Becas para Estudiantes UCM en Colegios Mayores
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas para Estudiantes UCM en Colegios Mayores: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Complutense de Madrid (UCM) convoca las Becas para Estudiantes UCM en Colegios Mayores. La universidad es consciente de la importancia del servicio que ofrecen a la sociedad los Colegios Mayores por ello, y con el objetivo de alcanzar la igualdad y la diversidad entre sus estudiantes ofrece esta modalidad de ayudas de residencia a sus estudiantes.
Pueden solicitar las Becas para Estudiantes UCM en Colegios Mayores aquellos alumnos que hayan formalizado la matrícula en estudios oficiales de grado, máster a tiempo completo, en centros propios de la UCM y se estén matriculados en uno de los Colegios Mayores de la UCM.
Las becas están orientadas a aquellos estudiantes con menos recursos económicos y para su asignación se valorará la situación económica de la unidad familiar del solicitante, dotando con las mismas a aquellos alumnos que cuenten con un menor nivel de ingresos.
Los estudiantes beneficiarios de las Becas para Estudiantes UCM en Colegios Mayores recibirán una ayuda económica que equivale a la exención del 100% o del 50% del importe a abonar del estudiante en uno de los Colegios Mayores. La ayuda económica tendrá una duración de nueve meses, durante el curso escolar.
No pierdas esta oportunidad y solicita una de las Becas para Estudiantes UCM en Colegios Mayores. Aquí te ofrecemos toda la información referente a la convocatoria de las mismas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Los requisitos para las Becas para Estudiantes UCM en Colegios Mayores, a que se refiere el presente apartado deberán reunirse por los aspirantes en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes:
- a. Poseer nacionalidad española o la de otro país de la Unión Europea. Los extranjeros no comunitarios deberán acreditar la condición de residente en España, quedando excluidos quienes se encuentren en situación de estancia (permiso de estudiante). No se exigirá este requisito a los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el período transitorio de adquisición conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
- b. Haber formalizado la matrícula del curso 2024-25 en estudios oficiales de grado o máster a tiempo completo en centros propios de la UCM, y no haber abandonado dichos estudios.
- c. Tener plaza en uno de los Colegios Mayores de la UCM en el curso colegial 2024-25.
- d. No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades o personas públicas o privadas, para el curso académico para el que se concede esta ayuda, salvo las que pueda otorgar la universidad como ayuda complementaria al presente programa. Estas ayudas son compatibles con la obtención de una beca de matrícula ministerial en la misma convocatoria.
- e. No superar un cuarto umbral de renta familiar correspondiente a un incremento del 8% respecto los umbrales máximos de renta familiar para la obtención de la beca de matrícula establecidos y calculados conforme a lo establecido en la normativa reguladora de las becas de carácter general para el curso académico 2024-2025, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, aprobada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. A efectos de la determinación de la renta se computará la información del ejercicio 2023. No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, la universidad podrá solicitar información adicional que considere pertinente, siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica del estudiante, a cuyos efectos los correspondientes departamentos de la universidad harán una valoración personalizada de los potenciales beneficiarios. Excepcionalmente se exonerará de la citada justificación documental prevista en el presente apartado b) a los estudiantes que, habiendo estado sujetos a medidas de protección, particularmente en acogimiento residencial, alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección, así como a aquellos alumnos que acrediten ser personas con estatuto de protección internacional en España, incluidos los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el período transitorio de adquisición conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
- f. No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios cursados.
Dotación
la ayuda de las Becas para Estudiantes UCM en Colegios Mayores se destinará exclusivamente a sufragar los gastos derivados por la estancia como residente en uno de los Colegios Mayores de titularidad UCM durante el curso colegial 2024-25, y consistirá en una aportación económica que cubrirá el 100 %, o del 50 % del importe a abonar a la UCM por el estudiante, según el coeficiente de prelación que obtengan, una vez realizada la baremación de su solicitud.
La asignación del número de becas con financiación del 100% del coste de residencia lo decidirá la Comisión de Valoración, asignando las mismas en primer lugar siguiendo el orden de prelación de solicitantes resultante.
La cuantía de la exención se calculará una vez aplicados otros descuentos a los que el estudiante pueda tener derecho, no pudiendo sobrepasar el importe del precio establecido para el curso colegial que haya obtenido plaza.
Importe de las ayudas en función del porcentaje de cobertura de los gastos de residencia para el curso colegial 2024-25:
Periodo - Tramo de 100% (IVA incluido) - Tramo de 50% (IVA incluido):
- Mensual - 1.015,66 € - 507,83 €.
- Curso colegial (9 meses) - 9.140,98 € - 4.570,49 €.
Estas becas no contemplan la posible ampliación de estancia que pueda reservar el beneficiario en los periodos que no se incluyan en la modalidad de curso colegial.
Presentación
Las personas solicitantes de las Becas para Estudiantes UCM en Colegios Mayores deberán completar el formulario disponible en https://www.ucm.es/becas-ayudas dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Una vez validado electrónicamente, se recibirá un correo confirmando la correcta tramitación, sin este trámite no se dará por presentada su solicitud. En aplicación del art. 10 del RSUCM, tras examinar la documentación presentada, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se procederá a publicar la resolución por la que se aprueben las relaciones provisionales de solicitudes admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión.
En el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la citada publicación, se podrán subsanar aquellos errores susceptibles de subsanación, o aportar la documentación requerida, con la indicación al solicitante de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en su solicitud.
Concluido el periodo de subsanación, se verificará su adecuación a los requisitos establecidos en la convocatoria, y se publicará la resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de solicitudes admitidas a trámite, desistidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión.
La presentación de la solicitud de estas ayudas supone la plena aceptación de las bases reseñadas en la presente convocatoria.
No se evaluarán las solicitudes de los estudiantes que no hayan presentado la documentación requerida.Con la presentación de la solicitud el estudiante autoriza a la UCM a recabar la información y documentación que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos necesarios para la resolución de la solicitud de beca.
Más información
Valoración de las solicitudes
Teniendo en cuenta el crédito disponible, la Comisión de Valoración distribuirá las becas partiendo de las de exención del 100%, ordenando a los beneficiarios por orden descendente a partir de la baremación de las solicitudes admitidas.
En el supuesto de existir igualdad de puntuación final, la compensación de los precios públicos se adjudicará en primer lugar a los/las estudiantes con menor renta familiar per cápita.
En el supuesto de que exista igualdad de renta, se utilizará como siguiente criterio de adjudicación acreditar la condición de víctima de violencia de género conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
Resolución y publicación
El plazo máximo para la realización del procedimiento será de 4 meses contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM, siendo publicada dicha resolución en la propia web del servicio de becas de la UCM: https://www.ucm.es/becas-ayudas.
Dicha resolución incluirá la relación de solicitudes concedidas y denegadas. Su publicación surtirá efectos de notificación individual a las personas interesadas.
Los colegiales que resulten beneficiarios de la beca y hayan realizado algún abono correspondiente a su plaza de colegial, deberán solicitar la devolución del importe concedido a la Gerencia de Colegios Mayores.
Obligaciones
Son obligaciones de los beneficiarios de estas ayudas:
- a. Facilitar cuantas actuaciones de comprobación fuesen precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda.
- b. Las personas beneficiarias de estas ayudas deberán destinarlas a la finalidad para la que han sido concedidas.
- c. El perceptor de la beca adquiere el compromiso de permanecer en el alojamiento que se le asigne como becario del Colegio Mayor el tiempo de duración del Curso Colegial. En caso de ausentarse de su lugar de alojamiento injustificadamente o dejar de abonar sus gastos extras, la beca podrá ser anulada inmediatamente y, en su caso, se le retendrá la fianza como compensación.
- d. Comunicar en el plazo de cinco días hábiles, ya sea en período de solicitud o de disfrute, la desaparición de las circunstancias que justificaron la solicitud o motivaron la concesión de la ayuda.
- e. Cumplir las normas de régimen interior del Colegio Mayor, así como los protocolos de seguridad e higiene sanitaria, y de anti novatadas que, en su caso, se determinen. Su incumplimiento ocasionará la anulación de la beca.
- f. Cuando los acontecimientos obliguen al becario a renunciar a su beca como consecuencia de circunstancias no previstas o de fuerza mayor, deberá dar cuenta de ello inmediatamente por escrito a la Gerencia de Colegios Mayores.
- g. El perceptor de la beca quedará obligado a interrumpir su estancia y abandonar de forma inmediata las instalaciones del Colegio Mayor, cuando sea requerido para ello por la Dirección, por acontecer circunstancias extraordinarias que aconsejen el cierre de las instalaciones y/o la cesación de la prestación de los servicios de alojamiento y restauración.
El incumplimiento no justificado de estas obligaciones puede conducir a la anulación de las ayudas, y a que se exija la devolución de las cuantías indebidamente percibidas.
Documentación a adjuntar
- a. DNI de la persona solicitante y de todos los miembros computables de la unidad familiar. En el caso de estudiantes extranjeros, será obligatoria la presentación del NIE del solicitante y de los miembros de la unidad familiar que residan en España.
- b. Certificado resumen de la declaración anual de IRPF correspondiente al ejercicio 2023, o en su defecto, certificado de imputaciones, expedido por la Agencia Tributaria, de todos los miembros computables de la unidad familiar. Los ingresos que estén exentos de tributación deberán acreditarse con el certificado de la entidad pagadora correspondiente. Si alguno de los miembros de la unidad familiar los hubiera percibido, deberá presentarse el certificado de los ingresos percibidos por desempleo, invalidez, subsidio o prestaciones no contributivas. Los estudiantes con ingresos en el extranjero deberán aportar la documentación de su unidad familiar en castellano, debiendo especificar la moneda utilizada en la documentación y trasladada a euros. En el caso de estudiantes UCM no residentes en España que no puedan demostrar su umbral de renta y patrimonio según los datos aportados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), deberán aportar documentos oficiales equivalentes. En los casos en que el solicitante alegue su independencia familiar y económica cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia justificando los medios económicos con que cuenta: certificado resumen de la declaración anual de IRPF correspondiente al ejercicio 2023, o en su defecto, certificado de imputaciones, titularidad o contrato de alquiler del domicilio a su nombre, certificado de empadronamiento del año 2023 y recibos de pagos (agua, luz, alquiler…). De no justificar suficientemente estos extremos, el solicitante será excluido del proceso de selección.
- c. En el caso de solicitantes que deseen acreditar la condición de víctima de violencia de género, se deberá presentar orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. En caso de situaciones de incremento de la vulnerabilidad, se aportará documentación acreditativa de la misma. Los documentos que no hayan sido expedidos en lengua española deberán acompañarse de la correspondiente traducción oficial.