Becas Oficina Técnica Proyectos y Servicios Docentes UB
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Becas Oficina Técnica Proyectos y Servicios Docentes UB: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Oficina Técnica Proyectos y Servicios Docentes UB son ofrecidas por la Universidad de Barcelona (UB) con el propósito de otorgar a los alumnos que estudian algún Grado o Máster ofertado por la Facultad de Educación de esta institución universitaria, la oportunidad de colaborar en diversas tareas.
Además, se deberán reunir el resto de los requisitos generales que se indican en la convocatoria.
Mediante el desarrollo de estas becas, los alumnos participantes tendrán la oportunidad de colaborar con el equipo de la Oficina Técnica de Proyectos y Servicios Docentes en la detección del enfoque docentes del profesorado, en el diseño de instrumentos de detección de puntos claves de la propuestas presentadas, y en el apoyo al profesorado en el alineamiento de la propuesta docente.
Además, el alumnado podrá colaborar apoyando al equipo de la Oficina en la definición de un entorno web que tendrá servicio de asesoramiento.
Con todo ello, los estudiantes participantes de estas becas podrán tener una primera toma de contacto con el entorno laboral, a la vez que adquieren nuevos conocimientos y herramientas que serán de gran valor para su futuro profesional.
Para conocer más detalles sobre las Becas Oficina Técnica Proyectos y Servicios Docentes UB como requisitos, plazos de presentación de solicitudes, y documentación que deberás aportar, tan solo tienes que consultar nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Turismo, Ciencias Sociales y Educación
- Carrera
- Educación Social
- Magisterio: Especialidad de Educación Infantil
- Magisterio: Especialidad de Educación Primaria
- Pedagogía
- Trabajo Social
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales de las Becas Oficina Técnica Proyectos y Servicios Docentes UB
- Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el arte. 4.1 del Reglamento de becas de colaboración, no se consideran estudiantes de la UB a los alumnos de movilidad procedentes de otras universidades.
- No haber disfrutado de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa, facultad o en el IDP-ICE durante los 22 meses consecutivos inmediatamente precedentes al de la convocatoria. En ningún caso podrá colaborarse durante más de 22 meses en la misma unidad, entidad externa, facultad o en el IDP-ICE.
- No podrán ser admitidos aquellos estudiantes que hayan agotado previamente el período de colaboración de la beca con el mismo Plan Formativo.
- Haber superado, como mínimo, 30 créditos ECTS de la enseñanza que se esté cursando, a excepción del alumnado que inicie una enseñanza, cuando se trate de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opte por la modalidad de tiempo parcial de permanencia debe haber superado un mínimo de 15 créditos ECTS.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un menor número de créditos si con esta matriculación se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán o castellano.
- Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos
- Ser estudiante de una enseñanza de grado o máster universitario de la Facultad de Educación.
Dotación
Las Becas Oficina Técnica Proyectos y Servicios Docentes UB otorgan una dotación de 672,00 euros mensuales.
Presentación
- La solicitud de las Becas Oficina Técnica Proyectos y Servicios Docentes UB debe cumplimentarse por vía telemática, previa autenticación, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona (https://seu.ub.edu).
- Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
- A la solicitud debe adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica entre el 13 al 27 de febrero de 2025.
Más información
Selección
- En la selección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal y como lo aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo que establece el artículo 5.1 del Reglamento de becas de colaboración. Al alumnado que inicie sus estudios y no tenga expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que le da acceso. Si el expediente que da acceso es extranjero, la nota media que se tiene en cuenta es la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Las personas que ya dispongan de la declaración expedida por la ANECA, deben aportarla. Puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en el siguiente link: https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitariosrealizados-en-centros-extranjeros/
- Idoneidad. La Comisión de Valoración podrá evaluar la idoneidad de los candidatos según su currículum o mediante entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis (6) puntos. Para realizar esta valoración sólo se pueden tener en cuenta las aportaciones de los candidatos que estén debidamente documentadas en el currículo.
- La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona: https://seu.ub.edu.
Incompatibilidades
- Beneficiarse de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, sea por cuenta propia sea por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. En todo caso, podrá autorizarse la compatibilidad con tareas esporádicas o en fines de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Las prácticas académicas externas curriculares serán compatibles con las becas siempre que se respete lo establecido en el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.
- Es competencia del vicerrector o vicerrectora encargado de los asuntos de becas o del decano o decana o el director o directora del IDP resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.
- Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deben comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para gozar de la beca, la cual se puede extinguir de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.
- Colaboración con el equipo técnico de la Oficina en la detección del enfoque docentes del profesorado que propone proyectos de innovación docente.
- Participación en el diseño de instrumentos de detección de los puntos clave (positivos y negativos) de las propuestas presentadas por su reconocimiento.
- Apoyar al profesorado en el alineamiento constructivo de la propuesta docente para facilitar su reconocimiento como proyecto de innovación.
- Apoyar al equipo técnico de la Oficina en la definición de un entorno web de servicio de asesoramiento por el profesorado en acciones de innovación docente.
- Del 2 de junio de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
- Periodo de inactividad: de agosto de 2025.
Documentación a adjuntar
Documentación que debe presentarse para solicitar las becas:
- Copia de la matrícula si es de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificación académica personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, licenciatura, máster) en los que consten las calificaciones obtenidas en las convocatorias correspondientes, en forma de suspenso (S), aprobado (A), notable (N), excelente (E) y matrícula de honor (MH), con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la traducción jurada correspondiente (original o fotocopia compulsada), si procede.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que hayan dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Las personas que ya dispongan de la declaración expedida por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), podrán presentar ésta. Puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notasmedias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/
- Currículum (se debe introducir en el apartado de la solicitud telemática habilitado para este fin).
De acuerdo con el apartado segundo del artículo 15 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que carece algún documento, se requiere a la persona interesada que lo aporte a través de la sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que consta el plazo de presentación. Además, se le indica que, de no hacerlo, se considerará que desiste de la solicitud.