Becas para Capacitación Lingüística - UGR
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Becas para Capacitación Lingüística - UGR: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Granada (UGR) convoca las Becas para Capacitación Lingüística - UGR dirigidas a los estudiantes de dicha universidad que cursen estudios de Grado.
Para poder acceder a estas becas, será requisito indispensable no haber acreditado el nivel de idioma mínimo que se exige para obtener el título de grado y no haber disfrutado de una beca de capacitación lingüística en anteriores convocatorias.
Mediante las Becas para Capacitación Lingüística - UGR se ofrece a los alumnos ayudas económicas de hasta 400 € con las que se facilita el pago de los cursos de formación.
Con becas y ayudas similares a ésta, la Universidad de Granada tiene como finalidad ofrecer igualdad de oportunidades entre los alumnos que más lo necesiten mediante ayudas económicas que faciliten el acceso y la consecución de un determinado nivel de estudios. En este caso, se trata del nivel B1 de idiomas, obligatorio para conseguir el título académico universitario de Grado.
Por tanto, si estas cursando tus estudios de Grado en la Universidad de Granada y deseas mejorar tus conocimientos lingüísticos, las Becas para Capacitación Lingüística - UGR te ofrecen una oportunidad estupenda para ello.
En esta web puedes encontrar toda la información relacionada con las Becas para Capacitación Lingüística - UGR, ya que te informamos de los requisitos, los plazos de solicitud y la documentación que deberás aportar y acreditar para ser beneficiario de las mismas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 5
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- Estar matriculados en la Universidad de Granada en el curso académico 2023/2024 en estudios conducentes a la obtención de un título oficial de Grado y haber abonado los precios públicos académicos correspondientes.
- Igualmente podrán solicitar estas ayudas quienes cumplan todos los requisitos académicos para la obtención del título académico, a excepción del requisito lingüístico.
Es condición necesaria:
- No haber acreditado el nivel de idioma mínimo que se exige para la obtención del título de Grado.
- No haber disfrutado en convocatorias anteriores de ayuda alguna de capacitación lingüística.
Dotación
La dotación de las ayudas ascenderá hasta un máximo de 400 €/ayuda para el CLM,300 €/ayuda para el Centro de Culturas Eslavas y 250 €/ayuda para el Instituto Confucio, equivalente a:
- Un curso de formación de 50 horas presenciales u on-line de las lenguas ofertadas por el CLM, de 45 horas para la lengua china ofertada por el Instituto Confucio y de 60 horas de la lengua rusa impartidas en el Centro de Culturas Eslavas. Tras la realización del curso con aprovechamiento, existirá la posibilidad de solicitar el reconocimiento académico (5 y 6 ECTS, respectivamente) por la participación en actividades culturales, deportivas,solidarias, de cooperación y de representación estudiantil, de acuerdo con la normativa de la UGR establecida para ello.
- Los cursos impartidos en el CLM, el Centro de Culturas Eslavas y el Instituto Confucio, tendrán lugar durante el segundo cuatrimestre del curso 2023/2024 en las fechas que determinen cada centro.
- Los beneficiarios se comprometerán al aprovechamiento de los cursos. Asimismo,deberán abonar al comienzo de las clases un 25 % del importe total de la ayuda. Una vez concluidos con aprovechamiento los cursos para los que han recibido la ayuda, se les reintegrará a los beneficiarios el importe abonado al comienzo de las clases. En el caso de los centros de formación, una vez finalizados los cursos, se les reintegrará el 75% del importe total de la matrícula.
Presentación
Las solicitudes se formalizarán mediante el procedimiento específico establecido en la sede electrónica de la Universidad de Granada, accesible a través del enlace:https://sede.ugr.es/procs/Becas-propias-Ayudas-a-la-capacitacion-lingueistica-en-Grado-00001/
Más información
Objeto y finalidad
Con el objetivo de atender a las distintas necesidades de formación y acreditación detectadas, se concederán ayudas destinadas tanto a mejorar la formación lingüística del estudiantado con un nivel bajo en lenguas, con el fin de facilitar su progresivo acercamiento al objetivo de alcanzar el nivel B1 o superior exigido para la obtención de un título oficial de Grado, como a que el estudiantado con un nivel suficiente de competencia lingüística consiga la acreditación.
Procedimiento
El órgano instructor es el Servicio de becas y será el responsable de la tramitación de las solicitudes que se reciban. Se seleccionarán hasta 250 solicitudes (cuyo presupuesto total no supere los 100.000 €) atendiendo a los requisitos establecidos. En caso de empate se recurrirá a los criterios de priorización explicitados en el apartado VIII de la presente convocatoria.
Los candidatos seleccionados deberán realizar on-line una prueba de nivel de idioma con el fin de formar los grupos en los días que se determinen según el número de candidatos.
Las fechas y horas de realización de las pruebas de nivel serán las que determinen cada uno de los centros que imparten los cursos, el CLM, el Centro de Culturas Eslavas y el Instituto Confucio que serán publicadas o comunicadas oportunamente a los candidatos.
Además de los candidatos seleccionados, realizarán la prueba de nivel quienes estén incluidos en la lista de espera en previsión de que se produzcan renuncias.En caso de que la prueba de nivel determine que el estudiante supera el nivel mínimo exigido para la obtención del título de Grado, se le rescindirá la ayuda.En las lenguas cuya demanda es menor, la creación de los grupos estará supeditada a la existencia de un número mínimo de estudiantes por nivel.
Asignación de las ayudas
En el caso de que haya mayor número de solicitudes que cumplan los requisitos establecidos que ayudas ofertadas, se aplicarán los siguientes criterios de priorización:
- Cumplir con todos los requisitos académicos para la obtención del título.
- Haber superado un número elevado de créditos ECTS de la titulación en el momento de la solicitud, en este sentido se irá priorizando en función del número de créditos superados.
- Cumplir con los criterios que sobre renta y patrimonio familiares se fijan anualmente en el Real Decreto 117/2023, de 21 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las Becas y Ayudas al estudio del MEFP, priorizando los umbrales de renta y patrimonio inferiores.
Resolución
La concesión provisional de las becas se efectuará por Resolución conjunta del Vicerrector de Estudiantes y Vida Universitaria y de la Vicerrectora de Internacionalización de la Universidad de Granada y se harán públicas en las páginas web del Servicio de Becas: https://ve.ugr.es/servicios/becas y del Vicerrectorado de Internacionalización: http://internacional.ugr.es. Se facilitará un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones. Una vez resueltas éstas, se procederá a la publicación de la resolución con la relación definitiva de las ayudas. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrán interponer los recursos mencionados en el artículo XII.
Las relaciones publicadas, tanto provisionales como definitivas, tendrán el carácter de notificación a los interesados de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La información relativa a los beneficiarios de estas ayudas, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, regulada por el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo (BOE de 30 de marzo de 2019).
Enlaces de interés
https://ve.ugr.es/sites/vic/ve/public/beca-y-ayuda/2023-10/Convocatoria%20Capacitaci%C3%B3n%202023-2024.pdf