Universidad de Granada (UGR)

Becas Formación Orquesta Universidad de Granada

Becas de estudiosBecas de alojamiento o residenciaBecas transporteBecas de matrículaBecas de manutenciónNo universitarios

INSCRIPCIONES

Inicio24/07/2025 Fin22/09/2025
Abierta

Becas Formación Orquesta Universidad de Granada: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Formación Orquesta Universidad de Granada están diseñadas para apoyar a los músicos que participan activamente en la Orquesta de la UGR. Estas ayudas permiten financiar actividades de perfeccionamiento musical, formación académica y adquisición o mantenimiento de instrumentos. El objetivo es fomentar la mejora continua de la formación artística y académica de los integrantes del conjunto orquestal. Las personas beneficiarias pueden ser miembros, colaboradores o invitados de la OUGR. 

El programa cubre gastos como matrícula de cursos, transporte, alojamiento y manutención para la formación. También incluye la compra, alquiler o reparación de instrumentos y accesorios musicales. La evaluación se realiza mediante un sistema ponderado que considera la participación en ensayos y conciertos, la asistencia a actividades formativas, el grado de implicación artística y la pertinencia de la actividad subvencionada. 

El abono de las Becas Formación Orquesta Universidad de Granada  se realiza mediante transferencia bancaria tras la publicación de la resolución definitiva.

Las Becas Formación Orquesta Universidad de Granada representan una oportunidad única para impulsar la carrera musical. Con estas ayudas, los participantes pueden perfeccionar su técnica, ampliar conocimientos y consolidar su trayectoria artística.

Estas ayudas refuerzan el compromiso de la UGR con la excelencia en la formación musical. Con una gestión clara y criterios de evaluación transparentes, los músicos pueden planificar su desarrollo con seguridad y confianza.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Música
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Las Becas Formación Orquesta Universidad de Granada se dirigen a:

Podrán participar en esta convocatoria las personas integrantes de la OUGR, entendidas a estos efectos como aquellas en las que concurra alguna de las siguientes situaciones:

  • Miembros de la OUGR: se consideran miembros a las personas instrumentistas de cuerda (violín, viola, violonchelo y contrabajo), de viento (flauta, oboe, clarinete, fagot, trompa, trompeta) y de percusión que hayan sido seleccionadas en algún procedimiento ordinario o extraordinario de admisión de la OUGR y que hayan mantenido una participación activa en, al menos, el 80 % de las actividades desarrolladas durante el curso 2024/2025 (ensayos, conciertos y formación). En los casos en los que no se alcance este umbral, se podrá valorar la concesión de la ayuda si se acreditan causas justificadas y debidamente documentadas. En todo caso, la cuantía concedida podrá ser objeto de minoración según determine la comisión de valoración.
  • Colaboradores/as de la OUGR: se consideran colaboradores/as a las personas instrumentistas de viento (trombón y tuba) y de piano que hayan superado algún procedimiento ordinario de admisión de la OUGR y hayan participado, al menos, en un concierto de la OUGR durante el curso 2024/2025.
  • Personas invitadas: se consideran personas invitadas aquellas instrumentistas, de cualquier especialidad, que sin tener la condición de miembros o colaboradores/as, hayan sido invitadas puntualmente a participar en algún programa o actividad de la OUGR a lo largo del curso 2024/2025.

Requisitos generales

Las personas solicitantes deberán:

  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el pago de reintegros de subvenciones.
  • Así mismo cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Mantener estas condiciones durante todo el periodo de vigencia del derecho a percibir la ayuda, y comunicar al Vicerrectorado de Extensión Universitaria, Patrimonio y Relaciones Institucionales cualquier cambio relevante.

La acreditación de estos requisitos se realizará mediante una declaración responsable, incluida en el formulario de solicitud.

Con el fin de simplificar el procedimiento, la Universidad de Granada podrá consultar directamente las bases de datos de las Administraciones Públicas para verificar el cumplimiento de estas condiciones. En caso de oponerse a dicha consulta, la persona solicitante deberá indicarlo expresamente en el formulario y aportar la documentación acreditativa correspondiente.

Dotación

Según la naturaleza de las actividades objeto de las Becas Formación Orquesta Universidad de Granada, se establecen dos modalidades:

  • Modalidad A. Formación
  • Modalidad B. Instrumentos y accesorios

Modalidad A – Formación

Esta modalidad comprende la asistencia a cursos, clases magistrales, encuentros, congresos, seminarios y otras actividades de perfeccionamiento musical, así como la formación académica reglada que no forme parte de estudios de grado o equivalentes.

Podrán justificarse los gastos relativos a: Matrícula o tasas académicas, desplazamientos, manutención, alojamiento, así como otros gastos directamente vinculados con la actividad formativa.

Quedan expresamente excluidos los gastos relativos a la matrícula y precios públicos de los estudios de grado o estudios equivalentes.

Modalidad B – Instrumentos y accesorios

Esta modalidad comprende:

  • Compra, alquiler o leasing de instrumentos musicales, nuevos o de segunda mano o Adquisición de accesorios propios del instrumento o necesarios para la práctica orquestal
  • Gastos de mantenimiento, reparación o transporte del instrumento principal
  • Contratación de seguros cuyo objeto sea el instrumento y/o sus accesorios

Los gastos deberán estar claramente vinculados a la actividad musical desarrollada en el seno de la OUGR.

Periodo subvencionable

Las actividades o adquisiciones deberán haberse realizado entre el 1 de octubre de 2024 y el 22 de septiembre de 2025. No se aceptarán solicitudes para gastos ya subvencionados anteriormente por la UGR o por otras convocatorias del VEUPRI.

Presentación

Procedimiento de solicitud para las Becas Formación Orquesta Universidad de Granada:

Se llevarán a cabo de manera online a través del Procedimiento habilitado en la Sede Electrónica de la UGR, donde deberá identificarse a través de uno de estos métodos:

  • Usuario y clave Web propios de UGR
  • Certificado Digital (Anexo I. Sede electrónica de la UGR)

Representación

Las solicitudes podrán ser presentadas por persona representante debidamente acreditada. La representación deberá justificarse mediante cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada, conforme a lo establecido en los artículos 5 y 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Objeto y finalidad

La Universidad de Granada (UGR), a través del Vicerrectorado de Extensión Universitaria, Patrimonio y Relaciones Institucionales (VEUPRI), convoca el Programa de Ayudas a la Formación de la Orquesta de la UGR 2025, con la finalidad de apoyar y fomentar la mejora continua de la formación artística y académica de las personas que participan activamente en la Orquesta de la UGR (OUGR).

Estas ayudas están dirigidas a sufragar gastos relacionados con actividades de perfeccionamiento musical, formación académica continua, y adquisición o mantenimiento de instrumentos musicales, en coherencia con la trayectoria y compromiso demostrado por las personas integrantes del conjunto orquestal de la UGR.

Metodología de evaluación

La determinación individual de la cuantía de la ayuda tendrá en cuenta, en primer lugar, la condición de la persona solicitante, de acuerdo con lo establecido en el apartado “Personas beneficiarias y requisitos”, es decir, si se trata de miembro, colaborador/a o invitado/a de la OUGR. Esta condición determinará el importe máximo general al que puede optar.

La evaluación de la Comisión se basará además en el aprovechamiento demostrado en las actividades organizadas por la OUGR, para lo cual se utilizarán los registros oficiales de asistencia y un informe individualizado de la Dirección Artística.

Se valorarán asimismo circunstancias específicas como la participación en programas de música de cámara, la adscripción a puestos de responsabilidad artística o de ayuda a la producción, o la realización de tareas específicas (por ejemplo, redacción de notas al programa), que podrán justificar incrementos sobre la cuantía máxima general.

Las cuantías máximas generales, en función del perfil del solicitante, serán:

  • Miembros de la OUGR: hasta 600 euros
  • Colaboradores/as: hasta 500 euros
  • Invitados/as: hasta 250 euros
  • Pianista acompañante del Coro UGR: hasta 800 euros

Además, podrán aplicarse los siguientes incrementos adicionales:

  • Hasta 350 euros por responsabilidad artística (concertino, solistas de cuerda)
  • Hasta 300 euros por ayuda a la producción
  • Hasta 1.000 euros por participación en música de cámara, en función del número de actividades y acuerdos alcanzados por la OUGR
  • Hasta 50 euros por concierto por la redacción de notas al programa

Tanto las cuantías base como los incrementos son acumulables, siempre que se cumplan los requisitos previstos. Todos los importes se entienden como máximos y podrán ser objeto de minoración lineal si el número de solicitudes con derecho a ayuda supera la dotación total prevista para la convocatoria.

Criterios para determinar la cuantía individual de la ayuda

La presente convocatoria se tramita en régimen de concurrencia no competitiva. Esto significa que no se establece una comparación entre las solicitudes recibidas, sino que todas aquellas que cumplan los requisitos establecidos en las bases serán estimadas favorablemente.

No obstante, la cuantía concreta que se conceda a cada persona beneficiaria será determinada por la Comisión de Valoración, teniendo en cuenta tanto los criterios de participación y aprovechamiento, como el importe global disponible y el número total de solicitudes admitidas. Por tanto, las cuantías individuales podrán ajustarse proporcionalmente para garantizar el reparto equitativo de los fondos, sin que en ningún caso se supere el importe máximo previsto ni el total justificado documentalmente.

En concreto, para la determinación del importe individual se aplicarán los siguientes criterios ponderados:

  • Participación en ensayos y conciertos de la OUGR durante el curso 2024/2025 (50 %). Se valorará la asistencia regular a las actividades principales. Para colaboradores/as e invitados/as, se considerará el número total de colaboraciones.
  • Asistencia y aprovechamiento de otras actividades organizadas o promovidas por la OUGR (15 %). Incluye cursos, clases magistrales, talleres, etc.
  • Grado de implicación formativa y artística en las actividades desarrolladas (20 %). Valoración cualitativa del compromiso, progreso y actitud del solicitante.
  • Pertinencia e interés de las actividades subvencionadas (15 %). Se evaluará la coherencia entre la actividad subvencionada y la formación o trayectoria musical del solicitante. Si algunos de los apartados no se llevara a cabo el porcentaje se repartiría equitativamente entre Participación de ensayos y Grado de implicación.

Para aplicar estos criterios, la Comisión utilizará:

  • Los registros oficiales de asistencia y coordinación de la OUGR
  • Un informe individualizado elaborado por la Dirección Artística de la OUGR, exclusivamente a efectos evaluadores.

El importe total de la ayuda otorgada a cada persona:

  • No podrá superar el importe efectivamente justificado con documentación
  • Podrá incrementarse según las circunstancias previstas en las bases (puestos de responsabilidad, programas especiales, etc.)
  • Y podrá minorarse proporcionalmente si el volumen total de solicitudes supera la dotación presupuestaria disponible, de forma que se garantice una distribución equitativa entre todas las personas que tienen derecho a recibir ayuda.

Abono de las ayudas

El abono de estas ayudas se llevará a cabo mediante transferencia, una vez publicada la resolución definitiva de las ayudas, y en todo caso dentro del año 2025.

Enlaces de interés

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/847438

Documentación a adjuntar

Documentación requerida

General

Las solicitudes deberán acompañarse del formulario oficial y la documentación justificativa correspondiente a la modalidad solicitada. Toda justificación económica (facturas, recibos, etc.) debe cumplir con los requisitos establecidos por la normativa vigente en materia tributaria: identificación fiscal del emisor y receptor, fecha, concepto detallado, desglose de impuestos y acreditación del pago. No se aceptarán documentos informales como albaranes, notas de entrega o presupuestos sin validez legal.

La justificación del pago podrá realizarse mediante factura marcada como pagada, extracto bancario, recibí firmado o cualquier otro medio válido en derecho.

Modalidad A – Formación

Por cada actividad realizada, se deberá aportar:

  • Justificación académica: certificado de matrícula, diploma, constancia de realización u otro documento oficial equivalente.
  • Justificación económica: facturas o recibos correspondientes a matrícula, transporte, alojamiento, manutención, etc.

Se requerirá al menos un documento académico y uno económico por actividad.

Modalidad B – Instrumentos y accesorios

Por cada adquisición, se deberá presentar la documentación correspondiente, como factura de compra, contrato de compraventa, póliza de seguro o justificante de reparación, junto con la acreditación del pago realizado.

Casos específicos

No será necesario justificar las cantidades percibidas por participación en programas especiales de música de cámara cuando ya se haya establecido una compensación económica por parte del Vicerrectorado. Esta participación será verificada de oficio.

Tampoco será necesario justificar los incrementos concedidos por condición de solista, principal o colaborador en producción, en la parte correspondiente al complemento. El resto de la ayuda deberá justificarse conforme a lo establecido.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Formación Orquesta Universidad de Granada

Las Becas Formación Orquesta Universidad de Granada están diseñadas para apoyar a los músicos que participan activamente en la Orquesta de la UGR. Estas ayudas permiten financiar actividades de perfeccionamiento musical, formación académica y adquisición o mantenimiento de instrumentos. El objetivo es fomentar la mejora continua de la formación artística y académica de los integrantes del conjunto orquestal. Las personas beneficiarias pueden ser miembros, colaboradores o invitados de la OUGR. 

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Formación Orquesta Universidad de Granada" es: desde 24/07/2025 hasta 22/09/2025.

La Beca "Becas Formación Orquesta Universidad de Granada" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Música

La Beca "Becas Formación Orquesta Universidad de Granada" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas transporte
  • Becas de matrícula
  • Becas de manutención