Becas SECIHTI Nacionales para Posgrados No Escolarizados
INSCRIPCIONES
Becas SECIHTI Nacionales para Posgrados No Escolarizados: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas SECIHTI Nacionales para Posgrados No Escolarizados son convocadas y desarrolladas por la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI).
La finalidad principal de estas becas consiste en facilitar el desarrollo de estudios de Posgrado, Maestría o Doctorado por parte de aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria.
Mediante las Becas SECIHTI Nacionales para Posgrados No Escolarizados, se ofrece a los beneficiarios de las mismas una dotación económica, además de un servicio técnico proporcionado por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
La Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI) es un prestigioso organismo que aboga por la formación de calidad y en igualdad de oportunidades para la población mexicana, por lo que entre otras acciones, también favorece el desarrollo de estudios en distintos niveles académicos que otorguen a los participantes los conocimientos, herramientas y habilidades necesarias para el actual mercado laboral.
Por todo ello, si cumples con los requisitos indicados y eres estudiante de Máster, Doctorado o especialidad, te animamos a solicitar una de las Becas SECIHTI Nacionales para Posgrados No Escolarizados
En esta web encontrarás todos los datos relacionados con las mismas como los plazos de inscripción, el lugar de presentación de solicitudes y la documentación que debes aportar a las mismas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Postgrado-Especialidad
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- México
- Nacionalidades
- Mexicana
- Residente en México
Requisitos
Los requisitos exigidos para solicitar las Becas SECIHTI Nacionales para Posgrados No Escolarizados son los siguientes:
- Estar inscrito en programas elegibles no escolarizados en el SNP, el cual cumpla el artículo 8, fracciones III y IV, así como el artículo 11, fracciones III y IV de los Lineamientos del Sistema Nacional de Posgrados.
- En caso de haber obtenido una beca o apoyo anterior por parte de la Secihti, deberá haber realizado el trámite de conclusión previo al registro de la solicitud de beca de la presente convocatoria.
Dotación
Las Becas SECIHTI Nacionales para Posgrados No Escolarizados otorgarán la siguiente dotación:
- Apoyo económico para gastos de operación del programa de estudios por $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100) por ejercicio fiscal, durante la vigencia de la beca.
- Servicio médico proporcionado por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). El registro de derechohabientes como persona becaria deberá realizarse de conformidad con las disposiciones establecidas por el ISSSTE.
Los montos y rubros autorizados que cubre la beca se indicarán en el Anexo Uno (Carta de Asignación de Beca), que forma parte del Convenio de Asignación de Beca (CAB).
Presentación
- Para participar en la presente convocatoria de las Becas SECIHTI Nacionales para Posgrados No Escolarizados deberá crear, actualizar o validar su currículum vitae en el Perfil Único, en el siguiente enlace: https://rizoma.conahcyt.mx/.
- Registrar y enviar la solicitud de beca conforme a la Guía para la postulación de Becas Nacionales. Para enviar la solicitud de beca es indispensable firmarla electrónicamente con la Clave Única de Registro de Población (CURP). En el caso de los extranjeros deberán utilizar la CURP contenida en su tarjeta de residente temporal y verificar que se encuentre vigente.
- Las personas que no cuenten con todos los requisitos al momento del periodo de recepción ordinaria de solicitudes, podrán postularse o enviar su solicitud en el periodo de inconsistencias conforme al calendario de esta Convocatoria, siempre que ya cubran todos los requisitos.
- La Secihti no intervendrá en la gestión de la situación migratoria de la persona solicitante ni de sus dependientes económicos.
Más información
Objetivo
- Apoyar la formación de personas de nacionalidad mexicana o extranjera inscritas en programas elegibles no escolarizados en el Sistema Nacional de Posgrados (SNP), los cuales cumplan con el artículo 8, fracciones III y IV, así como el artículo 11, fracciones III y IV de los Lineamientos del Sistema Nacional de Posgrados, a fin de que obtengan el grado correspondiente.
Vigencia
- La vigencia de la beca se establecerá en meses completos por homologación de procesos, con independencia del día de inicio y fin de los estudios, según la duración del plan o programa que la universidad, institución de educación superior o centro de investigación haya registrado en el SNP, siempre y cuando no rebase la vigencia máxima establecida en el artículo 13, fracción I, del Reglamento. Dicha vigencia se especificará en el Anexo Uno.
- Cuando la persona solicitante haya iniciado su programa de estudios de posgrado y haya estado inscrito en uno o más periodos académicos previos a aquel en el que se asigne la beca, la vigencia de ésta no cubrirá los periodos académicos cursados previamente.
- La beca podrá asignarse de forma retroactiva únicamente para cubrir el inicio del periodo académico en el que se haya solicitado, siempre que sea en el mismo ejercicio fiscal.
Selección
- El otorgamiento de becas nacionales se realizará con base en las categorías del SNP y sus correspondientes criterios de asignación establecidos en la Ley General, los Lineamientos del SNP, las Reglas de Operación y las demás disposiciones aplicables.
- Primer periodo:
- Publicación en el portal: 23 de febrero de 2026.
- Registro de matrícula en el SNP para los programas que tienen actividad en el primer periodo: del 10 de febrero al 16 de junio de 2026.
- Periodo de recepción de solicitudes: del 1 abril al 31 de mayo de 2026.
- Período de inconsistencias: del 1 al 15 de junio de 2026.
- Fecha límite para que la persona solicitante formalice el CAB: 30 de junio de 2026.
- Segundo periodo:
- Registro de matrícula en el SNP para los programas que tienen actividad en el segundo periodo: del 27 de julio al 30 de octubre de 2026.
- Periodo de recepción de solicitudes: del 1 de septiembre al 12 de octubre de 2026.
- Período de inconsistencias: del 13 al 30 de octubre de 2026.
- Fecha límite para que la persona solicitante formalice el CAB: 13 de noviembre de 2026.




