Junta de Extremadura

Becas de Viajes Jóvenes Extremeños

Becas de movilidadUniversitariosNo universitarios

INSCRIPCIONES

15/01/202409/02/2024
Finalizada

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Becas de Viajes Jóvenes Extremeños: solicitud y plazos

Descripción

La Junta de Extremadura otorga las Becas de Viajes Jóvenes Extremeños, con la finalidad facilitar a los jóvenes entre 18 y 24 años, con nacionalidad española y residencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el desarrollo de un plan de viaje en tren por distintos destinos europeos, con la intención de facilitar el conocimiento de los distintos pueblos, ciudades, territorios e instituciones de la Unión Europea.

Es por ello que mediante las Becas de Viajes Jóvenes Extremeños, aquellos candidatos que resulten seleccionados recibirán un importe económico destinado a adquirir un pase de viaje Interrail, así como un importe destinado a la contratación de un seguro de viaje, y una cantidad económica destinada a cubrir parte de los gastos que conlleva el viaje.

Además de todos los requisitos expresados en la convocatoria, para llevar a cabo la selección de los candidatos que se beneficien de una de las Becas de Viajes Jóvenes Extremeños, se tendrán en cuenta otros criterios como el número de integrantes del Grupo de Viaje, el número de países incluidos en el Plan de Viaje, las ciudades seleccionadas en el plan, y la paridad de hombres y mujeres que conformen el grupo de viaje.

Así que si te resulta atractiva la idea de disfrutar de un viaje por Europa, no debes perder la oportunidad que te ofrecen las Becas de Viajes Jóvenes Extremeños.

Además, te facilitamos todos los detalles sobre las mismas aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Región de origen
  • Extremadura
Nacionalidades
  • Española

Requisitos

  1. Podrán ser personas beneficiarias de estas becas de viaje las personas que tengan la condición de extremeñas, y que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en esta convocatoria cumplan los siguientes requisitos:
    • a. Ser mayor de 18 años de edad, y no haber cumplido los 24 años.
    • b. Estar integradas en un Grupo de Viaje, de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria.
    • c. Tener cuentas activas en las redes sociales que se indiquen en esta convocatoria para poder difundir las experiencias del viaje.
    • d. Encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como con la Seguridad Social.
    • e. No estar incurso en alguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de persona beneficiaria enumeradas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se justificará conforme al anexo II-Declaración responsable y que deberá ser cumplimentada por cada uno delos integrantes del Grupo de Viaje.
    • f. No haber sido persona beneficiaria de estas becas en convocatorias anteriores, situación que será comprobada de oficio por el órgano instructor de las becas de viaje.
  2. Tendrán la condición de extremeñas aquellas personas de nacionalidad española que residan en Extremadura o que tengan la consideración de persona extremeña en el exterior en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 2 de la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior lo cual será acreditado mediante el Certificado de Persona Extremeña en el Exterior vigente a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Dotación

  1. La beca de viaje consistirá, para cada una de las personas beneficiarias, en un importe económico igual para todas ellas, que será determinado en esta convocatoria como la suma de los siguientes conceptos:
    • a. El importe destinado a la adquisición de un pase de viaje Interrail. Dado que la oferta anual de Interrail tiene carácter variable, esta convocatoria determinará cuál ha de ser el Pase de Viaje Interrail mínimo que habrán de adquirir las personas que resulten beneficiarias de la Beca. En consecuencia, la convocatoria especificará la modalidad del pase de viaje Interrail mínimo, que no podrá tener una duración inferior a 15 días ni superior a 30, siempre de acuerdo con la oferta anual de Interrail, y sujeto a las disponibilidades presupuestarias.
    • b. El importe destinado para la contratación de un seguro de viaje, cuyo coste estará en dependencia de las coberturas que determine esta convocatoria, que, como mínimo, serán las de asistencia en viaje (incluyendo repatriación), accidentes colectivos y responsabilidad civil.
    • c. El importe destinado a contribuir a los gastos que se deriven de la realización del Plan de Viaje (“bolsa de viaje”), que se establece en la cantidad de 300,00 euros.
  2. El importe unitario de la Beca de Viaje no podrá superar, en ningún caso, los 1.200 euros.
  3. Las becas de viaje serán compatibles con cualquier otra beca, subvención, ayuda de cualquier entidad pública o privada, nacional o extranjera y de la Unión Europea o de otro organismo internacional, siempre que no esté destinada a la financiación del pase de viaje de Interrail o del seguro de viaje.

Presentación

  1. Las personas solicitantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de presentación de solicitudes:
    • a. Utilizando el modelo normalizado de solicitud, establecido en el anexo I (disponible en el Portal Juntaex.es cuya dirección es http://www.juntaex.es), junto con la documentación que deba acompañarse, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGe-neral.jsf ), o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.ade la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • b. En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura previstas en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito dela Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16. 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).

Más información

Finalidad

Las becas de viaje tienen por finalidad apoyar y facilitar la realización de un plan de viaje en tren por los distintos sistemas ferroviarios nacionales que aceptan el billete Interrail, por parte de las personas beneficiarias integradas en un grupo de viaje, para fomentar entre las personas jóvenes extremeñas el conocimiento de los pueblos, los territorios y las instituciones de la Unión Europea.

Valoración de las solicitudes presentadas

  1. La Comisión de Valoración puntuará las solicitudes de los grupos de viaje que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases y en la convocatoria de acuerdo con los siguientes criterios:
    • a. Por el número de integrantes del Grupo de Viaje:
      • Tres integrantes: un punto.
      • Cuatro integrantes: dos puntos.
      • Cinco y seis integrantes: tres puntos.
    • b. Por el número de países de la Unión Europea incluidos en el Plan de Viaje, sin contar España:
      • Tres países: un punto.
      • Cuatro países: dos puntos.
      • Cinco o más países: tres puntos.
    • c. Por incluir en el Plan de Viaje la visita a ciudades que sean sede de alguna de las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea o en las que se haya firmado alguno de los tratados constitutivos de la CECA, CEE, CEEA (Euratom), CE o de la UE y se indique en la solicitud: un punto y medio por ciudad hasta un máximo de siete puntos y medio.
    • d. Por incluir en el Plan de Viaje la visita a ciudades que sean Capital Europea de la Cultura en el año de la convocatoria o que estén celebrando actividades docentes, culturales o deportivas abiertas al público durante las fechas de realización del viaje y se indique expresamente en la solicitud el enlace a la web que permita comprobar la realización dela actividad: un punto por ciudad hasta un máximo de cinco puntos.
    • e. Por la existencia de paridad de hombres y mujeres en el grupo de viaje (proporción entre los géneros entre el 40 % y el 60 %), de acuerdo con los datos que figuran en la solicitud: cuatro puntos.
  2. A efectos de su valoración, se considerará como visita a una ciudad la permanencia de, al menos, 24 horas completas en la misma, a contar desde la hora de llegada prevista del trena esa ciudad hasta la hora de partida prevista del tren hacia el siguiente destino.

Resolución de concesión

  1. El órgano instructor del procedimiento elevará a la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social la propuesta de resolución de concesión de las Becas de Viaje debidamente motivada.
  2. La Resolución de concesión del titular de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, indicará las personas beneficiarias a las que se conceden o deniegan las Becas de Viaje, motivada de conformidad con lo que dispongan las bases y esta convocatoria. La resolución también incluirá una relación con los Grupos de Viaje que no hubieran obtenido la puntuación suficiente para ser personas beneficiarias de la Beca de Viaje y, que podrán ser llamados para suplir las vacantes de los Grupos de Viaje que pudieran producirse.
  3. La resolución de concesión o denegación no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.
  4. Las personas beneficiarias de las becas de viaje, habrán de autorizar expresamente al órgano gestor de las becas para el uso de los textos, imágenes o vídeos realizados en relación con el viaje difundido en las redes sociales indicadas en la solicitud, exclusivamente a efectos educativos y/o para la difusión y promoción de estas becas.
Pago de la beca de viaje

  1. El pago se realizará en un único abono, por el importe total de la Beca de viaje concedida mediante el régimen de pago anticipado previsto en el artículo 21 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, sin necesidad de prestación de garantía, de acuerdo con lo previsto en la letra c) del apartado 1 de este mismo artículo.
  2. El abono de la ayuda se realizará en la cuenta bancaria que se indique en la solicitud (anexo I). Esta cuenta bancaria deberá estar activa en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura.
Si no se encontrase activa, o el interesado quisiera proceder a una nueva alta, deberá hacerlo a través del trámite “Alta de terceros” en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=5145

Enlaces de interés

https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/90o/24060036.pdf

Documentación a adjuntar

Las personas solicitantes de las becas, integradas en un Grupo de Viaje, formularán sus solicitudes en el modelo establecido en el anexo I “solicitud” de las presentes bases, sin perjuicio de las adaptaciones que puedan efectuarse en la convocatoria.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas de Viajes Jóvenes Extremeños

La Junta de Extremadura otorga las Becas de Viajes Jóvenes Extremeños, con la finalidad facilitar a los jóvenes entre 18 y 24 años, con nacionalidad española y residencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el desarrollo de un plan de viaje en tren por distintos destinos europeos, con la intención de facilitar el conocimiento de los distintos pueblos, ciudades, territorios e instituciones de la Unión Europea.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de Viajes Jóvenes Extremeños" es: desde 15/01/2024 hasta 09/02/2024.

La Beca "Becas de Viajes Jóvenes Extremeños" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas de Viajes Jóvenes Extremeños" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes