

  • Nota media del expediente: 10 puntos
  • En el caso de alumnado de continuación, nota media del expediente académico con dos decimales de los estudios de grado o del máster universitario de más de 60 créditos en el que se encuentra matriculado/a y, en el caso de máster universitario de 60 créditos, la nota media del grado que le dio acceso. Se tendrá en cuenta el estado del expediente en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Para el caso de los estudiantes de doble grado se considerará la nota media más favorable de las dos titulaciones que componen el mismo, siempre que, en la misma, tenga superado el 50% de los ECTS de dicha titulación.
  • Adecuación al perfil demandado por las entidades de la práctica: 10 puntos.

En caso de empate, se tendrán en cuenta, por orden, los siguientes criterios:

  • A. Haber seleccionado una oferta en una entidad que no esté ubicada en la provincia de León.
  • B. Titulación con menor representación en el total de asignaciones provisionales de prácticas.
  • C. Mayor número de créditos superados en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El/la solicitante, en ningún caso, podrá ser beneficiario/a de más de una plaza. Si se asigna a la persona solicitante la entidad que seleccionó en primer lugar, no podrá cambiar a la segunda opción y así sucesivamente. Si renuncia a una asignación, sin causa justificada, no tendrá posibilidad de que se le asigne otra entidad y la entidad pasa de nuevo al listado de entidades pendientes de asignación.

Cada entidad solicitante podrá contar con un máximo de dos beneficiarios/as. En el caso de que a un estudiante se le asigne una práctica en una entidad que ya haya alcanzado dicho límite, se procederá a asignarle la siguiente opción incluida en su solicitud.

En cualquier caso, tendrán prioridad las personas que no hayan sido beneficiarias de becas de Campus Rural en años anteriores.

La adjudicación definitiva de una beca a un estudiante estará condicionada a la disponibilidad de la plaza ofertada en el momento de la resolución.

Una vez se asignen las prácticas, el resto de solicitantes quedará en lista de reserva para cubrir posibles renuncias.

La comisión de valoración estará compuesta por:

  • Director del Área de Empleabilidad, o persona en quien delegue, que ejercerá como presidente de la Comisión.
  • Jefa de la Oficina de Prácticas y Empleabilidad, o persona en quien delegue, que actuará como de secretaria de la comisión.
  • Consejera de Prácticas y Empleabilidad del Consejo de Estudiantes de la Universidad de León que actuará como vocal de la comisión.

Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la lista de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en la página web de la Oficina de Prácticas y Empleabilidad: https://servicios.unileon.es/oficina-de-practicas-y-empleabilidad/programa-campus-rural/ y se abrirá un plazo de subsanaciones de 5 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación. Esta publicación sustituirá la notificación a las personas interesadas y producirá los mismos efectos.

La resolución provisional con la concesión de las becas concedidas, las denegadas, con la causa de la mención de la denegación, y la lista de espera para el caso de que existan renuncias, se publicará en la misma página. Las personas interesadas tendrán 3 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación para presentar alegaciones.

Una vez la Comisión haya revisado las alegaciones, enviará la propuesta a la Vicerrectora de Emprendimiento, Empleabilidad y Formación Permanente, quien adjudicará las becas mediante la correspondiente resolución. La resolución contendrá la lista definitiva de personas con beca concedida y su cuantía, la lista de personas con beca denegada y la causa de denegación, y la lista de espera. Esta resolución se publicará en el Tablón electrónico de Anuncios de la Universidad de León y en la página web de la Oficina de Prácticas y Empleabilidad.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as podrán interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de León, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produjese la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, según lo previsto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La concesión de ayudas podrá declararse desierta por decisión motivada de la comisión. Contra la decisión de la comisión no cabrá recurso alguno. En caso de no cubrirse la totalidad de las plazas disponibles, será posible ampliar el plazo de inscripción mediante resolución.

Justificación de las ayudas concedidas y obligaciones de los beneficiarios

Una vez publicada la resolución definitiva de concesión, los/as estudiantes que tengan ayuda económica deberán remitir a la Oficina de Prácticas y Empleabilidad, en el plazo de 3 días hábiles la aceptación o renuncia de la beca. Los/as beneficiarios/as deberán presentar cualquier otra documentación que le sea requerida por la Universidad de León o por parte del Ministerio de para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La no presentación de esta documentación necesaria se entenderá como renuncia a la beca, previa resolución.

El incumplimiento de sus obligaciones y de lo establecido en esta convocatoria podrá ser causa de revocación y, en su caso, de reintegro de la ayuda concedida.

  • Residir en el municipio en el que realice la práctica durante el periodo de disfrute de la misma. o, de no ser posible, en municipios de similares características sitos a una distancia no superior a 20 km, con el visto bueno de la Universidad de León.
  • Cumplir con la normativa vigente relativa a las prácticas externas establecida por la Universidad de León.
  • Cumplir el contenido de las prácticas siguiendo las indicaciones de la persona tutora asignada por la entidad participante bajo la supervisión de la persona de la universidad que ejerza como tutor/a académico/a. Asimismo, deberán mantener contacto con el/la tutor/a académico/a y comunicar cualquier incidencia que exista durante el desarrollo de la práctica.
  • Incorporarse a la entidad en la fecha acordada, cumpliendo el horario previsto en el proyecto educativo y respetando las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
  • Comunicar por escrito al órgano convocante cualquier circunstancia sobrevenida durante el período de disfrute de la ayuda económica que implique que se dejan de cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria del Programa Campus Rural.
  • Presentar la memoria final de actividades una vez finalizada su estancia de prácticas.
  • Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la entidad participante y secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta y mostrarán, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la entidad, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenece.
  • Cumplir las obligaciones contempladas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que les sea de aplicación.

Renuncia, revocación y reintegro de las ayudas

La renuncia voluntaria deberá presentarse ante la Oficina de Prácticas y Empleabilidad, junto con el justificante de reintegro de la cuantía correspondiente en el caso de haberse efectuado el pago. Las renuncias aceptadas darán lugar a la pérdida de los derechos económicos y a la concesión de la beca a la siguiente persona de la lista de espera.

Son causas de reintegro de las ayudas:

  • No cumplir los requisitos y obligaciones recogidos en la convocatoria.
  • La ocultación de datos, alterarlos o manipular la información solicitada.
  • Incurrir en alguna de las causas de incompatibilidad establecidas en esta convocatoria.

La persona beneficiaria que incurra en alguna de estas causas está obligada a reintegrar a la universidad la cantidad indebidamente percibida.

Son causas de revocación:

  • No cumplir con las obligaciones establecidas en las bases de esta convocatoria.
  • Descubrirse que en su concesión se produjo ocultación o falseamiento de datos.
  • La anulación de matrícula o traslado de expediente a otra Universidad durante el periodo de disfrute de la beca.

Documentación a adjuntar

La documentación que presentar es la siguiente:

  • Impreso de solicitud debidamente cumplimentado (Anexo I).
  • Copia del DNI o pasaporte.
  • En caso de nacional de un país extracomunitario, permiso de residencia vigente en España en el momento de incorporarse a la empresa, o documento que acredite la residencia legal en España, manteniendo esta condición hasta la conclusión de la práctica.
  • Nota media del expediente académico, que podrá descargarse de la secretaría virtual adjuntando el documento “Borrador del expediente” generado por la aplicación. En caso de alumnos/as de Máster de 60 ECTS, certificación académica en la que conste la nota media de la titulación de acceso al Máster.
  • Curriculum vitae (CV).
  • Declaración responsable de estar dispuesto a residir en el lugar donde se realice la práctica, o, en su caso, en un municipio de similares características sito a una distancia no superior a 20 km (Anexo II).

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Campus Rural Universidad de León

Las Becas Campus Rural Universidad de León están pensadas para estudiantes que quieren completar su formación con prácticas en entornos rurales de cualquier punto de España. La idea es conectar el talento universitario con entidades situadas en zonas afectadas por la despoblación durante el curso 2025-2026.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Campus Rural Universidad de León" es: desde 30/04/2026 hasta 13/05/2026.

La Beca "Becas Campus Rural Universidad de León" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Campus Rural Universidad de León" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de formación práctica