Becas Para Reparación de Instrumentación Científica
INSCRIPCIONES
Becas Para Reparación de Instrumentación Científica: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Alicante (UA) abre la convocatoria del programa propio de investigación y transferencia de conocimiento para el fomento de la I+D+I. Este programa ofrece diferente tipos de ayudas destinadas al fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico.
Entre las diferentes modalidades de ayudas del programa de investigación de la UA, cuenta con un programa de becas para la modernización y uso de infraestructuras científico-técnicas. Entre este programa se convoca las Becas Para Reparación de Instrumentación Científica.
Las Becas Ayudas para la reparación de instrumentación científica podrán solicitarlas los investigadores e investigadoras de la Universidad de Alicante que hayan asumido los gastos de reparación de un equipo de instrumentación científica a través del Laboratorio de Electrónica de los Servicios Técnicos de Investigación, o empresa externa.
El objetivo de las Becas Para Reparación de Instrumentación Científica, es financiar estos gastos producidos por la reparación con un 75% del valor de la reparación, no pudiendo superar la cuantía los 6.000 €.
Si desea solicitar alguna de las becas ofrecidas por la Universidad de Alicante (UA), aquí podrá encontrar todo lo necesario para solicitarlas. Aquí podrás obtener más información si desea ser beneficiario de una de las Becas Para Reparación de Instrumentación Científica, requisitos, plazos y como solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las personas solicitantes de las Becas Para Reparación de Instrumentación Científica
Podrán presentar solicitud de ayuda los directores o las directoras de los departamentos, institutos o grupos de investigación de la Universidad de Alicante que durante 2024 hayan asumido el coste de la reparación de un equipo de instrumentación científica a través del Laboratorio de Electrónica de los Servicios Técnicos de Investigación o, por imposibilidad técnica de éste, a través de una empresa externa. En este último caso, el Laboratorio de Electrónica de los Servicios Técnicos de Investigación emitirá un informe justificando la necesidad de soporte técnico externo.
También podrán presentar solicitud de la ayuda otro miembro del grupo de investigación en cuyo caso será necesario aportar el visto bueno del director o directora. En el caso de solicitudes realizadas desde departamentos o institutos, éstas deberán ir avaladas por, al menos, un grupo de investigación adscrito al mismo que no podrá figurar como solicitante en otra ayuda de este anexo.
Sólo se podrá presentar una solicitud por departamento, instituto o grupo de investigación.
Dotación
Objeto y financiación
El objeto de esta ayuda es cofinanciar la reparación de instrumentación científica de los grupos de investigación de la Universidad de Alicante. La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas de este subprograma se estima en 25.000 euros, consignada en la clave orgánica 51.70.2E.00.03 del presupuesto de gastos de los SSTTI del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad de Alicante.
Características de las Becas Para Reparación de Instrumentación Científica
Estas ayudas se destinarán a la reparación de instrumentación científica dedicada a la investigación, excluyendo el equipamiento de apoyo (sistemas de alimentación ininterrumpida, compresores, sistemas de enfriamiento, de extracción, etc.). Para poder optar a esta ayuda el coste soportado por el solicitante de la reparación deberá ser igual o superior a 1.000 euros. La ayuda concedida financiará como máximo un 75% del valor de la reparación y en ningún caso, esta ayuda superará los 6.000 euros.
Presentación
Las solicitudes a las Becas Para Reparación de Instrumentación Científica, se presentarán de acuerdo con lo que especifican las normas generales de procedimiento de esta convocatoria en el punto 2.2:
Las solicitudes para la presente convocatoria de ayudas se presentarán electrónicamente a través de la eAdministración de la Universidad de Alicante, a la que accederá la persona solicitante a través del UA-Cloud (https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites) con su clave de acceso o con un certificado electrónico valido (e-DNI o ACCV).
Una vez que se haya accedido a la eAdministración se deberá seleccionar la opción de "SOLICITUD DE AYUDAS A LA I+D+I" dentro del apartado "DOCENCIA E INVESTIGACIÓN". En la pantalla de solicitudes se deberá seleccionar el "Tipo de ayuda" en el que se desea participar debiendo cumplimentarse el formulario electrónico y aportar los documentos exigidos por la convocatoria y requeridos en el mismo.
En relación con los documentos aportados por los interesados durante el procedimiento de tramitación de las ayudas, estos se podrán presentar en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana. Excepcionalmente, en el caso de documentación que involucre investigadores, centros de investigación o empresas internacionales, la documentación a aportar podrá presentarse en inglés.
Para la solicitud de una ayuda del Programa Propio será necesario que la persona solicitante cuente con el número identificativo ORCID Open Researcher and Contributor ID (http://orcid.org). Además, sólo podrán solicitar ayudas del Programa Propio quienes estén al día de sus obligaciones como beneficiarios de las convocatorias anteriores. En caso de no estar al día, la solicitud/es quedará/n excluida/s.
Finalizada la cumplimentación del formulario, la persona solicitante efectuará el trámite de presentación telemática mediante la orden "ENVIAR" quedando registrada, en ese momento, la solicitud.
Más información
Comisión de Evaluación
Las solicitudes serán evaluadas por una comisión presidida por la directora del Secretariado de Recursos para la Investigación que actuará como presidenta, la directora del Secretariado de Estructuras para la Investigación, que actuará como secretaria, la directora de los Servicios Técnicos de Investigación y el director del Servicio de Gestión de la Investigación, que actuarán como vocales.
Criterios de Valoración
Para la adjudicación de las ayudas se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Coeficiente más reciente de la actividad investigadora del grupo de investigación que avale la propuesta (hasta 5 puntos).
- Proyectos de I+D+i de convocatorias del Plan Estatal, convocatorias europeas o de la Generalitat Valenciana vigentes en 2024 (hasta 3 puntos). La puntuación se otorgará dando preferencia a los grupos de investigación que dispongan de menos fondos captados.
- Antigüedad del equipo a reparar, dando preferencia a los equipos de menor antigüedad (hasta 2 punto).
Puntuación mínima para obtener la ayuda: 5 puntos.
Resolución
La resolución, publicación y la notificación de las ayudas se efectuará conforme a lo dispuesto en el punto 2.6 de las bases generales de la convocatoria:
Vista la propuesta formulada por el órgano instructor, las ayudas se adjudicarán de forma provisional por resolución del Vicerrectorado de Investigación, estableciéndose un plazo de presentación de alegaciones.
Esta resolución se publicará en la página web de la Subdirección de Convocatorias Públicas de I+D+i del Servicio de Gestión de la Investigación surtiendo todos los efectos de notificación practicada. Adicionalmente, para algunas fases del procedimiento se podrá hacer uso de la notificación individual a través de sede electrónica de la Universidad de Alicante, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Notificaciones Electrónicas de la Universidad de Alicante, aprobado por el Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2016 (BOUA de 28/10/2016).
Una vez resueltas las alegaciones presentadas por los interesados, el Vicerrectorado de Investigación dictará la correspondiente resolución definitiva de concesión, que se notificará a las personas interesadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de la eAdministración mediante notificación asociada a la solicitud presentada.
La persona beneficiaria deberá expresar por instancia genérica a través de la eAdministración, vinculándola a su solicitud, su renuncia a la ayuda concedida en un plazo máximo de 5 días desde la notificación. En caso de que la persona beneficiada no se manifestara en el plazo citado, se entenderá por aceptada la ayuda con las condiciones recogidas en la convocatoria y en la resolución de concesión.
El plazo de resolución será de 6 meses a partir del plazo de fin de presentación de solicitudes salvo que se recoja uno distinto en el anexo correspondiente. En todo caso, cuando el órgano instructor solicite informes preceptivos a órganos distintos de la Universidad de Alicante, el plazo de resolución podrá suspenderse por un máximo de 3 meses, así como durante el utilizado para la subsanación de deficiencias y aportación de documentos de acuerdo con lo previsto en el art. 22 d) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si trascurrido el plazo de resolución, el Vicerrectorado de Investigación no hubiese notificado dicha resolución, los interesados estarán legitimados para entender desestimada la solicitud.
La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.
Pago de las ayudas
El pago de estas ayudas se efectuará mediante traspaso a la clave orgánica correspondiente desde el Vicerrectorado de Investigación a la clave orgánica abierta al efecto.
No obstante, en el plazo de 3 meses desde la resolución de concesión de la ayuda, la OTRI entregará el informe correspondiente al investigador/a principal que haya obtenido la ayuda y se establecerá un plan de acción para llevar a cabo la transferencia de la tecnología o conocimiento.
Pago de las ayudas
El pago de estas ayudas se realizará mediante traspaso de crédito desde el presupuesto del Vicerrectorado de Transferencia, Innovación y Divulgación Científica a la clave orgánica abierta al efecto a las personas beneficiarias de cada una de las ayudas concedidas.
Seguimiento y justificación
En el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de recepción del informe, el beneficiario de la ayuda deberá remitir:
- a. a la Subdirección de Convocatorias Públicas de I+D+I un breve informe científico dónde se haga constar las conclusiones más relevantes del mismo, así como la justificación de pago del informe mediante la justificación de UXXI investigación. Tanto el informe científico como el económico deberán ir firmados digitalmente por la persona solicitante de la ayuda.
- b. a la OTRI para que, en colaboración con sus técnicos, establezca un plan de acción para llevar a cabo la transferencia de la tecnología o conocimiento.
Pago de las ayudas
El pago de estas ayudas se efectuará mediante traspaso de la clave orgánica de los Servicios Técnico de Investigación a la clave orgánica que figure en la solicitud y que será compatible, siempre que sea posible, con la clave orgánica de origen (2E – no compensa IVA).
Enlaces de interés
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/53521
https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAnexoxId?idanexo=1022485&idacuerdo=53521&idioma=es
Documentación a adjuntar
Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- En caso de reparación efectuada por el Laboratorio de Electrónica de los Servicios Técnicos de Investigación: copia del cargo emitido por los SSTTI al centro de gasto correspondiente.
- En caso de reparación efectuada por una empresa externa:
- Copia de la factura de la reparación, en la que se identifique de manera inequívoca el equipo sobre el que se realiza la intervención técnica, indicando su número de serie. Dicha factura será de fecha posterior a la fecha de finalización de presentación de solicitudes de esta misma ayuda en la convocatoria de 2023.
- Copia del documento contable de Gestión Económica.
- Informe del Laboratorio de Electrónica de la Universidad de Alicante que incluya: número de serie del equipo y código SIGUA de la estancia en la que se encuentra (o, en su defecto, número de inventario), número de solicitud @LIMS de la intervención, breve descripción del problema, y justificación de la necesidad de recurrir a un servicio externo para realizar la reparación.
En todos los casos, se deberá indicar la clave orgánica en la que se realizará el traspaso en caso de resultar beneficiaria la solicitud. Esta clave deberá ser compatible en la medida de lo posible con la clave orgánica origen de los fondos (2E – no compensa IVA).