Becas de Colaboración Alumni UB
INSCRIPCIONES
Becas de Colaboración Alumni UB: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) promueve y desarrolla un gran número de Becas dirigidas a otorgar a su alumnado el desarrollo de prácticas formativas que les otorguen conocimientos, herramientas y habilidades que son de gran valor en el mundo laboral. Entre ellas podemos destacar la convocatoria de las Becas de Colaboración Alumni UB.
Dichas becas podrán ser solicitadas por aquellas personas que han cursado el Grado de Comunicación Audiovisual, o Comunicación e Industrias Culturales, y que estén desarrollan un Máster Universitario en la actualidad.
A través de las Becas de Colaboración Alumni UB, los alumnos seleccionados tendrán la oportunidad de participar en las tareas de apoyo a la elaboración de contenidos de la unidad de Nuevos Formatos, participando así en redes sociales, Bases de Datos, etc, además de apoyar en la búsqueda y elaboración de criterios, y apoyo en la monitorización de las redes en la Universidad.
A cambio de dichas tareas, los alumnos participantes recibirán una dotación económica mensual durante el periodo de realización de las mismas, que se llevará a cabo dentro de las fechas y con los horarios especificados en la convocatoria.
Conoce ahora todos los detalles como requisitos, lugar de presentación y documentación a adjuntar sobre las Becas de Colaboración Alumni UB, y solicita una de ellas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Rama
- Periodismo y Comunicación Audiovisual
- Artes y Humanidades
- Carrera
- Comunicación Audiovisual
- Grado en Comunicación e Industrias Culturales
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales de las Becas de Colaboración Alumni UB
- Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos, en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el artículo 4.a del Reglamento de becas de colaboración para estudiantes de grado y máster de la Universidad de Barcelona, no se considera estudiante de la UB al alumnado de movilidad procedente de otras universidades. Este requisito deberá acreditarse en el momento de aceptar la beca.
- No haber sido adjudicatario o adjudicataria de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa o facultad, o en el Instituto de Desarrollo Profesional, IDP, durante los veintidós meses consecutivos inmediatamente anteriores a la convocatoria de la beca.
- No haber completado anteriormente un plan formativo igual al de la beca que se solicita. En todo caso, se considerará completado el plan formativo si se ha cumplido, como mínimo, el 75 % de la duración de la beca de colaboración.
- Haber superado, como mínimo, 30 créditos de la enseñanza que se está cursando, a excepción del alumnado que inicia una enseñanza, cuando se trate de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opta por la modalidad de tiempo parcial de permanencia deberá haber superado un mínimo de 15 créditos.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un número inferior si con esa matrícula se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán y castellano.
- Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos
- Ser estudiante de los grados de Comunicación Audiovisual o Comunicación e Industrias Culturales al inicio de la beca.
- Justifica por escrito el nivel de catalán C1 (suficiencia) y/o lo acredita documentalmente con el certificado acreditativo.
Dotación
Las Becas de Colaboración Alumni UB ofrecen una dotación económica mensual de 413,07 euros.
Presentación
- La solicitud de las Becas de Colaboración Alumni UB debe cumplimentarse por vía telemática, previa autenticación, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona: https://seu.ub.edu.
- Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
- A la solicitud debe adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica entre el 25 de marzo y el 30 de abril de 2026.
Más información
Selección
En la selección de los candidatos se tienen en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal como aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.a del Reglamento de becas de colaboración. Para el alumnado que inicia los estudios y no tiene expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que da acceso a dichos estudios.
- Idoneidad. La Comisión de Valoración puede evaluar la idoneidad del candidato o candidata según su currículum o mediante una entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis puntos. Para realizar esta valoración solo se podrán tener en cuenta las aportaciones que estén debidamente documentadas en el currículum.
Incompatibilidades
- Disfrutar de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. En todo caso, se podrá autorizar la compatibilidad con tareas esporádicas o de fin de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Las prácticas académicas externas curriculares son compatibles con las becas siempre que se respete lo establecido en el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.
- Es competencia del vicerrector o vicerrectora encargado de los asuntos de becas, o del decano o decana, o del director o directora del IDP, resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.
- Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deberán comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para disfrutar de la beca, que podrá extinguirse de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.
- Apoyo a la elaboración de contenidos de la unidad de Nuevos Formatos (redes sociales, boletín Alumni UB, Creatividades, Bases de datos, etc.).
- Apoyo en la búsqueda y elaboración de criterios para el buen uso de las redes sociales.
- Apoyo en la monitorización de las redes de la Universidad.
Documentación a adjuntar
Documentación que debe presentarse para solicitar la beca:
- Copia de la matrícula si es de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificación académica personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, licenciatura, máster) en los que consten las calificaciones obtenidas en las convocatorias correspondientes, en forma de suspenso (S), aprobado (A), notable (N), excelente (E) y matrícula de honor (MH), con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la traducción jurada correspondiente (original o fotocopia compulsada), si procede.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que hayan dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Las personas que ya dispongan de la declaración expedida por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), podrán presentar ésta. Puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/
- Currículum (se debe introducir en el apartado de la solicitud telemática habilitado para este fin).
De acuerdo con el apartado segundo del artículo 15.2 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que carece algún documento, se requiere a la persona interesada que lo aporte a través de la sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que consta el plazo de presentación. Además, se le indica que, de no hacerlo, se considerará que desiste de la solicitud.




