Becas Seré Oposiciones de Justicia
INSCRIPCIONES
Becas Seré Oposiciones de Justicia: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Seré Oposiciones de Justicia que convoca y otorga el Ministerio de Justicia del Gobierno de España están orientadas a facilitar a aquellas personas que cuentan con la titulación correspondiente, a desarrollar los estudios de preparación a oposiciones que les brinden la oportunidad de convertirse en abogados del Estado, fiscales, jueces o letrados de la Administración de Justicia.
Para ello, mediante las Becas Seré Oposiciones de Justicia, se otorgarán ayudas económicas que compensarán parte de los gastos ocasionados con motivo de la preparación de las correspondientes oposiciones, así como los ingresos que se dejen de recibir debido a la dedicación a los estudios de preparación de dichas oposiciones.
Además y con el objetivo de brindar igualdad de oportunidades entre los sectores más desfavorecidos de la población, se reservarán un porcentaje de las ayudas a aquellas personas que cuenten con un grado de discapacidad igual o superior al 33% debidamente acreditado.
Uno de los requisitos que deben tener en cuenta las personas que opten a una de estas becas, es estudiar la oposición en un centro especializado o bajo la supervisión de uno o varios preparadores.
También serán valorados otros criterios de selección como son el disponer de un menor nivel de renta familiar, encontrarse en situación de víctima de violencia de género o haber sido víctima de terrorismo, etc.
Conoce aquí todos los detalles relacionados con las Becas Seré Oposiciones de Justicia, y opta ahora a una de ellas.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Rama
- Economía, Derecho, y Ciencias Jurídicas
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
Requisitos
Las personas beneficiarias de las Becas Seré Oposiciones de Justicia deben reunir los siguientes requisitos en el momento que determine la convocatoria:
- a. No incurrir en las circunstancias previstas en el apartado segundo del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- b. No estar disfrutando de otras ayudas o subvenciones para el mismo objeto, de entes públicos ni privados.
- c. Reunir los requisitos exigidos en la última convocatoria de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal, al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia o al Cuerpo de Abogados del Estado, respectivamente.
- d. Estudiar la oposición bajo la dirección de un centro especializado, o de uno ovarios preparadores o preparadoras.
Se considerará centro especializado aquel entre cuya actividad figure la preparación de las pruebas selectivas a las que se dirigen estas becas.
Dotación
Las Becas Seré Oposiciones de Justicia otorgarán ayudas económicas destinadas a colaborar con los gastos ocasionados, así como en los ingresos dejados de percibir por la preparación de pruebas selectivas de ingreso en las siguientes carreras y cuerpos:
- a. Carreras Judicial y Fiscal, reguladas en los artículos 301 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 6 de julio, del Poder Judicial; en los capítulos I a III del título I del Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial, aprobado por el Acuerdo de 28 de abril de 2011, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, y en el capítulo III del título I de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
- b. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, regulado en los artículos 442 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 6 de julio, del Poder Judicial, y en los artículos 29 y siguientes del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre (BOE de 20 de enero de 2006).
- c. Cuerpo de Abogados del Estado, regulado en el capítulo III del Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan las normas sobre su personal.
Las ayudas reguladas por esta orden podrán tener como contenido, tanto la entrega de una dotación económica; como la concesión de una suma de dinero junto con una ayuda en especie consistente en la prestación de servicios de preparación de las pruebas de acceso, mediante personal docente seleccionado y remunerado directamente por el Centro de Estudios Jurídicos, O.A. Ambas modalidades de becas podrán convocarse conjuntamente o de manera independiente y no simultánea.
Presentación
La solicitud de las Becas Seré Oposiciones de Justicia se tramitará a través del siguiente enlace: https://sede2.mjusticia.gob.es/login/index/idp/74.
Más información
Obligaciones de las personas beneficiarias
Las personas beneficiarias de las ayudas tendrán las siguientes obligaciones:
- a. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de las subvenciones, sin interrupción durante el periodo de vigencia de la beca, salvo el tiempo de suspensión temporal aceptada.
- b. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
- c. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida para el ejercicio de las actuaciones anteriores.
- d. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
- e. Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en los términos previstos en la normativa vigente.
- f. Proceder al reintegro de los fondos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el capítulo I del título III del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- g. En el supuesto de haber superado la fase de oposición del proceso selectivo para el que se ha concedido la beca, ponerlo inmediatamente en conocimiento del Centro de Estudios Jurídicos, O.A. y proceder al reintegro proporcional de los fondos recibidos.
Los solicitantes de las ayudas económicas incluidas en el ámbito de aplicación de esta orden de bases deberán relacionarse con la administración en los trámites de cumplimentación y presentación de solicitudes y alegaciones, aportación de documentación y cumplimiento de requerimientos, exclusivamente, a través de medios electrónicos de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, precisándose encada convocatoria el medio electrónico habilitado para su presentación, y los sistemas de identificación y de firma admitidos para los interesados de acuerdo con los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- La convocatoria y adjudicación de las becas se realizará conforme a los principios de objetividad y publicidad.
- El plazo de duración inicial de la beca es de 12 meses a contar desde el mes siguiente a la fecha de notificación de la resolución de la adjudicación definitiva de la beca.
- La beca podrá ser renovada hasta en tres ocasiones, por periodos de 12 meses, por lo que su duración máxima incluidas las renovaciones será de 48 meses. Las solicitudes de renovación de beca tendrán preferencia sobre las solicitudes iniciales y habrán de acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- a. Que la persona solicitante continúe cumpliendo los requisitos y las obligaciones,establecidas en la presente orden y en cada una las convocatorias siguientes.
- b. Que la persona que dirija su preparación emita un informe de aprovechamiento favorable referido al tiempo transcurrido desde la concesión de la beca anterior.
- c. Haber participado en el proceso de selección para acceso a la carrera o cuerpo que esté preparando convocado con posterioridad a la concesión de la beca anterior.
- d. Cuando se trate de la solicitud de la segunda y tercera renovación de la beca, haber superado el primer ejercicio del proceso de selección para acceso a la carrera o cuerpo que esté preparando, siempre que se haya convocado en al menos dos ocasiones, con posterioridad a la concesión inicial de la beca.
- Los criterios objetivos de valoración de las solicitudes serán los que fije la convocatoria de entre los que se enumeran a continuación:
- a. Menor renta familiar de acuerdo con el concepto y fórmula que se determinen en la convocatoria, pudiendo recibir hasta un máximo de seis puntos por este criterio.
- b. Superación de ejercicios en la última convocatoria de los procesos selectivos de referencia, pudiendo recibir hasta un máximo de dos puntos por este criterio.
- c. Situación acreditada de violencia de género, pudiendo recibir hasta un máximo de un punto por este criterio.
- d. Situación acreditada de víctima de terrorismo, pudiendo recibir hasta un máximo de un punto por este criterio.
- En caso de empate se resolverá a favor de aquella solicitud que tenga menor renta familiar per cápita; si se mantiene el empate se resolverá a favor de la que tenga mayor puntuación en el criterio previsto en la letra b) de este apartado y así sucesivamente. Si persiste el empate, se ordenarán las solicitudes alfabéticamente comenzando por la letra que determine el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado vigente en la publicación de la convocatoria.
- La convocatoria correspondiente precisará el modo de acreditación de estos criterios objetivos de valoración.
- El disfrute de una beca otorgada al amparo de esta orden es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, españoles o comunitarios, que tengan la misma finalidad.
- Asimismo, la persona beneficiaria no podrá percibir ninguna retribución dineraria o en especie, ni honorarios profesionales, por el ejercicio de una actividad profesional o laboral, sea por cuenta propia o ajena cuya duración exceda de media jornada.
Personas con discapacidad
- Se reservará un porcentaje del 5 por ciento de estas ayudas para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes.
- Si estas ayudas reservadas fueran declaradas desiertas, serán acumuladas a las restantes.




