Fulbright

Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades

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INSCRIPCIONES

16/01/202506/02/2025
Finalizada

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Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades: solicitud y plazos

Descripción

El Programa Fulbright, dentro de las becas que concede a españoles, en colaboración con el Gobierno de España convoca las Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades, destinadas al disfrute de dichos estudios en universidades e instituciones de educación de niveles superiores en los Estados Unidos.

Mediante las mismas, los alumnos tendrán la oportunidad de cursar sus estudios de Máster durante un periodo de doce meses, que además será prorrogable por otros doce meses más como máximo.

El Programa de Becas Fulbright fue fundado en el año 1958 y a lo largo de su historia se han podido beneficiar unos 5.680 becarios españoles y unos 3.449 becarios de origen estadounidense. Muchos de ellos, hoy en día, se han convertido en miembros destacados de la sociedad y grandes profesionales en su ámbito.

Por ello, gracias al disfrute de las Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades tendrás la oportunidad, de mejorar y perfeccionar tu nivel de estudios, a la vez que conoces de primera mano el país y la sociedad estadounidense. Además, si eres alumno beneficiario de estas becas podrás vivir la experiencia de abrir nuevos horizontes y disfrutar de unas vivencias únicas que sin duda alguna te enriquecerá personalmente.

Aquí, podrás encontrar toda la información sobre Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades que puedas necesitar y que esté relacionada con las mismas como los con plazos de inscripción, los requisitos de los solicitantes, la documentación que debes aportar y todos los datos sobre el proceso de selección, el pago de las ayudas y las obligaciones de los beneficiarios de las becas. 

Datos básicos

Nº de becas
12
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
País de destino
  • Estados Unidos
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

1. Las personas beneficiarias de las Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades deberán cumplir las obligaciones recogidas en la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, y en la presente convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

2. No podrán ser personas beneficiarias quienes incumplan alguno de los requisitos especificados en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

3. Para participar en este programa las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento de realizar la solicitud, sin perjuicio de que puedan ser acreditados en un momento posterior. El cumplimiento de los requisitos deberá mantenerse hasta el inicio de la ayuda, así como durante su disfrute.

  • a. Nacionalidad. Poseer nacionalidad española, o de cualquier país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con residencia en España. Las personas que tengan la doble nacionalidad, siendo la estadounidense una de ellas, no podrán optar a estas ayudas.
  • b. Estudios realizados. Estar en posesión o en condiciones de obtener un título de graduado, licenciado, arquitecto, ingeniero o equivalente, y haber concluido sus estudios con posterioridad al 1 de enero de 2019. Los estudiantes que estén finalizando los estudios en el curso 2024-2025 no podrán participar en la convocatoria. En caso de que el solicitante posea o esté en condiciones de obtener más de una titulación, a efectos del cumplimiento de este requisito, sólo se tendrá en cuenta la titulación más antigua.
  • c. Créditos superados y nota media mínima del expediente académico. Para concurrir a la convocatoria los solicitantes deberán acreditar un mínimo de 240 créditos, mediante una certificación académica. Dicha certificación habrá de presentarse en castellano, y en ella deberán acreditarse, de conformidad con el Anexo II, las enseñanzas cursadas, la nota media del expediente académico en la escala 0-10, y la fecha de terminación de los estudios. No serán válidos los certificados obtenidos a través de internet emitidos a título informativo. Para todas las titulaciones se deberá acreditar una nota media del expediente académico, en la escala 0-10, igual o superior a 7 puntos. El cálculo de la nota media se efectuará de conformidad con las instrucciones del Anexo III.
  • d. Haber solicitado la admisión para los estudios de Máster en una universidad o institución de Educación Superior de EE.UU., y poseer la acreditación requerida, por la universidad en la que se haya solicitado la admisión, del nivel de idioma inglés.
  • e. No haber disfrutado becas o ayudas para la realización de estudios de Máster en el extranjero por un período superior a 12 meses.
  • f. No haber cursado dos o más años de estudios de grado en EE.UU., ni estar realizando estudios de posgrado o proyectos de investigación predoctoral en EE.UU.
  • g. No haber finalizado ningún doctorado.
  • h. No haber disfrutado una beca Fulbright de ampliación de estudios de posgrado.
  • i. No estar residiendo en EE.UU. en el curso previo al del disfrute de la ayuda. Este requisito deberá acreditarse ante la Comisión Fulbright en el momento de asistir a la entrevista personal.
  • j. No se admitirán solicitudes para programas de máster cuyo primer curso se haya completado fuera de EE.UU., ni la opción de cursar parte de los estudios en otro país, ni realizar programas de máster a tiempo parcial, no presenciales o a distancia.

Dotación

Por la presente convocatoria de Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades podrán concederse hasta un máximo de 12 ayudas.

Las ayudas contemplan, con cargo al presupuesto del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la financiación de los siguientes conceptos:

  • a. Una dotación mensual de 2.610,00
  • b. Una dotación de 20.000.000 € en concepto de matrícula o tasas académicas, que la Comisión Fulbright se encargará de abonar directamente a la institución de destino.

Asimismo, con cargo a sus presupuestos, la Comisión Fulbright ofrece la financiación de los siguientes conceptos:

  • a. Una ayuda de 1.500,00 para los gastos de viaje de ida y vuelta, que se pagará una única vez, al inicio del primer curso académico.
  • b. Un plan de cobertura de accidentes corporales y de asistencia sanitaria que el Programa Fulbright ofrece a sus becarios.

Presentación

  • Las solicitudes de las Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades se formalizarán a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
  • El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 16 de enero 2024 hasta las 14,00 horas (horario peninsular) hasta el 06 de febrero, ambos inclusive.
  • Los solicitantes deberán cumplimentar todos los formularios que figuren en la aplicación informática y aportar, en los casos que se indiquen, un archivo en formato electrónico. Los documentos electrónicos que deban adjuntarse a las solicitudes se ajustarán a los formatos regulados en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se aprueba el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica y en su normativa de desarrollo.

Más información

Condiciones y duración de las ayudas

  • La concesión de la ayuda quedará supeditada a la acreditación previa de la carta de admisión en la universidad o institución de destino. Este programa de ayudas no contempla programas de máster cuyo primer curso se haya completado fuera de EE.UU., ni la opción de cursar parte de los estudios en otro país. Tampoco contempla programas de máster a tiempo parcial, no presenciales o a distancia.
  • Las personas beneficiarias deberán dedicarse en exclusiva al programa de estudios para el que se les haya concedido la ayuda, pudiendo compatibilizarlo en los términos que se establecen en el artículo 12 de la presente resolución.
  • La duración de las ayudas será de 24 meses, como máximo, correspondientes a dos cursos académicos, cada uno de ellos por un máximo de doce meses. La solicitud de prórroga de las ayudas se tramitará según se establece en el artículo 13 de la presente resolución.
  • La fecha de inicio de las ayudas será fijada por la Comisión Fulbright, en función de la programación de las universidades e instituciones receptoras y de los cursos de orientación preacadémica. Los programas de Máster deberán iniciarse entre julio y diciembre de 2025 y, en ningún caso, la fecha de inicio podrá ser en 2026.

Incompatibilidades de las ayudas

  • El disfrute de las ayudas será incompatible con la percepción durante el disfrute de la misma de cualquier beca, ayuda, subsidio o contrato financiado con fondos públicos o privados españoles, comunitarios o extranjeros, salvo en los siguientes casos:
    • Ayudas para complementar el coste de matrícula y tasas y las posibles remuneraciones derivadas de su colaboración como lectores, ayudantes de conversación o similares, en la institución de destino.
    • En aquellos casos en que el programa de máster requiera la realización de prácticas remuneradas, el beneficiario deberá solicitar, en el impreso normalizado, a través de la Comisión Fulbright, la compatibilidad con sus estudios. En función de la cuantía a percibir, el Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, procederá a autorizar la compatibilidad total o parcial con la dotación mensual de la ayuda, pudiendo minorarse la asignación de esta última durante el período de prácticas.

Prórroga de las ayudas para el segundo curso académico

    • El plazo de presentación de la solicitud de prórroga para el curso 2026-2027 de las ayudas concedidas en esta convocatoria será durante el mes de febrero de 2026.
    • Las condiciones de disfrute de las ayudas prorrogadas serán las establecidas en esta convocatoria.
    • La formalización de la solicitud de prórroga se hará por la Comisión Fulbright a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Para ello, las personas beneficiarias presentarán en la Comisión el impreso de solicitud de prórroga, acompañado del expediente académico de la institución receptora y el informe favorable del departamento en el que esté cursando el programa de máster, en el que se hará constar la procedencia de la prórroga. El impreso de solicitud deberá cumplimentarse en el modelo normalizado correspondiente y contará con la conformidad del representante legal de la Comisión Fulbright.
    • La Comisión de Evaluación, a la vista del rendimiento académico y el informe del departamento en el que se cursa el programa de máster, elevará al órgano instructor la propuesta de prórroga de las ayudas solicitadas. En caso de que lo considere necesario, la Comisión de Evaluación podrá recabar, a través de la Comisión Fulbright, información adicional sobre el beneficiario y su rendimiento académico.
    • Atendiendo a la propuesta de la Comisión Fulbright, el Secretario de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, efectuará la resolución de concesión de la prórroga de las ayudas. Dicha resolución se publicará en el sitio web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Obligaciones de las personas beneficiarias

  • La aceptación de la ayuda por parte de la persona beneficiaria implica la obligación de:
    • Aceptar las normas fijadas en esta convocatoria, las que establezca la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, la Comisión Fulbright, y la universidad o institución de acogida para supervisar y evaluar el desarrollo del programa.
    • Entrar en EE.UU. con un visado J-1, el indicado para todos los becarios Fulbright. La normativa vigente exige que el beneficiario de este tipo de visado, una vez completado el período de estudios, se comprometa a no fijar su residencia permanente en EE.UU. hasta que hayan transcurrido dos años desde la expiración de su visado.
    • Cumplimentar la documentación que le proponga la Comisión Fulbright, en el plazo y forma requeridos.
    • No percibir durante el disfrute de la ayuda ninguna cuantía incompatible con la misma. Cualquier actividad que pueda ser motivo de incompatibilidad deberá ser comunicada a la Comisión Fulbright para su correspondiente tramitación.
    • Cumplimentar y remitir a la Comisión Fulbright, en los modelos normalizados y plazos que se establezcan, los documentos acreditativos de la incorporación y justificativos de la ayuda, así como relativos a modificaciones de fechas, ausencias por interés particular, interrupciones, renuncias, bajas, así como cualquier otro documento relativo a la ayuda que pueda serles requerido.
    • Solicitar autorización de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Comisión Fulbright, para la modificación de las fechas de inicio o fin de la ayuda.
    • Permanecer ininterrumpidamente en el departamento de la institución de acogida, debiendo solicitar autorización para ausentarse o interrumpir la estancia, en los casos y términos previstos en el artículo 11.
    • En caso de necesitar una prórroga de la ayuda concedida, la persona beneficiaria ha de presentar la solicitud y la documentación correspondiente en los términos que se establecen en el artículo 13.
    • Presentar, en el plazo de un mes una vez finalizado su período de ayuda y a través de la Comisión Fulbright, un certificado académico expedido por la institución de destino. En caso de prórroga, este certificado se deberá presentar al finalizar el segundo curso académico.

Enlaces de interés

Podrás consultar el proceso de evaluación de solicitudes y otros datos de interés en el siguiente enlace:

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Documentación a adjuntar

Formularios que cumplimentar y documentación a aportar en la aplicación informática, en el plazo de presentación de solicitudes:

Información a cumplimentar en el formulario de solicitud:

  • a. Memoria de los estudios de Máster que quiere realizar. Descripción de los estudios, la especialidad y la importancia del Máster elegido, para su propio desarrollo académico y su futuro ejercicio profesional en España. Deberá incluir, además, el motivo de realizar este Máster en EE.UU. y no en otro país. La memoria deberá presentarse en castellano y tener una extensión mínima de 400 palabras. Si la extensión es inferior, la solicitud será desestimada.
  • b. Universidades o instituciones de Educación Superior en las que se ha solicitado la admisión. En la aplicación se indicará la universidad o institución y el programa de máster solicitado.
  • c. Curriculum Vitae. Deberán cumplimentarse distintos apartados que se considerarán en la evaluación de los candidatos durante la primera fase de selección, así como otros relativos a la experiencia universitaria y profesional en EE.UU. a valorar por el Comité de expertos en la segunda fase de selección. Sólo se podrán considerar los méritos que se hayan cumplimentado y reflejado en la solicitud.

Documentos que se deben adjuntar como archivos al cumplimentar el formulario de solicitud:

  • a. Certificación académica oficial de los estudios realizados, en castellano, en la que deberá acreditarse, de conformidad con las instrucciones del Anexo II, las enseñanzas cursadas, la nota media del expediente académico en la escala de 0-10 y la fecha de terminación de estudios. No serán válidos los certificados obtenidos a través de Internet, emitidos a efectos informativos.
  • b. Fotocopia del título de graduado, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente o, en su defecto, certificado donde conste la fecha en la que ha solicitado el título.

Una vez cumplimentada la solicitud y aportados los documentos requeridos, el solicitante deberá confirmarla. La confirmación de la solicitud comporta su presentación, firma y registro a todos los efectos. Una vez confirmada la solicitud no podrá ser modificado ninguno de los datos cumplimentados en los formularios ni presentarse documentación adicional. Con la presentación de la solicitud los solicitantes otorgarán declaración responsable del cumplimiento de las condiciones para el acceso a la subvención, sin perjuicio de que la Administración pueda verificar el cumplimiento de las condiciones de los beneficiarios/as de la subvención. Dicha comprobación podrá realizarse con anterioridad o posterioridad a la concesión y, en caso de detectarse incumplimientos, se procederá a la denegación de la subvención o la exigencia del reintegro.

Al amparo de lo previsto en el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la presentación de la solicitud conllevará:

  • a. La autorización del solicitante para que el órgano instructor obtenga, de forma directa, las certificaciones acreditativas de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, salvo que manifieste lo contrario en la solicitud, en cuyo caso serán aportadas por el interesado en el momento oportuno si fuera propuesto para la adjudicación de alguna de las ayudas.
  • b. Que la comprobación de los datos relativos al documento nacional de identidad o del pasaporte, que acrediten su identidad personal, se realice de oficio por el órgano instructor, de acuerdo con lo previsto al efecto en la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establece la configuración, características, requisitos y procedimientos de acceso al Sistema de Verificación de Datos de Identidad, y en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, en cuanto a la potestad de verificación de las Administraciones públicas de las solicitudes que formulen los interesados. En el caso de que el solicitante exprese convenientemente en la solicitud que no autoriza dicha consulta, deberá aportar copia simple del documento nacional de identidad o del pasaporte.
  • c.El consentimiento para la comunicación a terceros de los datos recogidos en la misma, en el marco de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de la utilización de la práctica de la notificación por medios electrónicos mediante comparecencia en la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a lo largo del procedimiento.

Los interesados podrán consultar en todo momento el estado del expediente administrativo a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades

El Programa Fulbright, dentro de las becas que concede a españoles, en colaboración con el Gobierno de España convoca las Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades, destinadas al disfrute de dichos estudios en universidades e instituciones de educación de niveles superiores en los Estados Unidos.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades" es: desde 16/01/2025 hasta 06/02/2025.

La Beca "Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Realización estudios de Máster - Ministerio de Universidades" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de colaboración
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes