Becas Transferencia Conocimiento Empresas Plan Galileo
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Becas Transferencia Conocimiento Empresas Plan Galileo: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Transferencia Conocimiento Empresas Plan Galileo se convocan por la Universidad de Córdoba junto con el Banco Santander. Estas becas se destinan a atener las necesidades del personal docente e investigador de la Universidad de Córdoba en el marco de la Modalidad I del plan Propio Galileo de Innovación y Transferencia de la UCO. Los beneficiarios realizarán actividades ligadas a la transferencia y valorización del conocimiento en empresas.
Entre otros, podrán solicitar las Becas Transferencia Conocimiento Empresas Plan Galileo los Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad, Catedráticos y Profesores Titulares de Escuela Universitaria, Profesores Ayudantes Doctores, Profesores Asociados, Profesores Sustitutos, Profesores Eméritos, etc.
Estas becas se concederán en régimen de concurrencia competitiva y su cuantía no superará los 3.000 euros, tanto por investigador que pide la ayuda como por la actividad para la cual el investigador solicita dicha financiación.
A la hora de evaluar a los solicitantes, se tendrá en cuenta la naturaleza de la actividad para la que se solicita la ayuda, el grado de contribución a los objetivos del a modalidad o la adecuación del presupuesto para el que se solicita la ayuda.
Si eres profesor en la UCO, y deseas realizar actividades relacionadas con la transferencia y valorización del conocimiento en empresas, las Becas Transferencia Conocimiento Empresas Plan Galileo seguro son de tu interés. Aquí te ofrecemos todo lo que necesitas saber sobre ellas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 12
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Diplomatura
- Postgrado-Especialidad
- Postdoctorado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las ayudas: Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad, Catedráticos y Profesores Titulares de Escuela Universitaria, Profesores Ayudantes Doctores, Profesores Asociados, Profesores Sustitutos, Profesores Eméritos, Profesores Permanentes Laborales,Profesores Visitantes, Profesores Distinguidos, Contratados Ramón y Cajal, Contratados Juan de la Cierva y asimilados de la UCO. Todas las personas solicitantes deberán mantener vinculación contractual durante la ejecución del Plan Propio Galileo de Innovación y Transferencia.
Dotación
El importe máximo que podrá asignarse en esta modalidad no superará los 3.000 €, tanto por investigador que pide la ayuda como por actividad para la que se solicita financiación.
Pago de las Ayudas
Los importes concedidos en régimen de ayudas se abonarán mediante transferencias internas a la misma Unidad Orgánica en que hayan sido previamente cargadas. El importe de la formalización se realizará por la base imponible cuando el gasto realizado para la ayuda tenga carácter de IVA deducible. Cuando se trate de gastos aún sin pagar, las facturas originales serán tramitadas para su pago en firme, a través del Vicerrectorado de Innovación y Transferencia, donde una vez realizadas las correspondientes comprobaciones procederá a ordenar su contabilización y pago.
Presentación
Conforme a lo establecido en el párrafo segundo del art. 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece la obligatoriedad de la vía telemática para las siguientes modalidades, ya que disponen de su procedimiento específico a través de la Sede Electrónica de la UCO.
Las solicitudes deberán presentarse por vía telemática y ser firmadas electrónicamente a través de la Sede Electrónica de la UCO por el procedimiento específico de ayudas del Plan Propio Galileo disponible en la siguiente dirección https://sede.uco.es/GOnceOV/tramites/acceso.do?id=89, acompañando la documentación requerida en cada modalidad e indicando como “Órgano al que se dirige” a la Sra. Vicerrectora de Innovación y Transferencia. El límite de tamaño para el conjunto de archivos que pueden adjuntarse a una solicitud es de 10 MB. Los solicitantes que no dispongan de certificado digital podrán solicitarlo a través de la página de la Fábrica de Moneda y Timbre siguiendo las instrucciones que en dicha página se detallan (https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica).
Convocantes Asociados
Más información
Valoración de solicitudes y resolución
Con el objeto de evitar conflicto de intereses y siguiendo lo establecido en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, deben abstenerse de interveniren el comité evaluador las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones que mantengan relación con algún participante de las distintas modalidades.
- Procedimiento de instrucción.
- A la vista de las solicitudes y la documentación aportada, el instructor del procedimiento publicará un listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para subsanar los defectos o faltas en que hubiesen incurrido las solicitudes.Transcurrido este plazo, se publicará el listado definitivo de solicitudes admitidas y excluidas quedará lugar a la finalización de esta fase del procedimiento.
- Fase de resolución.
- Tras la valoración de todos los méritos alegados y acreditados por parte del Instructor del Procedimiento, se remitirá una lista provisional ordenada a la Comisión de Innovación y Transferencia que adoptará una propuesta provisional de concesión, que se publicará en su página web (https://www.uco.es/transferencia/plan-propio) y en el Boletín Oficial de la UCO (BOUCO),constituyendo estas las vías de notificación a los solicitantes admitidos.
- Los solicitantes admitidos afectados por la resolución provisional, conforme a lo dispuesto en el art. 68.1 de la LAP, dispondrán de 10 días hábiles para presentar alegaciones. Los modelos para realizar las alegaciones correspondientes a cada modalidad estarán disponibles en el Portal de Transferencia (https://www.uco.es/transferencia/plan-propio)
- Finalizado el plazo de alegaciones/reclamaciones y resueltas, se adoptará acuerdo de propuesta de resolución definitiva, que será elevada a Consejo de Gobierno para su aprobación. Esta resolución se publicará en su página web (https://www.uco.es/transferencia/plan-propio)y en el BOUCO, sirviendo esta publicación de notificación a los solicitantes.
Contra esta resolución definitiva, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el Consejo de Gobierno de esta Universidad (artículos 112,123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
- La naturaleza de la actividad para la que se solicita la ayuda. (3 puntos).
- El grado de contribución a los objetivos de la modalidad. (3 puntos).
- La correcta adecuación del presupuesto para el que se solicita la ayuda. (2 puntos).
- El grado de implicación y el carácter innovador y de transferencia de la actividad a realizar. (2 puntos).
Documentación a adjuntar
La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
- a. Breve memoria descriptiva de la actividad y su justificación en relación con los objetivos de la ayuda.
- b. Facturas originales justificativas de la actividad realizada o fotocopias de las mismas, encaso de haber sido ya tramitadas al Servicio de Gestión Económica de la Universidad, indicando la Unidad Orgánica por la que fueron tramitadas.
- c. Facturas proforma, en caso de actividades pendientes de ejecución. En este caso, la concesión de la ayuda solicitada está condicionada a la presentación de las facturas definitivas en la fecha y forma prevista en las condiciones generales.Estas facturas y documentos justificativos de la actividad, además de cumplir con la normativa establecida por el Servicio de Gestión Financiera y Presupuestaria de la UCO, de forma general y en función de la naturaleza de la actividad podrán consistir en:
- Comisiones de Servicio convenientemente cumplimentadas y firmadas, atendiendo a la normativa de la UCO en materia de indemnización por razón de obra o servicio (dietas).
- Facturas correspondientes a desplazamientos, alojamiento y manutención emitidas reglamentariamente. En el caso de gastos de kilometraje será necesario acreditar el desplazamiento mediante factura de aparcamiento o de repostaje en estación de servicio durante el viaje.
- Facturas correspondientes a inscripción en actividades formativas y su posterior certificado de asistencia.
- Para el caso de desplazamientos será necesario acreditación de la asistencia al evento en cuestión mediante acta de la reunión/evento o, en casos como actividades formativas, certificado de asistencia.
- Facturas de consultoras y/o asesorías especializadas en la preparación de proyectos con indicación de las tareas realizadas.
- En el caso de la contratación de servicios relativos a viajes, deberá realizarse conforme al procedimiento establecido en el acuerdo marco de agencias de viajes, publicado en la web del Servicio de Contratación y Patrimonio.
Una vez realizado el registro de la documentación, se enviará copia de la solicitud y de todal a información presentada a la dirección de correo electrónico planinnova@uco.es