Becas Colaboración INSA UB
INSCRIPCIONES
Becas Colaboración INSA UB: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) establece la convocatoria de las Becas Colaboración INSA UB, con el propósito de otorgar a su alumnado la oportunidad de participar en las tareas de colaboración que les sean asignadas.
Estas becas están dirigidas a los alumnos de Grado o Máster de esta universidad que cursen sus estudios en las áreas de Ciencias Experimentales o Ciencias de la Salud y que estén relacionadas con el ámbito de la alimentación.
Además, se exigirá el cumplimiento de una serie de requisitos generales, y se valorarán algunos criterios de selección como el expediente académico presentado por los candidatos y candidatas, y la idoneidad de su perfil con respecto a las tareas a desarrollar.
Mediante las Becas Colaboración INSA UB que sean concedidas, se otorgará una dotación económica mensual durante el periodo de colaboración del alumnado, lo que supondrá una gran ayuda de carácter económico para hacer frente a algunos de sus gastos personales.
Las tareas asignadas consistirán principalmente en participar en la gestión administrativa del INSA, dar apoyo en la gestión del censo de personal, en el mantenimiento del espacio web del instituto y en la creación de trípticos, pósters, etc.
Además los alumnos podrán dar apoyo a la solicitud de proyectos de investigación, convocatorias competitivas, etc.
A continuación podrás conocer más detalles sobre cómo optar a una de las Becas Colaboración INSA UB.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Salud y Biología
- Física, Química y Matemáticas
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales de las Becas Colaboración INSA UB
- Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos, en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el artículo 4.a del Reglamento de becas de colaboración para estudiantes de grado y máster de la Universidad de Barcelona, no se considera estudiante de la UB al alumnado de movilidad procedente de otras universidades. Este requisito deberá acreditarse en el momento de aceptar la beca.
- No haber sido adjudicatario o adjudicataria de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa o facultad, o en el Instituto de Desarrollo Profesional, IDP, durante los veintidós meses consecutivos inmediatamente anteriores a la convocatoria de la beca.
- No haber completado anteriormente un plan formativo igual al de la beca que se solicita. En todo caso, se considerará completado el plan formativo si se ha cumplido, como mínimo, el 75 % de la duración de la beca de colaboración.
- Haber superado, como mínimo, 30 créditos de la enseñanza que se está cursando, a excepción del alumnado que inicia una enseñanza, cuando se trate de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opta por la modalidad de tiempo parcial de permanencia deberá haber superado un mínimo de 15 créditos.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un número inferior si con esa matrícula se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán y castellano.
- Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos
- Ser estudiante de cualquier grado y/o máster de Ciencias Experimentales o de la Salud relacionados con el ámbito de la Alimentación.
Dotación
Las Becas Colaboración INSA UB ofrecerán una dotación económica de 413,07 euros mensuales a los alumnos seleccionados.
Presentación
- La solicitud de las Becas Colaboración INSA UB debe cumplimentarse por vía telemática, previa autenticación, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona: seu.ub.edu.
- Una vez confirmada la solicitud, no se podrán realizar modificaciones.
- A la solicitud deberá adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica y deberá presentarse entre el 25 de marzo de 2026 y el 30 de abril de 2026.
Más información
Selección
En la selección de los candidatos se tienen en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal como aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.a del Reglamento de becas de colaboración. Para el alumnado que inicia los estudios y no tiene expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que da acceso a dichos estudios.
- Idoneidad. La Comisión de Valoración puede evaluar la idoneidad del candidato o candidata según su currículum o mediante una entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis puntos. Para realizar esta valoración solo se podrán tener en cuenta las aportaciones que estén debidamente documentadas en el currículum.
La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona: seu.ub.edu.
- Disfrutar de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. En todo caso, se podrá autorizar la compatibilidad con tareas esporádicas o de fin de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Las prácticas académicas externas curriculares son compatibles con las becas siempre que se respete lo establecido en el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.
- Es competencia del vicerrector o vicerrectora encargado de los asuntos de becas, o del decano o decana, o del director o directora del IDP, resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.
- Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deberán comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para disfrutar de la beca, que podrá extinguirse de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.
- Dar apoyo en la gestión administrativa del INSA-UB, principalmente en la recopilación y seguimiento de datos de producción científica de sus investigadores.
- Dar apoyo en la gestión del censo de personal.
- Dar apoyo al mantenimiento del espacio web del instituto.
- Dar apoyo a la creación de trípticos, pósteres, etc.
- Dar apoyo a la solicitud de proyectos de investigación, convocatorias competitivas, etc.
Documentación a adjuntar
La documentación que debe presentarse para solicitar una beca es la siguiente:
- Copia de la matrícula si se trata de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificado académico personal, original o fotocopia compulsada, de los estudios universitarios cursados, grado, licenciatura o máster, en el que consten las calificaciones obtenidas en las correspondientes convocatorias, en forma de suspenso, S, aprobado, A, notable, N, sobresaliente, E, y matrícula de honor, MH, con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la correspondiente traducción jurada, original o fotocopia compulsada, si procede.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que han dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Puede encontrarse la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/.
- Currículum, que debe introducirse en el apartado de la solicitud telemática habilitado para esta finalidad.
De acuerdo con el artículo 15.2 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que falta algún documento, se requerirá a la persona interesada que lo aporte a través de la Sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que conste el plazo de presentación. Además, se le indicará que, si no lo hace, se considerará que desiste de la solicitud.




