Becas Colaboración Unidad de Igualdad
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Becas Colaboración Unidad de Igualdad: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Colaboración Unidad de Igualdad son convocadas por la Universidad de Barcelona. Estas se dirigen a los estudiantes de máster de dicha universidad, que además de cumplir con los requisitos generales que dicta la convocatoria, cumplan también con los requisitos específicos, como por ejemplo ser estudiante (en el momento de inicio de la beca) del Máster Interuniversitario de Estudios de Mujeres, Género y Ciudadanía o del máster en Investigación en Comunicación y Diversidades o de un máster en Ciencias Sociales, Jurídicas o de Humanidades.
Las Becas Colaboración Unidad de Igualdad se llevarán a cabo en la Unidad de Igualdad, en un periodo que durará desde el 2 de noviembre de 2026 hasta el 29 de octubre de 2027, con un periodo inactivo que será en agosto. La dedicación serán 20 horas semanales preferentemente en horario de mañana.
En el periodo de duración de estas becas, el candidato dará apoyo en las tareas de despliegue del IV Plan de Igualdad de la Universidad de Barcelona como son búsqueda de información y recursos específicos, apoyo a las Comisiones de Igualdad, apoyo a las acciones de formación y sensibilización, etc.
Nosotros te facilitamos toda la información sobre las Becas Colaboración Unidad de Igualdad. Consulta aquí todo lo que necesitas saber.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales:
- Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos, en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el artículo 4.a del Reglamento de becas de colaboración para estudiantes de grado y máster de la Universidad de Barcelona, no se considera estudiante de la UB al alumnado de movilidad procedente de otras universidades. Este requisito deberá acreditarse en el momento de aceptar la beca.
- No haber sido adjudicatario o adjudicataria de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa o facultad, o en el Instituto de Desarrollo Profesional, IDP, durante los veintidós meses consecutivos inmediatamente anteriores a la convocatoria de la beca.
- No haber completado anteriormente un plan formativo igual al de la beca que se solicita. En todo caso, se considerará completado el plan formativo si se ha cumplido, como mínimo, el 75 % de la duración de la beca de colaboración.
- Haber superado, como mínimo, 30 créditos de la enseñanza que se está cursando, a excepción del alumnado que inicia una enseñanza, cuando se trate de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opta por la modalidad de tiempo parcial de permanencia deberá haber superado un mínimo de 15 créditos.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un número inferior si con esa matrícula se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán y castellano.
- Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos de las Becas Colaboración Unidad de Igualdad:
- Ser estudiante (en el momento de inicio de la beca) del Máster Interuniversitario de Estudios de Mujeres, Género y Ciudadanía o del máster en Investigación en Comunicación y Diversidades o de un máster en Ciencias Sociales, Jurídicas o de Humanidades.
- Justificar por escrito el nivel de catalán C1 (suficiencia) y/o acreditar documentalmente con el certificado acreditativo.
Dotación
Las Becas Colaboración Unidad de Igualdad ofrecerán 550,70 euros mensuales.
Presentación
- La solicitud para las Becas Colaboración Unidad de Igualdad debe cumplimentarse por vía telemática, previa autenticación, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona: seu.ub.edu. Una vez confirmada la solicitud, no se podrán realizar modificaciones.
- A la solicitud deberá adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica y deberá presentarse entre el 25 de marzo de 2026 y el 30 de abril de 2026.
Más información
Selección
- En la selección de los candidatos se tienen en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal como aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.a del Reglamento de becas de colaboración. Para el alumnado que inicia los estudios y no tiene expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que da acceso a dichos estudios.
- Idoneidad. La Comisión de Valoración puede evaluar la idoneidad del candidato o candidata según su currículum o mediante una entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis puntos. Para realizar esta valoración solo se podrán tener en cuenta las aportaciones que estén debidamente documentadas en el currículum.
- La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona, seu.ub.edu. Si el expediente que da acceso a los estudios es extranjero, la nota media que se tendrá en cuenta será la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Incompatibilidades
- Disfrutar de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. En todo caso, se podrá autorizar la compatibilidad con tareas esporádicas o de fin de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Las prácticas académicas externas curriculares son compatibles con las becas siempre que se respete lo establecido en el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.
- Es competencia del vicerrector o vicerrectora encargado de los asuntos de becas, o del decano o decana, o del director o directora del IDP, resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.
- Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deberán comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para disfrutar de la beca, que podrá extinguirse de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.
Descripción de la actividad
Apoyo en las tareas de despliegue del IV Plan de Igualdad de la Universidad de Barcelona:
- Búsqueda de información y recursos específicos.
- Apoyo a las Comisiones de Igualdad.
- Apoyo a las acciones de formación y sensibilización y en actividades desplegadas desde la Unidad de Igualdad.
- Difusión de las actividades y proyectos de la Unidad de Igualdad a través de la Web y de las Redes Sociales.
- Actividades de apoyo relacionadas con el Objetivo quinto "Igualdad" de Desarrollo Sostenible.
Período de colaboración
Del 2 de noviembre de 2026 al 29 de octubre de 2027
Período de inactividad: agosto de 2027
Lugar donde se prestará la colaboración
Unidad de Igualdad (c/ Balmes, nº 7 1º)
Dedicación
20 horas semanales.
Horario
Lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas.
Enlaces de interés
https://seu.ub.edu/documentPublic/download/875146
Documentación a adjuntar
La documentación que debe presentarse para solicitar una beca es la siguiente:
- Copia de la matrícula si se trata de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificado académico personal, original o fotocopia compulsada, de los estudios universitarios cursados, grado, licenciatura o máster, en el que consten las calificaciones obtenidas en las correspondientes convocatorias, en forma de suspenso, S, aprobado, A, notable, N, sobresaliente, E, y matrícula de honor, MH, con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la correspondiente traducción jurada, original o fotocopia compulsada, si procede.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que han dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Puede encontrarse la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/
- Currículum, que debe introducirse en el apartado de la solicitud telemática habilitado para esta finalidad.
- De acuerdo con el artículo 15.2 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que falta algún documento, se requerirá a la persona interesada que lo aporte a través de la Sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que conste el plazo de presentación. Además, se le indicará que, si no lo hace, se considerará que desiste de la solicitud.






